RENUNCIA TÁCITA. Si los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, no retirasen las garantías dentro del plazo de SESENTA (60) días corridos a contar desde la fecha de la notificación, implicará la renuncia tácita a favor del Estado Nacional de lo que constituya la garantía.
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Samples: Pliego Único De Bases Y Condiciones Generales Del Régimen De Contrataciones De La Administración Nacional, www2.vialidad.gob.ar, Pliego De Condiciones Particulares Y Especificaciones Técnicas
RENUNCIA TÁCITA. Si los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, no retirasen las garantías dentro del plazo de SESENTA CIENTO OCHENTA DÍAS (60180) días corridos a contar desde la fecha de la notificación, implicará la renuncia tácita a favor del Estado Nacional de lo que constituya la garantía.garantía y la tesorería jurisdiccional deberá:
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Samples: unlp.edu.ar, unlp.edu.ar, unlp.edu.ar
RENUNCIA TÁCITA. Si los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, no retirasen las garantías dentro del plazo de SESENTA (60) días corridos a contar desde la fecha de la notificación, implicará la renuncia tácita a favor del Estado Nacional de lo que constituya la garantía.garantía y la tesorería jurisdiccional deberá:
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Samples: www.oas.org, www.unc.edu.ar
RENUNCIA TÁCITA. Si los oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, no retirasen las garantías dentro del plazo de SESENTA (60) días corridos a contar desde la fecha de la notificaciónel vencimiento del plazo previsto en el artículo 116 del presente Reglamento, implicará la renuncia tácita a favor del Estado Nacional de la ACUMAR de lo que constituya la garantía.garantía y se deberá:
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RENUNCIA TÁCITA. Si los oferentes, adjudicatarios o cocontratantesco-contratantes, no retirasen las garantías dentro del plazo de SESENTA (60) días corridos a contar desde la fecha de la notificación, implicará la renuncia tácita a favor del Estado Nacional de lo que constituya la garantía.
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