Common use of RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS Clause in Contracts

RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS. Los oferentes deberán presentar su oferta en original y copia, en sobre cerrado, en la fecha y hora siguiente: Como lo establece el artículo No. 24 (Presentación de ofertas y apertura de plicas) en donde literalmente dice: Transcurridos treinta (30) minutos de la hora señalada para la presentación y recepción de las ofertas, no se aceptará alguna más y se procederá al acto público de apertura de plicas. De todo lo actuado se levantará el acta correspondiente en forma simultánea. Al momento del acto de recepción y apertura de las ofertas si se presentara una sola, la Junta de Licitación procederá como lo establece el artículo 31 de la citada Ley. “Si a la convocatoria de ofertas, solo se presentara únicamente un solo oferente, se podrá adjudicar la misma, siempre que a juicio de la Junta de Licitación la oferta satisfaga los requisitos seleccionados en las bases y que la proposición sea conveniente para los intereses del Estado, en caso contrario la Junta esta facultada para abstenerse de adjudicar”. La Junta de Licitación evaluará las ofertas de las empresas participantes conforme al artículo 28 (criterios de calificación) de la Ley de Contrataciones del Estado y se rechazará sin responsabilidad de su parte, las ofertas que no se ajusten a lo indicado en el artículo 33 de la Ley de Contrataciones del Estado y las presentes bases. En el caso de que a la convocatoria a licitar no concurriere ningún oferente, la Junta levantará el acta correspondiente y lo hará del conocimiento de la autoridad administrativa superior respectiva, para que se prorrogue el plazo para recibir ofertas y si aun así no concurriere algún oferente, la Autoridad Superior quedará facultada a realizar la compra directa siempre como lo establece la Ley de Contrataciones del Estado. La Junta de Cotización, rechazará sin responsabilidad de su parte aquellas ofertas que se encuentran en cualquier de los siguientes casos: Que no se ajusten a los requisitos fundamentales establecidos en las bases de conformidad como lo establece el artículo 30 de la ley de Contrataciones del Estado Que se compruebe colusión, convenido o arreglo entre oferentes de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Contrataciones del Estado. Que las ofertas se encuentren incompletas Que contengan condiciones que modifiquen o tergiversen las estipulaciones de las presentes bases. Cuando los precios, calidades u otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses del Ministerio Público Si no se satisfacen los requisitos no fundamentales y formales en el tiempo fijado por la Junta de Licitación.

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Samples: Licitación De Servicios De Seguridad, Service Agreement

RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS. Los oferentes Se deberán presentar su oferta recibir las ofertas que se presenten en original el lugar y copia, en sobre cerrado, hasta el día y la hora determinados por la jurisdicción o entidad contratante en la convocatoria. La jurisdicción o entidad contratante deberá rechazar sin más trámite las ofertas que se pretendan presentar fuera del término fijado en la convocatoria para su recepción, aún si el acto de apertura no se hubiera iniciado. En los casos en que no fuera posible rechazar sin más trámite la oferta presentada fuera de término, la jurisdicción o entidad contratante deberá devolverla al presentante. En las ofertas que se reciban por correo postal la jurisdicción o entidad contratante deberá consignar fecha y hora siguiente: Como lo establece de recepción y se considerarán presentadas en ese momento. La Unidad Operativa de Contrataciones, en forma previa a iniciar el artículo No. 24 (Presentación acto de apertura, deberá verificar si se han recibido ofertas por correo para ese procedimiento de selección en particular y apertura de plicas) en donde literalmente dice: Transcurridos treinta (30) minutos de la hora señalada procurar los medios para que las recibidas dentro del plazo fijado para la presentación de ofertas se dispongan para ser abiertas en el momento en que corresponda realizar el acto de apertura. Si la oferta no estuviera correctamente identificada y recepción aún presentada en término no estuviere disponible para ser abierta en el momento de celebrarse el acto de apertura, se considerará como presentada fuera de término y la jurisdicción o entidad contratante deberá devolverla al presentante. La comprobación de que una oferta presentada en término y con las formalidades exigidas, no estuvo disponible para ser abierta en el momento de celebrarse el acto de apertura, dará lugar a la revocación inmediata del procedimiento, cualquiera fuere el estado de trámite en que se encuentre, y a la iniciación de las ofertas, no se aceptará alguna más y se procederá al acto público de apertura de plicas. De todo lo actuado se levantará el acta correspondiente en forma simultánea. Al momento del acto de recepción y apertura de las ofertas si se presentara una sola, la Junta de Licitación procederá como lo establece el artículo 31 de la citada Ley. “Si a la convocatoria de ofertas, solo se presentara únicamente un solo oferente, se podrá adjudicar la misma, siempre que a juicio de la Junta de Licitación la oferta satisfaga los requisitos seleccionados en las bases y que la proposición sea conveniente para los intereses del Estado, en caso contrario la Junta esta facultada para abstenerse de adjudicar”. La Junta de Licitación evaluará las ofertas de las empresas participantes conforme al artículo 28 (criterios de calificación) de la Ley de Contrataciones del Estado y se rechazará sin responsabilidad de su parte, las ofertas que no se ajusten a lo indicado en el artículo 33 de la Ley de Contrataciones del Estado y las presentes bases. En el caso de que a la convocatoria a licitar no concurriere ningún oferente, la Junta levantará el acta correspondiente y lo hará del conocimiento de la autoridad administrativa superior respectiva, para que se prorrogue el plazo para recibir ofertas y si aun así no concurriere algún oferente, la Autoridad Superior quedará facultada a realizar la compra directa siempre como lo establece la Ley de Contrataciones del Estado. La Junta de Cotización, rechazará sin responsabilidad de su parte aquellas ofertas que se encuentran en cualquier de los siguientes casos: Que no se ajusten a los requisitos fundamentales establecidos en las bases de conformidad como lo establece el artículo 30 de la ley de Contrataciones del Estado Que se compruebe colusión, convenido o arreglo entre oferentes de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Contrataciones del Estado. Que las ofertas se encuentren incompletas Que contengan condiciones que modifiquen o tergiversen las estipulaciones de las presentes bases. Cuando los precios, calidades u otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses del Ministerio Público Si no se satisfacen los requisitos no fundamentales y formales en el tiempo fijado por la Junta de Licitaciónactuaciones sumariales pertinentes.

