DOCUMENTO DE DESCRIPCIONES PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES
DOCUMENTO DE DESCRIPCIONES PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES
PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA No. SGSASI 003-2019.
OBJETO
“REALIZAR LA ADQUISICION E IMPLEMENTACION, DE UNA SOLUCION DE ANTIVIRUS END POINT Y PROTECCION DE CORREO OFFICE 365 PARA LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO”
BOGOTÁ D.C. MARZO DE 2019
INTRODUCCIÓN
Este pliego de condiciones ha sido elaborado de acuerdo con los postulados señalados por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias; para tal efecto, se han realizado los estudios y documentos previos, con base en los requerimientos formulados por la Secretaría Distrital de Gobierno de Bogotá, D.C. (en adelante LA SECRETARÍA) los cuales cumplen con los requisitos establecidos en la ley y en sus decretos reglamentarios.
En caso que usted necesite mayor información, aclaración o explicación acerca de uno o más de los puntos establecidos en el pliego de condiciones, deberá dirigirse a la Dirección de Contratación, de LA SECRETARÍA, calle 11 No. 8-17, Edificio Bicentenario, Piso 2, teléfono 0000000 Ext. 3850 y/o a través de la plataforma Secop II.
Se solicita seguir la metodología de elaboración de la propuesta señalada en este documento, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole que permitan una escogencia objetiva y eviten la declaratoria de desierta del proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa.
Las expresiones proponente u oferente usadas en el presente documento tienen el mismo significado.
Se recomienda a los proponentes que antes de elaborar y presentar sus propuestas, tengan en cuenta lo siguiente:
1. Verificar que no se encuentren dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones para contratar de conformidad con las normas aplicables a la materia.
De igual forma, el proponente deberá tener en cuenta las siguientes disposiciones que en materia penal se encuentran contenidas en la Ley 1474 de 2011, así:
“Artículo 27. Acuerdos restrictivos de la competencia. La Ley 599 de 2000 tendrá un artículo 410 A, el cual quedará así:
El que en un proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa, subasta pública, selección abreviada o concurso se concertare con otro con el fin de alterar ilícitamente el procedimiento contractual, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años y multa de doscientos (200) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para contratar con entidades estatales por ocho (8) años.
Parágrafo. El que en su condición de delator x xxxxxxxx mediante resolución en firme obtenga exoneración total de la multa a imponer por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio en una investigación por acuerdo anticompetitivos en un proceso de contratación pública obtendrá los
siguientes beneficios: reducción de la pena en una tercera parte, un 40% de la multa a imponer y una inhabilidad para contratar con entidades estatales por cinco (5) años.”
2. Examinar rigurosamente el contenido xxx xxxxxx de condiciones, los documentos que hacen parte del mismo y las normas que regulan la contratación administrativa con el Estado.
3. Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegar con las propuestas y verificar que contiene la información completa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley y en el presente documento.
4. Suministrar toda la información requerida en el presente proceso.
5. Diligenciar y remitir los anexos contenidos en el proceso que se requieren, la propuesta económica solo producirá efectos la realizada en línea.
POR LO EXPUESTO, SE REITERA LA CONVENIENCIA XX XXXX DETENIDAMENTE EL PRESENTE DOCUMENTO Y AJUSTARSE A LOS REQUERIMIENTOS Y TÉRMINOS PREVISTOS PARA EL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN.
LA SECRETARÍA informa que todos los documentos que se expidan durante el desarrollo del presente proceso de selección serán publicados y podrán consultarse por cualquier interesado en el Portal Único de Contratación – SECOP II cuya dirección electrónica es xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
CAPÍTULO l
1. CONDICIONES GENERALES
1.1. FUNDAMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA. No. SGSASI 003-2019.
La modalidad de selección pertinente para contratar corresponde a Selección Abreviada por Subasta Inversa de conformidad con el literal a, numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con el Decreto 1082 de 2015.
De conformidad con lo establecido en la norma referida el presente proceso de contratación se justifica en atención al objeto a contratar.
1.3. IDIOMA
Las propuestas, comunicaciones, aclaraciones, modificaciones y todo lo referente al desarrollo del presente proceso de selección, se harán en idioma castellano.
1.4. DOCUMENTOS
Forman parte integral del presente proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa:
- Los estudios y documentos previos.
- El Certificado de Disponibilidad Presupuestal.
- El pliego de condiciones.
- Las adendas y comunicaciones que expida LA SECRETARÍA en desarrollo del presente proceso de selección.
- Las propuestas con todos sus anexos.
- Los informes de verificación.
- Los demás documentos que se alleguen y se expidan dentro del proceso.
- La minuta del contrato.
1.5. ACCIONES ANTICORRUPCIÓN
En el evento que las veedurías ciudadanas, LA SECRETARÍA, los proponentes o un ciudadano adviertan hechos constitutivos de corrupción, los pondrán inmediatamente en conocimiento de las autoridades competentes, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, a través de las direcciones electrónicas de la Veeduría Distrital: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, de la Presidencia de la República: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx, del Sistema Electrónico de Contratación Pública - SECOP: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/, y al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx de LA SECRETARÍA.
Igualmente podrán informar a la Veeduría Distrital, la cual se encuentra ubicada en la Xxxxxxx Xxxxx 00 # 00-00, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxx0, xxxx 3 o a través de los números telefónicos 3 40 76 66 ó 2 68 48 56 o a la Presidencia de la República, Programa Lucha Contra la Corrupción.
1.6. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA.
“REALIZAR LA ADQUISICION E IMPLEMENTACION, DE UNA SOLUCION DE ANTIVIRUS END POINT Y PROTECCION DE CORREO OFFICE 365 PARA LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO”
1.6.1 CLASIFICACIÓN UNSPSC
El objeto del presente Proceso de Contratación está codificado en el Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) como se indica en la siguiente Tabla:
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | NOMBRE de la Clase | SMMLV (VALOR TOTAL) |
43000000 | 43220000 | 43222500 | Equipo de seguridad de red | >= 626,53 SMMLV. |
43000000 | 43230000 | 43233200 | Software de seguridad y protección | |
81000000 | 81110000 | 81112200 | Mantenimiento y soporte de software | |
81000000 | 81110000 | 81111800 | Servicios de sistemas y administración de componentes de sistema |
1.6.2 PLAZO.
El plazo de ejecución será de DOS (2) MESES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
1.7. ESPECIFICACIONES TECNICAS
Ver ficha técnica (anexo 4) y anexo técnico (anexo 5)
1.8. LOCALIZACIÓN
El lugar de ejecución del contrato resultante de este proceso es la ciudad de Bogotá D.C.
1.9. FINANCIACIÓN O PRESUPUESTO OFICIAL.
El presupuesto oficial destinado para el presente proceso de contratación corresponde a QUINIENTOS DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS M/CTE.
($518.842.697), de la vigencia fiscal 2019, del rubro de funcionamiento
DERECHOS DE USO DE PRODUCTOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y OTROS PRODUCTOS SIMILARES.
Para definir los costos de la presente contratación se realizó el estudio xx xxxxxxx consistente en la comparación de precios, entre STS SAS, SPEEDWI, y Global Networks Solutions SAS, resultando el siguiente comparativo:
DETALLE | CANTIDA D | STS SAS | SpeedWI | Global Networks Solutions S.A.S | PROMEDIO | IVA | TOTAL |
Endpoint Protection Antivirus | 3000 | $ 340.638.600 | $ 337.410.000 | $ 327.800.000 | $ 335.282.867 | $ 63.703.745 | $ 398.986.611 |
Endpoint Detection and Response Puesta en servicio y soporte por un año | |||||||
Email Security Cloud (3000 buzones) Puesta en servicio y soporte por un año | 1 | $ 106.123.200 | $ 100.685.000 | $ 95.350.000 | $ 100.719.400 | $ 19.136.686 | $ 119.856.086 |
PROMEDIO | $ 518.842.697 |
1.10. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PRESENTE PROCESO.
Podrán participar en el presente proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa, personas naturales, personas jurídicas, entidades sin ánimo de lucro, uniones temporales y consorcios nacionales, que dentro de su objeto social comprenda “el desarrollo de actividades relacionadas con el objeto del presente proceso de selección, lo cual será objeto de verificación, y estar legalmente autorizado para tal efecto según el certificado expedido por la Cámara de Comercio.
1.10.1. Tener capacidad para contratar conforme a las normas legales (artículo 6 de la Ley 80 de 1993).
1.10.2. No encontrarse incurso en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad para contratar, previstas en la Constitución Política, los artículos 8° y 9° de la Ley 80 de 1993, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, Ley 1296 de 2009, los artículos 1, 2 y 90 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas pertinentes, ni encontrarse en conflicto de intereses con LA SECRETARÍA. Dicha situación se entenderá declarada por el proponente bajo juramento con la firma de la propuesta o del contrato, según el caso.
1.10.3. La duración de la persona jurídica nacional o consorcio o unión temporal no deberá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contado a partir de la fecha de entrega de propuestas del presente proceso de selección.
1.10.4. El Representante Legal de la persona jurídica debe estar debidamente facultado o autorizado mediante documento para presentar la propuesta y celebrar el contrato.
Cuando el proponente obre por conducto de un representante o apoderado, allegará con su propuesta, copia del documento legalmente otorgado en el que conste tal circunstancia y las facultades conferidas.
Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato hasta mínimo el valor de la oferta presentada.
1.10.5. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales se deberán acreditar los siguientes requisitos:
1.10.5.1. Cumplir con todos y cada uno de los requisitos exigidos en el presente proceso de selección.
1.10.5.2. Haber sido conformados antes de presentar la propuesta y que el término de su duración no sea inferior al plazo de ejecución del contrato y su liquidación, contado a partir de la fecha de entrega de propuestas. Así mismo, cada uno de sus integrantes deberá tener una duración no inferior al plazo de ejecución del contrato y su liquidación y tres (3) años más, contado a partir de la fecha de entrega de propuestas del presente proceso de selección.
1.10.5.3. En el documento de constitución, los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal y las reglas básicas que regulen las relaciones y responsabilidad de sus integrantes. En el caso de Uniones Temporales se deberán indicar además los términos y extensión de su participación en la propuesta y en su ejecución.
Si en el documento de conformación de la Unión Temporal, no se expresa el porcentaje de participación o la extensión de la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la Unión, se le dará el tratamiento de un Consorcio y si llegare el caso de aplicación de sanciones por parte de LA SECRETARÍA, esta las impondrá por igual a cada uno de los integrantes.
1.10.5.4. Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán designar mediante documento autorizado con la firma de cada una de las partes, la persona que para todos los efectos los representa y su suplente.
1.10.5.5. Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión de la participación entre los integrantes que conforman el Consorcio o la Unión Temporal. Cuando se trate de cesión a un tercero, se requerirá previa autorización de LA SECRETARÍA, en este evento el cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que el cedente.
Las calidades y demás requisitos exigidos a los proponentes en el pliego de condiciones, deberán acreditarse mediante los documentos expedidos por la entidad y/o autoridad que fuere competente conforme a la Ley colombiana y a lo previsto en el presente proceso de selección.
1.11. CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES, DE LOS ESTUDIOS PREVIOS Y DOCUMENTOS QUE HACEN PARTE DEL PRESENTE PROCESO
El pliego de condiciones podrá ser consultado de conformidad con el cronograma del proceso, en la Dirección de Contratación de LA SECRETARÍA, situada en la Xxxxx 00 Xx. 0-00, xxxx 0 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, sede de la Dependencia mencionada, y/o en la página Web del Portal Único de Contratación del SECOP xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/.
1.12. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
1.12.1. La propuesta debe sujetarse a las condiciones, plazos y demás aspectos contemplados en el pliego de condiciones. Su presentación implica que el proponente ha analizado a cabalidad los diferentes aspectos y requisitos de este documento y las labores que le corresponde desarrollar en el evento en que sea seleccionado y que acepta todas las condiciones y obligaciones establecidas en las normas vigentes y en este documento.
Las propuestas deberán presentarse UNICAMENTE a través de la Plataforma de SECOP II, en la fecha y hora señalada en el cronograma del proceso, para la entrega de propuestas.
Nota: Los proponentes deberán estar registrados en el SECOP II como proveedores, para lo cual en caso de dudas pueden comunicarse con la mesa de ayuda de Colombia Compra Eficiente.
Nota: Los proponentes deberán estar atentos a las indicaciones dispuestas en el Manual de Indisponibilidad de Colombia Compra Eficiente.
1.12.2. No se aceptarán propuestas que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y hora señalada en el presente proceso de selección, para su entrega, así como aquellas propuestas que sean enviadas a través de un medio distinto a la Plataforma de SECOP II.
1.12.3. Las propuestas deberán estar escritas en medio mecánico e idioma castellano, y deben referirse y sujetarse a cada uno de los puntos contenidos en el pliego de condiciones.
1.12.4. La carta de presentación de la propuesta deberá llevar la firma autógrafa del representante legal o del apoderado debidamente constituido o del representante del Consorcio o Unión Temporal, cuando de estos se trate.
1.12.5. Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deberá presentar, según sea el caso, los documentos solicitados a los oferentes individuales, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
1.12.6. El proponente deberá diligenciar y enviar los anexos del presente proceso de selección.
1.12.7. El proponente podrá solicitar el retiro de su oferta a través de la Plataforma de SECOP II., hasta antes del vencimiento del plazo previsto para el cierre del presente proceso de selección.
1.12.8. Estarán a cargo del proponente, todos los costos asociados a la preparación, elaboración y presentación de la propuesta. Por lo tanto, LA SECRETARÍA no reconocerá reembolso por este concepto.
1.12.9. Las modificaciones, aclaraciones, tachaduras, interlineados o enmiendas de las propuestas, deberán ser convalidadas con la firma al pie o margen de la misma, de quien suscribe la carta de presentación de la propuesta. Sin este requisito las modificaciones o enmiendas no serán consideradas como válidas.
1.12.10. LA SECRETARÍA no aceptará propuestas complementarias o modificatorias, ni observaciones, ni solicitudes de aclaraciones, presentadas con posterioridad a la entrega de propuestas del presente proceso de selección.
1.12.11. En caso de presentarse diferencias en los valores expresados en letras y en números, se tomará el valor expresado en letras.
1.13. VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS.
Las ofertas deberán tener una validez de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha y hora establecida para la entrega de propuestas o del vencimiento de sus prórrogas, si las hubiere. Por solicitud de LA SECRETARÍA, el proponente prorrogará el término de validez de su propuesta.
1.14. INFORMACIÓN SUMINISTRADA A LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO
LA SECRETARÍA de conformidad con lo señalado en el artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el proponente xxxxxxx a este proceso es veraz y corresponde a la realidad. No obstante, LA SECRETARÍA podrá verificar la información suministrada por el proponente.
1.15. COMUNICACIÓN INTERACTIVA
LA SECRETARÍA, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y la Ley 527 de 1999, y con el fin de facilitar y agilizar la comunicación interactiva con los proponentes durante el proceso de selección, a través del Sistema Electrónico de Contratación Pública - SECOP II xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
A través de la plataforma del SECOP II, los interesados podrán formular consultas, aclaraciones, sugerencias, observaciones, etc. al pliego de condiciones. Igualmente, podrán consultar los documentos y demás actuaciones que se generen durante el presente proceso de selección.
1.16. PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993, y lo establecido en el Decreto 371 de 2010, se convoca a las diferentes veedurías ciudadanas, asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especializados de investigación, para que realicen control social al presente proceso de selección.
El pliego de condiciones definitivo podrá ser consultado a partir de la fecha y hora establecida en el acto de apertura del presente proceso de selección, en el SECOP II, en la Dirección de Contratación de LA SECRETARÍA, ubicada en la xxxxx 00 Xx.0-00, Xxxx 0
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, y/o través de la dirección electrónica: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
1.17. TIPIFICACIÓN, ASIGNACIÓN Y ESTIMACIÓN DE RIESGOS.
De acuerdo con las disposiciones del artículo 4º de la Ley 1150 de 2007, el artículo 2.2.1.1.1.6.3. del Decreto 1082 de 2015 y en los lineamientos del Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación expedido por Colombia Compra Eficiente, respecto del presente proceso de selección, LA SECRETARÍA ha tipificado, estimado y asignado los siguientes riesgos previsibles desde su planeación hasta la liquidación del contrato.
• Marco Legal:
De acuerdo a lo establecido en el Documento CONPES 3107 de 2001, los riesgos de un proyecto se refieren a los diferentes factores que pueden afectar el cumplimiento de los resultados previstos y de los respectivos flujos esperados.
El Documento CONPES 3714 de 2011 estableció una serie de lineamientos básicos para el entendimiento del concepto de “riesgo previsible” en el marco de las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios.
El artículo 4 de la ley 1150 de 2007 incluyó la obligación de incorporar en los pliegos de condiciones o sus equivalentes “… la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en la contratación.”.
Por otro lado, el numeral 6 del artículo 2.2.1.1.2.1.1. Decreto 1082 de 2015, establece que el análisis de riesgo y la forma de mitigarlo, hacen parte de los estudios y documentos previos, los cuales, a su vez, en virtud del numeral 12, artículo 25 de la ley 80 de 1993, son documentos definitivos que sirven de fundamento para la elaboración del proyecto xx xxxxxx de condiciones.
El mismo Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015 prevé en su artículo 2.2.1.1.1.6.2., denominado Evaluación del Riesgo “La Entidad Estatal debe evaluar el Riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente.”
• Asignación de los Riesgos:
Los riesgos derivados del presente contrato serán asignados de acuerdo con el principio según el cual, cada riesgo debe ser asumido por la parte que mejor lo pueda controlar y administrar.
De hecho, el Gobierno Nacional, a través del Documento CONPES Número 3107 de 2001, así como el CONPES 3714 de 2011 estableció dicho criterio cuando señaló: “Los principios básicos de la asignación de riesgos parten del concepto que estos deben ser asumidos: i) por la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos y administrarlos; y/o; ii) por la parte que mejor disponga de los medios de acceso a los instrumentos de protección, mitigación y/o diversificación”
De tal forma, que la entidad en cumplimiento de lo previsto en el artículo 4 de la ley 1150 de 2007, y con base en el desarrollo legal, jurisprudencial y doctrinal, los riesgos previsibles que puedan afectar la ejecución del contrato que llegare a adjudicarse para la satisfacción del objeto requerido, en el presente caso obedecen a los riesgos presentados en la matriz que hace parte de este documento.
DESCRIB | CONSE | IMPACTO DESPUES DEL TRATAMIENTO | ¿AFE CTA LA EJEC UCIO N DEL CON TRAT O | ||||||||||||||
NU ME RO | CLA SE | FU EN TE | ETAP A | TIPO | CION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRI R) | CUENC IA DE LA OCURR ENCIA DEL EVENT O | PROBA BILID AD | IMP ACT X | XXXX RACI ON DEL RIESG O | XXXX XXXX A | ¿A QUI EN SE LE ASIG NA? | TRATAMIE NO/CONTR OLES SER IMPLEMNT ADOS | PROBA BILID AD | IMP ACT X | XXXX RACI ON DEL RIESG O | XXXX XXXX A | |
1 | Gen eral | Inte rno | Selecc ión | Oper acion al | Que no se presente ninguna oferta | Se declara desierto el proceso. | 2 | 1 | 3 | Bajo | Entid ad 100% | Iniciar nuevamente el proceso de contratación para así satisfacer la necesidad de la entidad. | 1 | 1 | 2 | Bajo | Si |
2 | Gen eral | Inte rno | Selecc ión | Oper acion al | Que los oferentes no cumplan con los requisitos exigidos | Imposibi lidad de adjudicar el contrato | 2 | 1 | 3 | Bajo | Prop onent e (s) 100% | Verificación y evaluación de las propuestas presentadas | 1 | 1 | 2 | Bajo | Si |
DESCRIB | CONSE | IMPACTO DESPUES DEL TRATAMIENTO | ¿AFE CTA LA EJEC UCIO N DEL CON TRAT O | ||||||||||||||
NU ME RO | CLA SE | FU EN TE | ETAP A | TIPO | CION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRI R) | CUENC IA DE LA OCURR ENCIA DEL EVENT O | PROBA BILID AD | IMP ACT X | XXXX RACI ON DEL RIESG O | XXXX XXXX A | ¿A QUI EN SE LE ASIG NA? | TRATAMIE NO/CONTR OLES SER IMPLEMNT ADOS | PROBA BILID AD | IMP ACT X | XXXX RACI ON DEL RIESG O | XXXX XXXX A | |
por la entidad o que se encuentre n incursos en alguna causal de inhabilida d o incompati bilidad | |||||||||||||||||
3 | Gen eral | Ext erno | Selecc ión | Social es o polític os | Riesgo de Colusión, que dos o más oferentes realicen acuerdos de manera fraudulent a, con el fin de lograr que el proceso se adjudique a un proponent e en particular | Que el proceso de selección se vea afectado en cuanto objetivid ad y transpare ncia | 2 | 1 | 3 | Bajo | Prop onent e 100% | Diligenciamie nto del pacto de transparencia, compromiso anticorrupción y certificado de participación independiente y verificación de las evaluaciones | 1 | 1 | 2 | Bajo | No |
4 | Gen eral | Inte rno | Contr atació n | Oper acion al | No firma del contrato. Que no se presenten las garantías o que se presenten de manera tardía. Incumpli miento de la publicació n No expedición registro presupuest al | Retraso en la ejecució n del contrato o no ejecució n del contrato | 2 | 1 | 3 | Bajo | Prop onent e 100% | Requerimiento s o inicio del debido proceso para poder hacer efectivas las garantías | 1 | 1 | 2 | Bajo | Si |
DESCRIB | CONSE | IMPACTO DESPUES DEL TRATAMIENTO | ¿AFE CTA LA EJEC UCIO N DEL CON TRAT O | ||||||||||||||
NU ME RO | CLA SE | FU EN TE | ETAP A | TIPO | CION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRI R) | CUENC IA DE LA OCURR ENCIA DEL EVENT O | PROBA BILID AD | IMP ACT X | XXXX RACI ON DEL RIESG O | XXXX XXXX A | ¿A QUI EN SE LE ASIG NA? | TRATAMIE NO/CONTR OLES SER IMPLEMNT ADOS | PROBA BILID AD | IMP ACT X | XXXX RACI ON DEL RIESG O | XXXX XXXX A | |
Reclamos de terceros que pueden retrasar el perfeccion amiento del contrato | |||||||||||||||||
5 | Espe cific o | Ext erno | Ejecu ción | Regul atorio | Cambios en la normativid ad | Afecta la ejecució n del contrato | 2 | 1 | 3 | Bajo | Entid ad / Contr atista 50/5 0 | Realizar estudio de la normatividad y llevar a cabo la aplicación de las medidas gubernamental es | 1 | 1 | 2 | Bajo | Si |
6 | Gen eral | Inte rno | Ejecu ción | Oper acion al | Terminaci ón anticipada del contrato | Incumpli miento, suspensi ón o terminac ión anticipad a del contrato | 2 | 1 | 3 | Bajo | Contr atista 100% | Constitución y aprobación de una garantía única de cumplimiento | 1 | 1 | 2 | Bajo | Si |
7 | Gen eral | Ext erno | Ejecu ción | Econ ómic o | Efectos derivados de las variacione s de la tasa de cambio | Incumpli miento por parte del contratis ta por el encareci miento de los elemento s o repuesto s que hacen parte del contrato | 2 | 2 | 4 | Bajo | Contr atista 100% | Revisar los factores que pueden afectar los valores en el mercado | 2 | 1 | 3 | Bajo | Si |
8 | Gen eral | Ext erno | Ejecu ción | Regul atorio | Perdida en la capacidad económica y patrimonia l por parte del contratista para poder cumplir con el | No cumplir con el objeto contract ual, incumpli miento | 2 | 2 | 4 | Bajo | Contr atista 100% | Garantías | 2 | 1 | 3 | Bajo | Si |
DESCRIB | CONSE | IMPACTO DESPUES DEL TRATAMIENTO | ¿AFE CTA LA EJEC UCIO N DEL CON TRAT O | ||||||||||||||
NU ME RO | CLA SE | FU EN TE | ETAP A | TIPO | CION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRI R) | CUENC IA DE LA OCURR ENCIA DEL EVENT O | PROBA BILID AD | IMP ACT X | XXXX RACI ON DEL RIESG O | XXXX XXXX A | ¿A QUI EN SE LE ASIG NA? | TRATAMIE NO/CONTR OLES SER IMPLEMNT ADOS | PROBA BILID AD | IMP ACT X | XXXX RACI ON DEL RIESG O | XXXX XXXX A | |
objeto contractua l | |||||||||||||||||
9 | Gen eral | Inte rno | Ejecu ción | Oper acion al | Daños en la funcionali dad de las aplicacion es misionales de la Entidad | Demora en las labores diarias de la entidad y por consecue ncia a él o los usuarios finales | 2 | 2 | 4 | Bajo | Contr atista 100% | Efectuar seguimiento permanente por parte del supervisor del contrato Garantías. | 2 | 1 | 3 | Bajo | Si |
10 | Espe cific o | Inte rno | Ejecu ción | Tecn ológic o | Perdida o daño de informació n en la infraestruc tura tecnológic a de la entidad debido a infección de virus informátic os causados por la inadecuad a ejecución del contrato | Perdida de informac ión sensible. Que terceros puedan obtener de manera ilegal docume ntación e informac ión de alta importan cia para entidad. | 2 | 2 | 4 | Bajo | Contr atista 100% | Llevar a cabo controles de seguridad informática durante la ejecución del contrato | 2 | 1 | 3 | Bajo | Si |
11 | Espe cífic o | Inte rno | Ejecu ción | Tecn ológic o | Incumpli miento en el plazo y/o lugar de entrega de las impresoras y servicio | Indispon ibilidad del servicio requerid o por la Entidad | 3 | 4 | 7 | Alto | Contr atista 100% | Estipulación contractual de sanciones y descuentos por incumplimient o | 1 | 4 | 5 | Medio | si |
12 | Espe cífic o | Inte rno | Ejecu ción | Tecn ológic o | Incumpli miento de las especificac iones técnicas | Indispon ibilidad del servicio requerid o por la Entidad | 3 | 4 | 7 | Alto | Contr atista 100% | Estipulación contractual de sanciones y descuentos por incumplimient o | 1 | 4 | 5 | Medio | si |
RIESGOS NO ASUMIDOS POR LAS PARTES
FUERZA MAYOR: Eventos fuera del control de las partes, que impiden continuar con la ejecución del contrato temporal o definitivamente. En caso de ocurrencia las obligaciones afectadas se suspenderán hasta que se pueda reanudar el contrato o, en caso de persistir y hacer imposible su continuación, se dará por terminado el contrato. No habrá lugar a reclamaciones, ni reconocimientos de una parte a la otra, por la imposibilidad del cumplimiento de sus obligaciones. Los eventos temporales de fuerza mayor que causen demoras pueden resolverse siempre que las partes acuerden quien asume los costos.
RIESGOS ASUMIDOS POR LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO
RIESGO POLÍTICO: El riesgo político relacionado con conflictos internos, conflictos de Colombia con otros Estados, y situaciones de orden público que afecten la ejecución del contrato resultante del presente proceso de selección, serán asumidos en su totalidad por la Secretaria Distrital de Gobierno.
CAPÍTULO ll
2. PLAZOS Y ETAPAS DEL PROCESO DE LA SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA
El plazo del proceso entendido como el término dentro del cual los proponentes pueden presentar propuestas queda fijado en el cronograma del proceso y está sujeto a los termino xx xxx.
2.1. ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES
LA SECRETARÍA podrá de manera unilateral mediante adendas efectuar las modificaciones que considere pertinentes al pliego de condiciones, las cuales se publicarán en la página Web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx link procesos en curso, entidad Secretaría Distrital de Gobierno, Selección Abreviada por Subasta Xxxxxxx Xx. XXXXXX 000-0000, razón por la cual será responsabilidad exclusiva del proponente mantenerse al tanto de su publicación y conocimiento.
Las respuestas a las preguntas, aclaraciones y adendas suministradas por la Dirección de Contratación de LA SECRETARÍA, antes de la fecha prevista para la entrega de propuestas, deberán ser tenidas en cuenta por los proponentes para la presentación de las propuestas y harán parte integral de los documentos de la contratación.
En todo caso, cuando sea procedente prorrogar el cronograma que rige el presente proceso de selección, se efectuará mediante adenda la cual será publicada en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, Selección Abreviada por Subasta Inversa No. SGSASI 003-2019.
Lo anterior no impide que, dentro del plazo fijado en el cronograma del presente proceso, los posibles proponentes, si encontraren discrepancias en los documentos de los pliegos de condiciones o tuvieren dudas acerca de su significación o su interpretación, puedan consultarlas a LA SECRETARÍA.
Así mismo en el evento que sea necesario modificar el cronograma, con posteridad a la diligencia de cierre, LA SECRETARÍA de manera unilateral, lo efectuará a través de adenda, las cuales en todo caso serán publicados en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, Selección Abreviada por Subasta Xxxxxxx Xx. XXXXXX 000-0000.
En ese sentido la entidad a través de documento escrito que será publicado en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, Selección Abreviada por Subasta Xxxxxxx Xx. XXXXXX 000-0000, dará respuesta a las mismas.
Si el proponente tuviere dudas sobre el contenido o alcance de cualquiera de los puntos consignados en este documento, podrá a través de xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, solicitar las aclaraciones y/o modificaciones que estime pertinentes.
Se entiende que los proponentes que participan en el presente proceso, conocen los plazos, trámites y demás condiciones establecidas en este pliego de condiciones.
Así mismo, se entiende que tienen conocimiento de los diferentes documentos que han sido publicados durante el presente proceso de selección a través de los diferentes medios de comunicación que utilice para el efecto LA SECRETARÍA.
Por lo anterior la entidad no será responsable, por las posibles reclamaciones u omisiones que en este sentido le formulen los proponentes.
Nota: La consulta y respuesta a las observaciones formuladas por los proponentes, no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las propuestas.
2.2. PRÓRROGA DE LA FECHA DE ENTREGA DE PROPUESTAS.
LA SECRETARÍA, podrá prorrogar la fecha prevista para la entrega de propuestas del presente proceso de selección cuando así lo estime conveniente por el término que para el efecto se señale en la respectiva adenda.
NOTA: La prórroga de la fecha de entrega de propuestas se dará a conocer a los proponentes a través del Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
2.3. DILIGENCIA DE ENTREGA DE PROPUESTAS.
Las propuestas deberán ser allegadas y radicadas, a través del Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
2.4. DOCUMENTOS REQUERIDOS
Los proponentes deberán adjuntar a la propuesta los documentos que se solicitan en el presente proceso, en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, de acuerdo con el presente documento de descripciones y el estudio previo en cuanto aplique y no haya sido modificado con posterioridad a la publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones.
2.5. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES, PLAZO PARA SUBSANAR Y EXHIBICIÓN DE INFORME
2.5.1. REQUISITOS HABILITANTES DEL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES:
El proponente, persona natural o jurídica, nacionales o extranjeras, individualmente o en unión temporal o consorcios, con domicilio o sucursal en Colombia, D.C o promesa de sociedad futura, deberán acompañar a sus ofertas su inscripción y clasificación en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015.
La inscripción en el RUP por parte del proponente y cada uno de sus integrantes en el caso de consorcios y uniones temporales, debe estar vigente y en firme a 2018 por lo menos hasta antes de la fecha de realización del evento de subasta, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del citado Decreto, so pena de rechazo de la oferta.
NOTA: Sin embargo, los oferentes deben tener en cuenta que el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082, que: “La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a mas tardar el quinto día hábil del mes xx xxxxx de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP.”
LA SECRETARÍA, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 5 y numeral 2 del artículo 6 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 realizará la verificación de algunos aspectos jurídicos, los financieros y de experiencia, para el efecto, el proponente deberá allegar con su oferta el Registro Único de Proponentes, expedido por la Cámara de Comercio correspondiente:
a) Capacidad jurídica.
b) Capacidad financiera.
c) Capacidad de organización.
d) Experiencia del proponente.
El resultado de la verificación de los requisitos habilitantes y de evaluación de propuestas, se publicarán en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. En dicho informe se señalarán los proponentes habilitados y los no habilitados, los cuales podrán subsanar la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, so pena del rechazo definitivo de sus propuestas.
Luego de verificados y subsanados los requisitos habilitantes, si a ello hubiere lugar, las entidades procederán a continuar el proceso dentro de los plazos fijados en el pliego de condiciones.
LA SECRETARÍA, podrá solicitar hasta antes de la realización de la adjudicación, las aclaraciones y explicaciones a que hubiere lugar, y si es del caso, que se alleguen los documentos necesarios para tal fin, sin que por ello puedan completar, adicionar, modificar o mejorar las propuestas.
2.6. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
2.6.1. El o los contratos que surjan del presente proceso de selección será de Compraventa, regulado por la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007 y demás normas que las modifiquen, adicionen o deroguen y en las materias no reguladas en dichas leyes a las disposiciones civiles y comerciales, de conformidad con artículo 13 de la ley 80 de 1993.
El o los contratos que se deriven del presente proceso de selección se adjudicarán mediante acto administrativo debidamente motivado, el cual será notificado de conformidad con la ley 80 de 1993 y publicado mediante el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP II: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Contra el acto administrativo de adjudicación no procede recurso alguno por la vía administrativa, esto de conformidad con lo establecido en la Ley.
En el evento que el o los proponentes favorecidos sean consorcios o una unión temporal, el o los contratistas, previo a la suscripción del contrato, deberá allegar el formulario del registro único tributario, en el cual conste el NIT del consorcio o de la unión temporal, de conformidad con lo ordenado en la ley tributaria.
CAPÍTULO IIl PRIMERA ETAPA
3. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES
LA SECRETARÍA, por medio del Comité Evaluador, conformado para tal efecto, hará los estudios del caso y el análisis comparativo de las propuestas, teniendo en cuenta para ello los criterios de selección objetiva establecidos en los documentos del presente proceso.
Para que una propuesta sea objeto de evaluación Económica y de Calidad, el proponente debe cumplir con todos y cada uno de los siguientes requisitos habilitantes:
FACTOR | CUMPLIMIENTO |
Factor capacidad jurídica | HABILITADO O / NO HABILITADO |
Factor capacidad financiera y organizacional | HABILITADO O / NO HABILITADO |
Factor capacidad técnica del proponente – Experiencia y requisitos mínimos técnicos. | HABILITADO O / NO HABILITADO |
Nota: De conformidad con lo establecido en el parágrafo 1° del artículo 5° de la ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 5° de la Ley 1882 de 2018, La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, deberán ser solicitados por las entidades estatales y deberán ser entregados por los proponentes hasta el término de traslado del informe de evaluación que corresponda a cada modalidad de selección, salvo lo dispuesto para el proceso de Mínima cuantía y para el proceso de selección a través del sistema de subasta.
Serán rechazadas las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información y documentación solicitada por la entidad estatal hasta el plazo anteriormente señalado.
Parágrafo 3°. La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma.
Parágrafo 4°. En aquellos procesos de selección en los que se utilice el mecanismo de subasta, los documentos referentes a la futura contratación o a proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas, deberán se solicitados hasta el momento previo a su realización.
Para efectos de lo reglado anteriormente, la Secretaria Distrital de Gobierno informa que el evento de subasta inicia en la fecha y hora prevista en el cronograma registrado en la plataforma para la apertura de sobres económicos.
3.1. VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA
El estudio jurídico tiene por objeto determinar si las propuestas se ajustan a los requerimientos legales y normativos xxx xxxxxx de condiciones y lo establecido en las leyes y los Decretos reglamentarios y para el efecto se verificará lo siguiente:
El proponente persona jurídica, deberá acreditar su existencia, representación legal, facultades del representante y duración de la sociedad, mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha prevista para la entrega de propuestas, en el cual conste que la sociedad está facultada para desarrollar el objeto del presente proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica.
En caso de prórroga del plazo del proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica, el certificado de existencia y representación legal, tendrá validez con la primera fecha prevista para la entrega de propuestas.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se debe presentar el certificado de existencia y representación legal de cada uno de los miembros integrantes.
3.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
El proponente deberá adjuntar la carta de presentación de la propuesta, según el modelo suministrado por la SECRETARIA en el formato denominado “Carta de Presentación de la Propuesta” y los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones.
La carta de presentación de la propuesta deberá ser firmada por el Representante Legal
del proponente de la persona jurídica o por el Representante designado en el documento de constitución, si se trata de consorcio o unión temporal.
El formato denominado “Carta de Presentación de la Propuesta” adjunto a los pliegos de condiciones, es un modelo que contiene todas las declaraciones que debe realizar el proponente. Por lo tanto, el proponente podrá transcribirlo u obtenerlo en medio magnético. En cualquier caso, la carta que presente el proponente, deberá incluir todas las manifestaciones requeridas por SECRETARIA.
3.1.2. CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y PARAFISCALES.
De conformidad con lo señalado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, y en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 el proponente que sea persona jurídica, deberá entregar una certificación de cumplimiento de sus obligaciones con los Sistemas de Salud, Riesgos Profesionales, Pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje y cualquier otro aporte parafiscal necesario1, para lo cual deberá tener en cuenta lo siguiente:
➢ El proponente deberá presentar una certificación expedida por el revisor fiscal (adjuntar tarjeta profesional y certificación de la Junta Central de Contadores), cuando de acuerdo con los requerimientos de la Ley o por determinación estatutaria se requiera, o por el representante legal en caso contrario. Para esto el proponente podrá hacer uso del modelo que se adjunta en el formato denominado “Certificación de pagos de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales”.
➢ El documento deberá certificar que a la fecha de presentación de su propuesta, el proponente ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados retroactivamente a partir de la fecha del cierre, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
➢ Si el proponente no tiene más de seis (6) meses de constituido, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
➢ Se verificará únicamente la acreditación del respectivo pago a la fecha de presentación de la propuesta, sin perjuicio de los efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas establecidas en las normas vigentes. Para el cumplimiento del aporte en salud, éste se deberá hacer de
1 Según lo dispone el artículo 50 de la Ley 789 de 2004 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
conformidad con lo establecido en el Decreto 2236 de 1999 y las demás normas que lo regulen.
➢ En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, el proponente deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
➢ En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes cuando los mismos sean personas jurídicas constituidas en Colombia, deberán presentar en forma individual dicha certificación expedida por el Representante Legal o Revisor Fiscal respectivo, según corresponda.
➢ En caso que el proponente no tenga empleados a su cargo, o por cualquier motivo no esté obligado al pago de aportes de seguridad social y parafiscal, así deberá manifestarlo.
3.1.3. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
De conformidad con lo señalado por el artículo 2.2.1.2.3.1.2., del Decreto 1082 de 2015, los proponentes podrán otorgar como mecanismo de cobertura una cualquiera de las siguientes garantías:
1. Contrato de seguros contenido en una póliza
2. Patrimonio autónomo
3. Garantía bancaria.
Para evaluar la suficiencia de la garantía se aplicarán las reglas establecidas en el artículo 2.1.1.2.3.1.9. del referido decreto.
En el caso de que el proponente opte por el contrato de seguros contenido en una póliza de seguros, debe allegar garantía de seriedad de la propuesta, la cual debe constituirse por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial.
Las cifras del valor de la póliza deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil inmediato, teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, si el decimal es de 50 a 99.
Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, la garantía la seriedad de la propuesta deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural.
En caso de póliza de seguro, ésta debe adjuntarse acompañada de las condiciones generales.
En caso que la fecha de cierre de la selección se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la garantía.
La garantía de seriedad de la oferta conforme al artículo 2.1.1.2.3.1.9., del Decreto 1082 de 2015 debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los siguientes eventos:
1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a noventa (90) días.
2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.
3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
5. La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de dicha propuesta.
Cuando la garantía de seriedad que aporte el proponente presente error en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida al presente proceso de selección o no allegarse las condiciones generales en caso de póliza de seguros, LA SECRETARIA solicitará al proponente los documentos e información del caso, para lo cual el proponente cuenta con el plazo establecido en el cronograma del proceso para anexarlo.
Para su constitución deberá tenerse en cuenta la siguiente información:
BOGOTÁ D.C. SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO NIT: 899.999.061-9 | |
BENEFICIARIO : | |
QUIEN DEBE OTORGARLA: | Xxxx ser otorgada por la proponente persona natural o por el representante legal cuando el proponente sea persona jurídica, de conformidad con el nombre registrado en el certificado de existencia y |
representación legal. Cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de Unión Temporal, Consorcio o Contrato de Asociación Futura, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. | |
CUANTÍA | El valor de esta garantía no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del monto del presupuesto oficial estimado para cada lote. |
VIGENCIA: | Noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección. |
TEXTO: | El texto de la garantía deberá indicar textualmente el número de proceso, año y objeto exacto al cual presente propuesta. |
FIRMAS: | La garantía deberá encontrarse suscrita tanto por quien la expide como por quien la solicita. |
Nota: De conformidad con lo establecido en el parágrafo 3° del artículo 5° de la ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 5 de la Ley 1882 de 2018, “Parágrafo 3°. La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma.”
