Common use of SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO Clause in Contracts

SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO. Código de verificación : PY745c7620d6fb23 El objeto del presente contrato es la prestación del servicio educativo de la Escuela Infantil El Duende de titularidad del Ayuntamiento de Madrid. Esta escuela infantil forma parte de la Red Municipal de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de Madrid. Esta Escuela Infantil de 1º ciclo de Educación Infantil tendrá 4 unidades con una capacidad máxima de 56 puestos escolares para alumnos/as entre 3 meses y 3 años de edad. El Ayuntamiento de Madrid podrá variar el número de unidades y los servicios prestados por el centro, respetando siempre la existencia, como mínimo, de una unidad de cada nivel. Para el curso escolar 2017-2018 la estructura prevista inicialmente para esta escuela es la siguiente, con las ratios que se indican: — 1 unidad de niños/as de 0-1 años (8 puestos escolares por unidad) — 2 unidad de niños/as de 1-2 años (14 puestos escolares por unidad) — 1 unidades de niños/as de 2-3 años (20 puestos escolares por unidad) Para el curso escolar 2018-2019 y siguientes, la estructura y las ratios serán las siguientes: — 1 unidad de niños/as de 0-1 años (8 puestos escolares por unidad) — 2 unidad de niños/as de 1-2 años (13 puestos escolares por unidad) — 1 unidades de niños/as de 2-3 años (16 puestos escolares por unidad) Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección xxxx://xxx- 0.xxxxxxxxxx.xx/XxxxxxxxxxxxXxxx/XxxxxxXXXX.xxx?xxxxxxXxxxxxxxxxxx=XX000x0000x0xx00 El número de puestos escolares viene determinado por lo establecido en el artículo 7.1 y la Disposición transitoria primera de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de Madrid (en lo sucesivo Ordenanza) y por la Resolución del órgano municipal competente que apruebe para cada curso escolar la correspondiente convocatoria de admisión. Se reservarán plazas vacantes en número suficiente para que en cada una de las unidades del centro puedan escolarizarse menores con necesidades educativas especiales. El Ayuntamiento de Madrid, a la vista de la demanda existente, podrá variar la distribución de las unidades y agrupaciones de alumnos/as, sin que ello dé lugar a una modificación del contrato, aunque se produzca una reducción en el número de unidades en funcionamiento que hiciera necesario un ajuste proporcional en los medios dispuestos para la ejecución del contrato, respetando siempre la existencia como mínimo de una unidad de cada nivel. En los casos en los que se produzca una reducción del número de unidades en funcionamiento, se procederá al correspondiente ajuste proporcional del precio del contrato, en tanto se mantengan las circunstancias que motiven dicha reducción del número de unidades. Para la realización de dicho ajuste proporcional, el precio del contrato será minorado según se detalla a continuación:

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SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO. Código de verificación : PY745c7620d6fb23 El objeto del presente contrato es la prestación gestión del servicio educativo público de la Escuela Infantil El Duende La Colina de titularidad del Ayuntamiento de Madrid. Esta escuela infantil Escuela Infantil forma parte de la Red Municipal Pública de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento la Comunidad de Madrid, en virtud de Convenio entre ambas administraciones. Esta Escuela Infantil de 1º ciclo de Educación Infantil tendrá 4 unidades 8 aulas con una capacidad máxima de 56 puestos 118 plazas escolares para alumnos/as alumnos entre 3 meses y 3 años de edad. El Ayuntamiento de Madrid La Administración, podrá variar el número de unidades y los servicios prestados por el centro, respetando siempre la existencia, como mínimo, de una unidad de cada nivel. Para el curso escolar 2017-2018 la estructura La agrupación prevista inicialmente para esta escuela es la siguiente, con las ratios que se indicanes: — 1 unidad − 2 grupos de niños/as de 0-1 años (( 8 puestos escolares plazas por unidadgrupo ) — 2 unidad − 3 grupos de niños/as de 1-2 años (( 14 puestos escolares plazas por unidadgrupo ) — 1 unidades − 3 grupos de niños/as de 2-3 años (( 20 puestos escolares plazas por unidadgrupo ) Para el curso escolar 2018-2019 y siguientes, la estructura y las ratios serán las siguientes: — 1 unidad de niños/as de 0-1 años (8 puestos escolares por unidad) — 2 unidad de niños/as de 1-2 años (13 puestos escolares por unidad) — 1 unidades de niños/as de 2-3 años (16 puestos escolares por unidad) Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección xxxx://xxx- 0.xxxxxxxxxx.xx/XxxxxxxxxxxxXxxx/XxxxxxXXXX.xxx?xxxxxxXxxxxxxxxxxx=XX000x0000x0xx00 El número de puestos