Common use of RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS Clause in Contracts

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS. El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios, directos e indirectos, que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Del Suministro De Combustible

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS. El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios, perjuicios directos e indirectos, indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes.. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 198 LCSP

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato Relativo Al Concierto Del Grupo Musical

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS. El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios, perjuicios directos e indirectos, indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes, siendo de aplicación lo preceptuado en el artículo 214 TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Gestión Indirecta Mediante Concesión Del Servicio Público De De Limpieza Viaria Y De Edificios Y Dependencias Municipales De Valdepeñas

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS. El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios, directos e indirectos, que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. También será la Administración responsable de los daños que se causen a terceros como consecuencia de los vicios del proyecto elaborado por ella misma. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 196 de la LCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas