Common use of PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA Clause in Contracts

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: • La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. • Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. • Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. • Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. • La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, en los términos del Contrato. • La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. • Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. • La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.

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Samples: Suministro De Frutas Y Verduras, Pliego De Condiciones, Suministro De Alimentos

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, en los términos del Contrato. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.

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Samples: Servicio De Vigilancia Y Seguridad, Licitación Pública, Pliego De Condiciones

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, en los términos del Contrato. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.

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Samples: Pliego De Condiciones, Contractual Agreement

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: • La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley Ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. • Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. • Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militaressufridos al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. • La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militaresdel MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, en los términos del Contrato. • La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. • La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la mismo. • La declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. el MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA • Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco tres (53) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta. NOTA: En todo caso, los consorcios o uniones temporales conformados en todo o en parte por persona Jurídica Pública o Privada de Origen Extranjero, deberá anexar los documentos solicitados o sus equivalentes debidamente apostillados y traducidos al español.

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Samples: Mantenimiento Preventivo Y Correctivo

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. ⮚ Que la actividad económica de cada uno de los integrantes se encuentre definida con actividades como comercialización, elaboración, producción etc de productos alimenticios iguales o similares al objeto y demás actividades relacionadas ⮚ Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. • La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, en los términos del Contrato. • La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. • Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. • La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.

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Samples: Pliego De Condiciones

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares EL FONDO uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa es irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres siete (37) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contratocontrato que se derive del presente proceso de selección. • Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. • Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; . Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; . La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad sociedad; (i) por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, sufridos por EL FONDO derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y y, (ii) por las obligaciones que se deriven de las Propuestas propuestas y del Contratocontrato que se derive del presente proceso de selección. La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que que; (i) hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o o, (ii) hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, EL FONDO en los términos del Contratocontrato de prestación de servicios. La duración del mismo no podrá de la sociedad debe ser inferior igual o superior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco tres (53) años máscontados a partir de su constitución. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicaciónadjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militaresmismo. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura Futura, deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco siete (57) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato contrato de prestación de servicios y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la ofertaSeriedad.

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Samples: Pliego De Condiciones

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, en los términos del Contrato. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la La Agencia Logística de las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.

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Samples: Contract for Technical, Financial, Legal, Administrative, and Environmental Oversight

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares LA SECRETARÍA uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: • La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. • Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contratocontrato que se derive del presente proceso de selección. • Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. • Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; . Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; . La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad sociedad; (i) por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, sufridos por LA SECRETARÍA derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y y, (ii) por las obligaciones que se deriven de las Propuestas propuestas y del Contratocontrato que se derive del presente proceso de selección. La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que que; (i) hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o o, (ii) hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, LA SECRETARÍA en los términos del Contratocontrato. La duración del mismo no podrá de la sociedad debe ser inferior igual o superior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco tres (53) años máscontados a partir de su constitución. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicaciónadjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militaresmismo. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco siete (57) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. La promesa es irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los siete (7) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la ofertaSeriedad.

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Samples: Pliego De Condiciones

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, en los términos del Contrato. Que el objeto social de cada uno de los miembros del proponente plural se encuentre directamente relacionado con el objeto del presnete proceso. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.

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Samples: Licitación Pública

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militaressufridos al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militaresdel MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, en los términos del Contrato. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la mismo.  La declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. el MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA  Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco tres (53) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.

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Samples: Contract for Supply of Goods

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares LA SECRETARÍA uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: • La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. • o Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contratocontrato que se derive del presente proceso de selección. • Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. • o Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; . o Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; . o La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad sociedad; (i) por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, sufridos por LA SECRETARÍA derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y y, (ii) por las obligaciones que se deriven de las Propuestas propuestas y del Contratocontrato que se derive del presente proceso de selección. La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que que; (i) hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o o, (ii) hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, LA SECRETARÍA en los términos del Contratocontrato. • La duración del mismo no podrá ser inferior a Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas jurídicas nacionales de naturaleza pública aquellas constituidas por disposición legal o reglamentaria, de acuerdo con la del plazo de ejecución del contrato legislación nacional y cinco (5) años másque tengan su domicilio principal en Colombia. • Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. • La participación que cada uno de los promitentes tendrá Para presentar propuesta en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de presente proceso, acreditarán las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.condiciones:

