Reglas Comunes Cláusulas de Ejemplo
Reglas Comunes. 1. Si se dota una plaza de categoría correspondiente a profesorado titular de universidad -para posibilitar la promoción desde alguna de las figuras laborales- y, una vez resuelto el proceso selectivo, no se produce la promoción, durante cuatro (4) años no se podrá volver a solicitar o promover la creación de una nueva plaza de promoción en la correspondiente área de conocimiento. Lo anterior será sin perjuicio de las competencias de las universidades para la dotación de plazas conforme a lo previsto legalmente.
2. Una vez producida la promoción de la persona solicitante -desde una a otra figura superior en cualquiera de los supuestos contemplados en el presente capítulo X- la plaza que queda vacante será amortizada.
Reglas Comunes. La ANH se reserva el derecho de solicitar aclaraciones a los documentos de Habilitación y a las Propuestas, así como de pedir información complementaria a los mismos, siempre que no se altere el contenido ni se modifique el alcance de aquellas, y con sujeción a los principios rectores de igualdad, transparencia, selección objetiva, imparcialidad, publicidad y contradicción. La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al Proponente, no necesarios para la comparación de las Propuestas, no servirán de título suficiente para rechazar los ofrecimientos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de Habilitación o de las Propuestas, que no afecten el orden de elegibilidad, podrán ser materia de aclaración o complementación en la forma y oportunidad establecidas en las Reglas y Términos de Referencia. En todo caso, la ANH se reserva el derecho de verificar la información suministrada y de realizar comprobaciones respecto de los documentos aportados en todo el curso de la actuación contractual, sea de manera previa o posterior a la Habilitación, a la adjudicación e, inclusive, a la celebración del correspondiente Contrato. Esta circunstancia debe ser aceptada expresamente por los Proponentes en la Carta de Presentación de los documentos de Habilitación y de la Propuesta, donde los representantes o apoderados han de declarar bajo la gravedad del juramento, prestado con la suscripción, que toda la información y los documentos aportados son exactos, veraces, fidedignos y susceptibles de comprobación en cualquier oportunidad.
Reglas Comunes. Quien firme la Carta de Presentación de la Propuesta deberá acreditar su calidad de representante legal o apoderado del PROPONENTE con facultades para obrar en nombre y representación del mismo.
Reglas Comunes. Las garantías se constituirán en la forma y por cualquiera de los medios permitidos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, desde ahora RGLCAP, Art. 55 y siguientes.
Reglas Comunes. En las Minutas de los Contratos deben pactarse estipulaciones de caducidad; terminación; interpretación y modificación unilateral; multas; penal pecuniaria; indemnidad; indemnización de daños y perjuicios, y reversión, en el evento de presentarse cualquiera Continuación del Acuerdo No. xx de 2016, Por el cual se sustituye el Acuerdo No. 4 de 2012 Página 70 de 114 de las causales específicas acordadas, con arreglo a las estipulaciones precedentes y en términos que satisfagan el interés general, protejan los recursos propiedad de la Nación, y aseguren el ejercicio de los derechos de defensa, contradicción y, en general, al debido proceso.
Reglas Comunes. III.1.- Plazo del ejercicio para la representación y voto por medios de comunicación a distancia. Las representaciones otorgadas y los votos emitidos por medios de comunicación a distancia, tanto mediante correspondencia postal como por comunicación electrónica, podrán emitirse a partir del día de la publicación de la convocatoria y deberán recibirse por la Sociedad en su domicilio social o a través de su página web con, al menos, veinticuatro (24) horas de antelación a la prevista para la celebración de la Junta General, es decir, antes de las 16:00 horas del día 7 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2019. Las representaciones y los votos recibidos con posterioridad se tendrán por no conferidos y por no emitidos, respectivamente. Con posterioridad al plazo indicado, sólo se admitirán las representaciones conferidas por escrito mediante la tarjeta de asistencia que se presenten en las mesas de registro de entrada de accionistas, en el lugar y día de celebración de la Junta General.
III.2.- Reglas de prelación sobre la asistencia, voto y representación por medios de comunicación a distancia.
Reglas Comunes. El Prestador asumirá todos los riesgos inherentes al cobro de las indemnizaciones por las pólizas de seguro, por lo que en los casos que deba considerarse el importe que deban pagar las compañías de seguro bajo las pólizas de seguro que hubieren sido contratadas por el Prestador, deberá tomarse como referencia, el importe de la suma asegurada que corresponda. En todos los casos previstos en esta Cláusula y una vez que el Prestador hubiese cumplido con las obligaciones previstas en este Contrato, el STC se obliga a emitir previa solicitud por escrito del Prestador, en un plazo no mayor a 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha en que el STC reciba la solicitud referida, las comunicaciones por escrito, que permitan solicitar la cancelación de las garantías otorgadas, excepto aquellas que deban subsistir y las que hubiesen sido ejecutadas de acuerdo a las condiciones del presente Contrato.
Reglas Comunes. 4.6.1. Las actividades del Programa Exploratorio Adicional deben corresponder a cantidades expresadas en número ▇▇ ▇▇▇▇▇ Estratigráficos y/o Exploratorios; de Adquisición, Procesamiento e Interpretación, o de Reprocesamiento e Interpretación de kilómetros (km) de Sísmica 2D; de kilómetros (km) de Adquisición Aerogeofísica; de Adquisición, Procesamiento e Interpretación, o de Reprocesamiento e Interpretación de kilómetros cuadrados (km2) de Sísmica 3D; de Geoquímica de Superficie en kilómetros cuadrados (km2), y/o de kilómetros cuadrados (km2) de Adquisición, Procesamiento e Interpretación de Imágenes de Sensores Remotos.
4.6.2. Por su parte, las actividades del Programa Exploratorio Posterior han de consistir en Pozos Exploratorios, o en la Adquisición, Procesamiento e Interpretación de Sísmica 2D y/o 3D.
