SUSPENSION OF THE ORDER Cláusulas de Ejemplo

SUSPENSION OF THE ORDER. Lointek. Aita Gotzon, 37 – 48610 Urduliz (Bizkaia) IDENTIF.: Condiciones generales de Xxxxxx TITLE Purchase Order terms and Conditions
SUSPENSION OF THE ORDER. Lointek. Aita Gotzon, 37 – 48610 Urduliz (Bizkaia) IDENTIF.: Condiciones generales de Xxxxxx TITLE Purchase Order terms and Conditions 20.1. LOINTEK podrá en cualquier momento, mediante notificación al PROVEEDOR, suspender la ejecución de los trabajos por el tiempo que resulte necesario. A la recepción de la notificación de suspensión, el PROVEEDOR suspenderá inmediatamente los trabajos con el alcance especificado, adoptando las medidas necesarias de protección de los trabajos en curso, materiales, suministros y equipos con los que el PROVEEDOR cuente para la ejecución de los trabajos. LOINTEK podrá levantar la suspensión en cualquier momento de todo o parte de los trabajos suspendidos mediante notificación escrita especificando la fecha efectiva del levantamiento de la suspensión y el concreto alcance de tal levantamiento. El PROVEEDOR reanudará la ejecución diligente de los trabajos en la fecha especificada del levantamiento de la suspensión. 20.2. LOINTEK no asumirá ningún gasto ni coste durante un tiempo de suspensión no superior a 3 meses. Superado dicho plazo, LOINTEK asumirá solamente los costes directos y razonables incurridos como causa directa de la mencionada suspensión. Cualquier reclamación del PROVEEDOR por tales costes deberá ir acompañada de una razonable documentación soporte, reclamación que se entenderá renunciada salvo que se reclame dentro del plazo de treinta (30) días a contar desde la recepción por el PROVEEDOR de la notificación de LOINTEK del levantamiento de la suspensión. En cualquier caso, el PROVEEDOR informará a LOINTEK de los costes a incurrir como consecuencia de la suspensión al objeto de que LOINTEK pueda controlarlos y como requisito previo para que LOINTEK pague los mismos. LOINTEK no asumirá ningún coste incurrido por el PROVEEDOR como resultado de la suspensión si tal suspensión es por causas imputables al PROVEEDOR, no 20.1 LOINTEK may at any time, by notice to SUPPLIER, suspend performance of the works for such time as it deems appropriate. Upon receiving notice of suspension, SUPPLIER shall promptly suspend works to the extent specified, properly caring for and protecting all work in progress and materials, supplies and equipment SUPPLIER has on hand for performance. LOINTEK may at any time withdraw the suspension as to all or part of the suspended works by written notice specifying the effective date and scope of withdrawal. SUPPLIER shall resume diligent performance on the specified effective date of withdrawal.

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  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Por común acuerdo entre las partes, fuerza mayor o caso fortuito, se podrá suspender temporalmente la ejecución del contrato mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento.

  • Suspensión de desembolsos El Banco, mediante notificación al Prestatario, podrá suspender los desembolsos, si surge y mientras subsista cualquiera de las circunstancias siguientes: (a) El retardo en el pago de las sumas que el Prestatario adeude al Banco por capital, comisiones, intereses, en la devolución de recursos xxx Xxxxxxxx utilizados para gastos no elegibles, o por cualquier otro concepto, con motivo de este Contrato o de cualquier otro contrato celebrado entre el Banco y el Prestatario, incluido otro Contrato xx Xxxxxxxx o un Contrato de Derivados.

  • SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN Se suspenderá la licitación por orden escrita de la autoridad competente. En caso fortuito o fuerza mayor los plazos y términos, previstos en la presente convocatoria, podrán ser suspendidos de conformidad con el artículo 28 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.

  • Suspensión Las partes de común acuerdo podrán suspender los plazos del contrato cuando se presenten circunstancias que así lo justifiquen, siempre y cuando con ello no se causen perjuicios a la entidad ni se originen mayores costos para LA DIRECCIÓN. De la suspensión se dejará constancia en acta suscrita por las partes en la cual se fijarán los mecanismos para valorar, reconocer o modificar los costos y/u otras condiciones del contrato. Para levantar la suspensión se suscribirá un acta de reanudación de los plazos contractuales.

  • SUSPENSIÓN DEL SERVICIO Se procederá a la suspensión del servicio en los siguientes eventos:

  • SUSPENSIÓN DEL CONTRATO La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en los preceptos concordantes del RGLCAP.

  • PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los

  • DISMINUCIÓN DEL RIESGO El Tomador del Seguro o el Asegurado podrán, durante el curso del contrato, poner en conocimiento del Asegurador todas las circunstancias que disminuyan el riesgo y sean de tal naturaleza que si hubieran sido conocidas por éste en el momento de la perfección del contrato, lo habría concluido en condiciones más favorables para el Tomador del Seguro. En tal caso, al finalizar el periodo en curso cubierto por la prima, el Asegurador deberá reducir el importe de la prima futura en la proporción que corresponda, teniendo derecho el Tomador en caso contrario a la resolución del contrato y a la devolución de la diferencia entre la prima satisfecha y la que le hubiera correspondido pagar, desde el momento de la puesta en conocimiento de la disminución del riesgo.