3.1.4. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES
Conforme con el artículo 6 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, “Todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, se inscribirán en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal”.
Dado lo anterior los proponentes deberán allegar el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio cuya fecha de expedición no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anterior a la fecha de cierre del presente proceso, en el cual se verificará además los contratos a relacionar.
La inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP) debe estar vigente y en firme 2018 hasta antes de la audiencia de subasta.
NOTA: Sin embargo, los oferentes deben tener en cuenta que el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082, que: “La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a mas tardar el quinto día hábil del mes xx xxxxx de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP.”
Si el interesado es un Consorcio o una Unión Temporal, sus miembros deben estar inscritos en forma individual en el RUP de la Cámara de Comercio.
Nota: Los códigos se toman del clasificador de bienes y servicios, Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas UNSPSC
3.1.5. OBJETO SOCIAL O ACTIVIDAD
El proponente (persona natural o jurídica) debe acreditar dentro de su objeto social o actividad, el desarrollo de actividades relacionadas con el objeto contractual.
3.1.6. Documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal, si es la condición del oferente o Promesa de Sociedad Futura
Consorcio o Unión Temporal: Los proponentes que se presenten bajo una de estas modalidades deberán presentar el documento que acredite la conformación del Consorcio o Unión Temporal con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993.
En el documento de constitución deberá constar la siguiente información:
1. Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal.
2. En caso de Unión Temporal deberán señalar los términos y porcentaje de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la SECRETARIA.
3. Designar la persona que para todos los efectos legales representará el Consorcio o a la Unión Temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.
4. Indicar el término de duración del Consorcio o Unión temporal, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
Para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes jurídicos, cada uno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal deberá acompañarlos y/o acreditarlos en forma individual, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en la Ley con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirá por las disposiciones previstas en la ley para los consorcios, por lo tanto en caso de uniones temporales es obligatorio señalar los términos y porcentaje de participación de cada integrante en la propuesta y en la ejecución del contrato, so pena de ser tomada como consorcio.
Promesa de Sociedad Futura: Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a LA SECRETARIA uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente:
1. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar, ejecutar y liquidar el contrato que se derive del presente proceso de selección.
2. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
3. Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir.
4. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad; (i) por los perjuicios sufridos por LA SECRETARIA derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y, (ii) por las obligaciones que se deriven de las propuestas y del contrato que se derive del presente proceso de selección.
5. La inclusión de una cláusula en el contrato de sociedad, según la cual aquellos accionistas que; (i) hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o, (ii) hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante
autorización previa y expresa de LA SECRETARIA en los términos del contrato de prestación de servicios.
6. La duración de la sociedad debe ser igual o superior a tres (3) años contados a partir de su constitución.
7. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la adjudicación.
8. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo.
9. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura, deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación.
10. La promesa es irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los siete (7) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad.
3.1.7. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL - ANEXAR CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O MATRICULA MERCANTÍL:
Para personas naturales y/o jurídicas internas o nacionales:
Las personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal o el documento que haga sus veces, con fecha de expedición no mayor a treinta
(30) días calendario anteriores a la fecha límite de recepción de ofertas, donde conste que, de acuerdo con su objeto social, cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos relacionados con el objeto de este proceso.
Si el proponente es una persona natural comerciante, deberá presentar un Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio en donde conste que se encuentra inscrito, así como la determinación de su actividad relacionada con el objeto de la presente convocatoria. Este certificado debe tener fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha límite de recepción de las ofertas. En caso
de personas naturales que no estén obligadas a inscribirse en el registro mercantil, como es el caso de las profesiones liberales, no deberán acreditar tal requisito.
Si la oferta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberá anexar los Certificados, tanto de la Sucursal como de la Casa Principal.
Para personas naturales y/o jurídicas extranjeras:
Las personas jurídicas extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a tres (3) meses desde la fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste su existencia, fecha de constitución, objeto, duración, nombre representante legal, o nombre de la persona que tenga la capacidad de comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directo que lo faculta.
Apoderado para oferentes extranjeros:
Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
1.Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar la constitución de un apoderado (Poder Especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
2.Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al español x xxxxxxxxxx oficial de la República de Colombia, deberá adjuntar el texto en el idioma original acompañado de la traducción simple. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente, se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.
3.En cumplimiento de lo ordenado por el parágrafo 2° del artículo 6 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, el oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que
no tenga establecida sucursal en el país, no se encuentra obligado a inscribirse ni calificarse en el RUP.
4.El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de certificarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al de la República de Colombia, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción simple del documento.
Si el proponente resulta adjudicatario, debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma extranjero, de conformidad con la Circular N° 17 del 11 de febrero de 2015 expedida por la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente.
En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio, ni sucursal en Colombia para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos establecidos en el Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 471 y 474 del citado Código.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el artículo 28 de la Ley 9 de 1991, el artículo 3 del Decreto 1735 de 193 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanada del Banco de la República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma, de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la República.
3.1.8. CÉDULA DE CIUDADANÍA DE LA PERSONA NATURAL O REPRESENTANTE LEGAL.
El proponente debe allegar fotocopia del documento de identidad de la persona natural o del representante legal del documento de identidad de conformidad con las leyes 757 de 2002 y 999 de 2005 y el decreto 4969 de 2009 del Ministerio del Interior.
3.1.9. CERTIFICADO ANTECEDENTES FISCALES EXPEDIDO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Conforme al artículo 60 de la ley 610 de 2000 y el parágrafo 1 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, el proponente persona natural, o persona jurídica, y/o cada uno de los integrantes del proponente plural (consorcio o unión temporal), no podrán estar relacionados en el Boletín de Responsables Fiscales. LA SECRETARIA acorde con la Ley 962 de 2005 verificará en la página web de la Contraloría el respectivo Boletín.
3.1.10. CERTIFICADO ANTECEDENTES EXPEDIDO POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN:
El proponente y todos los integrantes del consorcio o unión temporal no podrán tener antecedentes disciplinarios que le inhabiliten o impidan presentar la propuesta y celebrar el contrato. LA SECRETARIA conforme la ley 1238 de 2008 consultará los antecedentes en la página web de la Procuraduría General de la Nación.
3.1.11. CERTIFICADO ANTECEDENTES JUDICIALES EXPEDIDO POR LA POLICIA NACIONAL
LA SECRETARIA conforme al Decreto Ley 019 de 2012, consultará y verificará, de la página Web de la Policía Nacional de Colombia los antecedentes judiciales del representante legal de la persona jurídica individual, de los representantes legales de los consorcios y/ uniones temporales que hayan participado en el presente proceso.
3.1.12. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO –RUT– EXPEDIDO POR LA DIAN – ANEXAR DOCUMENTO.
3.1.13. REGISTRO IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA –RIT– EXPEDIDO SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - ANEXAR DOCUMENTO – En caso de no estar registrado en el Distrito de Bogotá, D.C., podrá allegarse para la firma del Contrato.
3.1.14. FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA, PARA PERSONA NATURAL O JURÍDICA - ANEXAR DOCUMENTO.
3.1.1.15. CERTIFICADO DE REGISTRO DE MEDIDAS CORRECTIVAS DEL REPRESENTANTE LEGAL.
3.2 VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA
Para efectos de la verificación financiera, el proponente debe acreditar mediante el Registro Único de Proponentes RUP, en el que se certifique la capacidad financiera con las cifras del Activo Corriente, Pasivo Corriente, Activo Total, Pasivo Total, Patrimonio, gastos de intereses y utilidad operacional, del Balance General y Estado de resultados a 31 de diciembre de 2017.
Sí el proponente es un consorcio, unión temporal o cualquier otra modalidad de asociación, cada uno de sus integrantes deberá allegar el correspondiente Certificado de Registro Único de Proponentes con la información financiera a 31 de diciembre de 2017.
Los proponentes o sus integrantes, no obligados a inscribirse en el RUP, deberán justificar expresamente tal circunstancia y presentar los Estados Financieros (Balance General y estado de resultados) con corte a 31 de diciembre de 2017, certificados por contador público o Revisor fiscal en caso tener la obligación legal de contar con éste.
Cuando se trate de Uniones Temporales la capacidad financiera se determinará con base en la participación porcentual de cada uno de sus integrantes, de tal forma que la sumatoria sea el 100%. Para el caso de los consorcios la capacidad financiera se determinará de acuerdo al número de participantes, por partes iguales en concordancia con el artículo 7° de la Ley 80 de 1993.
La información financiera debe ser presentada en moneda legal colombiana, por ser esta la Unidad de cuenta contable por expresa disposición legal, de conformidad con los Artículos 50 y 51 del Decreto 2649 de 1.993.
La Secretaria Distrital de Gobierno hará la verificación financiera de cada una de las propuestas, la cual no otorgará puntaje y como resultado de la misma se decidirá sobre la declaratoria de HÁBIL o No HÁBIL.
En caso de que el proponente no esté excluido de inscribirse en el Registro Único de Proponentes y presente la propuesta sin este documento, la Secretaria Distrital de Gobierno evaluará la propuesta desde el punto de vista financiero como NO HÁBIL.
Los proponentes deberán cumplir con los siguientes índices financieros:
CAPACIDAD FINANCIERA
• INDICE DE LIQUIDEZ
IL = Activo Corriente / Pasivo Corriente ≥ 1.2 veces
De acuerdo con el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación del proponente expedido por la Cámara de Comercio con la información financiera a 31 de diciembre de 2017, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará el índice de liquidez, el cual debe ser mayor ó igual a 1.2 veces. Resultados menores inhabilitan al proponente.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo se basará en el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la figura asociativa, así:
(IL1 x % participación + IL2 x % participación + IL3 x % participación +... +. ILn x % participación)
• NIVEL DE ENDEUDAMIENTO
NE = (Pasivo Total/Activo total)*100 ≤ 69%
De acuerdo con el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación del proponente expedido por la Cámara de Comercio con la información financiera a 31 de diciembre de 2017, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará el Nivel de Endeudamiento del proponente, el cual debe ser menor o igual a 69%. Resultados superiores inhabilitan al proponente.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo se basará en el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la figura asociativa
(NE1 x % participación + NE2 x % participación + NE3 x % participación +... + NEn x % participación)
• RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES
RC = (Utilidad Operacional / Gastos de Intereses) ≥ 1.4 veces ó INDETERMINADO
De acuerdo con el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación del proponente expedido por la Cámara de Comercio con la información financiera a 31 de diciembre de 2017, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará la Razón de Cobertura de Intereses del proponente, el cual debe ser mayor o igual a UNO PUNTO CUATRO (1.4) veces. Resultados inferiores inhabilitan al proponente.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo se basará en el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la figura asociativa
(RC1 x % participación + RC2 x % participación + RC3 x % participación +... + RCn x % participación)
Nota: Sí el proponente no tiene obligaciones que le demanden el pago de intereses y sus gastos en intereses es igual a cero (0), el proponente cumple el indicador y será declarado hábil para este indicador.
Sí el proponente no tiene obligaciones que le demanden el pago de intereses; pero su utilidad operacional es negativa (Pérdida Operacional), el proponente no cumple con el indicador y será declarado No hábil.
• CAPITAL DE TRABAJO
CT = (Activo Corriente - Pasivo Corriente) ≥ 46% del Presupuesto Oficial
De acuerdo con el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación del proponente expedido por la Cámara de Comercio con la información financiera a 31 de diciembre de 2017, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará el Capital de Trabajo del proponente, el cual debe ser mayor o igual al 46% del Presupuesto Oficial. Resultados inferiores inhabilitan al Proponente.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo se basará en el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la figura asociativa
(RC1 x % participación + RC2 x % participación + RC3 x % participación +... + RCn x % participación)
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
• Rentabilidad del Patrimonio:
RP = (Utilidad Operacional / Patrimonio) ≥ a 3%
De acuerdo a la información financiera del proponente, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará la Rentabilidad del patrimonio, la cual debe ser mayor o igual a Tres (3) por ciento. Resultados inferiores inhabilitan al proponente
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo se basará en el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la figura asociativa.
(RP1 x % participación + RP2 x % participación + RP3 x % participación + ... + RPn x % participación).
• Rentabilidad del Activo
RAct = (Utilidad Operacional / Activo Total): ≥ a 1%
De acuerdo a la información financiera del proponente, la Secretaria Distrital de Gobierno verificará la Rentabilidad del activo, la cual debe ser mayor o igual a UNO (1) por ciento. Resultados inferiores inhabilitan al proponente.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, el procedimiento para su cálculo se basará en el porcentaje de participación de cada uno de los miembros de la figura asociativa
(RAct1 x % participación + RAct2 x % participación + RAct3 x % participación +... + RActn x % participación).
Para que la propuesta sea declarada HÁBIL en la Capacidad Organizacional el proponente deberá cumplir con base en las cifras financieras del Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación del proponente expedido por la Cámara de Comercio con corte a 31 de diciembre de 2017, con los DOS (2) indicadores solicitados en este pliego.
Observación:
Los componentes financieros y la capacidad organizacional se encuentran dentro de los parámetros estipulados por la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, el Manual de Colombia compra eficiente y por la información que posee la Secretaria Distrital de Gobierno, al respecto de este proceso.
Elaboró: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx M – Grupo Contabilidad de la Dirección Financiera SDG Aprobó: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx - Director Financiero SDG
3.3. FACTOR CAPACIDAD TÉCNICA DEL PROPONENTE:
3.3.1. CONDICIONES DE EXPERIENCIA
El proponente debe cumplir con cada uno de los requisitos técnicos del presente proceso de selección y adicionalmente se deberá diligenciar el/los formatos/anexos que corresponda.
Se debe tener en cuenta la Guía de Contratación Sostenible y sus correspondientes fichas técnicas (dependiendo del bien o servicio a proveer) que se encuentran en el SGI – Subsistema de Gestión Ambiental -Guía Verde de Contratación Sostenible- Documentos Guía (GCO -GCI- IN 001 Guía Verde de Contratación Sostenible) – haciendo alusión a la ficha técnica que corresponde según el bien o servicio a proveer y que será incluido en las obligaciones generales del contrato.
El proponente debe acreditar la experiencia en la celebración y ejecución de por lo menos uno y máximo tres contratos que correspondan a la clasificación de bienes y servicios, reportados en el RUP – Registro Único de Proponentes durante los últimos tres años por un valor igual o superior a 626,53 SMMLV.
Los contratos según el ítem anterior se acreditarán en el Registro Único de Proponentes (RUP) identificados con al menos dos de los códigos que se relacionan a continuación y que en SMLMV cubra la experiencia mínima requerida, así:
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | NOMBRE de la Clase | SMMLV (VALOR TOTAL) |
43000000 | 43220000 | 43222500 | Equipo de seguridad de red | >= 626,53 SMMLV. |
43000000 | 43230000 | 43233200 | Software de seguridad y protección | |
81000000 | 81110000 | 81112200 | Mantenimiento y soporte de software |
81000000 | 81110000 | 81111800 | Servicios de sistemas y administración de componentes de sistema |
El oferente debe diligenciar el FORMULARIO – “RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE” (Ver Anexo 2), CON LOS CONTRATOS QUE LA ENTIDAD VERIFICARÁ EN EL RUP, PUESTO QUE SERÁN LOS ÚNICOS QUE TENDRÁ EN CUENTA PARA DETERMINAR SI LA PROPUESTA ES HABILITADA O NO
En caso de que el contrato relacionado haya sido ejecutado por un consorcio o unión temporal, del cual el proponente fue integrante, se tendrá en cuenta su porcentaje de participación de acuerdo con las condiciones de experiencia reportadas en el RUP.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia general acreditada es la sumatoria de los contratos aportados por los miembros del consocio o unión temporal. Cualquiera de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, podrá acreditar la experiencia con al menos un contrato de acuerdo con las condiciones de experiencia reportadas en el RUP. Si el Consorcio o Unión Temporal, no acredita la experiencia en la forma aquí indicada, se entenderá que la propuesta no cumple con la experiencia mínima solicitada.
En el caso de que en la información reportada en el RUP no se pueda establecer los salarios mínimos requeridos en la clasificación antes señalada, el proponente deberá informarlo de forma detallada en el formato RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE (ANEXO 2), el cual se suscribe bajo la gravedad del juramento, indicando cuanto SMMLV del valor total del contrato le corresponden al código de Naciones Unidas solicitado en el cuadro anterior, para efectos de establecer que el proponente interesado cumple con la totalidad de SMMLV en el código solicitado. Cuando exista diferencia entre la información relacionada en el formato y la consagrada en el RUP, prevalecerá la información del RUP.
La Secretaria Distrital de Gobierno requerirá las aclaraciones en caso de ser necesario y que considere prudentes, en relación con el requisito de experiencia y de manera exclusiva sobre los contratos que se relacionen dentro de la propuesta, que en todo caso deberán estar relacionadas en el RUP.
Será hábil aquella propuesta que acredite el cumplimiento de la experiencia mínima en la forma prevista en este acápite; en consecuencia, si se omite el cumplimiento de la experiencia mínima será declarado no hábil técnicamente.
El oferente debe diligenciar el anexo 2 FORMATO – “RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE con los contratos que la entidad verificara en el RUP, puesto que serán los únicos que tendrá en cuenta para determinar si la propuesta es habilitada o no.
REQUISITOS DE LAS CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA
La verificación de la Experiencia se realizará con base en la información que reporten los proponentes en el FORMATO “RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE” (Ver
Anexo 2) y en las certificaciones anexadas o las que contengan la totalidad de la información reportada en el RUP. En dicho formato el proponente deberá certificar, bajo la gravedad de juramento, que toda la información contenida en el mismo es veraz, al igual que en los documentos soporte.
El oferente debe diligenciar el anexo 2 FORMATO – “RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE con los contratos que la entidad verificara en el RUP, puesto que serán los únicos que tendrá en cuenta para determinar si la propuesta es habilitada o no.
Este formato deberá entregarse firmado por el proponente si es persona natural; por el Representante Legal de la empresa proponente si es persona jurídica; y en el caso de Consorcios o Uniones Temporales, deberá ser firmado por todos y cada uno de sus integrantes, que estén acreditando experiencia.
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES.
Conforme con el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 019 de 2012, “Todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, se inscribirán en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal”.
Dado lo anterior los proponentes deberán allegar el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio cuya fecha de expedición no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anterior a la fecha de cierre del presente proceso, en el que se acredite los contratos a relacionar.
La Inscripción en el RUP por parte del proponente y cada uno de sus integrantes en el caso de consorcios y uniones temporales, debe estar vigente y en firme con anterioridad a la audiencia de subasta, de conformidad con lo señalado en el Artículo 2.2.1.1.1.5.3 del citado Decreto, requisitos habilitantes contenidos en el RUP, SO PENA DE RECHAZO DE LA OFERTA.
NOTA: Sin embargo, los oferentes deben tener en cuenta que el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082, que: “La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a mas tardar el quinto día hábil del mes xx xxxxx de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP.”
Si el interesado es un Consorcio o una Unión Temporal, sus miembros deben estar inscritos en forma individual en el RUP de la Cámara de Comercio.
Nota: Los códigos se toman del clasificador de bienes y servicios, Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas UNSPSC
Clasificación del proponente
El proponente y cada uno de sus integrantes, si el mismo es un consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura, a más tardar a la fecha definitiva del cierre del presente proceso deberá (n) estar en el clasificador UNSPSC, como mínimo en tres de los códigos detallados a continuación, que hacen parte del objeto a contratar en el presente proceso:
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | NOMBRE de la Clase |
43000000 | 43220000 | 43222500 | Equipo de seguridad de red |
43000000 | 43230000 | 43233200 | Software de seguridad y protección |
81000000 | 81110000 | 81112200 | Mantenimiento y soporte de software |
81000000 | 81110000 | 81111800 | Servicios de sistemas y administración de componentes de sistema |
3.3.2. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS
El proponente debe manifestar dentro de su propuesta que cumplirá con la capacidad operacional, administrativa y especificaciones técnicas, características, condiciones, actividades y obligaciones mínimas establecidas en las presentes CONDICIONES TÉCNICAS, DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO 3 ACEPTACION ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS
PARA LA SOLUCIÓN DE PROTECCION CORREO XXXXXX 000:
El oferente deberá presentar la certificación que lo acredite como partner o canal directo de las soluciones ofertadas. Este documento debe ser expedido por el fabricante con fecha no mayor a 60 días calendario del cierre del proceso dirigido a la entidad.
