Denuncia del convenio Cláusulas de Ejemplo

Denuncia del convenio. Este Convenio Colectivo se prorrogará de año en año si, al menos, tres meses antes a la fecha de expiración, no es denunciado por alguna de las partes mediante comunicación escrita, de la que la otra parte acusará recibo, remitiendo copia para su registro a la autoridad laboral. En el plazo máximo de un mes a partir de la recepción de la comunicación, se procederá a constituir la comisión negociadora. La parte receptora de la comunicación deberá responder a la propuesta de negociación y ambas partes establecerán un calendario o plan de negociación, debiéndose iniciar ésta en un plazo máximo de quince días a contar desde la constitución de la comisión negociadora. Transcurrido el plazo legal desde que se produjo la denuncia sin que se haya alcanzado un acuerdo para sustituir el convenio vencido, las partes someterán sus discrepancias a la Comisión Paritaria del Convenio. De persistir el desacuerdo, la Comisión decidirá sobre su sometimiento bien al arbitraje recogido en el presente convenio o a los mecanismos previstos en el V Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales Durante las negociaciones para la renovación del presente Convenio Colectivo se mantendrá su vigencia.
Denuncia del convenio. El presente convenio colectivo podrá ser denunciado en tiempo y forma por cualquiera de las partes dentro de los treinta días anteriores a la fecha de su finalización. Mencionada denun- cia deberá ser comunicada a la Dirección General de Trabajo y/o a la representación empre- sarial o sindical en su caso. En caso de que el Convenio Colectivo no sea denunciado en tiempo y forma por ninguna de las partes, éste se entenderá prorrogado de año en año en todo su articulado.
Denuncia del convenio. La denuncia del convenio podrá efectuarse por cualquiera de las partes, debiendo formularse con una antelación mínima de un mes a la fecha de terminación de su vigencia o de cualquiera de sus prórrogas. Se hará por escrito, con exposición razonada de las causas determinantes de la revisión y se presentará ante el organismo que en ese momento sea competente, dándose traslado a la otra parte. De no mediar denuncia, con los requisitos exigidos para ella, el convenio se entenderá prorrogado de año en año, a partir del 1 de enero de 2021 en sus propios términos. Ambas partes se comprometen a iniciar la negociación de un nuevo convenio, con un mes de antelación a la finalización de su vigencia, de acuerdo con el artículo 89.2 del Estatuto de los Trabajadores.
Denuncia del convenio. La denuncia del Convenio por cualquiera de las partes firmantes, deberá producirse por escrito dentro de los treinta días anteriores a la finalización de su vigencia. En caso de no producirse la denuncia expresa en el indicado plazo el Convenio Colectivo quedará tácitamente prorrogado por el período de un año, salvo en lo relativo a incrementos salariales, debiendo formalizarse la denuncia por cualquiera de las partes que así lo estimara dentro de los treinta días anteriores a la finalización de la vigencia o del año de prórroga. Este sistema de prórroga tácita se repetirá en las condiciones citadas sin límite en el número de ocasiones en cualquiera de los dos supuestos siguientes: a) Mientras ninguna de las partes formalice denuncia del Convenio en los plazos indicados. b) Mientras se esté negociando un nuevo Convenio Colectivo habiendo mediado denuncia dentro de plazo del presente. El presente Xxxxxxxx deberá ser presentado ante la Autoridad Laboral competente, a los efectos oportunos. Ambas partes se comprometen a dar la máxima difusión posible entre sus representados, así como entre gestores, asesores y cuantas personas y organismos pudieran intervenir directamente en las relaciones laborales del sector regulado por el presente Convenio Colectivo, con el fin de agilizar su aplicación práctica.
Denuncia del convenio. El presente Xxxxxxxx se prorrogará por tácita reconducción, a partir del 1 de enero de 2018, si no mediase denuncia expresa del mismo por cualquiera de las partes legitimadas, con una antelación de 2 meses al término de su vigencia De conformidad a lo establecido en el artículo 86.3 del ET, denunciado el convenio, en los términos establecidos en el propio convenio, si en el plazo de veinticuatro meses a con- tar desde la denuncia, las partes no hubiesen alcanzado un acuerdo relativo a la negocia- ción de un nuevo convenio que sustituya al presente, el convenio perderá toda vigencia. Se establece de común acuerdo, que el procedimiento del arbitraje será siempre volun- tario, con independencia de los acuerdos interprofesionales que pudieran establecerse al efecto.
Denuncia del convenio. Todo Estado contratante puede comunicar la denuncia del presente Convenio tres años después de su entrada en vigor, por notificación dirigida al Gobierno de los Estados Unidos de América, quien inmediatamente lo informará a cada uno de los Estados contratantes. La denuncia surtirá efecto un año después de la fecha de recibo de la notificación y sólo se aplicará al Estado que haya hecho tal denuncia.
Denuncia del convenio. COMPENSACIONES Y CONDICIONES MÁS BENEFICIOSAS MODALIDADES DE CONTRATACIÓN
Denuncia del convenio. El presente Xxxxxxxx podrá ser denunciado por cualquiera de las partes antes del 31 de diciembre de 2012. El preaviso de dicha denuncia deberá formalizarse y notificarse a la otra parte a lo largo del último trimestre de vigencia ordinaria del Convenio. Sin perjuicio de lo anterior, ambas partes podrán convenir, de mutuo acuerdo, iniciar la negociación del próximo Convenio antes de la fecha de vencimiento.
Denuncia del convenio. Cualquiera de las partes contratantes podrá denunciar el presente Convenio Colectivo de Trabajo con una anticipación no menor de sesenta (60) días de la fecha de vencimiento de su vigencia, a los efectos de iniciar las negociaciones Colectivas tendientes a la concertación de una nueva Convención.
Denuncia del convenio. A los efectos previstos en el artículo 86.2 del Estatuto de los Trabajadores, se acuerda que el presente Convenio Colectivo queda denunciado desde el día del vencimiento de su vigencia.