Common use of Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al SUPERVISOR Clause in Contracts

Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al SUPERVISOR. Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del servicio objeto del Contrato, la ENTIDAD o el SUPERVISOR se encontrase en una situación fuera de control, por causas de fuerza mayor o caso fortuito, que imposibilite la conclusión del servicio o vayan contra los intereses del Estado; la parte afectada comunicará por escrito su intención de resolver el contrato justificando la causa. LA ENTIDAD, mediante carta notariada dirigida al SUPERVISOR, vía FISCAL DE OBRA, suspenderá los trabajos y resolverá el Contrato total o parcialmente. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el SUPERVISOR suspenderá el trabajo de acuerdo a las instrucciones que al efecto emita el FISCAL DE OBRA. El SUPERVISOR conjuntamente con el FISCAL DE OBRA, procederán a la verificación del servicio prestado hasta la fecha de suspensión, la evaluación de los compromisos que el SUPERVISOR tuviera pendientes por subcontratos u otros relativos al servicio, debidamente documentados. Asimismo, el FISCAL DE OBRA liquidará los costos proporcionales que demanden la desmovilización de personal y equipo y algunos otros gastos que a juicio del FISCAL DE OBRA fueran considerados sujetos a reembolso. Con estos datos el FISCAL DE OBRA elaborará el Certificado de Liquidación Final y el trámite de pago será el previsto en la Cláusula Vigésima Novena.

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Samples: www.mineco.gob.es, www.misicuni.gob.bo, www.mineco.gob.es

Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al SUPERVISOR. Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del servicio objeto del Contrato, la ENTIDAD o el SUPERVISOR se encontrase en una situación fuera de control, por causas de fuerza mayor o caso fortuito, que imposibilite la conclusión del servicio o vayan contra los intereses del Estado; la parte afectada comunicará por escrito su intención de resolver el contrato justificando la causa. LA ENTIDAD, mediante carta notariada dirigida al SUPERVISOR, vía FISCAL DE OBRA, suspenderá los trabajos y resolverá el Contrato total o parcialmente. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el SUPERVISOR suspenderá el trabajo de acuerdo a las instrucciones que al efecto emita el FISCAL DE OBRAtrabajo. El SUPERVISOR conjuntamente con el FISCAL DE OBRApersonal designado por la entidad, procederán a la verificación del servicio prestado hasta la fecha de suspensión, la evaluación de los compromisos que el SUPERVISOR tuviera pendientes por subcontratos u otros relativos al servicio, debidamente documentados. Asimismo, el FISCAL DE OBRA la entidad liquidará los costos proporcionales que demanden la desmovilización de personal y equipo y algunos otros gastos que a juicio del FISCAL DE OBRA de la ENTIDAD fueran considerados sujetos a reembolso. Con estos datos el FISCAL DE OBRA la ENTIDAD elaborará el Certificado de Liquidación Final y el trámite de pago será el previsto en la Cláusula Vigésima Novena.

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Samples: Contrato Administrativo Para La Prestación De Servicios, Contrato Administrativo Para La Prestación De Servicios