PARA LA SOLUCIÓN DE PROTECCION PARA PUNTO FINAL
El oferente deberá presentar la certificación que lo acredite como partner o canal directo de las soluciones ofertadas. Este documento debe ser expedido por el fabricante con fecha no mayor a 60 días calendario del cierre del proceso dirigido a la entidad.
PARA LA SOLUCIÓN DE PROTECCION CORREO OFFICE 365 Y PROTECCION PARA PUNTO FINAL
El oferente deberá cumplir con lo especificado en la ficha técnica (ver anexo 4), adicionalmente deberá relacionar en la plataforma SECOP II el CATALOGO o el link del datasheet directo de la página del fabricante donde el comité evaluador verificará el cumplimiento de la ficha técnica
DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO 3 ACEPTACION ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS
CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN
De conformidad con lo señalado en el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, numeral 3º, para el presente proceso de contratación teniendo en cuenta que el objeto es la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes y común utilización el único factor de evaluación será el menor precio ofrecido en el evento de subasta inversa electrónica.
A continuación, se señalan los criterios de evaluación.
MODALIDAD DE SELECCIÓN | CRITERIOS DE EVALUACIÓN | CARACTERÍSTICAS |
Selección Abreviada para la adquisición o suministro de bienes con características técnicas uniformes y de común utilización. | MENOR PRECIO | Anexos – Ficha Técnica Lance: Margen mínimo de mejora de oferta 5% |
En ningún caso la oferta presentada, puede superar el promedio incluido IVA establecido por la entidad al realizar el estudio previo, por tal motivo la entidad revisará la oferta inicial de precio del proponente a quien se adjudique el presente proceso y en caso de que supere el tope establecido en el estudio mercado procederá a su rechazo.
El porcentaje de la subasta se debe aplicar por el valor total de la propuesta económica final.
El procedimiento de la subasta inversa es el establecido en la Guía expedida por Colombia Compra Eficiente aplicable para subasta inversa electrónica a través de la Plataforma del SECOP II.
NOTA: LOS PROPONENTES DEBERAN VERIFICAR LA GUIA DE COLOMBIA COMPRA EFICIENTE PARA EL PROCEDIMIENTO DE SUBASTA
4.3. CRITERIOS DE DESEMPATE
Se entenderá que hay empate cuando dos o más proponentes habilitados cuenten con el mismo puntaje en la evaluación, En caso de presentarse un empate entre dos o más proponentes al terminar la subasta inversa, se seleccionará al oferente que presentó el menor precio inicial. En caso de persistir el empate se aplicarán las reglas del numeral 1
al 5 del artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 2.2.1.2.1.2.2., del Decreto 1082 de 2015.
Si persiste el empate, se llevará a cabo un sorteo entre los proponentes empatados, de acuerdo con las siguientes reglas: Se procederá a elegir el ganador mediante sorteo por balotas, para lo cual se citará a los Representantes Legales (o delegados) de las propuestas empatadas para que seleccionen balotas numeradas de acuerdo con el número de proponentes. El orden en que cada proponente sacará la balota será de acuerdo al orden de presentación de las propuestas en la Plataforma de SECOP II. Los proponentes procederán a sacar la balota en el orden que se haya determinado y se adjudicará el contrato quien saque la balota con el número mayor y cuyo resultado debe ser aceptado de antemano por los proponentes involucrados en el empate sin lugar a reclamación alguna.
Para la aplicación de dichos criterios, el proponente deberá aportar con su propuesta la certificación de que trata el literal a, del artículo 24 de la Ley 361 de 1997.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se tendrá en cuenta para cumplir este requisito que al menos uno de los integrantes, acredite lo señalado en la nota anterior.
La omisión de la información requerida en este numeral, no será subsanable por ser criterio de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del proponente, ni es causal de rechazo de la propuesta.
CAPÍTULO V
INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y RECHAZO DE OFERTAS
5.1. DE LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.
Son inhábiles para participar en licitaciones o concursos y para celebrar contratos con las entidades estatales, además de las establecidos en la Constitución Política de Colombia y la Ley, las siguientes:
1. Las personas que se hallen inhabilitadas para contratar por la Constitución y las leyes.
2. Quienes participaron en las licitaciones o concursos o celebraron los contratos de que trata el literal anterior estando inhabilitados.
3. Quienes dieron lugar a la declaratoria de caducidad.
4. Quienes sin justa causa se abstengan de suscribir el contrato estatal adjudicado.
5. Los servidores públicos.
6. Quienes sean cónyuges o (compañeros permanentes) y quienes se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquier otra persona que formalmente haya presentado propuesta para una misma licitación o concurso.
7. Las sociedades distintas de las anónimas abiertas, en las cuales el representante legal o cualquiera de sus socios tenga parentesco en segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el representante legal o con cualquiera de los socios de una sociedad que formalmente haya presentado propuesta, para una misma licitación o concurso.
8. Los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado la caducidad, así como las sociedades de personas de las que aquéllos formen parte con posterioridad a dicha declaratoria.
9. Las personas naturales que hayan sido declaradas responsables judicialmente por la comisión de delitos de peculado, concusión, cohecho, prevaricato en todas sus modalidades y soborno transnacional, así como sus equivalentes en otras jurisdicciones. Esta inhabilidad se extenderá a las sociedades de que sean socias tales personas, con excepción de las sociedades anónimas abiertas.
10. Quienes fueron miembros de la junta o consejo directivo o servidores públicos de la entidad contratante. Esta incompatibilidad sólo comprende a quienes desempeñaron funciones en los niveles directivo, asesor o ejecutivo y se extiende por el término de un (1) año, contado a partir de la fecha del retiro.
12. Las personas que tengan vínculos de parentesco, hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil con los servidores públicos de los niveles directivo, asesor ejecutivo o con los miembros de la junta o consejo directivo, o con las personas que ejerzan el control interno o fiscal de la entidad contratante.
13. El cónyuge compañero o compañera permanente del servidor público en los niveles directivo, asesor, ejecutivo, o de un miembro de la junta o consejo directivo, o de quien ejerza funciones de control interno o de control fiscal.
14. Las corporaciones, asociaciones, fundaciones y las sociedades anónimas que no tengan el carácter de abiertas, así como las sociedades de responsabilidad limitada y las demás sociedades de personas en las que el servidor público en los niveles directivo, asesor o ejecutivo, o el miembro de la junta o consejo directivo, o el cónyuge, compañero o compañera permanente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o civil de cualquiera de ello, tenga participación o desempeñe cargos de dirección o manejo.
15. Los miembros de las juntas o consejos directivos. Esta incompatibilidad sólo se predica respecto de la entidad a la cual prestan sus servicios y de las del sector administrativo al que la misma esté adscrita o vinculada.
5.2 CAUSALES DE RECHAZO.
Para el actual proceso de selección constituyen causales de rechazo las siguientes:
1. Cuando en el certificado de existencia y representación legal se verifique que el objeto social del proponente (o de cualquiera de los integrantes cuando sea Consorcio o Unión Temporal) no se ajuste con lo exigido para el objeto del proceso de selección.
2. Cuando de conformidad con el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o por la autoridad competente, con los estatutos de la persona jurídica o con certificación juramentada proveniente del representante legal del proponente, se determine que la duración de la persona jurídica no es igual a la del plazo para la ejecución del contrato y tres (3) años más.
3. Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
4. Cuando no se acredite la debida constitución de apoderado en Colombia o este no tenga las facultades para representar a las sociedades extranjeras proponentes, de acuerdo con lo exigido en el pliego o cuando el término de duración de las facultades no abarque hasta la constitución de la sucursal en Colombia.
5. Cuando el proponente no se encuentre inscrito en el RUP (Salvo los casos excepcionales que la Ley consagra).
6. Cuando la inscripción, renovación del RUP del proponente y /o de cualquiera de los integrantes de la figura asociativa no se encuentre en firme con anterioridad a la fecha previo a la realización del evento de subasta, según lo establece la Ley 1882 de 2018.
7. Cuanto se presentan inconsistencias o datos tergiversados en la información presentada por el proponente, o por alguno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal, teniendo en cuenta lo señalado en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007.
8. Cuando el proponente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución y/o liquidación de sociedades.
9. Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente ya sea en forma individual o en calidad de integrante de un consorcio o unión temporal.
10. Cuando las personas naturales o los socios o asociados de la persona jurídica o los miembros del consorcio o unión temporal que presentan propuesta, pertenezcan a otro proponente que también haya presentado propuesta para el presente proceso de selección.
11. Cuando se detecten inconsistencias que no puedan ser resueltas por los proponentes mediante pruebas que aclaren la información presentada.
12. Cuando la propuesta se presente después de vencido el plazo establecido para el cierre del proceso de selección, de acuerdo al cronograma del proceso de selección.
13. Cuando la oferta no sea presentada a través de la Plataforma del SECOP II.
14. Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar establecidas en la Constitución o en la Ley y en los eventos de prohibición para contratar.
15. Cuando el proponente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentre reportado en el Boletín de Responsables Fiscales vigente que expide la Contraloría General de la República, se le hará la advertencia que debe acreditar la cancelación de las obligaciones contraídas o la vigencia de un acuerdo de pagos con anterioridad a la adjudicación del contrato, de lo contrario la oferta será rechazada.
16. Cuando se comprobare la violación por parte del proponente, de sus empleados o de un agente comisionista independiente actuando en su nombre, de los compromisos anticorrupción asumidos por el proponente.
17. Cuando se compruebe colusión o fraude entre los proponentes, que altere la transparencia para la selección objetiva, en este caso se rechazarán las propuestas que se encuentren en esta situación.
18. Cuando se compruebe que dentro de los cinco (5) años anteriores a la presentación de la propuesta, el oferente o uno de los conformantes de cualquier forma de asociación para la presentación de propuesta, consorcio o unión temporal, o sus representantes legales hayan infringido las normas relativas a lavado de activos.
19. Cuando el proponente no subsane o no subsane en debida forma lo requerido por la SDG, la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes. También de conformidad con la Ley 1882 de 2018, será causal de rechazo las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información y la documentación solicitada por la entidad estatal hasta antes de la fecha previo a la realización del evento de subasta establecido en el cronograma del proceso de selección, según lo establece la Ley 1882 de 2018.
20. Cuando no se xxxxxxx junto con la propuesta la garantía de seriedad de la oferta, según lo enuncia el parágrafo 3° del artículo 5° de la Ley 1150 de 2007, el cual se adicionado a través de la Ley 1882 de 2018.
21. Cuando de conformidad con la información con la cual cuenta la SECRETARIA se estime que el valor de una oferta resulta artificialmente baja y no logre demostrar que el valor de su propuesta responde a circunstancias objetivas tanto del proponente como de su oferta.
22. Cuando no se presente la propuesta económica en la Plataforma del SECOP II (Anexo 1- En línea) o su diligenciamiento sea incompleto dará lugar a que la propuesta sea rechazada.
23. Cuando no se presente la propuesta económica con el valor en la forma solicitada (es decir cuando no se pueda determinar que se hayan tomado en cuenta los parámetros señalados por la entidad para efectuar la oferta) o su modificación sustancial.
24. Cuando el valor de la propuesta económica sobrepase el valor del presupuesto oficial asignado al presente proceso de selección.
25. Cuando se demuestre que a la fecha de presentación de su propuesta, el proponente no se encuentra al día, durante los seis (6) meses anteriores a la fecha del cierre del presente proceso de selección, con el cumplimiento en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensión y Riesgos Profesionales y los aportes
Parafiscales, cuando a ello hubiere lugar, en cumplimiento a lo estipulado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y normas complementarias.
26. Cuando la propuesta no cumpla con cualquiera de los requisitos técnicos requeridos en el pliego de condiciones y/o estudio previo.
27. Cuando el proponente señale su desacuerdo o imposibilidad de cumplir las obligaciones y condiciones previstas en el pliego de condiciones, o presente condicionamiento para la adjudicación.
28. Cuando el proponente no cumpla con base en las cifras financieras reportadas en el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio con la información financiera a 31 de diciembre de 2017 con los indicadores solicitados en el pliego de condiciones.
29. Cuando no se cumpla con la experiencia exigida en los pliegos de condiciones por parte de los oferentes o esta no sea subsanada o se subsane parcialmente.
30. Cuando se incumpla cualquier norma aplicable en materia de contratación pública, que conlleve su rechazo.
CAPÍTULO VI
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO O DECLARATORIA DE DESIERTA
6.1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
De conformidad con el numeral 3 del artículo 5° de la ley 1150 de 2007 en la Selección Abreviada por Subasta Inversa “Sin perjuicio de lo previsto en el numeral 1 del presente artículo, en los pliegos de condiciones para las contrataciones cuyo objeto sea la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y común utilización, las entidades estatales incluirán como único factor de evaluación el menor precio ofrecido.”
6.2. FACULTAD PARA DECLARAR DESIERTA.
LA SECRETARÍA, podrá declarar desierto a través de acto administrativo, por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una propuesta, cuando no se presente propuesta alguna, cuando ningún proponente resulte habilitado luego de surtida la etapa
de verificación de requisitos habilitantes, cuando ninguna propuesta se ajuste a las condiciones consignadas en este pliego de condiciones o en general cuando falte voluntad de participación.
6.3 INDICACIÓN DE SI LA CONTRATACIÓN ESTA COBIJADA POR UN ACUERDO COMERCIAL.
Establece el artículo 2.2.1.2.4.1.1., del Decreto 1082 de 2015: “Cronograma del proceso de contratación. Cuando el proceso de contratación está sometido a uno o varios Acuerdos Comerciales, la Entidad Estatal debe elaborar el cronograma de acuerdo con los plazos previstos en dichos Acuerdos Comerciales”.
En este contexto y de acuerdo con el Manual para el Manejo de los Acuerdo Comerciales en Procesos de Contratación - M-MACPC-122, publicado por Agencia Nacional Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, a continuación se relaciona el análisis para el presente proceso:
LISTA DE ACUERDOS APLICABLES AL PROCESO DE SELECCIÓN
Acuerdo Comercial | Entidad Estatal Incluida | Presupuesto del Proceso Superior al Valor del Acuerdo Comercial | Excepción Aplicable al Proceso de Contratación | Proceso de Contratación Cubierto por el Acuerdo Comercial |
Alianza Pacífico - Solamente: Chile y Perú- | SI | NO | NO | NO |
Chile | SI | NO | NO | NO |
Xxxxx Rica | SI | NO | NO | NO |
Estados AELC | SI | NO | NO | NO |
Triángulo Norte – (Salvador y Guatemala) | SI | NO | NO | NO |
Unión Europea | SI | NO | NO | NO |
Nota 1: Los acuerdos comerciales suscritos con Canadá, Corea, Estados Unidos y México, no cubren las entidades del nivel municipal, por esta razón no se relacionan en la anterior tabla.
2 xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxx/xxx_xxxxxx_xxxxxxxx_xxxxxxxxxxx_xxx.xxx
Así mismo, es importante indicar que de conformidad con lo dispuesto en la Decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la Comunidad Andina de Naciones – CAN, la Secretaría dará trato nacional a los servicios prestados por proponentes provenientes de los países de Bolivia, Ecuador y Perú.
Nota 2: Los Estados de la Alianza Pacífico son: Chile, Colombia, México y Perú. Sin embargo, a nivel municipal, las alcaldías están obligadas únicamente con Chile y Perú.
Nota 3: Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
Nota 4: Los Estados del Triángulo Norte son El Xxxxxxxx, Guatemala y Honduras. Sin embargo, a nivel municipal, las alcaldías están obligadas únicamente con Guatemala.
Nota 5: Los Estados de la Unión Europea con los cuales las Entidades Estatales deben aplicar el Acuerdo Comercial son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Xxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Xxxxx Unido, República Checa, Rumania y Suecia.
Nota 6: El Acuerdo Comercial con los Estados que conforman la Alianza Pacífico se aplican a los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $655’366.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de
$16.384’153.000.
Nota 7: El Acuerdo Comercial con Chile se aplica a los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $643’264.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $16.081’602.000.
Nota 8: El Acuerdo Comercial con Xxxxx Rica se aplica a los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de
$1.162’733.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $16.389’628.000.
Nota 9: El Acuerdo Comercial con los Estados que conforman la AELC se aplica a los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $852’074.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $21.301’857.000.
Nota 10: El Acuerdo Comercial con la Unión Europea se aplica a los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales del nivel municipal obligadas para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de
$859’752.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $21.493’810.000.
Nota 11: Las excepciones son tomadas del “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” que se encuentra publicado en Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
CAPÍTULO VII
Las condiciones que regirán el contrato que resulte del presente proceso de selección están plasmadas en la minuta que se anexa a continuación, la cual podrá ser modificada por LA SECRETARÍA de acuerdo a las especificaciones consignadas en las propuestas presentadas o por situaciones sobrevinientes que así lo ameriten.
NOTA: EL TEXTO DE LA PRESENTE MINUTA ESTABLECE LOS ASPECTOS ESENCIALES DEL CONTRATO A SUSCRIBIR POR PARTE DE LA SECRETARÍA Y DEL POSIBLE CONTRATISTA, ASPECTOS QUE PUEDEN SER OBJETO DE MODIFICACIÓN ANTES DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO, UNA VEZ SEA ADJUDICADO EL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA, LOS ESPACIOS EN BLANCO SE LLENARÁN.
