RELACIÓN DE PRODUCTOS, CANTIDADES ESTIMADAS, PRECIOS UNITARIOS E IMPORTES. 2.1.- La relación de productos de los lotes del Acuerdo Marco, las cantidades estimadas a suministrar, los precios unitarios máximos por unidad de medida, IVA excluido, y los importes máximos, IVA excluido, son los que figuran en el Anexo I a este pliego de prescripciones técnicas.
2.2.- En los contratos derivados del Acuerdo Xxxxx, el empresario no podrá exigir un pedido mínimo ni máximo de cantidad o de precio para efectuar el suministro. Los compromisos contractuales solamente derivan de las cantidades efectivamente suministradas y recibidas de conformidad por los centros en función de los pedidos efectuados por ellos.
2.3.- Si las necesidades de algún centro para el periodo de un contrato derivado del Acuerdo Marco fuesen inferiores a 1.000 € (IVA incluido) a precios de licitación del Acuerdo Marco, la Gerencia de Servicios Sociales o la Consejería de Familia, en función del centro de que se trate, se reserva la facultad de excluir al centro de la licitación del contrato derivado y adquirir las necesidades, para ese periodo, por otros procedimientos establecidos en la legislación de contratos del sector público.
2.4.- El periodo de duración de los contratos derivados del Acuerdo Xxxxx vendrá determinado por las necesidades de suministro de los centros y la evolución xxx xxxxxxx, y su finalización será por expirar el citado periodo o por haberse suministrado la totalidad de los artículos incluidos en el correspondiente lote. En ningún caso se podrán suministrar productos por un importe superior al precio de adjudicación del lote de que se trate.