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Samples: Disposición, Disposición

RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS. Los oferentes deberán presentar su oferta Las ofertas serán recibidas por la Administración Federal de Ingresos Públicos en original y copiael lugar, en sobre cerrado, en la fecha día y hora siguiente: Como lo establece establecidos en el artículo Nopresente Pliego de Bases y Condiciones/Términos de Referencia. 24 (Presentación La Licitante entregará constancia de la recepción del sobre APERTURA Y ANÁLISIS DE LAS OFERTAS En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto, se procederá a abrir las ofertas en presencia de los funcionarios de la dependencia designados y apertura de plicas) en donde literalmente dice: Transcurridos treinta (30) minutos todos aquellos que desearan presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos. A partir de la hora señalada fijada como término para la presentación y recepción de las ofertasofertas no podrán recibirse otras, aún cuando el acto de apertura no se aceptará alguna más y se procederá al acto público de apertura de plicashaya iniciado. De todo lo actuado se levantará Si el acta correspondiente en forma simultánea. Al momento del acto de recepción y día señalado para la apertura de las ofertas si deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente y a la misma hora. Se asignará a cada oferta un número correlativo. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que sean observadas se presentara una solaagregarán al expediente para su análisis por la Autoridad Jurisdiccional. El o los funcionarios designados para presidir el Acto de Apertura de Ofertas deberán ser ajenos a la unidad con capacidad para contratar. TOMA DE VISTAS Toda persona que acredite fehacientemente algún interés, podrá en cualquier momento tomar vista de las actuaciones referidas a la Junta de Licitación procederá como lo establece el artículo 31 contratación, con excepción de la citada Ley. “Si a información que se encuentre amparada bajo normas de confidencialidad, desde la convocatoria autorización del llamado hasta la extinción del contrato, exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas, solo se presentara únicamente un solo oferente, se podrá adjudicar la misma, siempre que a juicio de la Junta de Licitación la oferta satisfaga los requisitos seleccionados en las bases y que la proposición sea conveniente para los intereses del Estado, en caso contrario la Junta esta facultada para abstenerse de adjudicar”. La Junta de Licitación evaluará las ofertas de las empresas participantes conforme al artículo 28 (criterios de calificación) de la Ley de Contrataciones vista del Estado y se rechazará sin responsabilidad de su parte, las ofertas que expediente no se ajusten a lo indicado en el artículo 33 de la Ley de Contrataciones del Estado y las presentes bases. En el caso de que a la convocatoria a licitar no concurriere ningún oferente, la Junta levantará el acta correspondiente y lo hará del conocimiento de la autoridad administrativa superior respectiva, para que se prorrogue el plazo para recibir ofertas y si aun así no concurriere algún oferente, la Autoridad Superior quedará facultada a realizar la compra directa siempre como lo establece la Ley de Contrataciones del Estado. La Junta de Cotización, rechazará sin responsabilidad de su parte aquellas ofertas que se encuentran en cualquier de interrumpirá los siguientes casos: Que no se ajusten a los requisitos fundamentales establecidos en las bases de conformidad como lo establece el artículo 30 de la ley de Contrataciones del Estado Que se compruebe colusión, convenido o arreglo entre oferentes de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Contrataciones del Estado. Que las ofertas se encuentren incompletas Que contengan condiciones que modifiquen o tergiversen las estipulaciones de las presentes bases. Cuando los precios, calidades u otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses del Ministerio Público Si no se satisfacen los requisitos no fundamentales y formales en el tiempo fijado por la Junta de Licitaciónplazos.

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Samples: Contract for Professional Services