Common use of Representación Clause in Contracts

Representación. Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá conferir su representación en la Junta General a otra persona, que no necesitará ser accionista. Cuando el documento de la representación se reciba en la Sociedad con el nombre del representante en blanco, la representación se entenderá conferida al Presidente del Consejo de Administración y, en ausencia de éste, al Secretario de la Junta General Ordinaria de accionistas. Si el representante designado conforme a las indicaciones precedentes se encontrase en conflicto de interés en la votación de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la Junta General de Accionistas, y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas con arreglo a lo previsto al efecto, la representación se entenderá conferida al Vicesecretario del Consejo de Administración. En los documentos en que consten las representaciones se reflejarán las instrucciones de voto, entendiéndose que, de no marcarse las correspondientes casillas de instrucciones, el representado imparte instrucciones precisas de votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. Salvo indicación contraria del accionista representado, la delegación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta por así permitirlo la Ley. En el supuesto de que la delegación se extienda según lo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el accionista imparte instrucciones precisas al representante de votar en sentido negativo salvo que el accionista haya indicado expresamente otra cosa. A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de lo siguiente: (i) el Presidente del Consejo de Administración y el resto de miembros del Consejo podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto de los puntos cuarto (Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio social 2021) y decimoquinto (Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio 2021) del orden del día; (ii) el Consejero Delegado podrá encontrarse además en una situación de potencial conflicto de intereses respecto del punto decimosexto (Aprobación de tres nuevos ciclos adicionales del Programa de Incentivo a Largo Plazo) del orden del día; (iii) los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se propone bajo los puntos undécimo (Reelección como Consejera de Dña. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxx), duodécimo (Reelección como Consejero de D. Xxxxxxx Xxxxxx San Xxxxxxx), decimotercero (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx) y decimocuarto (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx) del orden del día, se encuentran respectiva e individualmente en conflicto de intereses en cada uno de dichos puntos; y (iv) en el caso de que, por así permitirlo la Ley, se sometieran a la Junta alguna o algunas de las propuestas a las que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio de la acción social de responsabilidad) del artículo 526 de la Ley de Sociedades de Capital, el o los consejeros afectados por dichas propuestas se encontrarían en conflicto de intereses en la votación de las mismas. El accionista deberá comunicar, por escrito o por medios electrónicos, a quien designe como representante, la representación conferida a su favor. Cuando ésta se confiera a favor de algún miembro del Consejo de Administración, la comunicación se entenderá realizada mediante la recepción en la Sociedad de la documentación en que conste la misma. El accionista deberá, asimismo, notificar a la Sociedad, por escrito o por medios electrónicos, tanto el nombramiento de un representante como, en su caso, la revocación del mismo. La comunicación a la Sociedad del nombramiento de representante se entenderá efectuada:

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Representación. Todo accionista Las Partes han designado a , domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No. , expedida en , para que tenga derecho de asistencia podrá conferir su representación en la Junta General a otra persona, que no necesitará ser accionista. Cuando el documento actúe como representante y vocero de la representación se reciba en la Sociedad con el nombre del Unión Temporal frente a LA SECRETARÍA y terceros. El representante en blanco, la representación se entenderá conferida al Presidente del Consejo de Administración y, en ausencia de éste, al Secretario de la Junta General Ordinaria Unión Temporal tendrá todas las facultades necesarias para actuar en nombre de accionistas. Si el representante designado conforme a las indicaciones precedentes se encontrase en conflicto de interés en la votación de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la Junta General de Accionistas, Unión Temporal y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas con arreglo a lo previsto al efecto, la representación se entenderá conferida al Vicesecretario del Consejo de Administración. En los documentos en que consten las representaciones se reflejarán las instrucciones de voto, entendiéndose que, de no marcarse las correspondientes casillas de instrucciones, el representado imparte instrucciones precisas de votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. Salvo indicación contraria del accionista representado, la delegación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta por así permitirlo la Ley. En el supuesto de que la delegación se extienda según lo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el accionista imparte instrucciones precisas al representante de votar en sentido negativo salvo que el accionista haya indicado expresamente otra cosa. A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de lo siguiente: (i) el Presidente del Consejo de Administración y el resto de miembros del Consejo podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto de los puntos cuarto (Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio social 2021) y decimoquinto (Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio 2021) del orden del día; (ii) el Consejero Delegado podrá encontrarse además en una situación de potencial conflicto de intereses respecto del punto decimosexto (Aprobación de tres nuevos ciclos adicionales del Programa de Incentivo a Largo Plazo) del orden del día; (iii) los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se propone bajo los puntos undécimo (Reelección como Consejera de Dña. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxx), duodécimo (Reelección como Consejero de D. Xxxxxxx Xxxxxx San Xxxxxxx), decimotercero (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx) y decimocuarto (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx) del orden del día, se encuentran respectiva e individualmente en conflicto de intereses en cada uno de dichos puntos; sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y (iv) presentación de la Propuesta y la celebración y ejecución del contrato A QUE HAYA LUGAR en el caso de que, por así permitirlo que la Ley, se sometieran Secretaría adjudicase la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA a la Junta alguna o algunas Unión Temporal. En especial tendrá las facultades suficientes para: • Presentar la Propuesta. • Suscribir la carta de las propuestas a las presentación de la Propuesta. • Atender todos los posibles requerimientos que formule LA SECRETARÍA relacionados con la Propuesta. • Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio requiera para la elaboración y presentación de la acción social Propuesta, dentro de responsabilidad) del artículo 526 los términos y condiciones de la Ley Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA. • Notificarse del acto administrativo de Sociedades declaratoria de Capitaldesierta del proceso, si hubiese lugar a ello. • Suscribir el contrato. • Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA. • Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre de la Unión temporal. • Presentar los reclamos a nombre de la Unión temporal. • Liquidar el contrato. En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para La Unión Temporal, los miembros de la Unión o los representantes legales de éstos el representante de la Unión Temporal tendrá la obligación de informarlo por escrito a la Dirección de Contratación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella. Por el sólo hecho de la firma del presente Acuerdo, el o los consejeros afectados por dichas propuestas representante legal acepta esta designación y entiende las obligaciones que se encontrarían en conflicto de intereses en la votación de las mismas. El accionista deberá comunicar, por escrito o por medios electrónicos, a quien designe como representante, la representación conferida a su favor. Cuando ésta se confiera a favor de algún miembro del Consejo de Administración, la comunicación se entenderá realizada mediante la recepción en la Sociedad de la documentación en que conste la misma. El accionista deberá, asimismo, notificar a la Sociedad, por escrito o por medios electrónicos, tanto el nombramiento de un representante como, en su caso, la revocación deriva del mismo. La comunicación a la Sociedad del nombramiento de representante se entenderá efectuada:.

