Common use of Renuncia a la celebración del contrato y desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración Clause in Contracts

Renuncia a la celebración del contrato y desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración. En el caso en que el órgano de contratación renuncie a celebrar el contrato, o decida reiniciar el procedimiento para su adjudicación, lo notificará a los candidatos o licitadores, informando también a la Comisión Europea de esta decisión cuando el contrato haya sido anunciado en el «Diario Oficial de la Unión Europea». La renuncia a la celebración del contrato o el desistimiento del procedimiento sólo podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la adjudicación provisional. En ambos casos se compensará a los candidatos o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido, en la forma prevista en el anuncio o de acuerdo con los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración. Sólo podrá renunciarse a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia. El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratar Obras Por Procedimiento Abierto. De Regulación No Armonizada, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratar Obras Por Procedimiento Abierto Sujetos a Regulación Armonizada, santander.es