Salud y seguridad laboral. 1. Todo el personal afectado por el presente Convenio cumplirá y hará cumplir a tenor de la responsabilidad derivada del contenido de su puesto de trabajo, cuanto en materia de sa- lud laboral se contempla en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamentos. 2. Las empresas deberán garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos en el marco de sus res- ponsabilidades, el Empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, contempladas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. 3. Asimismo, las empresas están obligadas a que todos los trabajadores a su servicio reci- ban a través de los cursos correspondientes, en materia preventiva, la formación teórica y práctica suficiente y adecuada relacionada con su puesto y centro de trabajo, así como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La formación a que se refiere el párrafo anterior deberá impartirse siempre que sea posi- ble dentro de la jornada de trabajo o en su defecto en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma.
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Samples: Convenio Colectivo
Salud y seguridad laboral. 1. Todo el personal afectado por el presente Convenio Xxxxxxxx, cumplirá y hará cumplir a tenor de la responsabilidad derivada del contenido de su puesto de trabajo, cuanto en materia de sa- lud salud laboral se contempla en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamentos.
2. Las empresas deberán garantizar la seguridad y salud de los trabajadores los/as trabajadores/as a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos en el marco de sus res- ponsabilidadesresponsabilidades, el Empresario el/la Empresario/a realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad seguri- dad y salud de los los/as trabajadores/as, contempladas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembrenoviem- bre, de Prevención de Riesgos Laborales.
3. Asimismo, las empresas están obligadas a que todos los trabajadores los/as trabajadores/as a su servicio reci- ban reciban a través de los cursos correspondientes, en materia preventiva, correspondientes la formación teórica y práctica suficiente y adecuada adecuada, en materia preventiva, relacionada con su puesto y centro de trabajo, así como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La formación a que se refiere el párrafo anterior deberá impartirse siempre que sea posi- ble dentro de la jornada de trabajo o en su defecto en otras horas horas, pero con el descuento en aquélla aquella del tiempo invertido en la misma.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Salud y seguridad laboral. 1. Todo el personal afectado por el presente Convenio Xxxxxxxx, cumplirá y hará cumplir a tenor de la responsabilidad derivada del contenido de su puesto de trabajo, cuanto en materia de sa- lud salud laboral se contempla en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamentos.
2. Las empresas deberán garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos en el marco de sus res- ponsabilidadesrespon- sabilidades, el Empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, contempladas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
3. Asimismo, las empresas están obligadas a que todos los trabajadores a su servicio reci- ban reciban a través de los cursos correspondientes, en materia preventiva, correspondientes la formación teórica y práctica suficiente y adecuada adecuada, en materia preventiva, relacionada con su puesto y centro de trabajo, así como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La formación a que se refiere el párrafo anterior deberá impartirse siempre que sea posi- ble posible dentro de la jornada de trabajo o en su defecto en otras horas pero con el descuento en aquélla aquella del tiempo invertido en la misma.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Salud y seguridad laboral. 1. Todo el personal afectado por el presente Convenio Xxxxxxxx, cumplirá y hará cumplir a tenor de la responsabilidad derivada del contenido de su puesto de trabajo, cuanto en materia de sa- lud salud laboral se contempla en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamentos.
2. Las empresas deberán garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos en el marco de sus res- ponsabilidadesrespon- sabilidades, el Empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, contempladas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
3. Asimismo, las empresas están obligadas a que todos los trabajadores a su servicio reci- ban reciban a través de los cursos correspondientes, en materia preventiva, correspondientes la formación teórica y práctica suficiente y adecuada adecuada, en materia preventiva, relacionada con su puesto y centro de trabajo, así como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La formación a que se refiere el párrafo anterior deberá impartirse siempre que sea posi- ble dentro de la jornada de trabajo o en su defecto en otras horas pero con el descuento en aquélla aquella del tiempo invertido en la misma.
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Salud y seguridad laboral. 1. Todo el personal afectado por el presente Convenio Xxxxxxxx, cumplirá y hará cumplir a tenor de la responsabilidad derivada del contenido de su puesto de trabajo, cuanto en materia de sa- lud laboral se contempla en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Reglamentos.
2. Las empresas deberán garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos en el marco de sus res- ponsabilidades, el Empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, contempladas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
3. Asimismo, las empresas están obligadas a que todos los trabajadores a su servicio reci- ban a través de los cursos correspondientes, en materia preventiva, correspondientes la formación teórica y práctica suficiente y adecuada adecuada, en materia preventiva, relacionada con su puesto y centro de trabajo, así como co- mo cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas nue- vas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La formación a que se refiere el párrafo anterior deberá impartirse siempre que sea posi- ble dentro de la jornada de trabajo o en su defecto en otras horas pero con el descuento en aquélla aquella del tiempo invertido en la misma.
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