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Samples: Pliego De Condiciones Definitivos

Representación. Todo accionista Las Partes han designado a , domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No. , expedida en , para que tenga derecho de asistencia podrá conferir su representación en la Junta General a otra persona, que no necesitará ser accionista. Cuando el documento actúe como representante y vocero de la representación se reciba en la Sociedad con el nombre del Unión Temporal frente a LA SECRETARÍA y terceros. El representante en blanco, la representación se entenderá conferida al Presidente del Consejo de Administración y, en ausencia de éste, al Secretario de la Junta General Ordinaria Unión Temporal tendrá todas las facultades necesarias para actuar en nombre de accionistas. Si el representante designado conforme a las indicaciones precedentes se encontrase en conflicto de interés en la votación de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la Junta General de Accionistas, Unión Temporal y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas con arreglo a lo previsto al efecto, la representación se entenderá conferida al Vicesecretario del Consejo de Administración. En los documentos en que consten las representaciones se reflejarán las instrucciones de voto, entendiéndose que, de no marcarse las correspondientes casillas de instrucciones, el representado imparte instrucciones precisas de votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. Salvo indicación contraria del accionista representado, la delegación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta por así permitirlo la Ley. En el supuesto de que la delegación se extienda según lo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el accionista imparte instrucciones precisas al representante de votar en sentido negativo salvo que el accionista haya indicado expresamente otra cosa. A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de lo siguiente: (i) el Presidente del Consejo de Administración y el resto de miembros del Consejo podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto de los puntos cuarto (Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio social 2021) y decimoquinto (Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio 2021) del orden del día; (ii) el Consejero Delegado podrá encontrarse además en una situación de potencial conflicto de intereses respecto del punto decimosexto (Aprobación de tres nuevos ciclos adicionales del Programa de Incentivo a Largo Plazo) del orden del día; (iii) los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se propone bajo los puntos undécimo (Reelección como Consejera de Dña. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxx), duodécimo (Reelección como Consejero de D. Xxxxxxx Xxxxxx San Xxxxxxx), decimotercero (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx) y decimocuarto (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx) del orden del día, se encuentran respectiva e individualmente en conflicto de intereses en cada uno de dichos puntos; sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y (iv) presentación de la Propuesta y la celebración y ejecución del contrato A QUE HAYA LUGAR en el caso de que, que LA SECRETARÍA adjudicase la Selección Abreviada por así permitirlo la Ley, se sometieran Subasta Inversa a la Junta alguna o algunas Unión Temporal. En especial tendrá las facultades suficientes para: • Presentar la Propuesta. • Suscribir la carta de las propuestas a las presentación de la Propuesta. • Atender todos los posibles requerimientos que formule LA SECRETARÍA relacionados con la Propuesta. • Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio requiera para la elaboración y presentación de la acción social Propuesta, dentro de responsabilidad) del artículo 526 los términos y condiciones de la Ley Selección Abreviada por Subasta Inversa. • Notificarse del acto administrativo de Sociedades declaratoria de Capitaldesierta del proceso, si hubiese lugar a ello. • Suscribir el contrato. • Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada por Subasta Inversa. • Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre de la Unión temporal. • Presentar los reclamos a nombre de la Unión temporal. • Liquidar el contrato. En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para La Unión Temporal, los miembros de la Unión o los representantes legales de éstos el representante de la Unión Temporal tendrá la obligación de informarlo por escrito a la Dirección de Contratación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella. Por el sólo hecho de la firma del presente Acuerdo, el o los consejeros afectados por dichas propuestas representante legal acepta esta designación y entiende las obligaciones que se encontrarían en conflicto de intereses en la votación de las mismas. El accionista deberá comunicar, por escrito o por medios electrónicos, a quien designe como representante, la representación conferida a su favor. Cuando ésta se confiera a favor de algún miembro del Consejo de Administración, la comunicación se entenderá realizada mediante la recepción en la Sociedad de la documentación en que conste la misma. El accionista deberá, asimismo, notificar a la Sociedad, por escrito o por medios electrónicos, tanto el nombramiento de un representante como, en su caso, la revocación deriva del mismo. La comunicación a la Sociedad del nombramiento de representante se entenderá efectuada:.

