Reglas finales Cláusulas de Ejemplo

Reglas finales. En la aplicación de las tablas de las variables de Productividad Operacional y Volumen del Negocio, los resultados en decimales que sean iguales o superiores a 0,5 se aproximarán al entero superior y aquéllos que sean inferiores a 0,5 se aproximarán al entero inferior. El Bono Anual del Negocio se pagará a cada Trabajador a partir del resultado que exista a la finalización del año fiscal, cuando proceda, junto con la remuneración del mes xx xxxxxx de cada año. Excepcionalmente, y sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, sólo en los casos que el contrato de trabajo termine por aplicación de las causales contenidas en los artículos 159 N°1 y 159 N°3 del Código del Trabajo, esto es, mutuo acuerdo de las partes y muerte del Trabajador, respectivamente, este bono se pagará en forma proporcional a los meses completos efectivamente trabajados por el Trabajador durante el año fiscal respectivo, calculado en base al cumplimiento del año acumulado actual versus Budget. En el caso de muerte del Trabajador, las cantidades a que tenga derecho el Trabajador, le serán entregada a las personas que se indican en el inciso segundo del artículo 60 del Código del Trabajo y en la forma que allí se establece.
Reglas finales. El Bono Anual del Negocio se pagará a cada Trabajador a partir del resultado que exista a la finalización del año fiscal, cuando proceda, junto con la remuneración del mes xx xxxxxx de cada año, debido a razones técnicas en la determinación y liquidación del mismo. Excepcionalmente, y sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, sólo en los casos que el contrato de trabajo termine por aplicación de las causales contenidas en los artículos 000 X°0, 000 N° 2, 000 X°0, 000 del Código del Trabajo, esto es, mutuo acuerdo de las partes, renuncia del trabajador, muerte del trabajador y necesidades de la empresa, respectivamente, este bono se pagará en forma proporcional a los meses completos efectivamente trabajados por el Trabajador durante el año fiscal respectivo, calculado en base al cumplimiento del año acumulado actual versus Budget. En el caso de muerte del trabajador, las cantidades a que tenga derecho el trabajador le serán entregadas a las personas que se indican en el inciso segundo del artículo 60 del Código del Trabajo y en la forma que allí se establece. Xxxx Anual del Negocio que no se considera para la base de cálculo de las indemnizaciones por término de contrato de trabajo a que tenga derecho el Trabajador. En la eventualidad que el Budget oficial informado por la Compañía sea modificado por BHP, se considerará como Bugdet para efectos del cálculo xxx Xxxx Anual del Negocio el Budget modificado, el cual será debidamente informado por la Compañía al Sindicato. Las partes convienen que la regulación xxx Xxxx Anual del Negocio rige desde el FY22.
Reglas finales. 20. Funciones alternativas y/o complementarias

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  • CONSIDERACIONES FINALES Forman parte del presente pliego:

  • DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

  • Declaraciones finales El/los abajo firmante(s) declara(n) formalmente que la información comunicada en las partes II-IV es exacta y veraz y ha sido facilitada con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración de carácter grave. El/los abajo firmante(s) declara(n) formalmente que podrá(n) aportar los certificados y otros tipos de pruebas documentales contemplados sin tardanza, cuando se le(s) soliciten, salvo en caso de que:

  • Aplicación de las Normas Generales Estas Normas Generales se aplican a los Contratos xx Xxxxxxxx que el Banco Interamericano de Desarrollo acuerde con sus Prestatarios y, por lo tanto, sus disposiciones constituyen parte integrante de este Contrato.

  • CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN DATOS DEL PROCESOS DE CONTRATACIÓN INFORMACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los siguientes datos:

  • Contrato fijo de plantilla 1. El contrato fijo de plantilla es el que conciertan empresario y trabajador para la prestación laboral de éste en la empresa por tiempo indefinido. Ésta será la modalidad normal de contratación a realizar por empresarios y trabajadores en todos los centros de trabajo de carácter permanente. 2. Con el objeto de fomentar la contratación indefinida, se podrá usar esta modalidad contractual en los supuestos previstos en la legislación vigente.

  • Estados Financieros Los proponentes deberán anexar los siguientes documentos legibles, para el desarrollo de la evaluación financiera: - Estados Financieros del año 2017. - Notas a los Estados Financieros del año 2017. - Dictamen del revisor Fiscal año 2017 (Si aplica). - Declaración xx Xxxxx año 2017 y conciliación fiscal (documento requerido para verificación de cifras contables vs cifras fiscales). - Estados Financieros del año 2018. - Notas a los Estados Financieros del año 2018. - Dictamen del revisor Fiscal año 2018 (Si aplica). - Declaración xx Xxxxx año 2018 y conciliación fiscal (documento requerido para verificación de cifras contables vs cifras fiscales). - Estados Financieros provisionales con corte al mes xx xxxxx de 2019 - Certificación de variación y/o hechos ocurridos en el ejercicio 2019 que puedan afectar la situación financiera del oferente con corte al mes xx xxxxx de 2019, según el anexo H. - Copia de la Tarjeta Profesional del Contador Público y del Revisor Fiscal. - Copia del Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios del Contador Público y del Revisor Fiscal (Vigencia de 3 meses). - Copia legible del RUT El análisis financiero se realizará en función de los dos últimos años cerrados, es decir 2017 y 2018. En caso de requerir subsanación de requerimientos financieros, el proponente tendrá hasta 3 días hábiles para entregar la documentación solicitada, de lo contrario la propuesta será inhabilitada.

  • CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad Pública no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

  • Evaluación de las propuestas técnicas Para verificar la solvencia de las propuestas técnicas presentadas, el área técnica y/o requirente será la que analizará cada uno de los documentos presentados de conformidad con los Anexos, la descripción técnica de “LOS SERVICIOS” solicitados, y en general, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 36, segundo párrafo de la Ley se procederá a evaluar técnicamente cuando menos a las dos proposiciones económicas que resulten ser las más bajas. Se verificará que la información proporcionada cumpla con cada uno de los requisitos y criterios técnicos, indicaciones, descripciones, características y especificaciones técnicas aplicables a cada uno de “LOS SERVICIOS” solicitados; así como los descritos en su caso, en la(s) acta(s) derivada(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases de la licitación. Los documentos que se solicitan en estos requisitos y criterios de evaluación técnica deben ser presentados al momento del acto de presentación y apertura de proposiciones, el incumplimiento de alguno de los requisitos expresamente solicitados por LA ENTIDAD será motivo de desechamiento de la propuesta técnica. La evaluación de las propuestas técnicas recibidas se realizará por el total de las Partidas completas en la(s) que participe; los licitantes deberán cumplir con los requisitos y criterios de evaluación técnica que a continuación se detallan: Para ser consideradas en la evaluación técnica, la(s) Partida(s) respectivas deberán cotizarse completas (100%); el incumplimiento de algún documento y/o requerimiento solicitado para la evaluación técnica, será motivo para desechar la propuesta técnica. En caso de que el licitante omitiera la entrega del algún documento o información que no desvirtué la solvencia de la proposición técnica, no será motivo de descalificación del concurso. El área técnica requirente elaborará un dictamen de análisis detallado a las proposiciones presentadas, en el cual se hará constar la solvencia de las proposiciones analizadas.

  • EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Errores Aritméticos