Requisitos para el zarpe Cláusulas de Ejemplo

Requisitos para el zarpe. Ninguna nave podrá salir del puerto sin el zarpe que expide la autoridad marítima, conforme a las exigencias legales. * En el caso de operaciones de importación (descargue), a instalación portuaria, previa verificación de los estados de hechos y demás soporte de la operación, termina la operación de descargue de la motonave, le informa a la agencia marítima que la operación ha finalizado, para que se gestione el zarpe de la motonave. En caso de presentarse faltante en la carga, el operador portuario procederá a realizar la carta de protesta donde queda registrado esta información y el coordinador de operaciones procede a subir a la motonave para realizar la firma del estado de hechos originales del total de la mercancía descargada, quedando la motonave lista para Zarpar. Terminado el descargue de la motonave, el departamento de aduanas procede a realizar el informe de descargue e informe de carga recibida, en el Sistema informático aduanero de la Autoridad Aduanera. Si concluida la descarga del buque éste no tiene que recibir carga o lastre, ni reparase de avería, el agente marítimo pedirá a la DIMAR, la correspondiente autorización para zarpar. * En el caso de operaciones de exportación (cargue), una vez se informa de la finalización y el operador portuario haya realizado el respectivo Draft Survey donde se certifica el tonelaje embarcado, se elabora por parte del agente marítimo los correspondientes conocimientos de embarque, planos de estiba, manifiestos de carga, estado de hechos, BL, acta de zarpe que lo otorga la DIMAR y acta de inspección realizada por antinarcótico y dependiendo del destino se realiza la inspección subacuática. El coordinador de operaciones y/o representante del cliente exportador, proceden a subir a la motonave para realizar la firma del estado de hechos y de los Bls originales del total de la mercancía cargada, quedando la motonave lista para Zarpar. Antes del zarpe de la motonave (entre una y dos horas), el coordinador operativo de la Instalación Portuaria, anuncia y solicita mediante un correo electrónico a la Policía Antinarcóticos, el cierre del buque (cierre escotilla) con la finalidad que éstos programen la respectiva inspección y a la armada nacional para que se defina si se requiere realizar inspecciones subacuáticas; es importante mencionar que queda a criterio de policía antinarcóticos la decisión de realizar o no la inspección. La evidencia de la inspección a la motonave queda registrada en la minuta del coordinador de...
Requisitos para el zarpe. El zarpe será autorizado por SP Dique previa presentación de la autorización de zarpe emitida por la Capitanía de Puerto xx Xxxxxxxxx y documentos referentes a la carga. Se deberá verificar que exista en la nave un calado igual o inferior al autorizado por Capitanía de Puerto, que estén presentes todas las partes que intervienen en la operación de desamarre y zarpe, tales como Piloto practico a bordo, remolcadores, amarradores, lanchas etc. Deberá contarse con autorización de la estación Control Tráfico Marítimo del puerto xx Xxxxxxxxx vía VHF y deberán existir condiciones meteorológicas que permitan una maniobra segura.
Requisitos para el zarpe. No aplica.
Requisitos para el zarpe. Ninguna nave podrá salir del puerto sin el zarpe que expide la autoridad marítima, conforme a las exigencias legales. La agencia marítima es la responsable de realizar el trámite ante la autoridad marítima una vez el buque haya terminado el cargue y cumpla con la documentación respectiva.
Requisitos para el zarpe 