CLÁUSULA PRIMERA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En atención al objeto del contrato, EL CONTRATISTA se obliga conforme a la propuesta y a todos los documentos que hacen parte integral del presente contrato a: |
1. GENERALES: 1. Suscribir oportunamente el acta de inicio y el acta de liquidación del contrato, conjuntamente con el/la supervisor/a del mismo, cuando corresponda 2. Entregar al supervisor los documentos elaborados en cumplimiento de las obligaciones contractuales, así como los informes y archivos a su cargo, requeridos sobre las actividades realizadas durante la ejecución del mismo (Cuando aplique). 3. Dar aplicación a los subsistemas que componen el Sistema Integrado de Gestión adoptados por la Secretaría Distrital de Gobierno. 4. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato, así como, respetar la titularidad de los derechos de autor, en relación con los documentos, obras, creaciones que se desarrollen en ejecución del contrato. 5. Dar estricto cumplimiento al Ideario Ético del Distrito expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., así como a todas las normas que en materia de ética y valores expedida la Secretaria Distrital de Gobierno en la ejecución del contrato. 6. No instalar ni utilizar ningún software sin la autorización previa y escrita de la Dirección de Tecnologías e Información de la Secretaría, así mismo, responder y hacer buen uso de los bienes y recursos tecnológicos (hardware y software), hacer entrega de los mismos en el estado en que los recibió, salvo el deterioro |
normal, o daños ocasionados por el caso fortuito o fuerza mayor, (cuando aplique). 7. Cuando se trate de personas naturales Realizar el pago de los aportes al régimen de seguridad social, en proporción al valor mensual del contrato, y entregar copia de la planilla correspondiente al supervisor del contrato para cada pago. 8. Cuando se trate de personas jurídicas. Entregar para cada pago, la certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal, que acredite el cumplimiento del pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar de los últimos seis (6) meses, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 o aquella que lo modifique, adicione o complemente. 9. Dar cumplimiento a la Guía Verde de Contratación Sostenible de la Secretaria Distrital de Gobierno. (Verificar en el SGI – Subsistema de Gestión Ambiental- Guía Verde de Contratación Sostenible – Documentos Guía), haciendo alusión a la ficha técnica que corresponde según el bien o servicio a proveer. Dar cumplimiento a la guía de contratación sostenible - la ficha No. 7, especificaciones técnicas 1 (Contar con un protocolo de manejo adecuado y disposición final de los residuos sólidos provenientes del mantenimiento de los equipos) y 3 (Enviar copia de los certificados de afiliación a la Seguridad social del personal técnico que realizará el mantenimiento) |
1. ESPECÍFICAS. El contratista se obliga a demás del cumplimiento de cada una de la obligaciones establecidas en la propuesta, Ficha técnica y anexo de Condiciones Técnicas, a las siguientes que hacen parte integral del presente contrato: 1. Elaborar dentro de los cinco días hábiles después de la firma del acta de inicio el cronograma para instalación, configuración y afinamiento de los productos adquiridos en el presente contrato, el cual debe ser aprobado por el supervisor del contrato. 2. Cumplir con las especificaciones técnicas previstas en los pliegos de condiciones, Ficha Técnica, Anexo técnico y demás documentos que hacen parte de la presente contratación. 3. Contar con la infraestructura técnica adecuada, para desarrollar las actividades descritas. 4. Realizar la configuración, instalación y puesta en marcha los productos adquiridos. 5. Realizar y entregar los informes solicitados por el supervisor del contrato relacionados con la instalación y configuración de los productos adquiridos. 6. Garantizar que la instalación de los agentes de antivirus no realice ningún bloqueo hacia las aplicaciones de la entidad. 7. Realizar la transferencia de conocimiento sobre el uso, funcionamiento y configuración de la licencia adquirida por la entidad de conformidad con las condiciones establecidas en el documento de condiciones técnicas. 8. Dar cumplimiento a lo especificado en la ficha y anexo técnico. 9. Las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza del contrato, de los estudios y documentos previos |
CLÁUSULA SEGUNDA - OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA: 1. Verificar a través del supervisor la correcta ejecución del objeto contratado. 2. Suministrar oportunamente la |
información, herramientas y apoyo logístico que se requiera para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. 3. Pagar el valor del contrato en las condiciones pactadas. 4. Verificar que el contratista realice el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar (cuando a ello haya lugar), en las condiciones establecidas por la normatividad vigente. 5. Verificar a través del supervisor del contrato, que el contratista de cumplimiento a las condiciones establecidas en la Directiva 01 de 2011 relacionada con la inclusión económica de las personas vulnerables, marginadas y/o excluidas de la dinámica productiva de la ciudad (cuando haya lugar). 6. Verificar a través del supervisor del contrato que el contratista de cumplimiento a los criterios ambientales establecidos en la guía de contratación sostenible y demás criterios ambientales contemplados en las especificaciones. 7. Las demás establecidas en la normatividad vigente. |
CLÁUSULA TERCERA - PLAZO: El plazo de ejecución del contrato será DOS MESES (2) MESES, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de ejecución y legalización del contrato. |
CLÁUSULA CUARTA - SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato podrá suspenderse en los siguientes eventos: a) Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que impidan su ejecución, cuya existencia corresponde calificar a la Secretaría. b) Por mutuo acuerdo, siempre que con ello no se causen perjuicios a la Entidad ni deriven mayores costos para esta. La suspensión se hará constar en acta suscrita por las partes. Como consecuencia de la suspensión el contratista se obliga a prorrogar la vigencia de los amparos de la garantía en proporción al término de la suspensión. El término de suspensión no se computará para efectos de los plazos del contrato. |
CLÁUSULA QUINTA - VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del contrato que se suscriba producto del presente proceso de selección será el valor total de **** ´pesos ($*********) M/cte., (incluido IVA) y todos los costos directos e indirectos que la ejecución del contrato conlleve de la propuesta seleccionada, sin que en ningún caso supere el presupuesto oficial asignado. LA SECRETARÍA, se compromete a pagar el valor del contrato subordinado a las apropiaciones que del mismo se hagan del presupuesto, de la siguiente manera: El valor del contrato se pagará así: La Secretaria Distrital de Gobierno pagará el valor del contrato resultante así: 1. Un pago equivalente al 100% del valor del contrato, una vez sea activada el licenciamiento y puesta en funcionamiento la solución En cada uno de las formas de pago se debe relacionar los siguientes documentos: 1. Informe de actividades debidamente firmado por el supervisor de contrato, el apoyo a la supervisión (si aplica) y el contratista 1. Certificado de cumplimiento o acta de recibo a satisfacción expedido por el supervisor del contrato. |
2. Acta de ingreso de los bienes al almacén. 3. Copia de la planilla de pago de los aportes al régimen de seguridad social, para el periodo cobrado, en proporción al valor mensual del contrato, cuando se trate de personas naturales 4. Certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal, que acredite el cumplimiento del pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar de los últimos seis (6) meses, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 o aquella que lo modifique, adicione o complemente, cuando se trate de personas jurídicas. Nota: (Sólo aplica para régimen común) De conformidad con el Numeral 7° Parágrafo 1° del artículo 499 del Estatuto Tributario, “Para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a 3300 UVT, el responsable del Régimen Simplificado deberá inscribirse previamente en el Régimen Común”. Por lo anterior los contratistas que para el presente año superen el monto establecido o quienes ya estuvieren inscritos en el Régimen Común, deberán presentar factura de venta, con los requisitos del artículo 617 del Estatuto Tributario, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA), para cada pago. PARAGRAFO: Los pagos que efectúe LA SECRETARÍA en virtud del contrato estarán sujetos a la Programación de Recursos del Programa Anual de Caja – PAC y los recursos disponibles en Tesorería. |
CLÁUSULA SEXTA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Las erogaciones que se ocasionen con el presente compromiso contractual se harán con cargo a la vigencia fiscal 2019 y al PAC, Según certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 687 del 06 xx Xxxxx de 2019. |
CLÁUSULA SEPTIMA - GARANTÍA: LA/EL CONTRATISTA se compromete a constituir a favor de BOGOTÁ D.C. SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO, NIT. 899.999.061-9, cualquiera de las siguientes garantías, de conformidad con el Decreto 1082 de 2015: 1. Contrato de seguro contenido en una póliza. 2. Patrimonio autónomo. 3. Garantía Bancaria. La garantía debe amparar los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales del contratista. LA/EL CONTRATISTA debe mantener vigente la garantía única y serán de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución. LA SECRETARÍA podrá solicitar al garante la prórroga o modificación de las garantías a cargo del contratista, cuando éste se negare a hacerlo, valor que se descontará de las sumas a él adeudadas, así: Cumplimiento. Por el diez (10%) del monto del contrato, vigente por el término de ejecución del contrato y un (1) años más que se contaran a partir de la firma del contrato. Este amparo debe garantizar el cumplimiento del contrato, el pago de la cláusula penal y de las multas. Calidad del servicio. Por el veinte (20%) del valor del contrato y vigente por el término de ejecución del contrato y un (1) años más, que se contaran a partir de |
la firma del contrato. Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados. Por el veinte (20%) del valor del contrato y vigente por el término de ejecución del contrato y un (1) años más, que se contaran a partir de la firma del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender la ejecución del presente contrato, o en cualquier otro evento, el contratista se obliga a modificar la garantía única de acuerdo con las normas legales vigentes. PARÁGRAFO SEGUNDO: El mecanismo de cobertura elegido por EL CONTRATISTA y que refiere esta cláusula, allegarse a través de la página Web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-XX. Cuando haya lugar a la modificación del plazo o valor consignado en el contrato el CONTRATISTA deberá constituir los correspondientes certificados de modificación de las garantías presentadas; si se negare a constituirlos, en los términos en que se le señalen, se hará acreedor a las sanciones contractuales respectivas. |
CLÁUSULA OCTAVA - SUPERVISIÓN: La supervisión del contrato será ejercida por el DIRECTOR DE TECNOLOGIAS E INFORMACIÓN. El supervisor ejercerá sus obligaciones conforme a lo establecido en el Manual de Contratación de LA SECRETARÍA, y está obligado a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado. El supervisor deberá realizar un seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato, en concordancia con el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011. Para tal fin deberá cumplir con las facultades y deberes establecidos en la referida ley y las demás normas concordantes vigentes. El DIRECTOR DE TECNOLOGIAS E INFORMACIÓN, podrá designar mediante comunicación escrita un servidor Público que se denominara “apoyo a la supervisión” y que tendrá como función apoyar a este en la supervisión en la ejecución de las obligaciones contractuales que se deriven del contrato. En ningún caso el supervisor del contrato podrá delegar la supervisión de contrato en un tercero. En todo caso el/la ordenadora del gasto podrá variar unilateralmente de manera temporal o definitiva la designación del supervisor, comunicando su decisión por escrito al CONTRATISTA, al supervisor designado y a la Dirección de Contratación. |
CLÁUSULA NOVENA - SANCIÓN PENAL PECUNIARIA: De conformidad con la Ley 1150 del 16 de julio de 2007, EL CONTRATISTA se obliga a pagar a LA SECRETARÍA una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, a título de tasación anticipada de perjuicios que ocasione en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total o parcial de sus obligaciones contractuales. PARÁGRAFO: El valor de la cláusula penal pecuniaria ingresará al Tesoro Distrital. EL CONTRATISTA autoriza con la |
firma del presente contrato a LA SECRETARÍA para que dicho valor sea descontado directamente del saldo a su favor. De no existir saldo a favor de EL CONTRATISTA, se hará efectiva la garantía constituida y si esto no fuere posible, se cobrará por la jurisdicción competente. |
CLÁUSULA DÉCIMA - MULTAS: De conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, en caso xx xxxx y/o incumplimiento total o parcial de alguna(s) de las obligaciones derivadas del objeto del presente contrato, el CONTRATISTA pagará a LA SECRETARÍA multas diarias y sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que la sumatoria de las multas supere el diez por ciento (10%) de dicho valor. PARÁGRAFO ÚNICO: El valor de las multas ingresará a la Tesorería Distrital. El CONTRATISTA autoriza con la firma del presente contrato a LA SECRETARÍA para que dicho valor sea descontado directamente del saldo a su favor. De no existir saldo a favor del CONTRATISTA, se cobrará por la jurisdicción competente. |
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Este contrato se dará por terminado en cualquiera de los siguientes eventos: a) Por mutuo acuerdo de las partes, siempre que con ello no se causen perjuicios a la Entidad. b) Por agotamiento del objeto o vencimiento del plazo sin que se haya suscrito una prórroga. c) Por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible continuar su ejecución. PARÁGRAFO: La terminación anticipada del contrato se hará constar en acta suscrita por las partes. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA – LIQUIDACIÓN: De conformidad con lo establecido en el inciso final del artículo 217 del Decreto 019 de enero 10 de 2012, la liquidación no es obligatoria en los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, no obstante de presentarse los eventos de terminación (a) y (c) de la cláusula décima segunda del presente contrato, procederá la liquidación y el pago del tiempo efectivamente servido; dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de recibo final, o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga, se procede a su liquidación por parte de LA SECRETARÍA mediante acta en la cual xxxxxxxxx las sumas de dinero recibidas por el contratista y la contraprestación de éste. En el acta se hará constar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de acuerdo con lo estipulado en el contrato. El acta de liquidación es suscrita por LA SECRETARÍA, LA/EL CONTRATISTA y el/la supervisor(a) del contrato. De otra parte, si LA/EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada directa y unilateralmente por LA SECRETARÍA y se adopta mediante acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. |
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA - RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA: El contratista responde por el incumplimiento pleno de sus obligaciones, en los términos de la Ley 80 de 1.993. |
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA - CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato ni los derechos u obligaciones derivados de él, ni subcontratar total o parcialmente sin la autorización previa expresa y escrita de LA SECRETARÍA, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9o. de la Ley 80 de 1993. |
DÉCIMA QUINTA - RÉGIMEN LEGAL APLICABLE Y JURISDICCIÓN: Este contrato se rige por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, demás decretos reglamentarios, y a falta de regulación expresa por las normas de los Códigos de Comercio y Civil Colombiano. Las eventuales controversias que surjan de la celebración, ejecución, terminación o liquidación del contrato serán competencia de la jurisdicción contencioso administrativa. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA - SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las partes acuerdan que para la solución de las diferencias y discrepancias que surjan de la celebración, ejecución, terminación o liquidación de este contrato acudirán a los procedimientos de transacción o conciliación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 80 de 1993. |
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA - VEEDURÍA: Este contrato está sujeto a la vigilancia y control ciudadano, en los términos que señala el artículo 66 de la Ley 80 de 1993. |
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA - EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: Teniendo en cuenta que el contratista actúa con plena autonomía técnica y administrativa, y sin subordinación frente a LA SECRETARÍA, se excluye cualquier vínculo de tipo laboral entre la Entidad y EL CONTRATISTA o el personal utilizado por este para el desarrollo del objeto del contrato. En consecuencia, será de exclusiva responsabilidad del contratista el pago de salarios y prestaciones a que hubiera lugar respecto del personal mencionado. |
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El contratista declara bajo juramento no hallarse incurso en ninguna inhabilidad o incompatibilidad legal para contratar con la Entidad y en particular en las establecidas en el artículo 8o. de la Ley 80 de 1993, el artículo 5º de la Ley 828 de 2003 y en la Ley 1474 de 2011. PARÁGRAFO: En caso de sobrevenir alguna inhabilidad e incompatibilidad con posterioridad a la firma del presente contrato, se procederá en la forma establecida en el artículo 9o. de la Ley 80 de 1993. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA PUBLICACIÓN EN EL SECOP: De conformidad con el artículo 223 del Decreto Nacional 019 de 2012, el presente contrato se publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA – ESTAMPILLA U.D.F.J.C: De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 53 del 10 de enero de 2002, corresponde al contratista el pago del uno por ciento (1.1%) por concepto de la estampilla Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx |
Xxxxxx 50 años, originado en el contrato, y sus adicciones, si las hubiere. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA – ESTAMPILLA DE PRO CULTURA DE BOGOTÁ. De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 187 del 20 de diciembre de 2005, corresponde al contratista el pago del 0.5% por concepto de la estampilla, originado en el contrato, y sus adiciones, si las hubiere. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA - ESTAMPILLA DE PRO PERSONAS MAYORES. De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 188 del 20 de diciembre de 2005 modificado por el artículo 67 del Acuerdo 645 de 2016, corresponde al contratista el pago del 2% por concepto de la estampilla, originado en el contrato, y sus adiciones, si las hubiere. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA - INCLUSIÓN DE CLÁUSULAS EXCEPCIONALES: En los términos del numeral 2º del artículo 14 de la Ley 80 de 1993, se pactan expresamente las cláusulas excepcionales al derecho común. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA - FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: En caso de surgir hechos imprevistos a los cuales no se pueda resistir que impidan total o parcialmente el cumplimiento por una u otra parte de las obligaciones contraídas por el presente contrato, el plazo de cumplimiento de las obligaciones será suspendido por las partes en un plazo igual al que duren tales circunstancias hasta que cesen las mismas. La parte contratante que resulte afectada por tales hechos y que no pueda por ello cumplir con las obligaciones contractuales, deberá notificar por escrito a la otra parte, inmediatamente al surgimiento y a la terminación de dichas condiciones. PARÁGRAFO: La suspensión constará por escrito suscrito por las partes. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA – PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: En concordancia con el artículo 2.2.1.1.2.3.1 del Decreto 1082 de 2015, el artículo 41 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 este contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes. Para su ejecución deben cumplirse los siguientes requisitos: a) Por parte de EL (LA) CONTRATISTA: Constitución de la garantía única. b) Por parte de LA SECRETARÍA: Existencia del certificado de disponibilidad presupuestal y aprobación de la garantía única. Para su legalización se requiere de la expedición del registro presupuestal correspondiente. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA - DOMICILIO: Para todos los efectos legales se fija como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C. |
FORMATO No.1.
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y fecha
Señores
Secretaría Distrital de Gobierno
Xxxxx 00 Xx. 0-00 xxxx 0 Xxxxxx D. C.
ASUNTO: Selección abreviada por subasta inversa electrónica No. SGSASI 003- 2019.
El suscrito obrando en su calidad de , en nombre y representación de con domicilio en , debidamente autorizado por la Junta de Socios (si es el caso), de conformidad con las condiciones que se estipulan en los documentos de la Selección Abreviada por Subasta Inversa SGSASI 003-2019, someto a consideración de LA SECRETARÍA, la siguiente propuesta cuyo objeto es: “REALIZAR LA ADQUISICION E IMPLEMENTACION, DE UNA SOLUCION DE ANTIVIRUS END POINT Y PROTECCION DE CORREO OFFICE 365 PARA LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO”
Manifestamos bajo la gravedad del juramento lo siguiente:
1. Que no nos encontramos incursos en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para licitar o contratar consagradas en las disposiciones contenidas en la Constitución Política, en los artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993, y las consagradas en el artículo 4 y artículo 5 de la Ley 828 de 2004, artículo 66 de la Ley 863 de 2003 y en las demás disposiciones legales vigentes sobre la materia. (en caso
de tratarse de un consorcio o unión temporal deberá manifestarse que ninguno de sus integrantes se encuentra en dicha situación).
2. Que la información suministrada en los documentos y anexos incluidos en esta propuesta me (nos) compromete(n) y garantizan la veracidad de las informaciones y datos de la propuesta.
3. Que los siguientes documentos de nuestra propuesta cuentan con reserva legal:
, según las siguientes normas:
4. Que una vez conocidas y tenidas las oportunidades para ello conocemos plenamente los riesgos que se puedan producir en su desarrollo y por lo tanto nos comprometemos a ejecutar el contrato por el término y cumpliendo con cada uno de los requisitos establecidos en el pliego de condiciones contados a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución, en consecuencia, renunciamos a cualquier controversia posterior derivada de una posible información incorrecta.
5. El término de validez de la propuesta es de
6. Que la clasificación de mi empresa es: pequeña:
grande
mediana
7. Adicionalmente y de conformidad con el artículo 56 de la ley 1437 de 2011, autorizo las notificaciones electrónicas de todos los actos que me deban ser notificados con ocasión del presente proceso de selección en el siguiente correo electrónico:
. Lo anterior, sin perjuicio de los mecanismos legales correspondientes que se emplea para las publicaciones del proceso.
Atentamente:
Nombre o Razón Social del Proponente: Nit:
Nombre del Representante Legal:
C.C. No:
FIRMA
FORMATO N.2 - RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE (ANEXO 2).
En el caso de consorcios y/o uniones temporales, el proponente deberá relacionar únicamente la experiencia según su porcentaje de participación.
RELACIÓN EXPERIENCIA DEL PROPONENTE | ||||||
ITEM | CONTRATANTE | OBJETO DEL CONTRATO | CODIFICACIÓN DE BIENES Y | VALOR EN | VALOR TOTAL DEL | FOLIO DEL RUP DONDE SE |
SERVICIOS DE | SMLMV | CONTRATO | RELACIONA EL | |||
ACUERDO CON EL | POR CADA | EN SMLMV | CONTRATO | |||
CÓDIGO | CODIGO* | QUE | ||||
ESTÁNDAR DE | PRETENDE | |||||
PRODUCTOS Y | HACER VALER | |||||
SERVICIOS DE | EN LA | |||||
NACIONES | EXPERIENCIA | |||||
UNIDAS | ||||||
REQUERIDO | ||||||
1 | ||||||
2 | ||||||
3 |
* Nota: Si el contrato registrado en el RUP se refiere a la prestación de diferentes suministros o servicios, se debe efectuar dentro del formulario una discriminación de los mismos con su valor correspondiente en SMLMV, para efectos de establecer los que se relacionan con la clasificación por el Código de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas requerido para el presente proceso de selección.
DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO QUE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN ESTE DOCUMENTO ES VERDADERA.
Nombre representante legal: CC:
Firma representante legal
FORMATO – ACEPTACIÓN DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (ANEXO 3)
Yo, , en mi condición de Representante Legal de
, declaro y acepto conocer íntegramente el contenido de todas y cada una de las especificaciones técnicas detalladas en el Pliego de condiciones que rige el proceso de Selección abreviada No. SGSASI 003-2019, y en especial las contenidas en
“CONDICIONES TÉCNICAS Y FICHA TECNICA”.
De igual manera, manifiesto haber efectuado en forma personal, un análisis detallado, minucioso y exhaustivo de las especificaciones técnicas mínimas contenidas en “CONDICIONES TÉCNICAS Y
FICHA TECNICA”, lo que indica expresamente, que bajo ningún motivo me exonero de la
responsabilidad que me acude a su cumplimiento.
Con la suscripción del presente formulario, en forma voluntaria e irrevocable, ACEPTO las condiciones técnicas planteadas por la SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO a través xxx xxxxxx de condiciones y en especial las contenidas en “ CONDICIONES TÉCNICAS Y FICHA
T ECNICA” y demás que puedan surgir a partir de las diferentes adendas generadas en desarrollo del
proceso; en consecuencia, ME COMPROMETO A DARLES ESTRICTO CUMPLIMIENTO.
DESCRIPCION | ACEPTACION EXPRESA |
ESPECIFICACIONES Y FICHA TÉCNICAS MÍNIMAS PARA: “REALIZAR LA ADQUISICION E IMPLEMENTACION, DE UNA SOLUCION DE ANTIVIRUS END POINT Y PROTECCION DE CORREO OFFICE 365 PARA LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO” | SI ACEPTO LAS ESPECIFICACIONES Y FICHA TECNICAS |
Cordialmente,
(Nombre y firma del representante legal del proponente) Cedula de Ciudadanía.
