Difusión Cláusulas de Ejemplo

Difusión. En toda acción de difusión, promoción, convocatoria, invitación, agradecimiento, patrocinio, auspicio y ejecución de todas las actividades de la organización y especialmente de las referidas en este convenio, y en cualquier soporte utilizado para ello, la Fundación deberá incluir -en la portada de su material y de manera destacada- el logotipo institucional del SERVICIO. Este logotipo deberá visualizarse en las proporciones y colores definidos en el Manual de Normas Gráficas del SERVICIO. En caso que se comparta financiamiento con fuentes diversas al SERVICIO, el uso del logo del SERVICIO deberá estar en proporción al tamaño de los logos de las entidades que hayan cofinanciado las actividades. En los soportes de audio se deberá incluir la mención "financiado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural”; y en los soportes audiovisuales se deberá incluir al inicio o al cierre el logo del SERVICIO con la leyenda "financiado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural”. Asimismo, la Fundación incorporará en su página web institucional, una mención al SERVICIO en calidad de patrocinante de las actividades acordadas en virtud de este convenio, que incorpore el referido logotipo.
Difusión. “EL PROVEEDOR” se obliga a no difundir por cualquier medio, la información que por virtud de los servicios objeto de este Contrato tenga conocimiento, salvo que cuente con la autorización previa y por escrito de “LA SEP”.
Difusión. En toda acción de difusión, promoción, convocatoria, invitación, agradecimiento, patrocinio, auspicio y ejecución de todas las actividades de la organización y especialmente de las referidas en este convenio, y en cualquier soporte utilizado para ello, la Fundación deberá incluir -en la portada de su material y de manera destacada- el logotipo institucional del Servicio. Este logotipo deberá visualizarse en las proporciones y colores definidos en el Manual de Normas Gráficas del Servicio. En caso que se comparta financiamiento con fuentes diversas al Servicio, el uso del logo del Servicio deberá estar en proporción al tamaño de los legos de las entidades que hayan cofinanciado las actividades. En los soportes de audio se deberá incluir la mención "financiado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural”; y en los soportes audiovisuales se deberá incluir al inicio o al cierre el logo del Servicio con la leyenda "financiado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural”. Asimismo, la entidad receptora incorporará en su página web institucional, una mención al Servicio en calidad de patrocinante de las actividades acordadas en virtud de este convenio, que incorpore el referido logotipo.
Difusión. La existencia del sistema de gestión de atención al USUARIO con sus canales de acceso deberá ser ampliamente difundida y publicitada por el CONTRATISTA PPP, a su entero cargo y costo.
Difusión. La Universidad y la entidad colaboradora se autorizan recíprocamente a utilizar sus respectivos logotipos como entidades colaboradoras exclusivamente en la difusión y publicidad de las actividades objeto del presente convenio, sujeto a las reglas e instrucciones que ambas entidades puedan proporcionarse recíprocamente a tal efecto.
Difusión. Las jurisdicciones o entidades contratantes, por intermedio de sus respectivas unidades operativas de contrataciones, deberán difundir en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES o en el sitio del sistema electrónico de contrataciones, la siguiente información:
Difusión. El Beneficiario deberá difundir que el Proyecto se ejecuta con recursos de CAF y, para ello, deberá colocar el logotipo de CAF en todos los anuncios publicitarios, vallas, pancartas, anuncios, invitaciones, presentaciones de ofertas, informes y/o publicaciones de convocatoria a licitaciones públicas de obras o contratación de servicios relacionados con el desarrollo del Proyecto, de acuerdo a las instrucciones que establezca CAF al respecto.
Difusión. La Autoridad Convocante deberá difundir en el sitio web de la UNIDAD DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA y en su propio sitio, la siguiente información:
Difusión se obliga a no difundir por cualquier medio, la información que por virtud de los servicios objeto de este Contrato tenga conocimiento, salvo que cuente con la autorización previa y por escrito de “LA AFSEDF”.
Difusión. 10.1 Este procedimiento será distribuido por el Departamento de Programación, Seguimiento y Calidad a través de la intranet de CELEC EP – Unidad de Negocio Transelectric.