RENUNCIA O DESISTIMIENTO. Si, antes de la adjudicación, el órgano de contratación renunciase a la celebración del contrato o desistiese del procedimiento, deberá compensar a los licitadores por los gastos efectivos en que hubieran incurrido, previa solicitud y con la debida justificación de su valoración económica.
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Samples: ofcp.dipujaen.es, Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Suministro a Adjudicar Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad Por La Diputación Provincial De Jaén Y Sus Organismos Autónomos, www.casamerica.es