ANEXO - FORMATO No. 4 FICHA TECNICA
Teniendo en cuenta el numeral 1 del artículo 2.2.1.2.1.2.1 del Decreto Nacional 1082 de 2015, que indica que cada elemento o servicio a ser adquirido mediante subasta inversa debe tener una ficha técnica que incluya las características y especificaciones técnicas, la Secretaría en documento anexo establece las Condiciones Técnicas de los bienes y servicios a adquirir, el cual hace parte integral del presente proceso.
FICHA TECNICA PROTECCION DE CORREO CLOUD OFFICE 365
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
1 | Marca | Ofrecido por el Proponente | |||
2 | Modelo | Ofrecido por el Proponente | |||
3 | Catálogo | Debe anexar los catálogos o links de descarga del datasheet de la página oficial del fabricante | |||
4 | Generalidades | • La entidad requiere un servicio de seguridad para el correo electrónico en la nube del fabricante de la solución con capacidad mínima de protección en 3000 buzones de Microsoft Xxxxxx 000; esta solución en la nube deberá cumplir con las características técnicas descritas en el presente documento. • La solución deberá estar compuesta por un servicio en la nube del mismo o diferente fabricante de la solución de seguridad en correo la cual cumpla todas las funcionalidades de seguridad requeridas. • El servicio de correo en la nube deberá ser un sistema especializado de seguridad que sea capaz de proteger correo electrónico (E-mail) contra SPAM, Virus, Spyware y Gusanos (Worms). • Debe ser capaz de proteger correo electrónico entrante (desde Internet) y correo saliente (hacia Internet). • Capacidad incluida de conectarse en tiempo real a una base de datos centralizada en el fabricante de la solución ofertada para descargar actualizaciones antispam. El fabricante del hardware, software y firmas de seguridad deberá ser el mismo. • Posibilidad de funcionar como SMTP mail gateway para servidores de correo electrónico existentes. • Debe tener la capacidad de proteger correo basado en Xxxxxx 000 o Gmail, en caso de que la entidad lo requiera. • El servicio de correo electrónico, debe ser una solución que soporte plenamente los siguientes protocolos: o SMTP / SMTPs o POP3 / POP3S o IMAP /IMAPs o Web Mail / HTTPS • El servicio de protección de correo electrónico en la nube, deber contar con un sistema embebido de análisis de malware de dia-0 por medio de plataforma de Sandbox en la misma nube. • El servicio de protección de correo en la nube, se requiere por un tiempo mínimo de 1 año. | |||
5 | Desempeño de la solución | La solución de protección de Correo en la nube, deberá cumplir con las siguientes características de desempeño en cada uno de sus componentes así: • Debe poder ofrecer las características licenciadas de AntiSpam, Antimalware, Cifrado basado en identidad, DLP, Filtrado de URL y Sandbox, para mínimo 2000 Cuentas de Correo. |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
6 | Almacenamiento. | La solución de protección de Correo en la nube, deberá cumplir con las siguientes características de Almacenamiento en cada uno de sus componentes así: • Para el caso del servicio Gateway no deberá existir una limitante a nivel de almacenamiento. | |||
7 | Protección | • Protección contra ataques de negación de servicio por Mail Bombing • Verificaciones de DNS en reversa para proveer protección tipo Anti- Spoofing. • Posibilidad de establecer límites en la tasa de correos enviados (E-Mail rate limit) • Posibilidad de establecer políticas por destinatario/receptor de correo electrónico por dominio, para correo entrante o correo saliente • Capacidad de establecer perfiles (políticas) granulares de detección de SPAM y virus. Es decir, poder definir configuraciones específicas de mecanismos AntiSpam/Antivirus. • Capacidad de poder hacer cuarentena de correo, y acceder esa cuarentena mediante WebMail y POP3 • Filtraje de archivos anexos (attachments) y contenido de mensaje de correo • Filtraje de archivos anexos (attachments) y contenido de mensaje de correo • Inspección profunda de cabeceras de correo. • Filtraje estadístico Bayesiano. • Capacidad de bloquear usando listas en tiempo real xx XXXx y/o URLs de SPAM • Filtraje por palabra prohibida (Banned Word) • Rastreo por análisis de imágenes para detectar SPAM • Soporte a listas negras (blacklist) de terceros DNSBL • Revisión tipo lista gris (Graylist) • Revisión de IPs falsificadas (Forged IP) • Listas negras y blancas (usuarios/IPs permitidos o negados) a nivel global por equipo y personalizado por usuario • Soporte a rastreo antivirus/antispyware de archivos comprimidos y anidados • Posibilidad de reemplazo/edición de mensajes de notificación en Antivirus/AntiSpyware • Bloqueo por tipo de archivo en antivirus/antispyware • Soporte de SURBL Spam URI Realtime Block. • Análisis Bayesiano • Análisis Heurístico basado en los puntajes de las distintas categorías. • Listas Blancas con palabras para definir correos que no son SPAM. • Análisis de Fotos en los correos, capacidad de analizar JPG, GIF y PNG. • Se deben poder crear múltiples perfiles de detección de SPAM. • Se deben poder crear múltiples perfiles de Antivirus en email. • Se deben poder remplazar los archivos adjuntos infectados por títulos de correos indicando que se encontró un Virus. • El correo infectado se debe poder poner en Cuarentena. | |||
8 | Cifrado de Correo | • La solución debe soportar mecanismos de Cifrado de correo electrónico y traerlas incluidas y activas para todos los buzones requeridos, basado en identidad de usuario sin la necesidad de ser licenciado por usuarios, es decir la solución debe estar en la capacidad de encriptar correos salientes desde el momento que se instala y no debe ser necesario agregar licencias para esta característica. • No debe ser necesario instalar software o aplicativos en el cliente para poder hacer el cifrado de correo. • El cifrado se debe hacer basado en políticas como palabras claves en el subject. | |||
9 | Administración | • La solución debe poderse administrar vía web a través de un puerto seguro https. |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
10 | Reportes | • Deberá contar con un módulo de reportes, así como de rastreo de mensajes de correo. • La solución deberá poderse integrar de forma nativa con la plataforma de reportes y logs de la entidad. • El oferente deberá configurar los reportes solicitados por la entidad. | |||
11 | Implementación | • Configuración y estabilización de las plataformas ofertadas. • Entrega de la solución a satisfacción de la entidad. • Las actividades de instalación, configuración y puesta en producción de las soluciones ofertadas , deberán ser realizadas por personal certificado por el fabricante. • Levantamiento de información previo a la instalación de antivirus de end point en estaciones de trabajo y servidores . Se debe realizar la instalación, configuración, actualización y puesta en marcha de la solución. • En caso de requerirse por parte de la ENTIDAD, el contratista deberá entregar la consola de antivirus en su última versión disponible por el fabricante • Realizar las configuraciones necesarias para poner en funcionamiento la protección de correo office 365 . • Se deben configurar las alertas de monitoreo de las soluciones ofertadas • Todas las características contenidas en las especificaciones técnicas de este documento deberán ser ejecutadas durante la vigencia del contrato. • Presentar Plan de trabajo y cronograma de trabajo dentro de los quince (15) días siguientes a la suscripción del acta de inicio, para aprobación del supervisor y realizar los ajustes a que haya lugar. • Todas las funcionalidades ofrecidas deben incluir el correspondiente licenciamiento como mínimo un año . • La implementación deberá comprender los siguientes puntos: - Diseño y planeación de cada una de las actividades minimizando la afectación del servicio. - Configuración y alistamiento de la plataforma a la última versión estable aprobada por el fabricante. - Implementación de la solución de acuerdo con las mejores prácticas de los fabricantes, - Pruebas de Servicio. - Puesta en Producción. - Estabilización de la plataforma. | |||
12 | Transferencia de conocimiento | El oferente debe contemplar una capacitación en modalidad de transferencia de conocimientos para 3 funcionarios de la entidad, la cual debe incluir como mínimo temas de administración, Monitoreo y resolución de problemas de las plataformas objeto del presente contrato. | |||
13 | Garantías | el licenciamiento de las soluciones es requerido por un periodo de 1 año en un esquema 7 x 24 ante fabricante, a partir de su activación | |||
14 | Certificaciones de fabricante | El oferente deberá presentar la certificación que lo acredite como partner o canal directo de las soluciones ofertadas. Este documento debe ser expedido por el fabricante con fecha no mayor a 60 días calendario del cierre del proceso dirigido a la entidad. |
FICHA TECNICA SOLUCION DE ANTIVIRUS ENDPOINT
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
1 | Marca | Ofrecido por el Proponente | |||
2 | Modelo | Ofrecido por el Proponente |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
3 | Cantidad | 3000 | |||
4 | Catálogo | Debe anexar los catálogos o links de descarga del datasheet de la página oficial del fabricante | |||
5 | Generalidades | La Secretaria Distrital de Gobierno requiere una solución de antivirus para Nivel Central y alcaldías locales que deberá brindar protección para servidores, equipos portátiles y estaciones de trabajo, deberá estar soportado para instalarse en: Sistemas operativos Windows: Windows Vista (32 o 64 bits), Windows 7 (32 o 64 bits), Windows 7 Embedded, Windows 8 (32 o 64 bits), Windows 8 Embedded, Windows 8.1 ,Windows 10, Windows Server 2003 (32 bits, 64 bits, R2, SP1 o posterior), Mac OS X 10.6.8, 10.7 (32 bits, 64 bits); 10.8 (64 bits), Mac OS X Server 10.6.8, 10.7 (32 bit o 64 bits); 10.8 (64-bit), Linux CentOS, Debian, Oracle Linux, Red Hat, Suse y Ubuntu. Deberá ser capaz de proveer funcionalidad de protección con las siguientes tecnologías • Protección basada en firmas y definiciones • Motor de Machine Learning en la nube que permita ser escalable con bajos falsos positivos, con capacidades de detección pre-ejecución y detección de amenazas desconocidas y de día cero. • Motor DE reputación alimentado por mecanismos globales de inteligencia con información de archivos, direcciones IP, dominios, URL’s entre otros. • Análisis y monitoreo de comportamiento con protección contra Ransomware y ejecución de scripts maliciosos. • Tecnología para la mitigación de exploits que atacan soluciones comerciales que no están actualizadas tales como Acrobat, GoogleChrome, FlashPlayer; para evitar la infección de las máquinas de la compañía. Las técnicas de mitigación de exploits deberán ser como mínimo: o SEHOP o Java Security Manager o Stack Pivot o Force DEP o Force Address Space Layout Randomization o HeapSpray |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
o Null Page Protection o Carga de DLL’s o Stack NX o Rop Call o Rop Heap • La solución debe hacer uso de las tecnologías de machine learning, análisis de comportamiento y análisis de reputación para identificar archivos sospechosos y clasificarlos por el nivel de riesgo para luego priorizar la remediación y hacer cambios acertados en las políticas de protección. • La solución debe permitir, mediante un flujo de trabajo, ajustar los niveles de protección de intensidad de monitoreo y protección de los módulos de machine learning y análisis de comportamiento. • La solución debe tener capacidades de ejecución en equipos ubicados en sitios con poco ancho xx xxxxx y en endpoints aislados completamente de la red evitando hacer descarga de actualizaciones continuamente. • La solución debe tener control de dispositivos para Mac • La solución, haciendo uso del motor de análisis estático deberá ser capaz de revisar archivos polimórficos y empaquetados en un ambiente virtual liviano dentro del mismo endpoint sin degradar el rendimiento de las máquinas de la organización. • Protección contra amenazas a través de la protección proactiva contra el aprovechamiento de vulnerabilidades como el abuso del Exception Handler y ataques tipo Heap Spray • Antispyware • Firewall de Máquina para clientes Windows • IDS/IPS de punto final • Motor de detección y prevención contra intrusos • Control de aplicaciones • Control de dispositivos • Control de Integridad • Motor heurístico basado en comportamiento • Capacidad de Listas Blancas y negras para control de aplicaciones • Monitoreo de comportamiento de aplicaciones • Control físico de dispositivos • Protección de Integridad de la Máquina • Reportes avanzados. • Borrado seguro de malware residente en memoria difíciles de erradicar, para evitar el reinicio de servidores críticos. • La solución deberá permitir que el uso e integración de las tecnologías de protección sea a través de políticas configurables y flexibles en un esquema jerárquico (dominios, sitios, grupos, subgrupo, cliente, usuario, localidades, etc) para aplicar a perfiles de usuario o equipos en base a los |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
criterios definidos por la compañía y deberán asignarse desde la consola de administración de la solución. • La solución de protección deberá ser configurable para definir de forma flexible diferentes niveles de interacción con el usuario final, es decir permitir al usuario realizar algunas o varias funciones o restringirlas por completo. • La solución de protección deberá permitir que las actualizaciones llámese versiones, parches, adecuaciones o modificaciones propias de la solución de protección puedan realizarse de forma automatizada con escasa o nula interacción administrativa teniendo en cuenta un parque de equipos protegidos de la compañía de todas las estaciones de trabajo (Servidores y Computadores Personales). • La solución deberá ser capaz de prevenir la desinstalación sin autorización de la herramienta e incluso poder utilizar una contraseña. • La solución deberá ser capaz de evitar que los procesos correspondientes que proveen la protección sean manipulados, deshabilitados o comprometidos en forma mal intencionada o sin autorización. • La solución deberá ser capaz de enviar en forma automática al fabricante los riesgos de seguridad detectados para su revisión y valoración. • La solución deberá poder desinstalar la solución de antivirus existente antes de hacer la instalación del nuevo antivirus. • La solución deberá permitir la configuración flexible de acciones a tomar ante la detección de riesgos de seguridad. • La solución deberá ser capaz de configurar notificaciones sobre la detección de riesgos en base a roles o perfiles de responsabilidad definidos por la entidad • La solución deberá ser capaz de soportar esquemas de replicación, balanceo de cargas en las consolas de administración centralizadas para estar abiertos a la implementación de planes de recuperación de desastres y disponibilidad de servicio. • La solución deberá ser capaz de integrarse al directorio activo para importar y configurar estructuras organizacionales (usuarios y equipos) para ser cubiertos con la protección de seguridad. • La solución debe ser capaz de manejar diferentes formas de instalación en los equipos de los usuarios finales (por ejemplo, interactiva, silenciosa, reiniciar equipo o no) • La solución deberá contar con el respaldo de una base de datos de conocimientos, descargas, actualizaciones, documentación, soporte, seguimientos de casos, despliegue de información provista y mantenida directamente por el fabricante. • La solución deberá ser capaz de manejar un esquema que incluya cuarentena centralizada de los riesgos de seguridad detectados. • La solución deberá de ser capaz de proveer protección de seguridad tanto a usuarios finales administrados centralmente como a usuarios finales que descentralizados. • La solución deberá de ser capaz de proveer protección de seguridad tanto a usuarios finales como a servidores de propósito específico. • La solución deberá ser capaz de soportar la administración centralizada de un ambiente de mínimo 3000 usuarios finales. • La solución deberá ser capaz de soportar el uso de BDs externas (no propietarias de la solución) por ejemplo SQL server. • La tecnología de protección provista por la solución deberá ser altamente efectiva para la detección y remoción de riesgos de seguridad en la categoría de rootkits. La solución incorporará un motor de remoción para amenazas incluyendo la programación de reinicios para remover completamente las amenazas. • La instalación del agente de protección deberá poder realizarse de al menos los siguientes métodos: local utilizando la media de instalación, remotamente desde la consola, por medio de un servidor de Intranet o utilizando herramientas de distribución de terceros. • La comunicación del agente con la consola de administración deberá |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
poder realizarse por medio de los protocolos http y https para facilitar la inspección de tráfico y evitar la apertura de puertos en firewalls y otros dispositivos de red. • La solución deberá actualizar su contenido (firmas de detección de virus, firmas de detección de intrusos, listado de aplicaciones) desde la consola de administración, desde Internet, desde un equipo definido para la actualización local, inclusive en forma manual. • La solución de protección deberá incluir tecnología de antivirus y antispyware que detecte intentos de infección desde unidades de disco, unidades removibles, unidades compartidas, así como memoria. • La solución de protección podrá ser configurada para que al intentar abrir la interface del usuario solicite una contraseña, en caso de no conocer la contraseña, el usuario no podrá abrir la interface. • Las políticas para la solución de protección deberán poderse aplicar por computadora o por usuario, deberán poderse aplicar por grupo, subgrupo o a todo el universo de equipos. • La solución de protección deberá tener capacidad para identificar el tipo de red al cual se está conectando para adecuar las políticas de protección de antivirus y antispyware, Firewall, IPS, control de Dispositivos, así como de políticas de actualización. La detección de la ubicación deberá poder realizarse por al menos las siguientes variables: rango de dirección IP, dirección IP/nombre del servidor de nombres DNS, dirección IP/nombre del servidor de WINS, default Gateway. |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
6 | Administración | • Deberá contar con una consola de administración centralizada, desde la cual se pueda monitorear el estado de la seguridad en los equipos de cómputo de la compañía. • La consola deberá tener la capacidad de ser accedida desde cualquier punto de la red utilizando un navegador de páginas de Internet como Internet Explorer o Mozilla Firefox. • La consola de administración deberá mostrar en una gráfica el estado de la actualización de los patrones de detección en los agentes. En una tabla de mayor detalle deberá indicar el nombre del equipo, su dirección IP, el usuario que se firmó en el equipo y el sistema operativo. • La consola de administración deberá mostrar en una gráfica los intentos de infección más recientes, así como los equipos que presentaron dichos intentos de infección indicando además la acción tomada por el agente de protección. • La consola de administración deberá mostrar un indicativo del estado de la seguridad en Internet, este estado deberá permitir al administrador de la solución identificar los niveles de riesgo del exterior para poder realizar ajustes en las políticas de protección. • La consola de administración deberá funcionar como un repositorio central de políticas para las tecnologías de Antivirus, firewall personal, detección y prevención de intrusos, así como de protección al sistema operativo y control de dispositivos. • La consola de administración deberá contar con un esquema de autenticación local, con enlace al directorio activo o con un enlace por medio de RSA para autenticación fuerte. • La consola de administración deberá permitir la creación de administración por roles, para permitir a la compañía una segregación de funciones. • La consola de administración deberá permitir la generación de reportes gráficos que permitan identificar: los intentos de infección más repetidos en el ambiente de la compañía, los equipos con mayor número intentos de infección, versión del agente de protección instalado en los equipos y un reporte de los equipos con las firmas de contenido. • La consola de administración deberá integrar una función que permita reconocer equipos que no tengan el agente de protección instalado. Para posteriormente enviárselo a través de la consola. • La consola de administración deberá permitir la instalación remota del agente de protección en los equipos que no cuenten con dicho software. La instalación deberá poderse realizar dando el nombre del equipo, su dirección IP o una lista combinando ambas opciones. • La consola de administración deberá permitir la creación de roles para definir diferentes niveles de administración. • La herramienta debe poder aplicar diferentes políticas a los equipos clientes, de acuerdo a la ubicación de los mismos. Esta ubicación se podrá definir de acuerdo al tipo de conexión (ethernet, ethernet, vpn, dial-up), rango de IP, DNS, entre otros. • El motor de detección de Intrusos (IDS) permitirá la creación de firmas de detección de red para bloquear o monitorear el tráfico de red de aplicaciones. |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
