Common use of Reducción de jornada Clause in Contracts

Reducción de jornada. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad que no desem- peñe una actividad retribuida tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado di- recto de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo, y que no desempeñe actividad retribuida. La reducción de jornada contemplada en el presente apartado cons- tituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa gene- rasen este derecho por el mismo sujeto causante, la dirección de la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la misma. La concreción horaria de la reducción de jornada corresponderá a la trabajadora o trabajador dentro de su jornada ordinaria, quien debe- rá preavisar al empresario o empresaria con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Reducción de jornada. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad que no desem- peñe desempeñe una actividad retribuida tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado di- recto directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo, y que no desempeñe actividad retribuida. La reducción de jornada contemplada en el presente apartado cons- tituye constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa gene- rasen generasen este derecho por el mismo sujeto causante, la dirección de la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la misma. La concreción horaria de la reducción de jornada corresponderá a la trabajadora o trabajador dentro de su jornada ordinaria, quien debe- rá deberá preavisar al empresario o empresaria con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Reducción de jornada. Quien por razones Circunstancias personales de guarda legal tenga todo tipo pueden aconsejar a su cuidado directo algún menor determinado personal solicitar al Departamento de doce años o una persona con discapacidad que no desem- peñe una actividad retribuida tendrá derecho a GPO una reducción de su jornada laboral normal reservándose aquélla el derecho a concederla pero esta posible reducción de jornada quedará limitada a aquel personal en trabajos indirectos y normalmente a jornada partida, en trabajos sin relación directa entre tiempo y cumplimiento de la jornada función. Queda excluido así el personal a relevos o, a uno o más relevos, sean operarios o mandos. En casos especiales, en razón a la importancia del motivo, podrá ponderarse con el Jefe del Departamento la posible existencia de una reducción para este personal a relevos, que solicite la reducción. Esta reducción sobre las ocho horas diarias normales podrá ser de dos o de cuatro horas, determinando en todo caso una disminución proporcional tanto en la retribución salarial men- sual como en las pagas extraordinarias y en la retribución de las vacaciones anuales. La cotización a la Seguridad Social y accidentes de trabajo diariase realizarán en función de la nueva retribución que se fije. No sufrirán merma alguna los días festivos, puentes y vacaciones señalados en el calenda- rio laboral y se mantendrán igualmente en su integridad los beneficios sociales. La convertibilidad de la reducción de dos o cuatro horas, llevada a días completos y fijos de semana, deberá ser objeto de estudio expreso en cada caso, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo independencia de la mitad re- ducción de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado di- recto de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo, y que no desempeñe actividad retribuidajornada. La reducción de jornada contemplada en el presente apartado cons- tituye un derecho individual no podrá solicitarse por menos de los trabajadorestres meses, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores que se computarán desde la fecha de inicio de la misma empresa gene- rasen este derecho por el mismo sujeto causante, la dirección de la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la misma. La concreción horaria de la reducción de nueva jornada corresponderá a la trabajadora o trabajador dentro de su jornada ordinaria, quien debe- rá preavisar al empresario o empresaria con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinariareducida.

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Samples: Convenio Colectivo

Reducción de jornada. Quien El personal que, por razones razón de guarda legal tenga a su cuidado directo algún a una persona menor de doce años o una persona con discapacidad que no desem- peñe una actividad retribuida tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise quienes precisen encargarse del cuidado di- recto directo de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda pudiera valerse por si mismo, tendrá derecho a reducir su jornada diaria de trabajo entre un octavo como mínimo y la mitad de la duración de su jornada, como máximo. Está reducción podrá ser también mensual y semanal, acumulándose en jornadas completas siempre que no desempeñe actividad retribuidalas necesidades organizativas y del puesto así lo permitan. La .El salario será objeto de una reducción proporcional. En caso de reducción de jornada contemplada en el presente apartado cons- tituye un derecho individual por menores de los trabajadores, hombres o mujeres18 años con enfermedad grave la reducción de jornada podrá extenderse más allá de la mitad de la duración de la jornada de conformidad al artículo 37.5 ET. No obstante, si Si dos o más trabajadores de la misma empresa gene- rasen personas generasen este derecho por el mismo sujeto causante, la dirección de la empresa podrá las entidades podrán limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la mismafuncionamiento. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de reducción de jornada corresponderán a la trabajadora o trabajador, dentro de las diferentes formas de ordenación del tiempo existentes en la empresa. Para ejercer este derecho el trabajador o trabajadora deberá preavisar por escrito, salvo causa de fuerza mayor con al menos 15 días de antelación, indicando la fecha en que iniciará la reducción de jornada corresponderá así como las condiciones de la misma conforme a la trabajadora o trabajador dentro de su jornada ordinarialo establecido en el presente artículo, quien debe- rá así mismo deberá preavisar al empresario o empresaria con quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.

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Samples: Convenio Colectivo