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  • REQUISITOS PARA PARTICIPAR 4.1 EN LA LICITACIÓN. 4.1.1 Para poder participar en esta licitación, es requisito indispensable que cada licitante presente y entregue sus proposiciones de acuerdo a lo indicado en esta convocatoria, por lo tanto, no se aceptarán aquellas proposiciones que presenten aspectos diferentes a los solicitados. 4.1.2 Ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. 4.1.3 A los actos de carácter público de las licitaciones de acuerdo al artículo 39, párrafo quinto del Reglamento, podrá asistir cualquier persona que sin haber obtenido la convocatoria manifieste su interés de estar presente en dichos actos, bajo la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos; de igual manera podrán asistir representantes de las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras organizaciones no gubernamentales. 4.1.4 De acuerdo al artículo 37 Bis de la Ley y 35 del Reglamento, las actas que se elaboren de las Juntas de Aclaraciones y de las dos etapas del Acto de Presentación y Apertura de las Proposiciones y del Fallo del procedimiento de licitación, cuando éste se realice en junta pública, serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, se pondrán al finalizar dichos actos, para efectos de su notificación a disposición de los licitantes que no hayan asistido, fijándose copia de dichas actas en el estrado de la Dirección de Adquisiciones sita en Av. Xxxxx xx Xxxxx No. 79, 4° piso, Esq. con Xx. Xxxxxxxx, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, México D.F., C.P. 06010; por un término no menor de cinco días hábiles; siendo de la exclusiva responsabilidad del (los) licitante(s) acudir a enterarse de su contenido y obtener en su caso, copia de las mismas, en caso de que los licitantes proporcionen correo electrónico, se enviará vía electrónica las actas respectivas. Dichos procedimientos sustituirán la notificación personal. Así mismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en Compranet para notificar a los licitantes que no hayan asistido. 4.1.5 Recibidas las proposiciones en fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de licitación hasta su conclusión. 4.2 EN LA JUNTA DE ACLARACIONES. 4.2.1 La convocante en la junta de aclaraciones dará lectura a todas y cada una de las preguntas recibidas dentro del plazo estipulado, no obstante, si estas requieren de un mayor análisis o si debido a su complejidad no se les puede dar respuesta en el mismo acto, podrán celebrarse las juntas de aclaración que sean necesarias señalándose al final de la primera junta la fecha y hora para la celebración de la segunda o ulteriores, al concluir el evento se levantará el acta respectiva que contendrá tanto las preguntas recibidas como sus respuestas, la cual será firmada por todos los asistentes al acto, y se les entregará una copia de la misma, poniéndose una copia a disposición de los licitantes que no hayan asistido y se fijará en el estrado de la Dirección de Adquisiciones sita en Xxxxxxx Xxxxx xx Xxxxx Xxxxxx 79 Cuarto piso, esquina con Xx. Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, México, D.F., C.P. 06010, por un término no menor de cinco días hábiles; siendo de la exclusiva responsabilidad del (los) licitante(s) acudir a enterarse de su contenido y obtener en su caso, copia de las mismas, en caso de que los licitantes proporcionen correo electrónico, se enviará vía electrónica la (s) acta (s) respectivas. Así mismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta en Compranet para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá la notificación personal. Independientemente de lo anterior, el contenido de dicha acta podrá ser consultado en el portal de transparencia “CompraSEP”. Las modificaciones y aclaraciones que se hicieren durante este evento se podrán llevar a cabo a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo difundir dichas modificaciones en el sistema de CompraNet, las cuales serán consideradas parte integrante de la presente convocatoria, por lo que deberán tomarse en cuenta por los licitantes para la elaboración de las proposiciones. Las modificaciones que se mencionan en el párrafo anterior en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. 4.3 PARA REGISTRARSE EN LA LICITACIÓN

  • REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

  • REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato: a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

  • REQUISITOS HABILITANTES Las propuestas que reúnan las condiciones de capacidad jurídica, experiencia del proponente y experiencia y formación del personal requerido, capacidad financiera y capacidad organizacional, que se establecen en el presente numeral, serán susceptibles de evaluación los proponentes. De acuerdo con lo establecido en el artículo 6° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 19 de 2012, “Todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, se inscribirán en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal”. Para el caso de los extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia, los requisitos habilitantes se verificarán directamente por la entidad contratante, de acuerdo con lo establecido en el presente documento. El Icfes verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes a través del Registro Único de Proponentes de acuerdo con lo contenido en el numeral 2 del artículo 23 del Acuerdo No. 006 de 2015 –Manual de Contratación en concordancia con lo previsto en los artículos 2.2.1.1.1.5.2., 2.2.1.1.1.5.3. y 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015 y en el “Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación” expedido por Colombia Compra Eficiente. De conformidad con el numeral 2 del artículo 23 del Acuerdo No. 006 de 2015 –Manual de Contratación en concordancia con el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, solo en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del proponente adicionales a los contenidos en el RUP, la entidad estatal puede hacer tal verificación en forma directa. Atendiendo los lineamientos señalados en el numeral 2 del artículo 23 del Acuerdo No. 006 de 2015 –Manual de Contratación, el Icfes estableció los requisitos habilitantes de la presente invitación abierta teniendo en cuenta: a) el riesgo del proceso de contratación; b) naturaleza y valor máximo del contrato de prestación de servicios objeto de la presente invitación abierta; c) el análisis del sector; y d) el conocimiento de los posibles oferentes desde la perspectiva comercial.

