Common use of PRÓLOGO Clause in Contracts

PRÓLOGO. Los servicios detallados en las presentes Condiciones Generales serán brindados por Universal Assistance S.A., en adelante también denominado el “Prestador”. Estas condiciones generales (las “Condiciones Generales”) describen únicamente las condiciones de los servicios de asistencia al viajero (los “Servicios”) Visa Travel Assistance para Tarjeta “Visa Classic” con cobertura Individual, que el “Prestador” brindará a determinados tarjetahabientes de los Bancos Emisores del Sistema Visa (Visa), denominados en adelante tarjetahabientes Visa, en virtud del contrato existente entre Universal Assistance S.A. y Prisma Medios de Pago S.A. Las Condiciones Generales no contienen disposición alguna relacionada con cualquier contrato de tarjeta de crédito entre los bancos y los tarjetahabientes. Se recomienda a los tarjetahabientes Visa que se informen acabadamente de todos los aspectos mencionados precedentemente, informándose asimismo acerca de los alcances, restricciones y vigencia de la cobertura. El Beneficiario de Visa Travel Assistance con cobertura individual será la persona que esté suscripta a los Servicios. Para que un Beneficiario tenga derecho a la prestación de los Servicios, el inicio de vigencia de la cobertura (no así las renovaciones automáticas) de los Servicios debe producirse mientras el Beneficiario se encuentre en la jurisdicción de su domicilio en la República Argentina, e implica, por parte del Beneficiario, el conocimiento y aceptación de las Condiciones Generales que se detallan a continuación. Las mismas regirán los Servicios asistenciales a ser prestados por el “Prestador” o por empresas designadas por el “Prestador” durante viajes al exterior y en el interior de la República Argentina, más allá del radio de 100 Km. de su Domicilio (conforme dicho término se define en el artículo I.2). Los Servicios que brinda el “Prestador” se encuentran limitados a casos de Accidentes y/o Enfermedades súbitas o urgencias (conforme dichos términos se definen en el artículo I.7.), sobrevenidas con posterioridad al inicio del viaje. Prisma Medios de Pago S.A. y/o el Banco Emisor se reservan el derecho de discontinuar o modificar las condiciones y el alcance de este servicio gratuito, como así también la facultad de designar un nuevo prestador.

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PRÓLOGO. Los servicios detallados en las presentes Estas Condiciones Generales serán brindados por Universal Assistance S.A., en adelante también denominado el “Prestador”. Estas condiciones generales (las “Condiciones Generales”) describen únicamente las condiciones de los servicios Servicios de asistencia al viajero (los Servicios) Visa Travel Assistance para Tarjeta Visa Classic” Gold del Titular, con cobertura Individualpara Grupo Familiar (conforme dicho término se define en el apartado “Alcance del Servicio”, inciso 2), que el “Prestador” brindará a determinados tarjetahabientes Tarjetahabientes de los Bancos Emisores del Sistema Visa (Visa), denominados en adelante tarjetahabientes Tarjetahabientes Visa, en virtud del contrato existente entre Universal Assistance S.A. y Prisma Medios de Pago S.A. Las Condiciones Generales no contienen disposición alguna relacionada con cualquier contrato de tarjeta de crédito entre los bancos y los tarjetahabientes. Se recomienda a los tarjetahabientes Tarjetahabientes Visa que se informen acabadamente de todos los aspectos mencionados precedentemente, informándose asimismo acerca de los alcances, restricciones y vigencia de la cobertura. El Beneficiario de Visa Travel Assistance con cobertura individual será la persona que esté suscripta a los Serviciosdel Servicio. Para que un Beneficiario tenga derecho a la prestación de los Servicios, el inicio de la vigencia de la cobertura (no así las renovaciones automáticas) de los Servicios debe producirse mientras el Beneficiario se encuentre en la jurisdicción de su domicilio Domicilio en la República Argentina, Argentina e implica, por parte del Beneficiario, el conocimiento y aceptación de las Condiciones Generales que se detallan a continuación. Las mismas Estas Condiciones Generales regirán los Servicios asistenciales a ser prestados brindados por el “Prestador” o por empresas designadas por el “Prestador” durante viajes Viajes al exterior y en el interior de la República Argentina, más allá del radio de 100 Km. de su (cien) km del Domicilio (conforme dicho término se define en el artículo I.2Capítulo 1, inciso 1.2). Los Servicios que brinda el “Prestador” se encuentran limitados a casos de Accidentes y/o Enfermedades súbitas o urgencias (conforme dichos términos se definen en el artículo I.7.Capítulo 1, inciso 1.7), sobrevenidas con posterioridad al inicio del viajeViaje. Prisma Medios de Pago S.A. y/o el Banco Emisor se reservan el derecho de discontinuar o modificar las condiciones y el alcance de este servicio gratuitoServicio que brinda sin cargo adicional, como así también la facultad de designar un nuevo prestador.