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Samples: community.secop.gov.co

Representación. Todo accionista Las Partes han designado a _______, domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No. ___________, expedida en __________, para que tenga derecho de asistencia podrá conferir su representación en la Junta General a otra persona, que no necesitará ser accionista. Cuando el documento actúe como representante y vocero de la representación se reciba en la Sociedad con el nombre del Unión Temporal frente al FONDO y terceros. El representante en blanco, la representación se entenderá conferida al Presidente del Consejo de Administración y, en ausencia de éste, al Secretario de la Junta General Ordinaria Unión Temporal tendrá todas las facultades necesarias para actuar en nombre de accionistas. Si el representante designado conforme a las indicaciones precedentes se encontrase en conflicto de interés en la votación de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la Junta General de Accionistas, Unión Temporal y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas con arreglo a lo previsto al efecto, la representación se entenderá conferida al Vicesecretario del Consejo de Administración. En los documentos en que consten las representaciones se reflejarán las instrucciones de voto, entendiéndose que, de no marcarse las correspondientes casillas de instrucciones, el representado imparte instrucciones precisas de votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. Salvo indicación contraria del accionista representado, la delegación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta por así permitirlo la Ley. En el supuesto de que la delegación se extienda según lo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el accionista imparte instrucciones precisas al representante de votar en sentido negativo salvo que el accionista haya indicado expresamente otra cosa. A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de lo siguiente: (i) el Presidente del Consejo de Administración y el resto de miembros del Consejo podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto de los puntos cuarto (Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio social 2021) y decimoquinto (Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio 2021) del orden del día; (ii) el Consejero Delegado podrá encontrarse además en una situación de potencial conflicto de intereses respecto del punto decimosexto (Aprobación de tres nuevos ciclos adicionales del Programa de Incentivo a Largo Plazo) del orden del día; (iii) los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se propone bajo los puntos undécimo (Reelección como Consejera de Dña. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxx), duodécimo (Reelección como Consejero de D. Xxxxxxx Xxxxxx San Xxxxxxx), decimotercero (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx) y decimocuarto (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx) del orden del día, se encuentran respectiva e individualmente en conflicto de intereses en cada uno de dichos puntos; sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y (iv) presentación de la Propuesta y la celebración y ejecución del contrato A QUE HAYA LUGAR en el caso de que, por así permitirlo que EL FONDO adjudicase la Ley, se sometieran Licitación Pública a la Junta alguna o algunas Unión Temporal. En especial tendrá las facultades suficientes para: Presentar la Propuesta. Suscribir la carta de las propuestas a las presentación de la Propuesta. Atender todos los posibles requerimientos que formule EL FONDO relacionados con la Propuesta. Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio requiera para la elaboración y presentación de la acción social Propuesta, dentro de responsabilidad) del artículo 526 los términos y condiciones de la Ley Licitación Pública. Notificarse del acto administrativo de Sociedades declaratoria de Capitaldesierta del proceso, si hubiese lugar a ello. Suscribir el contrato. Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones de la Licitación Pública. Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre de la Unión temporal. Presentar los reclamos a nombre de la Unión temporal. Liquidar el contrato. En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para La Unión Temporal, los miembros de la Unión o los representantes legales de éstos el representante de la Unión Temporal tendrá la obligación de informarlo por escrito a la Dirección de Contratación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella. Por el sólo hecho de la firma del presente Acuerdo, el o los consejeros afectados por dichas propuestas representante legal acepta esta designación y entiende las obligaciones que se encontrarían en conflicto de intereses en la votación de las mismas. El accionista deberá comunicar, por escrito o por medios electrónicos, a quien designe como representante, la representación conferida a su favor. Cuando ésta se confiera a favor de algún miembro del Consejo de Administración, la comunicación se entenderá realizada mediante la recepción en la Sociedad de la documentación en que conste la misma. El accionista deberá, asimismo, notificar a la Sociedad, por escrito o por medios electrónicos, tanto el nombramiento de un representante como, en su caso, la revocación deriva del mismo. La comunicación a la Sociedad del nombramiento de representante se entenderá efectuada:.

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Representación. Todo accionista Las Partes han designado a _______, domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No. ___________, expedida en __________, para que tenga derecho de asistencia podrá conferir su representación actúe como representante y vocero del Consorcio frente a LA SECRETARÍA y terceros. El representante del consorcio tendrá todas las facultades necesarias para actuar en la Junta General a otra persona, que no necesitará ser accionista. Cuando el documento de la representación se reciba en la Sociedad con el nombre del representante en blanco, la representación se entenderá conferida al Presidente del Consejo de Administración y, en ausencia de éste, al Secretario de la Junta General Ordinaria de accionistas. Si el representante designado conforme a las indicaciones precedentes se encontrase en conflicto de interés en la votación de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la Junta General de Accionistas, Consorcio y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas con arreglo a lo previsto al efecto, la representación se entenderá conferida al Vicesecretario del Consejo de Administración. En los documentos en que consten las representaciones se reflejarán las instrucciones de voto, entendiéndose que, de no marcarse las correspondientes casillas de instrucciones, el representado imparte instrucciones precisas de votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. Salvo indicación contraria del accionista representado, la delegación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta por así permitirlo la Ley. En el supuesto de que la delegación se extienda según lo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el accionista imparte instrucciones precisas al representante de votar en sentido negativo salvo que el accionista haya indicado expresamente otra cosa. A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de lo siguiente: (i) el Presidente del Consejo de Administración y el resto de miembros del Consejo podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto de los puntos cuarto (Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio social 2021) y decimoquinto (Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio 2021) del orden del día; (ii) el Consejero Delegado podrá encontrarse además en una situación de potencial conflicto de intereses respecto del punto decimosexto (Aprobación de tres nuevos ciclos adicionales del Programa de Incentivo a Largo Plazo) del orden del día; (iii) los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se propone bajo los puntos undécimo (Reelección como Consejera de Dña. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxx), duodécimo (Reelección como Consejero de D. Xxxxxxx Xxxxxx San Xxxxxxx), decimotercero (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx) y decimocuarto (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx) del orden del día, se encuentran respectiva e individualmente en conflicto de intereses en cada uno de dichos puntos; sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y (iv) presentación de la Propuesta y la celebración y ejecución del contrato en el caso de queque LA SECRETARÍA adjudicase la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA al consorcio. En especial tendrá las facultades suficientes para: Presentar la Propuesta. Suscribir la carta de presentación de la Propuesta. Atender todos los posibles requerimientos que formule LA SECRETARÍA relacionados con la Propuesta. Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se requiera para la elaboración y presentación de la Propuesta, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA. Notificarse del acto administrativo de declaratoria de desierta del proceso, si hubiese lugar a ello. Suscribir el contrato. Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA. Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre del consorcio. Presentar los reclamos a nombre del consorcio. Liquidar el contrato. En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para el consorcio, los miembros del consorcio o los representantes legales de éstos el representante del consorcio tendrá la obligación de informarlo por así permitirlo la Ley, se sometieran escrito a la Junta alguna o algunas Dirección de Contratación de LA SECRETARÍA dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella. Por el sólo hecho de la firma del presente Acuerdo, el representante legal acepta esta designación y entiende las propuestas a las obligaciones que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio de la acción social de responsabilidad) del artículo 526 de la Ley de Sociedades de Capital, el o los consejeros afectados por dichas propuestas se encontrarían en conflicto de intereses en la votación de las mismas. El accionista deberá comunicar, por escrito o por medios electrónicos, a quien designe como representante, la representación conferida a su favor. Cuando ésta se confiera a favor de algún miembro del Consejo de Administración, la comunicación se entenderá realizada mediante la recepción en la Sociedad de la documentación en que conste la misma. El accionista deberá, asimismo, notificar a la Sociedad, por escrito o por medios electrónicos, tanto el nombramiento de un representante como, en su caso, la revocación deriva del mismo. La comunicación a la Sociedad del nombramiento de representante se entenderá efectuada:.