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Samples: Licitación Pública

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares EL FONDO uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa es irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres siete (37) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contratocontrato que se derive del presente proceso de selección. • Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. • Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; . Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; . La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad sociedad; (i) por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, sufridos por EL FONDO derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y y, (ii) por las obligaciones que se deriven de las Propuestas propuestas y del Contratocontrato que se derive del presente proceso de selección. La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que que; (i) hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o o, (ii) hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, EL FONDO en los términos del Contratocontrato de prestación de servicios. La duración del mismo no podrá de la sociedad debe ser inferior igual o superior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco tres (53) años máscontados a partir de su constitución. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicaciónadjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militaresmismo. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco siete (57) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato contrato de prestación de servicios y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la ofertaSeriedad.

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Samples: Pliego De Condiciones

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares entidad uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en por el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: • : a. La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana a más tardar dentro de los tres cinco (35) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. • ; b. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contrato. • Que su Contrato de Suministro; objeto social coincida con el objeto del presente proceso de la presente contratación. • selección. c. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; ; d. Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; ; e. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por sociedad: Calle 72 No. 7 - 96 Connmtallor - 3127011 xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx FORMATO DE ESTUDIOS PREVIOS VERSiÓN 1 (i) Por los perjuicios causados a sufridos por la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, Entidad derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por presentado (ii) Por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. • ; f. La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que hayan socios que: (i) Xxxxx aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan o; (ii) Xxxxx aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria societaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, Entidad en los términos del Contrato. • La ; g. Una duración del mismo no podrá ser inferior a de la del plazo de sociedad que comprenda la ejecución del contrato y cinco un (51) años año más. • , contados a partir de su constitución; h. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. • ; i. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militaresmismo. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública o documento de constitución de la sociedad prometida que se requiera conforme a las normas comerciales vigentes y tenerla tenerlo debidamente inscrita inscrito ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, a más tardar dentro de los cinco (5) días dias hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera haya otorgado y registrado la escriturael documento de constitución, se considerará considera que no existe interés para suscribir el Contrato objeto del proceso y se hará hace efectiva la Garantía de Seriedad presentada de la Oferta. • Registro Único de Proponentes, de cada uno de los promitentes de la promesa de sociedad futura, con fecha de expedición no superior a un (1) mes de antelación a la fecha de cierre del proceso de selección, el cual debe encontrarse en firme para efectos de que la ofertapropuesta sea habilitada y la misma pueda ser evaluada. Xxxxx 00 Xx. 0 - 00 Xxxxxxxxxx - 3 127011 wWIV.ramajudicial.gOl'.co ~ l1-A- '~~"\ .,' Rama Judicial i.r. },'- ca.~:::jo Superior de la.Judicatura ~, República de, Colombia

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Samples: Plan Anual De Adquisiciones

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares entidad uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: • : I. La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres siete (37) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación; II. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contratocontrato; III. • Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. • Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; ; IV. Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; ; V. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad (i) por los perjuicios causados a sufridos por la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, entidad derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y (ii) por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contratocontrato de suministro; VI. La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que (i) hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o (ii) hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, entidad en los términos del Contratocontrato; VII. • La Una duración del mismo no podrá ser inferior de la sociedad igual o superior a la del plazo Dos (02) años, contados a partir de ejecución del contrato y cinco (5) años mássu constitución; VIII. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación; IX. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. mismo; y X. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco siete (57) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la ofertaSeriedad.

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Samples: Suministro De Equipos Y Tecnología

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas MilitaresMilitares , en los términos del Contrato. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.

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Samples: Suministro De Gas Propano

