Common use of Subrogación de personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas Clause in Contracts

Subrogación de personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas. 1. Al objeto de contribuir a garantizar el principio de estabilidad en el empleo de los trabajadores empleados por empresas y entidades de derecho público que se sucedan mediante cualquier modalidad contractual, total o parcialmente, en cualquier contrata de conservación y/o mantenimiento de autopistas, autovías, carreteras o vías férreas a que se refiere el artículo 2.1, apartado b), y Anexo I, apartado b), del presente Convenio Colectivo, se establece, con carácter exclusivo para tales actividades, la obligación de subrogación del personal entre las empresas saliente y entrante, la cual se llevará a cabo conforme a los requisitos y condiciones que se detallan en el presente artículo. En lo sucesivo, el término “contrata” engloba con carácter genérico cualquier modalidad de contratación pública, referida a las actividades anteriormente descritas, que pasa a ser desempeñada, de modo parcial o total, por una determinada empresa, sociedad, organismo público u otro tipo de entidad, sea cual sea la forma jurídica que adopten.

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Samples: www.convenioscolectivos.net

Subrogación de personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas. 1. Al objeto de contribuir a garantizar el principio de estabilidad en el empleo de los trabajadores trabaja- dores empleados por empresas y entidades de derecho público que se sucedan mediante cualquier modalidad contractual, total o parcialmente, en cualquier contrata de conservación y/o mantenimiento de autopistas, autovías, carreteras o vías férreas a que se refiere el artículo 2.1artícu- lo 3, apartado b), ) y el Anexo Il, apartado b), ) del presente Convenio Colectivocolectivo, se establece, con carácter exclusivo para tales actividades, la obligación de subrogación del personal entre las empresas saliente y entrante, la cual se llevará a cabo conforme a los requisitos y condiciones que se detallan en el presente artículo. En lo sucesivo, el término «contrata» engloba con carácter genérico cualquier modalidad de contratación pública, referida a las actividades anteriormente descritas, que pasa a ser desempeñada, de modo parcial o total, por una determinada empresa, sociedad, organismo público u otro tipo de entidad, sea cual sea la forma jurídica que adopten.

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Samples: Convenio General Del Sector De La Construcción

Subrogación de personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas. 1. Al objeto de contribuir a garantizar el principio de estabilidad en el empleo de los trabajadores trabaja- dores empleados por empresas y entidades de derecho público que se sucedan mediante cualquier modalidad contractual, total o parcialmente, en cualquier contrata de conservación conserva- ción y/o mantenimiento de autopistas, autovías, carreteras o vías férreas a que se refiere el artículo 2.13, apartado b), ) y el Anexo Il, apartado b), ) del presente V Convenio ColectivoGeneral, se establece, con carácter exclusivo para tales actividades, la obligación de subrogación del personal entre las empresas saliente y entrante, la cual se llevará a cabo conforme a los requisitos y condiciones que se detallan en el presente artículo. En lo sucesivo, el término «contrata» engloba con carácter genérico cualquier modalidad de contratación pública, referida a las actividades anteriormente descritas, que pasa a ser desempeñada, de modo parcial o total, por una determinada empresa, sociedad, organismo organis- mo público u otro tipo de entidad, sea cual sea la forma jurídica que adopten.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo Del Sector De La Construcción Y Obras Públicas De La Provincia De Badajoz

Subrogación de personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas. 1. Al objeto de contribuir a garantizar el principio de estabilidad en el empleo de los trabajadores trabaja- dores empleados por empresas y entidades de derecho público que se sucedan mediante cualquier modalidad contractual, total o parcialmente, en cualquier contrata de conservación conserva- ción y/o mantenimiento de autopistas, autovías, carreteras o vías férreas a que se refiere el artículo 2.13, apartado b), ) y el Anexo Il, apartado b), ) del presente IV Convenio ColectivoGeneral, se establece, con carácter exclusivo para tales actividades, la obligación de subrogación del personal entre las empresas saliente y entrante, la cual se llevará a cabo conforme a los requisitos y condiciones que se detallan en el presente artículo. En lo sucesivo, el término «contrata» engloba con carácter genérico cualquier modalidad de contratación pública, referida a las actividades anteriormente descritas, que pasa a ser desempeñada, de modo parcial o total, por una determinada empresa, sociedad, organismo organis- mo público u otro tipo de entidad, sea cual sea la forma jurídica que adopten.

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Samples: www.maguilla.es

Subrogación de personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas. 1. Al Conforme al Convenio General y al objeto de contribuir a garantizar el principio de estabilidad en el empleo de los trabajadores empleados por empresas y entidades de derecho público que se sucedan mediante cualquier modalidad contractual, total o parcialmente, en cualquier contrata de conservación y/o mantenimiento de autopistas, autovías, carreteras o vías férreas a que se refiere el artículo 2.13, apartado b), ) y el Anexo Il, apartado b), ) del presente Convenio Colectivo, se establece, con carácter exclusivo para tales actividades, la obligación de subrogación del personal entre las empresas saliente y entrante, la cual se llevará a cabo conforme a los requisitos y condiciones que se detallan en el presente artículo. En lo sucesivo, el término «contrata» engloba con carácter genérico cualquier modalidad de contratación pública, referida a las actividades anteriormente descritas, que pasa a ser desempeñada, de modo parcial o total, por una determinada empresa, sociedad, organismo público u otro tipo de entidad, sea cual sea la forma jurídica que adopten.

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Samples: Convenio Colectivo De La Construcción Y Obras Públicas De La Provincia De Cuenca 2007 2011

Subrogación de personal en contratas de mantenimiento de carreteras o vías férreas. 1. Al objeto de contribuir a garantizar el principio de estabilidad en el empleo de los trabajadores empleados por empresas y entidades de derecho público que se sucedan mediante cualquier modalidad contractual, total o parcialmente, en cualquier contrata de conservación y/o mantenimiento de autopistas, autovías, carreteras o vías férreas a que se refiere el artículo 2.13, apartado b), ) y el Anexo Il, apartado b), ) del presente Convenio ColectivoC.G.S.C., se establece, con carácter exclusivo para tales actividades, la obligación de subrogación del personal entre las empresas saliente y entrante, la cual se llevará a cabo conforme a los requisitos y condiciones que se detallan en el presente artículo. En lo sucesivo, el término «contrata» engloba con carácter genérico cualquier modalidad de contratación pública, referida a las actividades anteriormente descritas, que pasa a ser desempeñada, de modo parcial o total, por una determinada empresa, sociedad, organismo público u otro tipo de entidad, sea cual sea la forma jurídica que adopten.

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Samples: www.cgt-cyl.org