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Samples: www.gobiernobogota.gov.co

Representación. Todo accionista Las Partes han designado a , domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No. , expedida en , para que tenga derecho de asistencia podrá conferir su representación actúe como representante y vocero del Consorcio frente a LA SECRETARÍA y terceros. El representante del consorcio tendrá todas las facultades necesarias para actuar en la Junta General a otra persona, que no necesitará ser accionista. Cuando el documento de la representación se reciba en la Sociedad con el nombre del representante en blanco, la representación se entenderá conferida al Presidente del Consejo de Administración y, en ausencia de éste, al Secretario de la Junta General Ordinaria de accionistas. Si el representante designado conforme a las indicaciones precedentes se encontrase en conflicto de interés en la votación de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la Junta General de Accionistas, Consorcio y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas con arreglo a lo previsto al efecto, la representación se entenderá conferida al Vicesecretario del Consejo de Administración. En los documentos en que consten las representaciones se reflejarán las instrucciones de voto, entendiéndose que, de no marcarse las correspondientes casillas de instrucciones, el representado imparte instrucciones precisas de votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. Salvo indicación contraria del accionista representado, la delegación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta por así permitirlo la Ley. En el supuesto de que la delegación se extienda según lo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el accionista imparte instrucciones precisas al representante de votar en sentido negativo salvo que el accionista haya indicado expresamente otra cosa. A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de lo siguiente: (i) el Presidente del Consejo de Administración y el resto de miembros del Consejo podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto de los puntos cuarto (Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio social 2021) y decimoquinto (Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio 2021) del orden del día; (ii) el Consejero Delegado podrá encontrarse además en una situación de potencial conflicto de intereses respecto del punto decimosexto (Aprobación de tres nuevos ciclos adicionales del Programa de Incentivo a Largo Plazo) del orden del día; (iii) los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se propone bajo los puntos undécimo (Reelección como Consejera de Dña. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxx), duodécimo (Reelección como Consejero de D. Xxxxxxx Xxxxxx San Xxxxxxx), decimotercero (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx) y decimocuarto (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx) del orden del día, se encuentran respectiva e individualmente en conflicto de intereses en cada uno de dichos puntos; sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y (iv) presentación de la Propuesta y la celebración y ejecución del contrato en el caso de queque LA SECRETARÍA adjudicase la Selección Abreviada por Subasta Inversa SGSASI 003-2019 al consorcio. En especial tendrá las facultades suficientes para: • Presentar la Propuesta. • Suscribir la carta de presentación de la Propuesta. • Atender todos los posibles requerimientos que formule LA SECRETARÍA relacionados con la Propuesta. • Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se requiera para la elaboración y presentación de la Propuesta, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada por así permitirlo Subasta Inversa. • Notificarse del acto administrativo de declaratoria de desierta del proceso, si hubiese lugar a ello. • Suscribir el contrato. • Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la Leyejecución del Contrato, se sometieran dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada por Subasta Inversa. • Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre del consorcio. • Presentar los reclamos a nombre del consorcio. • Liquidar el contrato. En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para el consorcio, los miembros del consorcio o los representantes legales de éstos el representante del consorcio tendrá la obligación de informarlo por escrito a la Junta alguna o algunas Dirección de Contratación de LA SECRETARÍA dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella. Por el sólo hecho de la firma del presente Acuerdo, el representante legal acepta esta designación y entiende las propuestas a las obligaciones que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio de la acción social de responsabilidad) del artículo 526 de la Ley de Sociedades de Capital, el o los consejeros afectados por dichas propuestas se encontrarían en conflicto de intereses en la votación de las mismas. El accionista deberá comunicar, por escrito o por medios electrónicos, a quien designe como representante, la representación conferida a su favor. Cuando ésta se confiera a favor de algún miembro del Consejo de Administración, la comunicación se entenderá realizada mediante la recepción en la Sociedad de la documentación en que conste la misma. El accionista deberá, asimismo, notificar a la Sociedad, por escrito o por medios electrónicos, tanto el nombramiento de un representante como, en su caso, la revocación deriva del mismo. La comunicación a la Sociedad del nombramiento de representante se entenderá efectuada:.