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen Para participar bajo esta forma de asociación como proponente, deberán cumplirse los siguientes requisitos: a) Acreditar la modalidad suscripción de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad para la constitución de una sociedad mercantil de nacionalidad colombiana, cuyo objeto único sea la suscripción y ejecución del contrato objeto de esta Invitación para los que se vaya a formular propuesta. En la promesa se deberá establecer para la sociedad futura un término mínimo de duración por lo menos igual al término de ejecución del contrato, su liquidación y un (1) año más. En el documento se deben consignar los acuerdos que den cuenta de lo pertinente conforme al pliego de condiciones, y cumpliendo sustancialmente con lo determinado por el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de ComercioComercio en sus artículos 119 y concordantes, sujetando la suscripción del contrato de sociedad únicamente a la Adjudicación de la Invitación y señalando como plazo máximo para la celebración y suscripción del contrato de sociedad, con todas las formalidades establecidas para el efecto en la cual debe consignarseLey, entre otros, lo siguiente: • La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores contados a partir de la fecha de notificación del acto de Adjudicación. • Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. • Que su objeto social coincida con el objeto culminación de la presente contrataciónaudiencia de adjudicación. • Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas Cualquier condicionamiento adicional para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales perfeccionamiento del contrato de sociedad dará lugar a que se promete constituir; La manifestación expresa la propuesta sea rechazada. b) El documento en que conste la promesa de sociedad futura, debe ir acompañado de los documentos que acrediten la existencia, vigencia, representación legal, capacidad jurídica y autorizaciones correspondientes expedidas por el órgano societario correspondiente, para cada uno de los integrantes del grupo y sus representantes legales. c) En cuanto a la capacidad legal de los miembros de la promesa de sociedad futura, esta deberá referirse a la posibilidad de celebrar un contrato de sociedad con las características señaladas en la promesa de sociedad futura y no a la capacidad para la celebración del contrato objeto de la Invitación d) El documento en el que conste la promesa de sociedad futura, deberá tener presentación y reconocimiento notarial, por parte de todos y cada uno de los suscribientes. e) El documento en el que conste la promesa de sociedad futura, deberá especificar la participación de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios causados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. • La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, en los términos del Contrato. • La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. • Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. • La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida sus integrantes y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística aportes soportados en las correspondientes actas de las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad junta de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin socios que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la ofertaasí lo autoricen.

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Samples: Contract for Services

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares entidad uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en por el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: • : a. La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana a más tardar dentro de los tres cinco (35) días hábiles calendario posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. • . b. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contrato. • Que su Contrato objeto social coincida con el objeto del presente proceso de la presente contratación. • selección. c. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero 3 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; . d. Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; . e. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán que responde solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por sociedad: (i) Por los perjuicios causados a sufridos por la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, Entidad derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por presentado. (ii) Por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. • . f. La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que hayan que: (i) Xxxxx aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan o; (ii) Xxxxx aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán pueden ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, Entidad en los términos del Contrato. • La . g. Una duración del mismo no podrá ser inferior a de la del plazo de sociedad que comprenda la ejecución del contrato y cinco un (51) años año más. • , contados a partir de su constitución. h. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. • . i. La participación que cada uno de los promitentes tendrá debe tener en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militaresmismo. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública o documento de constitución de la sociedad prometida que se requiera conforme a las normas comerciales vigentes y tenerla tenerlo debidamente inscrita inscrito ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles calendario siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera haya otorgado y registrado la escriturael documento de constitución, se considerará considera que no existe interés para suscribir el Contrato objeto del proceso y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en de la ofertaOferta.

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Samples: Public Procurement Contract

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares entidad uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en por el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: • : a) La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana a más tardar dentro de los tres cinco (35) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. • adjudicación. b) Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contrato. • Que su contrato objeto social coincida con el objeto del presente proceso de la presente contratación. • selección. c) Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero 3 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; . d) Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; . e. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán que responde solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por sociedad: (i) Por los perjuicios causados a sufridos por la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, Entidad derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por presentado. (ii) Por las obligaciones que se deriven de las Propuestas la(s) Propuesta(s) y del Contrato. • . e) La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que hayan socios que: (i) Xxxxx aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan o; (ii) Xxxxx aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán . NOTA: No pueden ceder su participación accionaria societaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa de la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, Entidad en los términos del Contrato. • La . f) Una duración del mismo no podrá ser inferior a de la del sociedad que comprenda el plazo de ejecución del contrato contrato, el término previsto para su liquidación y cinco un (51) años más. • año más contados a partir de su constitución. g) Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. • adjudicación. h) La participación que cada uno de los promitentes tendrá debe tener en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. mismo. i) Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública o documento de constitución de la sociedad prometida que se requiera conforme a las normas comerciales vigentes y tenerla tenerlo debidamente inscrita inscrito ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera haya otorgado y registrado la escriturael documento de constitución, se considerará considera que no existe interés para suscribir el Contrato objeto del proceso y se hará hace efectiva la Garantía de Seriedad presentada en de la ofertaOferta.

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Samples: Estudio Previo De Contratación