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PRÓLOGO. Los servicios detallados en las presentes Estas Condiciones Generales serán brindados por Universal Assistance S.A., en adelante también denominado el “Prestador”. Estas condiciones generales (las “Condiciones Generales”) describen únicamente las condiciones de los servicios Servicios de asistencia al viajero (los “Servicios”) Visa Travel Assistance (los Servicios) para Tarjeta “tarjeta Visa Classic” Platinum del Titular con cobertura Individualpara Grupo Familiar (conforme dicho término se define en el apartado “Alcance del Servicio”, inciso 2) y a los titulares de tarjetas adicionales, mismo apartado, inciso 3, que el “Prestador” brindará a determinados tarjetahabientes Tarjetahabientes de los Bancos Emisores del Sistema Visa (Visa), denominados en adelante tarjetahabientes Tarjetahabientes Visa, en virtud del contrato existente entre Universal Assistance S.A. y Prisma Medios de Pago S.A. Las Condiciones Generales no contienen disposición alguna relacionada con cualquier contrato de tarjeta de crédito entre los bancos y los tarjetahabientes. Se recomienda a los tarjetahabientes Tarjetahabientes Visa que se informen acabadamente de todos los aspectos mencionados precedentemente, informándose asimismo acerca de los alcances, restricciones y vigencia de la cobertura. El Beneficiario de Visa Travel Assistance con cobertura individual será la persona que esté suscripta a los Serviciosdel Servicio. Para que un Beneficiario tenga derecho a la prestación de los Servicios, el inicio de la vigencia de la cobertura (no así las renovaciones automáticas) de los Servicios debe producirse mientras el Beneficiario se encuentre en la jurisdicción de su domicilio Domicilio en la República Argentina, Argentina e implica, por parte del Beneficiario, el conocimiento y aceptación de las Condiciones Generales que se detallan a continuación. Las mismas Estas Condiciones Generales regirán los Servicios asistenciales a ser prestados brindados por el “Prestador” o por empresas designadas por el “Prestador” durante viajes Viajes al exterior y en el interior de la República Argentina, más allá del radio de 100 Km. de su (cien) km del Domicilio real del Titular (conforme dicho término se define en el artículo I.2Capítulo 1, inciso 1.2). Los Servicios que brinda el “Prestador” se encuentran limitados a casos de Accidentes y/o Enfermedades súbitas o urgencias (conforme dichos términos se definen en el artículo I.7Capítulo 1, inciso 1.7.), sobrevenidas con posterioridad al inicio del viajeViaje. Prisma Medios de Pago S.A. y/o el Banco Emisor se reservan el derecho de discontinuar o modificar las condiciones y el alcance de este servicio gratuitoServicio que brinda sin cargo adicional, como así también la facultad de designar un nuevo prestador.

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PRÓLOGO. Los servicios detallados en las presentes Estas Condiciones Generales serán brindados por Universal Assistance S.A., en adelante también denominado el “Prestador”. Estas condiciones generales (las “Condiciones Generales”) describen únicamente las condiciones de los servicios Servicios de asistencia al viajero (los “Servicios”) Visa Travel Assistance (los Servicios) para Tarjeta “tarjeta Visa Classic” Signature del Titular con cobertura Individualpara Grupo Familiar (conforme dicho término se define en apartado “Alcance del Servicio”, inciso 2 y a los titulares de tarjetas adicionales, mismo apartado, inciso 3, que el “Prestador” brindará a determinados tarjetahabientes Tarjetahabientes de los Bancos Emisores del Sistema Visa (Visa), denominados en adelante tarjetahabientes Tarjetahabientes Visa, en virtud del contrato existente entre Universal Assistance S.A. y Prisma Medios de Pago S.A. Las Condiciones Generales no contienen disposición alguna relacionada con cualquier contrato de tarjeta de crédito entre los bancos y los tarjetahabientes. Se recomienda a los tarjetahabientes Tarjetahabientes Visa que se informen acabadamente de todos los aspectos mencionados precedentemente, informándose asimismo acerca de los alcances, restricciones y vigencia de la cobertura. El Beneficiario de Visa Travel Assistance con cobertura individual será la persona que esté suscripta a los Serviciosdel Servicio. Para que un Beneficiario tenga derecho a la prestación de los Servicios, el inicio de la vigencia de la cobertura (no así las renovaciones automáticas) de los Servicios debe producirse mientras el Beneficiario se encuentre en la jurisdicción de su domicilio en la República Argentina, e implica, por parte del Beneficiario, el conocimiento y aceptación de las Condiciones Generales que se detallan a continuación. Las mismas Estas Condiciones Generales regirán los Servicios asistenciales a ser prestados por el “Prestador” o por empresas designadas por el “Prestador” durante viajes Viajes al exterior y en el interior de la República Argentina, más allá del radio de 100 Km. de su (cien) km del Domicilio real del Titular (conforme dicho término se define en el artículo I.2)Capítulo 1, inciso 1.2. Los Servicios que brinda el “Prestador” se encuentran limitados a casos de Accidentes y/o Enfermedades súbitas o urgencias (conforme dichos términos se definen en el artículo I.7.)Capítulo 1, inciso 1.7, sobrevenidas con posterioridad al inicio del viajeViaje. Prisma Medios de Pago S.A. y/o el Banco Emisor se reservan el derecho de discontinuar o modificar las condiciones y el alcance de este servicio gratuitoque brinda sin cargo adicional, como así también la facultad de designar un nuevo prestador.