escolares plazas viene determinado por lo establecido en el artículo 7.1 y la Disposición transitoria primera Decreto 18/2008, de la Ordenanza Reguladora 6 xx xxxxx, del Servicio Consejo de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de Madrid Gobierno (en lo sucesivo OrdenanzaBOCM 12/03/2008) y por la Resolución del órgano municipal competente que apruebe para Orden sobre admisión de alumnos en Escuelas infantiles de la Red Pública correspondiente a cada curso escolar, dictada anualmente por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid (para el curso escolar la correspondiente convocatoria 2013/2014, Orden 1241/2013, de admisión17 xx xxxxx). Se Dado que algunos alumnos con necesidades educativas especiales pueden ocupar 2 plazas, del total de plazas, se reservarán plazas vacantes en número suficiente hasta un máximo de 14 ( 8 alumnos ) para que en cada una de las unidades del centro puedan escolarizarse menores alumnos con necesidades educativas especiales, admitidos según baremo establecido por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte a través de la Orden correspondiente. El Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, a la vista de la demanda existente, podrá variar la distribución de las unidades y agrupaciones de alumnos/asagrupaciones, sin que ello dé esto de lugar a una modificación del contrato. No obstante lo anterior, aunque los ajustes que se produzca una reducción produzcan en la estructura de funcionamiento como consecuencia de variaciones en el número de unidades en funcionamiento plazas ocupadas, siempre que hiciera necesario un ajuste proporcional en los medios dispuestos para afecten al número de unidades, podrá dar lugar, previa comunicación de la ejecución entidad adjudicataria del contrato, a las correspondientes adaptaciones determinadas por los servicios municipales competentes, respetando siempre la existencia existencia, como mínimo mínimo, de una unidad de cada nivel. Las aulas de la Escuela Infantil ofrecerán los servicios educativos durante, al menos, diez horas diarias. De ellas, siete horas tendrán carácter de horario básico y la asistencia al mismo se corresponderá con la cuota de escolaridad. La Escuela Infantil ofrecerá servicio de comedor para todos los niños y niñas escolarizados en el centro. El uso y abono de horario ampliado conllevará el servicio de desayuno y merienda. La entidad adjudicataria podrá ampliar el horario xx xxxx horas para los alumnos matriculados. Fuera de este horario, podrá realizar otras actividades educativas en las instalaciones del centro, dirigidas también a niños de edades comprendidas entre 0 y 7 años no matriculados en el centro y a sus familias. Las actividades propuestas, así como las cuotas establecidas para esos servicios, formarán parte del Proyecto de gestión del centro. De igual forma, podrán realizarse actividades complementarias de carácter educativo y lúdico fuera de los períodos lectivos establecidos en el Calendario Escolar, dirigidas tanto al alumnado del centro como a otros niños de edades comprendidas entre 0 y 7 años y a sus familias. El horario de estas actividades no podrá ir más allá de las 21:00 horas, teniendo siempre el cuidado preciso para que no se produzcan molestias a los vecinos colindantes. En los casos en los que ningún caso se produzca una reducción del número de unidades en funcionamiento, se procederá al correspondiente ajuste proporcional del precio del contrato, en tanto se mantengan las circunstancias que motiven dicha reducción del número de unidades. Para la realización de dicho ajuste proporcional, el precio entenderá modificación del contrato será minorado según se detalla a continuaciónla variación de las actividades complementarias, siempre que estén incluidas en el Anexo IV al Pliego de Prescripciones Técnicas y no supongan modificación de precios, sin perjuicio de la preceptiva autorización del órgano de contratación. Deberá presentarse un proyecto con el siguiente contenido:

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Ha De Regir El Contrato De Gestión Del Servicio Público Educativo en La Modalidad De Concesión

SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO. Código de verificación : PY745c7620d6fb23 El objeto del presente contrato es la prestación gestión del servicio educativo público de la Escuela Infantil El Duende La Cornisa de titularidad del Ayuntamiento de Madrid. Esta escuela infantil Escuela Infantil forma parte de la Red Municipal Pública de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento la Comunidad de Madrid, en virtud de Convenio entre ambas administraciones. Esta Escuela Infantil de 1º ciclo de Educación Infantil tendrá 4 unidades 8 aulas con una capacidad máxima de 56 puestos 115 plazas escolares para alumnos/as alumnos entre 3 meses y 3 años de edad. El Ayuntamiento de Madrid La Administración, podrá variar el número de unidades y los servicios prestados por el centro, respetando siempre la existencia, como mínimo, de una unidad de cada nivel. Para el curso escolar 2017-2018 la estructura La agrupación prevista inicialmente para esta escuela es la siguiente, con las ratios que se indicanes: — 1 unidad > 2 grupos de niños/as de 0-1 años (8 puestos escolares plazas por unidadgrupo) — 2 unidad > 3 grupos de niños/as de 1-2 años (14 puestos escolares 13 plazas por unidadgrupo) — 1 unidades > 3 grupos de niños/as de 2-3 años (20 puestos escolares plazas por unidadgrupo) Para el curso escolar 2018-2019 y siguientes, la estructura y las ratios serán las siguientes: — 1 unidad de niños/as de 0-1 años (8 puestos escolares por unidad) — 2 unidad de niños/as de 1-2 años (13 puestos escolares por unidad) — 1 unidades de niños/as de 2-3 años (16 puestos escolares por unidad) Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección xxxx://xxx- 0.xxxxxxxxxx.xx/XxxxxxxxxxxxXxxx/XxxxxxXXXX.xxx?xxxxxxXxxxxxxxxxxx=XX000x0000x0xx00 El número de puestos escolares plazas viene determinado por lo establecido en el artículo 7.1 y la Disposición transitoria primera Decreto 18/2008 de la Ordenanza Reguladora 6 xx xxxxx, del Servicio Consejo de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de Madrid Gobierno (en lo sucesivo OrdenanzaBOCM 12/03/2008) y por la Resolución del órgano municipal competente que apruebe Orden 1293/2008, de 12 xx xxxxx, de la Consejería de Educación (BOCM 26/03/2008). Del total de plazas, 8 plazas se reservaran para cada curso escolar la correspondiente convocatoria de admisión. Se reservarán plazas vacantes en número suficiente para que en cada una de las unidades del centro puedan escolarizarse menores alumnos con necesidades educativas especiales, admitidos según baremo establecido por la Consejería de Educación a través de la Orden 1293/2008, de 12 xx xxxxx (BOCM 26/03/2008). El Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, a la vista de la demanda existente, podrá variar la distribución de las unidades y agrupaciones de alumnos/asagrupaciones, sin que ello dé esto de lugar a una modificación del contrato. El contratista deberá obtener autorización previa del Ayuntamiento de Madrid para efectuar cambios en el equipo educativo de la Escuela Infantil, aunque debiéndose respetar en este caso la titulación profesional y el número de profesionales exigidos en este Pliego y en el Decreto 18/2008, del 6 xx xxxxx, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se produzca una reducción establecen los requisitos mínimos de los Centros que imparten el Primer Ciclo de Educación Infantil en el ámbito de la Comunidad de Madrid. Si por razones de interés público fuese necesario realizar cambios en el número o cualificación de unidades en funcionamiento que hiciera necesario un ajuste proporcional en los medios dispuestos para profesionales de la ejecución del contrato, respetando siempre la existencia como mínimo de una unidad de cada nivel. En los casos en los que se produzca una reducción del número de unidades en funcionamientoEscuela, se procederá a la modificación del Contrato en base a lo establecido en el artículo 202 de la L.C.S.P. De ser necesario realizar cambios en el equipo educativo, éste se realizará preferentemente al correspondiente ajuste proporcional finalizar el curso escolar. Las aulas de la Escuela Infantil ofrecerán los servicios educativos durante, al menos, diez horas diarias. De ellas, siete horas tendrán carácter de horario básico y la asistencia al mismo se corresponderá con la cuota de escolaridad. La Escuela Infantil ofrecerá servicio de comedor para todos los niños y niñas escolarizados en el centro. El uso y abono de horario ampliado conllevará el servicio de desayuno y merienda. La entidad adjudicataria podrá ampliar el horario xx xxxx horas para los alumnos matriculados. Fuera de este horario, podrá realizar otras actividades educativas en las instalaciones del precio centro, dirigidas también a niños de edades comprendidas entre 0 y 7 años no matriculados en el centro y a sus familias. Las actividades propuestas, así como las cuotas establecidas para esos servicios, formarán parte del contratoProyecto de gestión del centro. De igual forma, podrán realizarse actividades complementarias de carácter educativo y lúdico fuera de los períodos lectivos establecidos en el Calendario Escolar, dirigidas tanto al alumnado del centro como a otros niños de edades comprendidas entre 0 y 7 años y a sus familias. El horario de estas actividades no podrá ir más allá de las 21 horas, teniendo siempre el cuidado preciso para que no se mantengan las circunstancias que motiven dicha reducción del número de unidades. Para la realización de dicho ajuste proporcional, el precio del contrato será minorado según se detalla produzcan molestias a continuación:los vecinos colindantes.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Ha De Regir El Contrato De Gestión Del Servicio Público Educativo De La Escuela Infantil La Cornisa Situada en La C/ Cristo De La Victoria a Adjudicar Por Procedimiento Abierto, Mediante Concurso en La Modalidad De Concesión

SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO. Código de verificación : PY745c7620d6fb23 El objeto del presente de este contrato es la prestación del servicio educativo gestión de la Escuela Infantil El Duende Casa de titularidad del Ayuntamiento Niños “Los Gorriones”, situada en la xxxxx Xxxxx, número 2 de Fuenlabrada, que no perteneciendo a la Red Pública de Escuelas Infantiles y Casas de Niños de la Comunidad de Madrid, a efectos de funcionamiento se regirá bajo las directrices de la Concejalía de Educación, que se apoyará en la normativa que a tal fin dictamine la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad de Madrid. Esta escuela infantil forma parte La Casa de Niños “Los Gorriones” contará con una estructura de cuatro unidades del primer ciclo de Educación Infantil, y en ella se escolarizará a un total de 68 niños y niñas de edades comprendidas entre los 1 y los 3 años. Los agrupamientos previstos para el curso 2015-2016 serán los siguientes: - 2 grupos de niños/as de 1-2 años. - 2 grupos de niños/as de 2-3 años. La Casa de Niños “Los Gorriones” prestará servicios educativos durante, al menos, 4 horas diarias, en horario de 9 a 13.00 y con el mismo calendario que determine la Comunidad de Madrid para la Red Municipal Pública de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento y Casas de Madrid. Esta Escuela Infantil de 1º ciclo de Educación Infantil tendrá 4 unidades con una capacidad máxima de 56 puestos escolares para alumnos/as entre 3 meses y 3 años de edadNiños. El Ayuntamiento de Madrid Fuenlabrada atendiendo a la demanda de escolarización y por razón de interés público, podrá variar modificar las características del servicio contratado, pudiendo modificarse el número de unidades y los servicios prestados por el centro, (respetando siempre la existencia, como mínimo, de una unidad de cada nivel), o los servicios prestados por el centro. Para Así como el curso escolar 2017-2018 la estructura prevista inicialmente para esta escuela es la siguientehorario de atención al alumnado, con las ratios que se indican: — 1 unidad incrementando un máximo de niños/as de 0-1 años (8 puestos escolares por unidad) — 2 unidad de niños/as de 1-2 años (14 puestos escolares por unidad) — 1 unidades de niños/as de 2-3 años (20 puestos escolares por unidad) Para un 10% el curso escolar 2018-2019 y siguientes, la estructura y las ratios serán las siguientes: — 1 unidad de niños/as de 0-1 años (8 puestos escolares por unidad) — 2 unidad de niños/as de 1-2 años (13 puestos escolares por unidad) — 1 unidades de niños/as de 2-3 años (16 puestos escolares por unidad) Para la verificación importe del siguiente código podrá conectarse contrato en base a la siguiente dirección xxxx://xxx- 0.xxxxxxxxxx.xx/XxxxxxxxxxxxXxxx/XxxxxxXXXX.xxx?xxxxxxXxxxxxxxxxxx=XX000x0000x0xx00 El número de puestos escolares viene determinado oferta económica presentada por lo establecido en el artículo 7.1 y la Disposición transitoria primera de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de Madrid (en lo sucesivo Ordenanza) y por la Resolución del órgano municipal competente que apruebe para cada curso escolar la correspondiente convocatoria de admisión. Se reservarán plazas vacantes en número suficiente para que en cada una de las unidades del centro puedan escolarizarse menores con necesidades educativas especiales. El Ayuntamiento de Madrid, a la vista de la demanda existente, podrá variar la distribución de las unidades y agrupaciones de alumnos/as, sin que ello dé lugar a una modificación del contrato, aunque se produzca una reducción en el número de unidades en funcionamiento que hiciera necesario un ajuste proporcional en los medios dispuestos para la ejecución del contrato, respetando siempre la existencia como mínimo de una unidad de cada nivel. En los casos en los que se produzca una reducción del número de unidades en funcionamiento, se procederá al correspondiente ajuste proporcional del precio del contrato, en tanto se mantengan las circunstancias que motiven dicha reducción del número de unidades. Para la realización de dicho ajuste proporcional, el precio del contrato será minorado según se detalla a continuación:adjudicatario.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Han De Regir El Contrato De Gestión De Los Servicios Públicos Educativos De La Casa De Niños