Rechazo de proposiciones. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la exclusión de aquellas proposiciones que incumplan de forma manifiesta las especificaciones del presente pliego o de las normas y demás disposiciones o instrucciones que resulten de aplicación al objeto de la licitación o a su realización, o por cualquier otra circunstancia prevista en el TRLCSP o en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP. Las ofertas a la base o, en su caso, las variantes excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de valoración.
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Samples: sede.sepe.gob.es, sede.sepe.gob.es, sede.sepe.gob.es
Rechazo de proposiciones. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la exclusión de aquellas proposiciones que incumplan de forma manifiesta las especificaciones del presente pliego o de las normas y demás disposiciones o instrucciones que resulten de aplicación al objeto de la licitación o a su realización, o por cualquier otra circunstancia prevista en el TRLCSP o en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP. Las ofertas a la base o, en su caso, las variantes excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de valoración.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Mejora Del Sistema De Gestión De Prestaciones Por Desempleo Por El Procedimiento Abierto, sede.sepe.gob.es
Rechazo de proposiciones. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la exclusión de aquellas proposiciones que incumplan de forma manifiesta las especificaciones del presente pliego o de las normas y demás disposiciones o instrucciones que resulten de aplicación al objeto de la licitación o a su realización, o por cualquier otra circunstancia prevista en el TRLCSP la LCSP o en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP. Las ofertas a la base o, en su caso, las variantes excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de valoración.
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Samples: Contrato De Producción General
Rechazo de proposiciones. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas la oferta económica de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la exclusión de aquellas proposiciones que incumplan de forma manifiesta las especificaciones del presente pliego xxxxxx x xxx xxxxxx de prescripciones técnicas o de las normas y demás disposiciones o instrucciones que resulten de aplicación al objeto de la licitación o a su realización, o por cualquier otra circunstancia prevista en el TRLCSP o en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP. Las ofertas a la base o, en su caso, las variantes excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de valoraciónRGLC.
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Rechazo de proposiciones. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la exclusión de aquellas proposiciones que incumplan de forma manifiesta las especificaciones del presente pliego o de las normas y demás disposiciones o instrucciones que resulten de aplicación al objeto de la licitación o a su realización, o por cualquier otra circunstancia prevista en el TRLCSP la LCSP o en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSPRGLC. Las ofertas a la base o, en su caso, las variantes excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de valoración.
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Samples: mnhlicitaciones.com
Rechazo de proposiciones. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores las personas licitadoras se procederá, mediante resolución motivada, a la exclusión de aquellas proposiciones que incumplan de forma manifiesta las especificaciones del presente pliego xxxxxx x xxx xxxxxx de prescripciones técnicas o de las normas y demás disposiciones o instrucciones que resulten de aplicación al objeto de la licitación o a su realización, o por cualquier otra circunstancia prevista en el TRLCSP o en el Real Decreto 817/2009RGLCAP. Para valorar las ofertas recibidas se seguirán los criterios establecidos en el ANEXO I, de 8 xx xxxx, clasificados por el orden decreciente y con la ponderación que se desarrolla parcialmente la LCSP. Las ofertas a la base o, en su caso, las variantes excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de valoraciónles atribuye.
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Samples: tresculturas.org