  • requisitos De la empresa Son empresas promovidas principalmente por asociaciones de personas con discapacidad y/o sus familiares, sin perjuicio de que cualquier persona física o jurídica pueda constituir uno. El objetivo principal de estos centros es la integración laboral y por tanto social de personas con discapacidad. Para obtener la calificación de Centro Especial de Empleo, las empresas deben contar en su plantilla con un mínimo del 70% de trabajadores con discapacidad y solicitar la correspondiente calificación a la administración competente. Los Centros Especiales de Empleo son empresas cuyo objetivo principal es el de proporcionar a los trabajadores con discapacidad la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y que facilite la integración laboral de éstos en el mercado ordinario de trabajo. Pueden ser creados por las Administraciones Públicas, directamente o en colaboración con otros organismos. Por Entidades, por personas físicas, jurídicas o co- munidades de bienes, que tengan capacidad jurídica y de obrar para ser empresarios. Pueden tener carácter público o privado, con o sin ánimo de lucro. Es indispensable la calificación e inscripción en el Registro de Centros del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), o, en su caso, en el correspondiente de las Administraciones Autonómicas. La gestión está sujeta a las mismas normas que afectan a cualquier empresa. Podrán solicitar los beneficios que a continuación se indican los Centros Especiales de Empleo que contraten trabajadores con discapacidad por tiempo indefini- do a jornada completa o parcial. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la apli- cación de las bonificaciones correspondientes. Si durante el periodo de bonificación existe una falta de ingreso en plazo reglamentario de dichas obligaciones, se producirá la perdida automática de las bonificaciones reguladas en el presente Programa, respecto de las cuotas correspondientes a periodos no ingresados en dicho plazo, teniéndose en cuenta dicho periodo como consumido para el computo del tiempo máximo de bonificación. No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no pres- critas, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, Texto Refundido aprobado en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx. Los Centros Especiales de Empleo que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa. Las empresas deberán solicitar los trabajadores con discapacidad de la correspondiente Oficina de Empleo.

  • IDENTIFICACIÓN DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO PARA CUBRIR EL COMPROMISO DERIVADO DEL CONTRATO El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato está previsto conforme al siguiente detalle: Año T.P. Programa Sub Programa Proyecto Objeto de Gasto F.F. O.F. Departamento Monto Esta contratación está incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº

  • CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EPM prestarán el servicio de energía eléctrica dentro de sus posibilidades técnicas y económicas, bajo la modalidad de residencial y no residencial (comercial, oficial, industrial), en las condiciones de continuidad y calidad establecidas en la ley. Una vez presentada la solicitud por parte del USUARIO, esta será resuelta dentro los 15 días hábiles siguientes a la fecha de su presentación, a menos que se requiera de estudios especiales para autorizar la conexión, en cuyo caso EPM en calidad de operador de red dispondrán de un plazo de tres (3) meses para realizar la conexión. Una vez el USUARIO adelante ante EPM el trámite de conexión a la red, o en su representación lo haga un comercializador, se deberá manifestar explícitamente el comercializador en la solicitud, de lo contrario se entenderá que el USUARIO ha seleccionado a EPM como su comercializador de energía. Los aspectos relativos a la conexión y el procedimiento para efectuarla, así como los requerimientos técnicos, se regirán por las disposiciones contenidas en el RETIE, el Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica (Resolución CREG 070 de 1998) o normas que lo aclaren, modifiquen o remplacen, y las normas que adopte o defina EPM. Parágrafo 1. Para la solicitud del servicio por primera vez, el USUARIO deberá tramitar ante EPM el formulario respectivo, adjuntando los documentos que identifiquen al USUARIO potencial, el inmueble, y las condiciones especiales de suministro, si las hubiere. Así mismo para la legalización del servicio, EPM verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales. Parágrafo 2. EPM cobrará las siguientes actividades asociadas con el servicio de conexión, cuando estas sean prestadas por ellas: el suministro y calibración del equipo de medición, el suministro de los materiales de la acometida, la ejecución de las obras de conexión y cualquier otro que pueda llegar a generarse en ejecución del presente contrato. Cuando el constructor de un condominio, urbanización o copropiedad de tipo residencial o no residencial haya cubierto los respectivos cargos asociados a la conexión, EPM no podrá cobrar de nuevo a los usuarios por estos conceptos. Parágrafo 3. La conexión a la red de la acometida deberá ser efectuada por EPM o personal autorizado por estas.

