RÉGIMEN DE REVISIÓN DE ACTOS. El órgano competente para resolver el recurso especial en materia de contratación frente a actos previstos en el art. 44.2 LCSP en relación con los contratos recogidos en el art. 44.1 LCSP, así como para decidir sobre la adopción de las correspondientes medidas provisionales, es el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. ANEXO I.1. CÁLCULO PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: COSTES Y OTROS GASTOS ANEXO I.2. SIMULACIÓN FÓRMULA(S) MATEMÁTICA(S)
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Modelo De Aval Bancario Ute, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
RÉGIMEN DE REVISIÓN DE ACTOS. El órgano competente para resolver el recurso especial en materia de contratación frente a actos previstos en el art. 44.2 LCSP en relación con los contratos recogidos en el art. 44.1 LCSP, así como para decidir sobre la adopción de las correspondientes medidas provisionales, es el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. ANEXO I.1. CÁLCULO PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: COSTES Y OTROS GASTOS ANEXO I.2. SIMULACIÓN FÓRMULA(S) MATEMÁTICA(S).
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