Propiedad de los Derechos. Todo uso de las Marcas JOJ por el Patrocinador, en todo momento, redundará en beneficio del COI, BAYOGOC y el Patrocinador acuerda que: 2.1 cualquier fondo de comercio que se pueda considerar devengado a ella por motivo del presente será considerado propiedad absoluta del COI o BAYOGOC; y 2.2 el Patrocinador podrá, a solicitud del COI o BAYOGOC, realizar los actos o hechos (incluida la firma de cualquier documento) necesario para perfeccionar dicha propiedad.
Appears in 4 contracts
Samples: Public Contract, Patrocinio, Sponsorship Agreement