Solvencia Financiera de EL REMITENTE PRIMARIO. 21.1.1 EL TRANSPORTADOR podrá en cualquier momento y antes de iniciar el Servicio, actuando de una manera razonable, solicitarle a EL REMITENTE PRIMARIO el envío de información que incluya, sin limitación a, referencias bancarias y/o comerciales recientes, balances y estados financieros propios de la empresa y/o de sus accionistas, con el objeto de que EL TRANSPORTADOR pueda realizar una razonable indagación sobre la capacidad de crédito de EL REMITENTE PRIMARIO y obtener una estimación de su solvencia y de su capacidad de cumplimiento. 21.1.2 EL TRANSPORTADOR mantendrá toda la información suministrada por EL REMITENTE PRIMARIO, de acuerdo con este numeral, en estricta confidencialidad y no divulgará ni hará que se divulgue tal información sin el consentimiento expreso por escrito de EL REMITENTE PRIMARIO, salvo disposición legal en contrario. 21.1.3 Esta información servirá para que EL TRANSPORTADOR calcule unos índices financieros mínimos, establecidos en el Anexo No. 2, que deberá cumplir EL REMITENTE PRIMARIO. 21.1.4 Los índices financieros mínimos serán evaluados por EL TRANSPORTADOR cada doce (12) Meses o en el momento que EL TRANSPORTADOR lo considere y, si EL REMITENTE PRIMARIO no los cumple y no aduce una razón aceptable para EL TRANSPORTADOR para no cumplirlos, EL TRANSPORTADOR podrá solicitar un cambio del tipo de Garantía y del monto que cumpla con los requisitos establecidos en el Anexo 4 y que cubra un valor equivalente a 130 Días de Servicio, cuyas condiciones deberán ser revisadas por EL TRANSPORTADOR, o en su lugar EL TRANSPORTADOR estará facultado para facturar un valor que cubra 60 Días de Servicio adicionales a la garantía bancaria, la cual se mantendrá vigente.
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Solvencia Financiera de EL REMITENTE PRIMARIO. 21.1.1 EL TRANSPORTADOR podrá en cualquier momento y antes de iniciar el Servicio, actuando de una manera razonable, solicitarle a EL REMITENTE PRIMARIO el envío de información que incluya, sin limitación a, referencias bancarias y/o comerciales recientes, balances y estados financieros propios de la empresa y/o de sus accionistas, con el objeto de que EL TRANSPORTADOR pueda realizar una razonable indagación sobre la capacidad de crédito de EL REMITENTE PRIMARIO y obtener una estimación de su solvencia y de su capacidad de cumplimiento.
21.1.2 EL TRANSPORTADOR mantendrá toda la información suministrada por EL REMITENTE PRIMARIO, de acuerdo con este numeral, en estricta confidencialidad y no divulgará ni hará que se divulgue tal información sin el consentimiento expreso por escrito de EL REMITENTE PRIMARIO, salvo disposición legal en contrario.
21.1.3 Esta información servirá para que EL TRANSPORTADOR calcule unos índices financieros mínimos, establecidos en el Anexo No. 21, que deberá cumplir EL REMITENTE PRIMARIO.
21.1.4 Los índices financieros mínimos serán evaluados por EL TRANSPORTADOR cada doce (12) Meses o en el momento que EL TRANSPORTADOR lo considere y, si EL REMITENTE PRIMARIO no los cumple y no aduce una razón aceptable para EL TRANSPORTADOR para no cumplirlos, EL TRANSPORTADOR podrá solicitar un cambio del tipo de Garantía y del monto aval bancario que cumpla con los requisitos establecidos en el Anexo 4 y que cubra un valor equivalente a 130 ciento treinta (130) Días de Servicio, cuyas condiciones deberán ser revisadas por EL TRANSPORTADOR, o en su lugar EL TRANSPORTADOR estará facultado para facturar un valor que cubra 60 sesenta (60) Días de Servicio adicionales a la garantía bancaria, la cual se mantendrá vigenteServicio.
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