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Representación. Todo accionista Las Partes han designado a , domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No. , expedida en , para que tenga derecho de asistencia podrá conferir su representación actúe como representante y vocero del Consorcio frente a LA SECRETARÍA y terceros. El representante del consorcio tendrá todas las facultades necesarias para actuar en la Junta General a otra persona, que no necesitará ser accionista. Cuando el documento de la representación se reciba en la Sociedad con el nombre del representante en blanco, la representación se entenderá conferida al Presidente del Consejo de Administración y, en ausencia de éste, al Secretario de la Junta General Ordinaria de accionistas. Si el representante designado conforme a las indicaciones precedentes se encontrase en conflicto de interés en la votación de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la Junta General de Accionistas, Consorcio y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas con arreglo a lo previsto al efecto, la representación se entenderá conferida al Vicesecretario del Consejo de Administración. En los documentos en que consten las representaciones se reflejarán las instrucciones de voto, entendiéndose que, de no marcarse las correspondientes casillas de instrucciones, el representado imparte instrucciones precisas de votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. Salvo indicación contraria del accionista representado, la delegación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta por así permitirlo la Ley. En el supuesto de que la delegación se extienda según lo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el accionista imparte instrucciones precisas al representante de votar en sentido negativo salvo que el accionista haya indicado expresamente otra cosa. A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de lo siguiente: (i) el Presidente del Consejo de Administración y el resto de miembros del Consejo podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto de los puntos cuarto (Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio social 2021) y decimoquinto (Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio 2021) del orden del día; (ii) el Consejero Delegado podrá encontrarse además en una situación de potencial conflicto de intereses respecto del punto decimosexto (Aprobación de tres nuevos ciclos adicionales del Programa de Incentivo a Largo Plazo) del orden del día; (iii) los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se propone bajo los puntos undécimo (Reelección como Consejera de Dña. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxx), duodécimo (Reelección como Consejero de D. Xxxxxxx Xxxxxx San Xxxxxxx), decimotercero (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx) y decimocuarto (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx) del orden del día, se encuentran respectiva e individualmente en conflicto de intereses en cada uno de dichos puntos; sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y (iv) presentación de la Propuesta y la celebración y ejecución del contrato en el caso de queque LA SECRETARÍA adjudicase la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA al consorcio. En especial tendrá las facultades suficientes para: • Presentar la Propuesta. • Suscribir la carta de presentación de la Propuesta. • Atender todos los posibles requerimientos que formule LA SECRETARÍA relacionados con la Propuesta. • Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se requiera para la elaboración y presentación de la Propuesta, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA. • Notificarse del acto administrativo de declaratoria de desierta del proceso, si hubiese lugar a ello. • Suscribir el contrato. • Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA. • Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre del consorcio. • Presentar los reclamos a nombre del consorcio. • Liquidar el contrato. En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para el consorcio, los miembros del consorcio o los representantes legales de éstos el representante del consorcio tendrá la obligación de informarlo por así permitirlo la Ley, se sometieran escrito a la Junta alguna o algunas Dirección de Contratación de LA SECRETARÍA dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella. Por el sólo hecho de la firma del presente Acuerdo, el representante legal acepta esta designación y entiende las propuestas a las obligaciones que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio de la acción social de responsabilidad) del artículo 526 de la Ley de Sociedades de Capital, el o los consejeros afectados por dichas propuestas se encontrarían en conflicto de intereses en la votación de las mismas. El accionista deberá comunicar, por escrito o por medios electrónicos, a quien designe como representante, la representación conferida a su favor. Cuando ésta se confiera a favor de algún miembro del Consejo de Administración, la comunicación se entenderá realizada mediante la recepción en la Sociedad de la documentación en que conste la misma. El accionista deberá, asimismo, notificar a la Sociedad, por escrito o por medios electrónicos, tanto el nombramiento de un representante como, en su caso, la revocación deriva del mismo. La comunicación a la Sociedad del nombramiento de representante se entenderá efectuada:.

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Samples: Pliego De Condiciones Definitivos