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PRÓLOGO. Los servicios detallados en las presentes Estas Condiciones Generales serán brindados por Universal Assistance S.A., en adelante también denominado el “Prestador”. Estas condiciones generales (las “Condiciones Generales”) describen únicamente las condiciones de los servicios de asistencia al viajero Servicios Santander Río Asistencia en Viaje (los Servicios) para tarjeta Visa Travel Assistance para Tarjeta “Visa Classic” Signature o American Express Black del Titular con cobertura Individualpara Grupo Familiar (conforme dicho término se define en apartado “Alcance del Servicio”, inciso 2 y a los titulares de tarjetas adicionales, mismo apartado, inciso 3, que el “Prestador” brindará a determinados tarjetahabientes de los Bancos Emisores del Sistema Visa (Visa), denominados en adelante tarjetahabientes VisaTarjetahabientes, en virtud del contrato existente entre Universal Assistance S.A. y Prisma Medios de Pago S.A. Las Condiciones Generales no contienen disposición alguna relacionada con cualquier contrato de tarjeta de crédito entre los bancos y los tarjetahabientesel “Prestador”. Se recomienda a los tarjetahabientes Visa Tarjetahabientes que se informen acabadamente de todos los aspectos mencionados precedentemente, informándose asimismo acerca de los alcances, restricciones y vigencia de la cobertura. El Beneficiario de Visa Travel Assistance con cobertura individual será la persona que esté suscripta a los Serviciosdel Servicio. Para que un Beneficiario tenga derecho a la prestación de los Servicios, el inicio de la vigencia de la cobertura (no así las renovaciones automáticas) de los Servicios debe producirse mientras el Beneficiario se encuentre en la jurisdicción de su domicilio en la República Argentina, e implica, por parte del Beneficiario, el conocimiento y aceptación de las Condiciones Generales que se detallan a continuación. Las mismas Estas Condiciones Generales regirán los Servicios asistenciales a ser prestados por el “Prestador” o por empresas designadas por el “Prestador” durante viajes Viajes al exterior y en el interior de la República Argentina, más allá del radio de 100 Km. de su (cien) km del Domicilio real del Titular (conforme dicho término se define en el artículo I.2)Capítulo 1, inciso 1.2. Los Servicios que brinda el “Prestador” se encuentran limitados a casos de Accidentes y/o Enfermedades súbitas o urgencias (conforme dichos términos se definen en el artículo I.7.)Capítulo 1, inciso 1.7, sobrevenidas con posterioridad al inicio del viajeViaje. Prisma Medios de Pago S.A. y/o el El Banco Emisor se reservan reserva el derecho de discontinuar o modificar las condiciones y el alcance de este servicio gratuitoque brinda sin cargo adicional, como así también la facultad de designar un nuevo prestador.

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PRÓLOGO. Los servicios detallados en las presentes Condiciones Generales serán brindados por Universal Assistance S.A., en adelante también denominado el “Prestador”. Estas condiciones generales (las “Condiciones Generales”) describen únicamente las condiciones de los servicios de asistencia al viajero (los “Servicios”) Visa Travel Assistance para Tarjeta “Visa Classic” con cobertura IndividualGrupo Familiar, que el “Prestador” brindará a determinados tarjetahabientes de los Bancos Emisores del Sistema Visa (Visa), denominados en adelante tarjetahabientes Visa, en virtud del contrato existente entre Universal Assistance S.A. y Prisma Medios de Pago S.A. Las Condiciones Generales no contienen disposición alguna relacionada con cualquier contrato de tarjeta de crédito entre los bancos y los tarjetahabientes. Se recomienda a los tarjetahabientes Visa que se informen acabadamente de todos los aspectos mencionados precedentemente, informándose asimismo acerca de los alcances, restricciones y vigencia de la cobertura. El Beneficiario de Visa Travel Assistance con cobertura individual será la persona que esté suscripta a los Servicios. Para que un Beneficiario tenga derecho a la prestación de los Servicios, el inicio de vigencia de la cobertura (no así las renovaciones automáticas) de los Servicios debe producirse mientras el Beneficiario se encuentre en la jurisdicción de su domicilio en la República Argentina, e implica, por parte del Beneficiario, el conocimiento y aceptación de las Condiciones Generales que se detallan a continuación. Las mismas regirán los Servicios asistenciales a ser prestados por el “Prestador” o por empresas designadas por el “Prestador” durante viajes al exterior y en el interior de la República Argentina, más allá del radio de 100 Km. de su Domicilio (conforme dicho término se define en el artículo I.2). Los Servicios que brinda el “Prestador” se encuentran limitados a casos de Accidentes y/o Enfermedades súbitas o urgencias (conforme dichos términos se definen en el artículo I.7.), sobrevenidas con posterioridad al inicio del viaje. Prisma Medios de Pago S.A. y/o el Banco Emisor se reservan el derecho de discontinuar o modificar las condiciones y el alcance de este servicio gratuito, como así también la facultad de designar un nuevo prestador.

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