7 | Características de la tecnología antivirus | • La tecnología de antivirus deberá contar con la certificación AV-Test más actual. • La tecnología de antivirus de la solución deberá ser capaz de detectar y eliminar spyware. • La tecnología de antivirus de la solución deberá ser capaz de analizar los mensajes de correo electrónico recibidos en los protocolos SMTP (Simple Mail Transfer Protocol) y POP3 (Post Office Protocol). • La tecnología antivirus de la solución deberá poder actualizar sus definiciones de virus desde Internet, el servidor central y desde un repositorio local (será decisión de la compañía determinar el método más adecuado teniendo en cuenta diversos factores), la actualización de definiciones deberá poderse programar para realizarse en un horario que no provoque afectación a la red. • La tecnología antivirus de la solución deberá ser capaz de realizar las actualizaciones de forma óptima, firmas de virus así como el motor de búsqueda (por ejemplo utilizando actualizaciones diferenciales y métodos de distribución). • La tecnología antivirus de la solución deberá ser capaz de analizar archivos comprimidos en al menos los siguientes formatos: ZIP, RAR, y TAR con capacidad de analizar hasta 10 niveles de compresión. • La tecnología de antivirus de la solución deberá ser capaz de definir exclusiones por tipo de archivo, directorios y tipo de amenaza. • La tecnología de antivirus deberá realizar escaneos de los equipos de manera eficiente, excluyendo todos aquellos archivos que, basados en reputación por parte del fabricante, no representen un riesgo, al contar con una buena reputación. • Las políticas de antivirus de la solución deberán poderse adaptar de acuerdo al reconocimiento de la red a la cual se está conectando. • El fabricante de la solución deberá tener su propio centro de investigación y respuesta de virus, además debe poder generar actualización a contenidos para las tecnologías de antivirus, el firewall personal y detección y prevención de intrusos. • La tecnología de antivirus deberá contar con tecnología de reputación, es decir que valide si un archivo goza de mala reputación para que este sea bloqueado, o si goza de buena reputación para que este sea excluido. • El agente deberá ofrecer protección al descargar archivos desde internet, al validar que el archivo descargado tenga una reputación aceptable, o en términos de distribución y antigüedad del mismo a nivel mundial. • La solución deberá contar con herramientas con permitan escáner máquinas virtuales off-line. • La solución deberá contar con la capacidad de excluir en las máquinas virtuales, todos aquellos archivos que ya hayan sido escaneados de una imagen base, con la finalidad de reducir el consumo de recursos. |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
8 | Características de la tecnología de firewall personal y prevención de intrusos | • La tecnología de firewall personal de la solución deberá ser de tipo stateful inspection capaz de analizar el tráfico en paquetes de tipo TCP, UDP, ICMP, ICMPv6, IP y en flujo de datos. • La tecnología de firewall deberá permitir soportar los protocolos IP, TCP, UDP, ICMP, ICMPv6, IP y Ethernet y crear reglas basados en dichos protocolos • La tecnología de firewall deberá permitir soportar del protocolo IP los tipos: ICMP, IGMP, GGP y otros para ser especificados en las reglas del firewall. • La tecnología de firewall de la solución deberá permitir la definición de reglas por aplicación, por protocolo, por horario, por dirección IP y por tipo de tarjeta de red. • La tecnología de firewall de la solución deberá integrar un módulo de detección y prevención de intrusos, deberá contener firmas de ataques, estas firmas deberán ser actualizadas desde Internet o desde el servidor central. El fabricante deberá especificar documentación de las firmas de protección contra intrusos integradas. • La tecnología de firewall de la solución deberá contener un módulo que permita el reconocimiento de explotación de vulnerabilidades no importando el método de explotación que se esté utilizando. • Firewall de punto final con soporte para IPv4 y IPv6. Dicho firewall estará soportado para máquinas servidores Windows 2008 R2 y posterior. • La tecnología de firewall de la solución deberá tener un módulo de inspección profunda para los protocolos DHCP, DNS y WINS. • La tecnología de firewall de la solución deberá ser capaz de configurar el navegador en modo seguro de tal manera que no publique la versión del navegador. • La tecnología de firewall de la solución deberá ser capaz de detectar y bloquear ataques de OS fingerprint y de generación de secuencias de TCP. • La tecnología de detección de intrusos de la solución deberá incluir ataques en diferentes categorías, las categorías incluidas deberán ser: ataques de buffer overflow, puertas traseras, ataques de negación de servicios, puertas traseras, programas de P2P, mensajeros y propagación de amenazas. • La tecnología de antivirus deberá contar un módulo de evaluación de posturas de seguridad, considerando al menos búsqueda de llaves de registro, estado de antivirus, la presencia de un archivo e inclusive ejecutar scripts y contar con una serie de respuestas en caso de ser necesario, desde el mismo software de antivirus, sin instalar un software adicional en los clientes o consola de administración adicional. • La tecnología de detección de intrusos también se deberá integrar al navegador de internet, para brindar protección a los usuarios finales. | |||
9 | Características de control de integridad | • La tecnología de análisis de integridad deberá poder identificar parches de sistema operativo instalados, software de terceros de seguridad instalados tales como Antivirus y Firewalls personales. • La tecnología de análisis de integridad podrá aplicar acciones correctivas cuando detecte que existe una faltante dentro del sistema. • La tecnología de análisis de integridad podrá aplicar acciones tales como descargar software, enviar a ejecutar aplicaciones, modificar llaves de registro, entre otros. • La tecnología de análisis de integridad deberá poder ejecutar scripts creados por el administrador en los equipos en donde se maneje una lógica simple de programación (Si la llave de registro es XXXX haga YYYYY). |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
10 | Características de control de aplicaciones para protección de sistema operativo | • La tecnología de protección de la solución al sistema operativo debe incluir mecanismos que eviten la ejecución de procesos maliciosos, estos procesos deberán poder ser definidos a través de políticas. • La tecnología de protección de la solución al sistema operativo deberá incluir mecanismos que eviten la escritura, lectura o modificación de archivos o directorios. Estos deberán poderse definir a través de políticas. • La tecnología de protección de la solución al sistema operativo deberá incluir mecanismos que eviten la escritura, modificación o eliminación de llaves de registro. Las llaves de registro a proteger deberán definirse por medio de políticas. | |||
11 | Características de bloqueo de dispositivos | • La tecnología de bloqueo de dispositivos de la solución deberá permitir el bloqueo de los siguientes dispositivos: USB, bluetooth, PCMCIA, SCSI. Tarjetas inalámbricas, además deberá permitir la definición de nuevos dispositivos por medio del Class ID y Device ID. • La tecnología de bloqueo de dispositivos de la solución deberá permitir la creación de exclusiones para permitir el bloqueo de USB, pero no del teclado y el Mouse, por ejemplo. • La tecnología de bloqueo de dispositivos de la solución deberá permitir el bloqueo de ejecución de programas desde dispositivos removibles. • La tecnología de bloqueo de dispositivos de la solución deberá permitir utilizar los dispositivos removibles como solo lectura. |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
12 | Solución EDR | • El oferente debe proveer una plataforma para abordar, visibilizar y remediar amenazas que puedan impactar los endpoints. • La solución ofertada debe poseer múltiples tecnologías de detección y protección para ofrecer una protección completa en todos los vectores. • Debe tener la capacidad de detectar por reputación, análisis dinámico, estático y por firmas. • La solución ofertada deberá integrarse completamente con la herramienta de protección de endpoint, también objeto de esta solicitud, y no deberá requerir de la instalación de agentes adicionales diferentes al agente de antivirus. • La solución ofrecida deberá tener una red de inteligencia de amenazas y APTs que comparta su información con otras soluciones del mismo fabricante. • La solución debe utilizar un servicio avanzado de análisis de malware dentro de la nube privada del proveedor para detonar malware conocido y/o desconocido. • Cualquier archivo que utilice técnicas de evasión y/o intente comprobar si se está ejecutando en un hipervisor o máquina virtual también debe ser detonado en un entorno físico para evitar malware que están escritos específicamente para evadir la ejecución en máquinas virtuales. • La solución debe ofrecer un reporte del malware analizado en menos de 15 minutos. • La solución debe tener la habilidad de detectar ataques multi-etapa y no debe ser una tecnología basada en archivos únicamente. • La solución debe estar en la capacidad de detectar ataques de tipo file- less y basados en scripts como PowerShell. • La solución debe tener la habilidad de detectar ataques multi-etapa sin tener conocimiento previo del malware. • Debe estar en capacidad de analizar cada etapa de un ataque avanzado, desde la explotación del sistema hasta los protocolos de comunicación externa del malware. • Debe estar en la capacidad de detectar malware desconocido en tiempo real sin el uso de listas y reglas estáticas. • La solución debe estar en la capacidad de mantenerse completamente efectiva sin necesidad de compartir información con el fabricante o las redes del fabricante. • La solución debe estar en la capacidad de detectar malware con una tasa mínima de falsos positivos gracias al uso de la red de reputación global del fabricante. • Debe estar en capacidad de definir listas negras y blancas que permitan bloquear y/o hacer excepciones sobre redes, hosts y archivos como mínimo. • La solución debe tener la capacidad de mostrar la geolocalización de los servidores de comando y control remotos. |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
• La solución debe identificar ataques dirigidos a la organización y los grupos de atacantes deberán ser informados por la misma. • La solución ofrecida debe reportar como mínimo los siguientes datos sobre un ataque: IP de Origen, IP Destino, Servidores C&C, URL, Clase de Malware, Ejecutables, protocolos usados y severidad. • La solución debe presentar los resultados de análisis de malware a través de un dashboard gráfico con reporte detallado sobre la amenaza. • La solución se deberá integrar con una herramienta SIEM de terceros vía syslog • El fabricante de la tecnología deberá proveer la infraestructura necesaria para soportar el análisis de cualquier cantidad de muestras. • La solución deberá poder realizar integraciones con productos de terceros vía API. • La solución no debe requerir el uso de un sistema operativo y/o aplicación en particular para el análisis y detonación de malware. • La solución propuesta deberá ofrecer la inteligencia para proveer el entorno adecuado para establecer el comportamiento del malware basado en información de telemetría. • La solución deberá integrarse con la solución de protección de endpoints permitiendo la detección, validación y contención de amenazas. • Todas las funcionalidades de la solución deberán trabajar incluso cuando la máquina no esté en la red corporativa sin requerir conexión VPN hacia la organización. • Los agentes instalados en las máquinas cliente, deberán controlarse dentro y fuera de la red corporativa para propósitos de detección, análisis y contención. • La solución deberá estar en capacidad de compartir indicadores de compromiso con la solución de protección de endpoints y ofrecer capacidades de remediación y cuarentena. • Debe tener la capacidad de realizar análisis forense sobre el malware identificado y proveer la siguiente información: o Reporte de modificaciones realizadas en el host o Permitir copia de los archivos maliciosos o Detalle de URL’s y direcciones IP involucradas con la amenaza o Reporte completo del incidente, incluyendo tipo de amenaza, actividad, endpoints involucrados. Información de severidad • La solución deberá estar en capacidad de distribuir reglas de bloqueo de malware a la solución de protección de endpoint sin la necesidad de agentes adicionales. • La solución deberá estar en la capacidad de detectar Rootkits a nivel de Kernel de sistema operativo. • La solución deberá detectar y controlar inyecciones “Reflective DLL.” • La solución deberá estar en la capacidad de grabar toda la actividad de los endpoint de la organización y almacenarla por un periodo de tiempo, que permita, posteriormente, realizar análisis forense y reconstruir acciones o momentos específicos en el tiempo. • Si la máquina se encuentra fuera de la red, deberá ser capaz de enviar los eventos directamente a través de la consola cloud o almacenar en un cache local la actividad para ser entregada a la consola central una vez restaure comunicación con la misma. • La solución deberá incorporar características de detección de ataques dirigidos e investigación sobre los grupos adversarios involucrados en el posible ataque. • El fabricante de la solución deberá ofrecer con la misma y sin costo adicional para la organización, servicios de respuesta a incidentes (de manera remota) para incidentes críticos que se presenten en la organización. • La solución deberá ser implementada como Appliance físico o virtual de propósito específico y la detonación del malware (sandbox) deberá realizarse 100% en la nube privada del fabricante. |
No. | Requisitos específicos | Requerimientos mínimos | Folio | Cumple/ No Cumple | |
• La solución de EDR no deberá requerir agentes adicionales instalados en el endpoint y deberá integrarse de manera nativa con la solución de protección de endpoint. | |||||
13 | Transferencia de conocimiento | El oferente debe contemplar una capacitación en modalidad de transferencia de conocimientos para 3 funcionarios de la entidad, la cual debe incluir como mínimo temas de administración, Monitoreo y resolución de problemas de las plataformas objeto del presente contrato. | |||
14 | Garantía | el licenciamiento de las soluciones es requerido por un periodo de 1 año en un esquema 7 x 24 ante fabricante, a partir de su activación | |||
15 | Certificaciones de fabricante | El oferente deberá presentar la certificación que lo acredite como partner o canal directo de las soluciones ofertadas. Este documento debe ser expedido por el fabricante con fecha no mayor a 60 días calendario del cierre del proceso dirigido a la entidad |
ANEXO TECNICO – FORMATO (ANEXO 5)
Teniendo en cuenta el numeral 1 del artículo 2.2.1.2.1.2.1 del Decreto Nacional 1082 de 2015, que indica que cada elemento o servicio a ser adquirido mediante subasta inversa debe tener una ficha técnica que incluya las características y especificaciones técnicas, la Secretaría en documento anexo establece las Condiciones Técnicas de los bienes y servicios a adquirir, el cual hace parte integral del presente proceso.
1 | PROTECCION CORREO OFFICE 365 | |
1.1 | GENERALIDADES | |
1.1.1 | Aspectos generales | La secretaria de Gobierno Distrital actualmente tiene su infraestructura de correo basada en nube con la tecnología de Xxxxxx 000, por lo que se requiere garantizar protección de la totalidad del tráfico de correo que entra y sale de los buzones de la Entidad, se requiere que esta herramienta sea capaz de analizar archivos adjuntos en correo electrónico y haga explotación de URLs en ambientes controlados además de soportar el tráfico total del vector de correo electrónico de la totalidad de las cuentas del servicio de correo electrónico institucional. Otro vector de ataque que se debe proteger está relacionado a la seguridad de estaciones de trabajo, por lo que se requiere una solución líder en el mercado que brinde protección mediante un único agente de la totalidad de las estaciones de trabajo, y preste visibilidad total de todas las amenazas registradas y bloqueadas que hayan sido detectadas por la herramienta. Por este motivo se requiere el suministro del licenciamiento y la implementación de una solución de Seguridad para correo electrónico para Xxxxxx 000 y protección especializada para punto final, que permita mejorar la postura de seguridad de la entidad. Esta solución debe estar basada en una arquitectura con productos reconocidos en el mercado de seguridad. La solución de Protección de correo electrónico y de punto final se encuentra detallada en las fichas técnicas |
2 | ACTUALIZACIONES DE SOFTWARE | |
2.1 | Actualizaciones de Software | ✓ El contratista deberá ofrecer un esquema de acceso a las actualizaciones de software disponibles para los productos durante la vigencia del contrato. ✓ La solución de protección de correo debe estar constantemente actualizada. ✓ Las actualizaciones de software, firmware y parches/fixes de la plataforma, deben ser realizadas por el proponente en forma integrada. El fabricante debe entregar periódicamente los detalles de parches soportados y su procedimiento de aplicación. ✓ Los agentes de antivirus deben configurarse de tal forma que las actualizaciones las realice sobre servidores designados por la SDG y no directamente hacia internet. |
3 | PERSONAL REQUERIDO PARA EL DESARROLLO DEL CONTRATO | |
3.1 | Personal. | El contratista deberá contar con el personal necesario para la implementación de la solución ofertada en el tiempo estipulado en el contrato. Dicho personal deberá ser calificado y certificado en la solución ofertada. |
Dicha validación se realizará por parte del supervisor del contrato. | ||
3.2 | Transferencia de Conocimiento | ✓ El Contratista debe ofrecer transferencia de conocimiento técnica, para tres (3) funcionarios de la entidad con una intensidad horaria de mínimo veinte (20) horas, sobre la operación y administración del equipos de los equipos ofertados, debe incluir material de estudio. |
4 | IMPLEMENTACION | |
4.1 | Implementación | ✓ Configuración y estabilización de las plataformas ofertadas. ✓ Entrega de la solución a satisfacción de la entidad. ✓ Las actividades de instalación, configuración y puesta en producción de las plataformas ofertadas, deberán ser realizadas por personal certificado por el fabricante. ✓ Levantamiento de información previo a la instalación y puesta en marcha de la solución de antivirus EndPoint y protección de correo. ✓ Realizar los ajustes necesarios para asegurar que todas las estaciones de trabajo tengan instalado el agente de antivirus y actualizado. ✓ Se deben configurar las alertas de monitoreo de la herramienta ofertada. ✓ Presentar Plan de trabajo y cronograma de trabajo dentro de los quince (15) días siguientes a la suscripción del acta de inicio, para aprobación del supervisor y realizar los ajustes a que haya lugar. ✓ Todas las funcionalidades ofrecidas deben incluir el correspondiente licenciamiento minimo un año ✓ Implementación de la solución de acuerdo con las mejores prácticas de los fabricantes. |
5 | GARANTÍA Y ALCANCE DE LA GARANTIA | |
5.1 | Garantía de fabrica | ✓ Garantía por un año |
5.2 | Niveles de Servicio | ✓ El contratista debe colocar a disposición del contratante, durante el tiempo de la Garantía, el recurso físico y humano necesario, para cumplir con los niveles de servicio y compromisos para los bienes adquiridos, en un modelo de 7*24*365*4, es decir, los siete días de la semana, las venticuatro horas del día todos los días del año y con un máximo tiempo de respuesta de cuatro (4) horas en sitio y tiempo de solución de 8 horas hábiles a partir de la solicitud de servicio, para atender los requerimientos de la Entidad, tras haberse solicitado por el Supervisor del Contrato. |
5.3 | Soporte en sitio y/o remoto | ✓ El contratista debe atender los requerimientos de Soporte Técnico en sitio y/o remoto durante el período de la vigencia del contrato , en la modalidad 7*24*365*4 (Siete días a la semana, Veinticuatro horas al día durante 365 días del año), con Cuatro (4) horas máximo de respuesta para los Bienes, relacionados con: ✓ Componentes de Software y/o Firmware, Configuración de Servicios, Software Especializado, etc.) |
5.4 | Soporte Telefónico | ✓ El proponente debe tener un call centet o centro de llamadas propio para prestar el servicio de soporte y este debe incluir atención de incidentes y consultas a través de llamadas telefónicas, correo electrónico, sesiones remotas y atención en sitio en horario Hábil y No Hábil. Para ello debe contar con un centro de servicio que cumpla con mínimo: • Software xx Xxxx de Servicio, donde se puedan registrar casos o incidentes de forma web, correo o teléfono. • Nivel de soporte 1 para atención remota, 2 para atención en sitio y 3 para soporte de especialista y escalamiento a fábrica. |
5.5 | Mantenimiento Preventivo | ✓ Como mínimo una (1) visita, según cronograma que se establecerá al inicio del contrato por el responsable de control de ejecución por parte de los contratantes En estas visitas se llevarán a cabo todas las labores pertenecientes a este tipo de mantenimiento tales diagnósticos de la solución objeto del contrato. El servicio no deberá significar costo alguno para los contratantes. ✓ Al finalizar cada visita correctiva y el proponente generará un informe de servicio en la que constará |
el resumen de las actividades realizadas (actualización, soporte y mantenimiento), problemas presentados, soluciones utilizadas y recomendaciones, así como las evidencias de estas actividades. De igual forma quedará constancia en la misma acta o informe de servicio si hubo cambio de software y/o en alguna configuración. | ||
5.6 | Certificación Directa de Fabrica | ✓ El oferente debe ser canal (partner) certificado en mínimo el segundo nivel del fabricante de la solución ofertada y estar en capacidad técnica de configurar, mantener y brindar el soporte sobre la plataforma. |
FORMATO No. 6 COMPROMISO CONSORCIAL
Entre:
i) , constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, representada por , mayor de edad de nacionalidad colombiana, identificado con la cédula de ciudadanía No.
de , quien actúa en su calidad de representante legal, Y
ii) , constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, representada por , mayor de edad de nacionalidad colombiana, identificado con la cédula de ciudadanía No.
de , quien actúa en su calidad de representante legal,
Celebran el siguiente acuerdo de CONSTITUCIÓN DE CONSORCIO (en adelante el “Acuerdo”), teniendo en cuenta los siguientes:
CONSIDERANDOS,
Que la SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO (en adelante LA SECRETARÍA) abrió el proceso de Selección Abreviada por Subasta Xxxxxxx Xx. XXXXXX 000-0000 para la: “REALIZAR LA ADQUISICION E IMPLEMENTACION, DE UNA SOLUCION DE ANTIVIRUS END POINT Y PROTECCION DE CORREO OFFICE 365 PARA LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO”
2. Que la presente Selección Abreviada por Subasta Inversa permite la participación de consorcios o uniones temporales para la presentación de propuestas;
3. Que las partes han decidido presentar una propuesta conjunta (en adelante la “Propuesta”), bajo la modalidad CONSORCIO para participar en la Selección Abreviada por Subasta Inversa.
De acuerdo con lo anterior las partes acuerdan lo siguiente:
ARTÍCULO 1. CONSORCIO. - El objeto del presente Acuerdo es constituir un consorcio entre: Y , plenamente identificados en el encabezamiento del presente Acuerdo, para participar conjuntamente en la Selección Abreviada por Subasta Inversa SGSASI 003-2019 de LA SECRETARÍA, en los plazos y condiciones requeridos en lo dispuesto en este documento.