Representación. Todo accionista Las Partes han designado a _______, domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No. ___________, expedida en __________, para que tenga derecho de asistencia podrá conferir su representación en la Junta General a otra persona, que no necesitará ser accionista. Cuando el documento actúe como representante y vocero de la representación se reciba en la Sociedad con el nombre del Unión Temporal frente a LA SECRETARÍA y terceros. El representante en blanco, la representación se entenderá conferida al Presidente del Consejo de Administración y, en ausencia de éste, al Secretario de la Junta General Ordinaria Unión Temporal tendrá todas las facultades necesarias para actuar en nombre de accionistas. Si el representante designado conforme a las indicaciones precedentes se encontrase en conflicto de interés en la votación de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la Junta General de Accionistas, Unión Temporal y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas con arreglo a lo previsto al efecto, la representación se entenderá conferida al Vicesecretario del Consejo de Administración. En los documentos en que consten las representaciones se reflejarán las instrucciones de voto, entendiéndose que, de no marcarse las correspondientes casillas de instrucciones, el representado imparte instrucciones precisas de votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. Salvo indicación contraria del accionista representado, la delegación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta por así permitirlo la Ley. En el supuesto de que la delegación se extienda según lo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el accionista imparte instrucciones precisas al representante de votar en sentido negativo salvo que el accionista haya indicado expresamente otra cosa. A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de lo siguiente: (i) el Presidente del Consejo de Administración y el resto de miembros del Consejo podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto de los puntos cuarto (Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio social 2021) y decimoquinto (Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio 2021) del orden del día; (ii) el Consejero Delegado podrá encontrarse además en una situación de potencial conflicto de intereses respecto del punto decimosexto (Aprobación de tres nuevos ciclos adicionales del Programa de Incentivo a Largo Plazo) del orden del día; (iii) los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se propone bajo los puntos undécimo (Reelección como Consejera de Dña. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxx), duodécimo (Reelección como Consejero de D. Xxxxxxx Xxxxxx San Xxxxxxx), decimotercero (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx) y decimocuarto (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx) del orden del día, se encuentran respectiva e individualmente en conflicto de intereses en cada uno de dichos puntos; sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y (iv) presentación de la Propuesta y la celebración y ejecución del contrato A QUE HAYA LUGAR en el caso de que, por así permitirlo que la Ley, se sometieran Secretaría adjudicase la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA a la Junta alguna o algunas Unión Temporal. En especial tendrá las facultades suficientes para: Presentar la Propuesta. Suscribir la carta de las propuestas a las presentación de la Propuesta. Atender todos los posibles requerimientos que formule LA SECRETARÍA relacionados con la Propuesta. Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio requiera para la elaboración y presentación de la acción social Propuesta, dentro de responsabilidad) del artículo 526 los términos y condiciones de la Ley Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA. Notificarse del acto administrativo de Sociedades declaratoria de Capitaldesierta del proceso, si hubiese lugar a ello. Suscribir el contrato. Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA. Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre de la Unión temporal. Presentar los reclamos a nombre de la Unión temporal. Liquidar el contrato. En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para La Unión Temporal, los miembros de la Unión o los representantes legales de éstos, el o los consejeros afectados por dichas propuestas se encontrarían en conflicto representante de intereses en la votación Unión Temporal tendrá la obligación de las mismas. El accionista deberá comunicar, informarlo por escrito o por medios electrónicos, a quien designe como representante, la representación conferida Dirección de Contratación dentro de los cinco días hábiles siguientes a su favorla ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella. Cuando ésta se confiera a favor de algún miembro del Consejo de Administración, la comunicación se entenderá realizada mediante la recepción en la Sociedad Por el sólo hecho de la documentación en firma del presente Acuerdo, el representante legal acepta esta designación y entiende las obligaciones que conste la misma. El accionista deberá, asimismo, notificar a la Sociedad, por escrito o por medios electrónicos, tanto el nombramiento de un representante como, en su caso, la revocación se derivan del mismo. La comunicación a la Sociedad del nombramiento de representante se entenderá efectuada:.

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Representación. Todo accionista Las Partes han designado a _______, domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No. ___________, expedida en __________, para que tenga derecho de asistencia podrá conferir su representación actúe como representante y vocero del Consorcio frente al FONDO y terceros. El representante del consorcio tendrá todas las facultades necesarias para actuar en la Junta General a otra persona, que no necesitará ser accionista. Cuando el documento de la representación se reciba en la Sociedad con el nombre del representante en blanco, la representación se entenderá conferida al Presidente del Consejo de Administración y, en ausencia de éste, al Secretario de la Junta General Ordinaria de accionistas. Si el representante designado conforme a las indicaciones precedentes se encontrase en conflicto de interés en la votación de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la Junta General de Accionistas, Consorcio y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas con arreglo a lo previsto al efecto, la representación se entenderá conferida al Vicesecretario del Consejo de Administración. En los documentos en que consten las representaciones se reflejarán las instrucciones de voto, entendiéndose que, de no marcarse las correspondientes casillas de instrucciones, el representado imparte instrucciones precisas de votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. Salvo indicación contraria del accionista representado, la delegación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta por así permitirlo la Ley. En el supuesto de que la delegación se extienda según lo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el accionista imparte instrucciones precisas al representante de votar en sentido negativo salvo que el accionista haya indicado expresamente otra cosa. A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de lo siguiente: (i) el Presidente del Consejo de Administración y el resto de miembros del Consejo podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto de los puntos cuarto (Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio social 2021) y decimoquinto (Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio 2021) del orden del día; (ii) el Consejero Delegado podrá encontrarse además en una situación de potencial conflicto de intereses respecto del punto decimosexto (Aprobación de tres nuevos ciclos adicionales del Programa de Incentivo a Largo Plazo) del orden del día; (iii) los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se propone bajo los puntos undécimo (Reelección como Consejera de Dña. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxx), duodécimo (Reelección como Consejero de D. Xxxxxxx Xxxxxx San Xxxxxxx), decimotercero (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx) y decimocuarto (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx) del orden del día, se encuentran respectiva e individualmente en conflicto de intereses en cada uno de dichos puntos; sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y (iv) presentación de la Propuesta y la celebración y ejecución del contrato en el caso de queque EL FONDO adjudicase la Licitación Pública al consorcio. En especial tendrá las facultades suficientes para: Presentar la Propuesta. Suscribir la carta de presentación de la Propuesta. Atender todos los posibles requerimientos que formule EL FONDO relacionados con la Propuesta. Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se requiera para la elaboración y presentación de la Propuesta, dentro de los términos y condiciones de la Licitación Pública. Notificarse del acto administrativo de declaratoria de desierta del proceso, si hubiese lugar a ello. Suscribir el contrato. Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones de la Licitación Pública. Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre del consorcio. Presentar los reclamos a nombre del consorcio. Liquidar el contrato. En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para el consorcio, los miembros del consorcio o los representantes legales de éstos el representante del consorcio tendrá la obligación de informarlo por así permitirlo la Ley, se sometieran escrito al ordenador del gasto del FONDO dentro de los cinco días hábiles siguientes a la Junta alguna o algunas ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella. Por el sólo hecho de la firma del presente Acuerdo, el representante legal acepta esta designación y entiende las propuestas a las obligaciones que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio de la acción social de responsabilidad) del artículo 526 de la Ley de Sociedades de Capital, el o los consejeros afectados por dichas propuestas se encontrarían en conflicto de intereses en la votación de las mismas. El accionista deberá comunicar, por escrito o por medios electrónicos, a quien designe como representante, la representación conferida a su favor. Cuando ésta se confiera a favor de algún miembro del Consejo de Administración, la comunicación se entenderá realizada mediante la recepción en la Sociedad de la documentación en que conste la misma. El accionista deberá, asimismo, notificar a la Sociedad, por escrito o por medios electrónicos, tanto el nombramiento de un representante como, en su caso, la revocación deriva del mismo. La comunicación a la Sociedad del nombramiento de representante se entenderá efectuada:.

