RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO. Incumplimiento contractual Desistimiento del contrato en forma expresa antes del vencimiento del plazo fijado. Vencido el plazo del cumplimiento original o de sus prorrogas. Vencido el plazo de intimaciones de la UNLP. Se ejecutara la Garantía de Cumplimiento de Contrato en forma total o parcial, afectándose en este último caso la parte no cumplida. En los casos que exista la posibilidad de adjudicar el contrato, al oferente que siga en orden de mérito, los daños y perjuicios en principio serán equivalentes a la diferencia de monto que deba abonarse al oferente que resulte adjudicatario en segundo término.
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Samples: Licitación Privada, Licitación Privada, Licitación Privada
RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO. I. Incumplimiento contractual contractual.
II. Desistimiento del contrato en forma expresa antes del vencimiento del plazo fijado.
III. Vencido el plazo del cumplimiento original o de sus prorrogasprórrogas.
IV. Vencido el plazo de intimaciones de la UNLP. Se ejecutara ejecutará la Garantía de Cumplimiento de Contrato en forma total o parcial, afectándose en este último caso la parte no cumplida. En los casos que exista la posibilidad de adjudicar el contrato, contrato al oferente que siga en orden de mérito, los daños y perjuicios en principio serán equivalentes a la diferencia de del monto que deba abonarse al oferente que resulte adjudicatario en segundo término.
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Samples: Concession Agreement
RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO. Incumplimiento contractual Desistimiento del contrato en forma expresa antes del vencimiento del plazo fijado. Vencido el plazo del cumplimiento original o de sus prorrogas. Vencido el plazo de intimaciones de la UNLP. Se ejecutara la Garantía de Cumplimiento de Contrato en forma total o parcial, afectándose en este último caso la parte no cumplida. En los casos que exista la posibilidad de adjudicar el contrato, al oferente que siga en orden de méritomerito, los daños y perjuicios en principio serán equivalentes a la diferencia de monto que deba abonarse al oferente que resulte adjudicatario en segundo término.
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RESCISIÓN POR CULPA DEL ADJUDICATARIO. Incumplimiento contractual Desistimiento del contrato en forma expresa antes del vencimiento del plazo fijado. Vencido el plazo del cumplimiento original o de sus prorrogas. Vencido el plazo de intimaciones de la UNLP. Se ejecutara ejecutará la Garantía de Cumplimiento de Contrato en forma total o parcial, afectándose en este último caso la parte no cumplida. En los casos que exista la posibilidad de adjudicar el contrato, al oferente que siga en orden de mérito, los daños y perjuicios en principio serán equivalentes a la diferencia de monto que deba abonarse al oferente que resulte adjudicatario en segundo término.
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Samples: Concession Agreement