  • REQUISITOS TÉCNICOS En el procedimiento de contratación el OFERENTE deberá presentar la siguiente documentación en papel membretado, con nombre y firma del representante o apoderado legal en la última hoja y rúbricas en el resto de las hojas que integren cada uno de los requisitos, además se deberá incluir el RFC, domicilio, correo electrónico y número telefónico de contacto: a) Propuesta técnica: Se describirán de manera clara y precisa las características técnicas de los bienes descritos conforme a lo establecido en el ANEXO UNO y DOS de las presentes ETAs, indicando el origen del bien. Asimismo, se deberá incluir la transcripción textual y completa de las presentes ETAs, por lo que se deberán incluir todas las hojas que lo conforman. b) El PROVEEDOR deberá de presentar un Programa de Fabricación de los Bienes por cada una de las PARTIDAS ofertadas. Dicho programa deberá contemplar el plazo máximo de los 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes al inicio de la contabilización del plazo de entrega de los bienes. De conformidad con lo establecido en los numerales 3.1. y 3.3., en los que se indica que se realizarán pruebas para que se verifique la calidad de los bienes cuando el PROVEEDOR tenga el 50% de los bienes terminados; el PROVEEDOR deberá notificar por escrito el cumplimiento de este porcentaje a la(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S). La toma de muestras para las pruebas de calidad a los bienes se realizará en las instalaciones donde se fabriquen los bienes o en los domicilios que indique el PROVEEDOR de conformidad con el Programa de Fabricación de los Bienes entregado por los PROVEEDORES. Este porcentaje de avance no podrá exceder de los 90 (noventa) días naturales posteriores al inicio de la contabilización del plazo de entrega de los bienes. Los Programas de Fabricación de los Bienes se podrán agrupar por una, dos o más PARTIDAS cuyo proceso de fabricación sea el mismo y se deberá indicar el domicilio de las instalaciones donde se llevará a cabo la fabricación de los bienes, así como el domicilio para la toma de muestras para la verificación de la calidad de los bienes. c) Acreditar que cuenta con experiencia comprobable con al menos dos contratos y/o pedidos, los cuales deberán corresponder a bienes similares a los del objeto de la presente contratación y cuando menos del 25% de la suma de los volúmenes de las cantidades mínimas ofertadas. Para tal efecto, el OFERENTE deberá presentar copia de los contratos y/o pedidos del sector gubernamental o privado que haya celebrado en condiciones similares a las requeridas en las presentes ETAs; dichos contratos y/o pedidos podrán ser de los años 2019, 2020, 2021, 2022 y/o 2023. La copia de los contratos y/o pedidos que presenten deberá permitir identificar de manera clara la vigencia, el objeto y las firmas de las partes. Así mismo, por cada contrato y/o pedido presentado, deberá acompañar la documentación que acredite que cumplió satisfactoriamente con las obligaciones contractuales a su cargo en dicho contrato y/o pedido, para lo cual deberá presentar documentos tales como carta de liberación de garantía, cartas de satisfacción, acta de entrega-recepción suscrita por la dependencia, entidad o ente del sector privado, en la que conste la entrega-recepción de los bienes a su entera satisfacción. d) Currículum, mediante el cual acredite que sus actividades comerciales y profesionales, estén relacionadas con la contratación descrita en las presentes ETAs. transcribiendo el objeto social de la empresa y enlistando los contratos presentados para acreditar la experiencia, que se solicitan en el inciso c) del numeral 4. e) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE mediante el cual manifieste que los bienes que entregarán, en caso de resultar adjudicados, cumplirán con la totalidad de las especificaciones técnicas establecidas en el ANEXO UNO y DOS de las presentes ETAs. f) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE, mediante el cual manifieste que los bienes ofertados están garantizados contra defectos o vicios ocultos, por un periodo mínimo de 12 (doce) meses, los cuales se contabilizarán a partir de la fecha de entrega a entera satisfacción en los lugares establecidos en el ANEXO CUATRO de las presentes ETAs. Asimismo, que su representada se compromete a reemplazar los bienes en un periodo máximo de 10 (diez) días hábiles contados a partir de que se realice la notificación del motivo de rechazo por escrito o algún medio electrónico. En caso de no cumplir con este plazo establecido se hará acreedora a la aplicación de las penalizaciones que se hayan pactado en el contrato respectivo. g) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE, mediante el cual manifieste que su representada asumirá la responsabilidad total que resulte de cualquier violación a las disposiciones legales inherentes a la propiedad intelectual, derechos de autor, o cualquier otra similar que surja con motivo de los bienes que oferte. h) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE, mediante el cual manifieste que su representada, en caso de resultar adjudicada, cubrirá los gastos de las pruebas de calidad que se apliquen a los bienes de conformidad con lo estipulado en el numeral 3.3 Pruebas de calidad a los bienes, en los lugares establecidos en los Programas de Fabricación de los Bienes de los PROVEEDORES y que repondrá las piezas que se hayan utilizado para la evaluación de la calidad a fin de no modificar las cantidades de bienes solicitadas por las PARTICIPANTES. Adicional a que, en caso de que incumpla con las condiciones técnicas y de calidad establecidas en las presentes ETAs y en los ANEXO UNO, DOS y TRES, derivado del resultado obtenido de las pruebas, se obliga a reemplazar los bienes terminados para que se realice nuevamente el proceso de toma de muestras y el pago de la(s) prueba(s) que aplique(n). Esto no amplia ni modifica el plazo de entrega de los bienes establecido en el numeral 3.1. i) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE, mediante el cual manifieste que su representada se compromete a que el personal que lleve a cabo la entrega de los bienes, dará el debido y exacto cumplimiento a los controles de acceso, así como a las medidas de seguridad y sanitarias que cada una de las PARTICIPANTES establezcan en los domicilios de entrega.

  • REQUISITOS MÍNIMOS La entidad contratante podrá solicitar los documentos que estime pertinentes conforme al objeto de contratación misma que serán considerados como requisitos mínimos.

  • REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.