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Representación. Todo accionista Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica deberá presentar un documento fehaciente que tenga derecho acredite que quien firma la proposición económica tiene apoderamiento bastante para comparecer ante la corporación municipal y contratar en nombre y representación de asistencia podrá conferir su representación la persona o entidad de que se trate. Si representa a una asociación deberá aportar la inscripción administrativa de la constitución de ésta, la inscripción administrativa del nombramiento de quien firma como presidente/a de la asociación y un certificado del acuerdo de la asociación de presentarse a la contratación. Si representa a una persona jurídica deberá presentar una escritura de poder, bastanteada por los Servicios Jurídicos Municipales, debidamente inscrita en la Junta General a otra personael Registro Mercantil.” << No obstante, si bien es cierto que no necesitará ser accionista. Cuando se aportó el documento bastanteo de poderes del representante de la empresa licitadora, también lo es que el licitador presentó toda la documentación oportuna a fin de acreditar la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar. En efecto, si bien la aportación del bastanteo de los poderes del representante justificaría el que se reciba tuviera por acreditada la representación y facultades para licitar del representante del licitador, su ausencia no determina per se el incumplimiento de este requisito. Cabe su acreditación por cualquier otro medio de prueba válido en derecho. En efecto, tal y como se establece en la Sociedad con el nombre del representante en blanco, la representación se entenderá conferida al Presidente del Consejo de Administración y, en ausencia de éste, al Secretario de la Junta General Ordinaria de accionistas. Si el representante designado conforme a las indicaciones precedentes se encontrase en conflicto de interés en la votación de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la Junta General de Accionistas, y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas con arreglo a lo previsto al efecto, la representación se entenderá conferida al Vicesecretario del Consejo de Administración. En los documentos en que consten las representaciones se reflejarán las instrucciones de voto, entendiéndose queInstrucción 4/2006, de no marcarse las correspondientes casillas de instrucciones, el representado imparte instrucciones precisas de votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. Salvo indicación contraria del accionista representado, la delegación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta por así permitirlo la Ley. En el supuesto de que la delegación se extienda según lo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el accionista imparte instrucciones precisas al representante de votar en sentido negativo salvo que el accionista haya indicado expresamente otra cosa. A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de lo siguiente: (i) el Presidente del Consejo de Administración y el resto de miembros del Consejo podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto de los puntos cuarto (Examen y aprobación, si procede21 xx xxxxx, de la gestión Abogacía General del Consejo Estado, sobre bastanteos, puede definirse éste como “la comprobación de Administración que el documento justificativo de Repsolla personalidad del administrado y el poder conferido al representante o representantes de una persona física o jurídica para la realización de determinados actos es suficiente para acreditar dicha personalidad o para realizar el acto de que se trate”. Y en el apartado IV.2, S.A. correspondiente bajo la rúbrica “requisitos formales”, se añade que “el bastanteo ha de efectuarse, como no podía ser de otra forma, mediante el examen del instrumento en que se hubiera formalizado el poder”, indicando que, en consecuencia, la Abogacía del Estado competente deberá “exigir copia autorizada del instrumento público (…) o copia debidamente compulsada”. Y si bien se realizan en dicha Instrucción extensas consideraciones sobre la eventual necesidad de inscripción del poder en distintos supuestos (que no son de interés para el supuesto analizado), ninguna mención se contiene, salvo error u omisión, a la exigencia de que se aportara para ello las escrituras originales de constitución y modificación de la mercantil que pretende otorgar el poder. Así las cosas, la mercantil recurrente aportó certificación literal del Registro Mercantil de Valencia de la inscripción en el mismo de la sociedad ahora actora en el que se hace constar la constitución, las sucesivas modificaciones así como el nombramiento del actual administrador de la sociedad con facultades que se deben entender suficientes para poder participar en la licitación que nos ocupa. De igual forma, adjunta la recurrente con su escrito de interposición copia simple de la elevación a escritura pública de los acuerdos de nombramiento y cese de administrador de la mercantil recurrente en el que aparece el actual administrador. En consecuencia, este Tribunal entiende que se cumplió sobradamente la exigencia de acreditar la representación y las facultades para licitar y es que asiste la razón al ejercicio social 2021recurrente cuando afirma que “la acreditación de las facultades para licitar mediante documento fehaciente que se exige, no tiene necesariamente que consistir en una escritura pública notarial, pues no lo exige así expresamente las bases de la contratación, sino que puede tener lugar por cualquier medio o documento ‘fehaciente’ permitido en Derecho, cual es la certificación literal del Registro Mercantil actualizada que se aportó” ya que de acuerdo con el artículo 77.2 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil, “La certificación será el único medio de acreditar fehacientemente el contenido de los asientos del Registro”. >> contra incendios, intrusión, vigilancia mediante CCTV y del servicio de respuesta de las alarmas, de los edificios municipales (lote 1) y decimoquinto escuelas públicas (Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones lote 2)”, tramitado por el Ayuntamiento xx Xxxxx de los Consejeros de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio 2021) del orden del díaMallorca; (ii) el Consejero Delegado podrá encontrarse además en una situación de potencial conflicto de intereses respecto del punto decimosexto (Aprobación de tres nuevos ciclos adicionales del Programa de Incentivo a Largo Plazo) del orden del día; (iii) los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se propone bajo los puntos undécimo (Reelección como Consejera de Dña. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxx), duodécimo (Reelección como Consejero de D. Xxxxxxx Xxxxxx San Xxxxxxx), decimotercero (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx) y decimocuarto (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx) del orden del día, se encuentran respectiva e individualmente en conflicto de intereses en cada uno de dichos puntos; y (iv) en el caso de que, por así permitirlo la Ley, se sometieran a la Junta alguna o algunas de las propuestas a las ordenando que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio de la acción social de responsabilidad) del artículo 526 de la Ley de Sociedades de Capital, retrotraiga el o los consejeros afectados por dichas propuestas se encontrarían en conflicto de intereses en la votación de las mismas. El accionista deberá comunicar, por escrito o por medios electrónicosprocedimiento, a quien designe como representante, la representación conferida a su favor. Cuando ésta se confiera a favor fin de algún miembro del Consejo de Administración, la comunicación se entenderá realizada mediante la recepción en la Sociedad de la documentación en que conste la misma. El accionista deberá, asimismo, notificar a la Sociedad, por escrito o por medios electrónicos, tanto continuar el nombramiento de un representante como, en su caso, la revocación del mismo. La comunicación a la Sociedad del nombramiento de representante se entenderá efectuada:mismo con el licitador recurrente.

