PÚBLICACIÓN DEL PROCESO Cláusulas de Ejemplo

PÚBLICACIÓN DEL PROCESO. En virtud del principio de publicidad establecido en el literal F) del Artículo 2º del Acuerdo N° 01 de 2012, Empresa de Desarrollo Xxxxxx XXXX Ltda. se permite poner a disposición de los interesados las Reglas de Participación para el proceso de selección: CONTRATO DE MANO DE OBRA PARA LA ADECUACION DE LA SEGUNDA ETAPA DE LA CANCHA DE FUTBOL LA NORMAL EN EL MUNICIPIO DE QUIBDÓ-CHOCÓ, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 020 XX XXXX 22 DE 2015, CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO DEL CHOCO Y LA EMPRESA DE DESARROLLO URBANO (EDUA)., documento que contiene la información particular del proyecto, las condiciones, y los requisitos del proceso de selección, por lo cual se recomienda a los interesados leerlos completamente, toda vez que al participar en el proceso de selección, se presume que tiene conocimiento de los mismos, en caso de requerirse, este documento será objeto de modificaciones a realizar por la entidad, las cuales serán publicadas de acuerdo con cronograma establecido en éstas.
PÚBLICACIÓN DEL PROCESO. En virtud del principio de publicidad establecido en el literal F) del Artículo 2º del Acuerdo N° 01 de 2012, Empresa de Desarrollo Xxxxxx XXXX Ltda. se permite poner a disposición de los interesados las Reglas de Participación difinitivas para el proceso de selección: CONTRATO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCION DE LAS ESTRUCTURAS METALICAS PARA LA ADECUACION DE LA SEGUNDA ETAPA DE LA CANCHA DE FUTBOL LA NORMAL EN EL MUNICIPIO DE QUIBDÓ- CHOCÓ, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 020 XX XXXX 22 DE 2015, CELEBRADO ENTRE EL DEPARTAMENTO DEL CHOCO Y LA EMPRESA DE

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  • CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Etapa Fecha, hora y lugar

  • Cancelación del proceso de selección El proceso puede ser cancelado en alguno de los siguientes supuestos, sin que sea responsabilidad de la entidad: a. Cuando desaparece la necesidad del servicio de la entidad con posterioridad al inicio del proceso de selección. b. Por restricciones presupuestales. c. Otras debidamente justificadas.

  • Solución De Controversias Durante El Procedimiento De Selección RECURSO DE APELACIÓN

  • Confidencialidad del Proceso Las informaciones relativas al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las Ofertas y las recomendaciones para la Adjudicación del Contrato no podrán ser reveladas a los Licitantes ni a otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que se haya anunciado el nombre del Adjudicatario, a excepción de que se trate del informe de evaluación del propio Licitante. Todo intento de un Oferente para influir en el procesamiento de las Ofertas o decisión de la Adjudicación por parte del Contratante podrá dar lugar al rechazo de la Oferta de ese Oferente.

  • Órgano Responsable del Proceso El Órgano responsable del proceso de Licitación es el Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones está integrado por cinco (05) miembros:  El funcionario de mayor jerarquía de la institución, o quien este designe, quien lo presidirá;  El Director Administrativo Financiero de la entidad, o su delegado;  El Consultor Jurídico de la entidad, quien actuará en calidad de Asesor Legal;  El Responsable del Área de Planificación y Desarrollo o su equivalente;  El Responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información.

  • DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 4 Etapa Fecha, hora y lugar

  • Iniciación del procedimiento Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y el nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde la entrega de la comunicación referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podrá recurrir ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos para que éste proceda a la designación.