La integración del consorcio se refiere únicamente al desarrollo de las actividades y ejecución de los actos necesarios para la preparación y presentación de la propuesta para participar en la Selección Abreviada por Subasta Inversa, así como al cumplimiento de las obligaciones directamente emanadas de la eventual adjudicación, de acuerdo con los términos y condiciones de la Selección Abreviada por Subasta Inversa, y los términos contractuales del contrato a que haya lugar en caso de ser adjudicatarios de la Selección Abreviada por Subasta Inversa.
Las partes acuerdan y manifiestan que el presente consorcio no constituye una persona jurídica distinta de las partes individualmente consideradas, ni sociedad de hecho, o sociedad alguna.
ARTÍCULO 2. DENOMINACIÓN DEL CONSORCIO. El Consorcio que las Partes constituyen mediante el presente Acuerdo se denominará para todos los efectos de la Selección Abreviada por Subasta Inversa y de la ejecución del contrato, en caso de resultar adjudicataria, "CONSORCIO _ ".
ARTÍCULO 3. SOLIDARIDAD. - Para efectos de lo ordenado en el artículo 7 de la ley 80 de 1.993, las Partes reconocen la solidaridad que resulte de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del contrato que se llegare a celebrar con LA SECRETARÍA.
ARTÍCULO 4. REPRESENTACIÓN. - Las Partes han designado a , domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No.
, expedida en , para que actúe como representante y vocero del Consorcio frente a LA SECRETARÍA y terceros.
El representante del consorcio tendrá todas las facultades necesarias para actuar en nombre del Consorcio y en el de cada uno de sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y presentación de la Propuesta y la celebración y ejecución del contrato en el caso de que LA SECRETARÍA adjudicase la Selección Abreviada por Subasta Inversa SGSASI 003-2019 al consorcio. En especial tendrá las facultades suficientes para:
• Presentar la Propuesta.
• Suscribir la carta de presentación de la Propuesta.
• Atender todos los posibles requerimientos que formule LA SECRETARÍA
relacionados con la Propuesta.
• Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se requiera para la elaboración y presentación de la Propuesta, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada por Subasta Inversa.
• Notificarse del acto administrativo de declaratoria de desierta del proceso, si hubiese lugar a ello.
• Suscribir el contrato.
• Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada por Subasta Inversa.
• Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre del consorcio.
• Presentar los reclamos a nombre del consorcio.
• Liquidar el contrato.
En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para el consorcio, los miembros del consorcio o los representantes legales de éstos el representante del consorcio tendrá la obligación de informarlo por escrito a la Dirección de Contratación de LA SECRETARÍA dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella.
Por el sólo hecho de la firma del presente Acuerdo, el representante legal acepta esta designación y entiende las obligaciones que se deriva del mismo.
ARTÍCULO 5. EXCLUSIVIDAD. - Durante la vigencia del presente Acuerdo las Partes se obligan a no participar directa o indirectamente en cualquier acto, negocio o contrato, relacionado con la presentación de otra Propuesta para la Selección Abreviada por Subasta Inversa SGSASI 0003-2019 de LA SECRETARÍA.
ARTÍCULO 6. REGLAS BÁSICAS. – (EL proponente DEBERÁ INDICAR LAS REGLAS BÁSICAS POR LAS CUALES SE REGIRÁN LAS RELACIONES INTERNAS DE LOS MIEMBROS DEL CONSORCIO.)
ARTÍCULO 7. VIGENCIA. - El presente Acuerdo tendrá vigencia hasta la expiración del contrato que se llegaré a celebrar con LA SECRETARÍA y tres (3) años más. En caso que la Propuesta presentada por el Consorcio no resulte favorecida, la vigencia del presente Acuerdo se extinguirá de manera automática.
ARTÍCULO 8. LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE- EL presente Acuerdo se rige por las leyes de la República de Colombia.
ARTÍCULO 9. CESIÓN. - No podrá haber cesión de participación entre los miembros del Consorcio.
Para constancia se firma en Bogotá, D.C. a los días del mes de de 20xx. POR POR
XX Y Y
Representante Legal Representante Legal
Nombre: Nombre:
C.C C.C
Firma: Firma:
Acepto el nombramiento como Representante Legal del Consorcio. Nombre:
C.C
Firma:
FORMATO No. 7 COMPROMISO UNIÓN TEMPORAL
Entre:
i) , constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, representada por , mayor de edad de nacionalidad colombiana, identificado con la cédula de ciudadanía No.
de , quien actúa en su calidad de representante legal, Y
ii) , constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, representada por , mayor de edad de nacionalidad colombiana, identificado con la cédula de ciudadanía No.
de , quien actúa en su calidad de representante legal,
Celebran el siguiente acuerdo de unión temporal (en adelante el “Acuerdo”), teniendo en cuenta los siguientes,
CONSIDERANDOS,
Que LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO (en adelante LA SECRETARÍA) abrió el proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa SGSASI 003-2019, para: “REALIZAR LA ADQUISICION E IMPLEMENTACION, DE UNA SOLUCION DE ANTIVIRUS END POINT Y PROTECCION DE CORREO OFFICE 365 PARA LA SECRETARIA
DISTRITAL DE GOBIERNO”, “(según lo indicado en los estudios y documentos previos)”.
1. Que los requisitos de la Selección Abreviada por Subasta Inversa SGSASI 003-2019, permite la participación de consorcios o uniones temporales para la presentación de propuestas;
2. Que las Partes han decidido presentar una propuesta conjunta (en adelante la “Propuesta”), bajo la modalidad de Unión Temporal para participar en la Selección Abreviada por Subasta Inversa SGSASI 003-2019.
De acuerdo con lo anterior las Partes acuerdan lo siguiente:
ARTÍCULO 1. UNIÓN TEMPORAL. - El objeto del presente Acuerdo es constituir una Unión Temporal entre: y , que se encuentran plenamente identificados en el encabezamiento del presente Acuerdo, para participar conjuntamente en la Selección Abreviada por Subasta Inversa SGSASI 003-2019, en los plazos y condiciones requeridos de conformidad con lo dispuesto en este documento.
La integración de la Unión Temporal se refiere únicamente al desarrollo de las actividades y ejecución de los actos necesarios para la preparación y presentación de la Propuesta para participar en la Selección Abreviada por Subasta Inversa, así como al cumplimiento de las obligaciones directamente emanadas de la eventual adjudicación, de acuerdo con los términos y condiciones de la Selección Abreviada por Subasta Inversa y los términos contractuales del contrato en caso de ser adjudicatarios de la Selección Abreviada por Subasta Inversa.
Las Partes acuerdan y manifiestan que la presente Unión Temporal no constituye una persona jurídica distinta de las Partes individualmente consideradas, ni sociedad de hecho, o sociedad alguna.
ARTÍCULO 2. DENOMINACIÓN DE LA UNIÓN TEMPORAL. - La Unión Temporal que
las Partes constituyen mediante el presente Acuerdo se denominará para todos los efectos de la Selección Abreviada por Subasta Inversa y de la ejecución del contrato, en caso de resultar adjudicataria, "UNIÓN TEMPORAL ".
ARTÍCULO 3. SOLIDARIDAD. - Para efectos de lo ordenado en el artículo 7 de la Ley 80 de 1.993, las Partes reconocen la solidaridad que resulte de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Propuesta y del contrato que se llegare a celebrar con LA SECRETARÍA.
PARÁGRAFO. No obstante, lo anterior, las Partes declaran que, para efectos de las sanciones que eventualmente se puedan imponer durante la ejecución y liquidación del contrato a que haya lugar, así como las derivadas de la Propuesta, se deberá atender tanto los porcentajes de participación como la distribución de responsabilidades que adelante se señalan en este Acuerdo.
ARTÍCULO 4. ACTIVIDADES Y PORCENTAJES DE PARTICIPACIÓN. - Sin perjuicio de
la solidaridad consagrada en el artículo inmediatamente anterior, las Partes acuerdan y manifiestan que los porcentajes de participación de cada una de ellas serán los siguientes, de acuerdo con cada uno de los eventos que se definen a continuación:
4.1. En relación con la participación de las Partes en la presentación de la Propuesta y en la ejecución y cumplimiento del contrato, en el evento en que la Selección Abreviada por Subasta Inversa sea adjudicada a la Unión Temporal, las partes concurrirán con las siguientes actividades y porcentajes de participación:
INTEGRANTE | ACTIVIDADES A EJECUTAR EN LA PROPUESTA | ACTIVIDADES A EJECUTAR EN LA EJECUCIÓN | % DE PARTICIPACIÓN |
(*) Discriminar actividades por ejecutar tanto en la presentación de la propuesta como en la ejecución del contrato, para cada uno de los integrantes de la unión Temporal.
ARTÍCULO 5. REPRESENTACIÓN. - Las Partes han designado a , domiciliado en Bogotá, D.C., ciudadano colombiano, identificado con la cédula de ciudadanía No.
, expedida en , para que actúe como representante y vocero de la Unión Temporal frente a LA SECRETARÍA y terceros.
El representante de la Unión Temporal tendrá todas las facultades necesarias para actuar en nombre de la Unión Temporal y en el de cada uno de sus miembros, en los asuntos relacionados directa e indirectamente con la elaboración y presentación de la Propuesta y la celebración y ejecución del contrato A QUE HAYA LUGAR en el caso de que LA SECRETARÍA adjudicase la Selección Abreviada por Subasta Inversa a la Unión Temporal. En especial tendrá las facultades suficientes para:
• Presentar la Propuesta.
• Suscribir la carta de presentación de la Propuesta.
• Atender todos los posibles requerimientos que formule LA SECRETARÍA
relacionados con la Propuesta.
• Suscribir cualquier otro documento y ejecutar cualquier otro acto que se requiera para la elaboración y presentación de la Propuesta, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada por Subasta Inversa.
• Notificarse del acto administrativo de declaratoria de desierta del proceso, si hubiese lugar a ello.
• Suscribir el contrato.
• Ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos necesarios para la ejecución del Contrato, dentro de los términos y condiciones de la Selección Abreviada por Subasta Inversa.
• Notificarse de los actos administrativos que lleguen a derivarse del contrato, lo cual hará a nombre de la Unión temporal.
• Presentar los reclamos a nombre de la Unión temporal.
• Liquidar el contrato.
En el evento de presentarse inhabilidades sobrevivientes para La Unión Temporal, los miembros de la Unión o los representantes legales de éstos el representante de la Unión Temporal tendrá la obligación de informarlo por escrito a la Dirección de Contratación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella.
Por el sólo hecho de la firma del presente Acuerdo, el representante legal acepta esta designación y entiende las obligaciones que se deriva del mismo.
ARTÍCULO 6. REGLAS BÁSICAS. – (EL proponente DEBERÁ INDICAR LAS REGLAS BÁSICAS POR LAS CUALES SE REGIRÁN LAS RELACIONES INTERNAS DE LOS MIEMBROS DE LA UNIÓN TEMPORAL)
ARTÍCULO 7. EXCLUSIVIDAD. - Durante la vigencia del presente Acuerdo las Partes se obligan a no participar directa o indirectamente en cualquier acto, negocio o contrato, relacionado con la presentación de otra Propuesta para la Selección Abreviada por Subasta Inversa SGSASI 003-2019.
ARTÍCULO 8. VIGENCIA. - El presente Acuerdo tendrá vigencia hasta la expiración del contrato que se llegaré a celebrar con LA SECRETARÍA y tres (3) años más. En caso que la Propuesta presentada por la Unión Temporal no resulte favorecida, la vigencia del presente Acuerdo se extinguirá de manera automática.
ARTÍCULO 9. LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE- EL presente Acuerdo se rige por las leyes de la República de Colombia.
ARTÍCULO 10. CESIÓN. - No podrá haber cesión de participación entre los miembros de la Unión Temporal.
Para constancia se firma en Bogotá, D.C. a los días del mes de de 20XX. POR POR
XX Y Y
Representante Legal Representante Legal
Nombre: Nombre:
C.C C.C
Firma: Firma:
Acepto el nombramiento como Representante Legal de la UT.
Nombre:
C.C
Firma:
FORMATO No. 8.
FORMULARIO ÚNICO HOJA DE VIDA DE PERSONA NATURAL
FORMATO No. 9
FORMULARIO ÚNICO HOJA DE VIDA DE PERSONA JURÍDICA
FORMATO No. 10
CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES. PERSONA JURÍDICA. ARTÍCULO 50 DE LA LEY 789 DE 2002.
(Use la opción que corresponda, según certifique el Representante Legal o el Revisor Fiscal)
Yo, , identificado con , en mi condición de Representante Legal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de certifico el pago de los aportes realizados por la compañía durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Yo, , identificado con , y con Tarjeta Profesional No. de la Junta Central de Contadores de Colombia, en mi condición de Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificado con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de , luego de examinar de acuerdo con las normas de auditoria generalmente aceptadas en Colombia, los estados financieros de la compañía, certifico el pago de los aportes realizados por la compañía durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de la propuesta para el presente proceso de selección, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)
Estos pagos, corresponden a los montos contabilizados y pagados por la compañía durante dichos 6 meses. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Nota: Para relacionar el pago de los aportes correspondientes a los Sistemas de Seguridad Social, se deberán tener en cuenta los plazos previstos en el Decreto 1406 de 1999 artículos 19 a 24 y Decreto 2236 de 1999. Así mismo, en el caso correspondiente a los aportes parafiscales: CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR, ICBF y SENA, se deberá tener en cuenta el plazo dispuesto para tal efecto en el Decreto 1464 de 2005.
EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL
VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACIÓN.
Dada en , a los ( ) del mes de de
FIRMA
NOMBRE DE QUIEN CERTIFICA
FORMATO 11 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Señores
SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO
Bogotá, D.C.
REFERENCIA: PROCESO PARA LA ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN SGSASI 003-2019
El (los) abajo firmante(s), actuando en nombre y representación de [nombre del Interesado. En el caso de Estructura Plural, debe incluirse el nombre de la Estructura Plural, así como el nombre de cada uno de sus miembros] por medio de la presente en desarrollo del proceso de subasta inversa SGSASI 003-2019, cuyo objeto consiste en: “REALIZAR LA ADQUISICION E IMPLEMENTACION, DE UNA SOLUCION DE ANTIVIRUS END POINT Y PROTECCION DE CORREO OFFICE 365 PARA LA SECRETARIA DISTRITAL
DE GOBIERNO”,me permito suscribir el siguiente Compromiso Anticorrupción, en los siguientes términos:
El presente Compromiso Anticorrupción, constituye una manifestación ética de los participantes en el proceso y tiene por objeto minimizar la ocurrencia de hechos contrarios a la ética de lo público provenientes tanto de la iniciativa privada, como la pública y promover un entorno de competencia justa y de amplia visibilidad ante la opinión pública.
1. Cumplir estrictamente, en su letra y su espíritu la Ley Aplicable.
2. No ofrecer sobornos, dádivas, recompensas o gratificaciones con el fin de incidir con las decisiones relacionadas con el presente proceso.
3. Denunciar de manera inmediata ante las autoridades competentes cualquier ofrecimiento, favores, dádivas prerrogativas, recompensas o gratificaciones efectuadas por Interesados y/o proponentes a funcionarios públicos o a sus asesores que estén directa o indirectamente involucrados en la estructuración, manejo y decisiones del proceso, durante el proceso, antes del inicio y/o durante la etapa de evaluación, que pueden ser interpretadas como efectuadas con la intención de inducir alguna decisión relacionada con la adjudicación.
4. Adicionalmente, en el evento de conocerse casos especiales de corrupción, reportar el hecho a la Veeduría Distrital y a la Secretaria de Transparencia de la Presidencia de la República o el correo: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
5. Hacer un estudio completo del proyecto y xxx xxxxxx de condiciones definitivo a fin de contar con los elementos de juicio e información económica relevante y necesaria para tomar una decisión sustentada para presentar una propuesta. Lo anterior, con el propósito de que la misma sea seria y honesta de tal manera que permita participar en el proceso de selección y en caso de resultar adjudicatario, ejecutar todas las obligaciones contenidas en el contrato, así como asumir los riesgos asociados a la ejecución del mismo.
6. Solicitar u ofrecer cualquier información utilizando los procedimientos previstos en el pliego de condiciones.
7. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el proceso de contratación.
8. Declarar públicamente que se conocen y aceptan las condiciones establecidas en el pliego de condiciones, lo cual se hace a través de la presentación de la Propuesta.
9. No utilizar en la etapa de evaluación de las propuestas argumentos carentes de sustento probatorio para efectos de buscar la descalificación de competidores.
10. Interpretar de buena fe las normas aplicables al proceso de selección, de manera que siempre produzcan los efectos buscados por las mismas.
11. No incurrir en falsedad de los documentos exigidos para cumplir con los requisitos xxx xxxxxx de condiciones.
12. Igualmente se acepta que durante la evaluación de las propuestas prime el criterio de respetar el espíritu de la Ley Aplicable y los aspectos de fondo por encima de la forma, buscando siempre la aplicación del deber de selección objetiva.
13. Actuar con lealtad hacia los demás interesados y/o proponentes, así como frente a la Entidad. Por lo tanto, abstenerse de utilizar herramientas para dilatar el proceso de selección.
14. Abstenerse de hacer manifestaciones orales o escritas en contra de los demás proponentes y sus propuestas o terceros, sin contar con las pruebas suficientes, las cuales deberán estar a inmediata disposición de la Entidad para corroborar tales afirmaciones en caso de que se presenten.
15. Así mismo, el interesado y/o proponente (en adelante cualquiera los “Obligados”), se comprometen a:
a. Suscribir entre los empleados, proveedores y subcontratistas un pacto ético de conducta que garantice la probidad y transparencia de las actuaciones de todos
los involucrados en la preparación de la propuesta y en la ejecución del contrato.
b. En caso de presentarse alguna queja o denuncia sobre la ocurrencia de un acto corrupción durante el proceso de selección o con cargo al contrato, los obligados darán conocimiento a la Entidad y a las autoridades competentes de la ocurrencia de tal situación y de los pagos hechos hasta la fecha a terceros.
c. No ofrecer trabajo como parte del Obligado que resulte adjudicatario a ningún funcionario público o contratista vinculados en la Entidad, ni a sus familiares en primer grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil a partir de la adjudicación y hasta el año siguiente a la finalización de la ejecución del Contrato.
d. No ofrecer gratificaciones o atenciones en especie, ni financiar fiestas, recepciones u homenajes a funcionarios públicos, durante las diferentes etapas del proceso de selección, ni durante la ejecución del Contrato.
Nombre del proponente
Nombre del Representante Legal
C. C. No. de
(Firma del proponente o de su Representante Legal
FORMATO N. 12
(ANEXO 1- SE DILIGENCIA EN LINEA EN LA PLATAFORMA).
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA
El proponente debe diligenciar el ANEXO DE PROPUESTA ECONÓMICA (En línea), ofertando la totalidad de los ítems relacionados, cumpliendo con lo estipulado en el presente documento y acogiéndose a los requisitos técnicos estipulados en este documento.
Estudio xx xxxxxxx Secretaria Distrital de Gobierno | ||||
Item | Descripción | Cantidad | Precio Unitario (incluido IVA) | Precio Total (incluido IVA) |
1 | Endpoint Protection Antivirus. Endpoint Detection and Response. Puesta en servicio y soporte por un año | 3000 | ||
2 | Email Security Cloud (3000 buzones) puesta en servicio y soporte por un año | 1 | ||
Total |
Nota: En ningún caso la oferta inicial y los lances, puede superar el promedio por ítem y total incluido IVA establecido por la entidad al realizar el estudio xx xxxxxxx, por tal motivo la entidad revisará la oferta inicial y los lances de precio del proponente a quien se adjudique el presente proceso y en caso que supere el tope establecido en el estudio mercado procederá a su rechazo.
La oferta económica debe expresarse en pesos colombianos, en números enteros, por lo cual deberá efectuarse el correspondiente ajuste al peso más cercano, por exceso o por defecto. En consecuencia, si es necesario efectuar operaciones aritméticas y resultan fracciones iguales o superiores a 50 centavos, se aproximarán al peso siguiente, pero si la fracción es inferior a 50 centavos, se debe aproximar al peso inmediatamente anterior. En caso de incumplimiento de lo aquí señalado, la administración realizará la correspondiente corrección aritmética.