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Samples: www.hacienda.gob.es

Representación. Todo accionista Las Partes han designado a , domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No. , expedida en , para que tenga derecho de asistencia podrá conferir su representación en la Junta General a otra persona, que no necesitará ser accionista. Cuando el documento actúe como representante y vocero de la representación se reciba en la Sociedad con el nombre del Unión Temporal frente al IDIPRON y terceros. El representante en blanco, la representación se entenderá conferida al Presidente del Consejo de Administración y, en ausencia de éste, al Secretario de la Junta General Ordinaria Unión Temporal tendrá todas las facultades necesarias para actuar en nombre de accionistas. Si el representante designado conforme a las indicaciones precedentes se encontrase en conflicto de interés en la votación de las propuestas que, dentro o fuera del orden del día, se sometan a la Junta General de Accionistas, Unión Temporal y el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas con arreglo a lo previsto al efecto, la representación se entenderá conferida al Vicesecretario del Consejo de Administración. En los documentos en que consten las representaciones se reflejarán las instrucciones de voto, entendiéndose que, de no marcarse las correspondientes casillas de instrucciones, el representado imparte instrucciones precisas de votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. Salvo indicación contraria del accionista representado, la delegación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta por así permitirlo la Ley. En el supuesto de que la delegación se extienda según lo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el accionista imparte instrucciones precisas al representante de votar en sentido negativo salvo que el accionista haya indicado expresamente otra cosa. A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de lo siguiente: (i) el Presidente del Consejo de Administración y el resto de miembros del Consejo podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto de los puntos cuarto (Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio social 2021) y decimoquinto (Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, S.A. correspondiente al ejercicio 2021) del orden del día; (ii) el Consejero Delegado podrá encontrarse además en una situación de potencial conflicto de intereses respecto del punto decimosexto (Aprobación de tres nuevos ciclos adicionales del Programa de Incentivo a Largo Plazo) del orden del día; (iii) los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se propone bajo los puntos undécimo (Reelección como Consejera de Dña. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxx), duodécimo (Reelección como Consejero de D. Xxxxxxx Xxxxxx San Xxxxxxx), decimotercero (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx) y decimocuarto (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx) del orden del día, se encuentran respectiva e individualmente en conflicto de intereses en cada uno de dichos puntos; sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y (iv) presentación de la Oferta y la celebración y ejecución del contrato A QUE HAYA LUGAR en el caso de que, por así permitirlo que el Instituto adjudicase la Ley, se sometieran CONVOCATORIA a la Junta alguna o algunas Unión Temporal. En especial tendrá las facultades suficientes para: • Presentar la Oferta. • Suscribir la carta de las propuestas presentación de la Oferta. • Atender todos los posibles requerimientos que formule el IDIPRON relacionados con aclaraciones a las la Oferta. • Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio requiera para la elaboración y presentación de la acción social Oferta, dentro de responsabilidad) los términos y condiciones del artículo 526 proceso de selección. • Notificarse de la Ley comunicación de Sociedades aceptación o del acto de Capitaldeclaratoria de desierta de la CONVOCATORIA, así como de todos los documentos que el Instituto emita en el curso del proceso de selección como en la ejecución del contrato, en el evento que el consorcio resulte adjudicatario. • Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones de la invitación pública de la CONVOCATORIA. • Presentar los recursos pertinentes tanto en nombre del consorcio como en nombre sus integrantes. • Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre del consorcio o UT. • Presentar los reclamos a nombre del consorcio o UT. En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para La Unión Temporal, los miembros de la Unión o los representantes legales de éstos el representante de la Unión Temporal tendrá la obligación de informarlo por escrito al Instituto dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella. Por el sólo hecho de la firma del presente Acuerdo, el o los consejeros afectados por dichas propuestas representante legal acepta esta designación y entiende las obligaciones que se encontrarían en conflicto de intereses en la votación de las mismas. El accionista deberá comunicar, por escrito o por medios electrónicos, a quien designe como representante, la representación conferida a su favor. Cuando ésta se confiera a favor de algún miembro del Consejo de Administración, la comunicación se entenderá realizada mediante la recepción en la Sociedad de la documentación en que conste la misma. El accionista deberá, asimismo, notificar a la Sociedad, por escrito o por medios electrónicos, tanto el nombramiento de un representante como, en su caso, la revocación deriva del mismo. La comunicación a la Sociedad del nombramiento de representante se entenderá efectuada:.

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