Suspensión del acuerdo marco. La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del acuerdo marco. A efectos de la suspensión del acuerdo xxxxx se estará a lo dispuesto en el artículo 208 de la LCSP. De conformidad con el artículo 208 LCSP, si la Administración acordase la suspensión del contrato, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste con sujeción a las reglas establecidas en el apartado G) del Anexo I al pliego.
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Samples: Acuerdo Marco De Obras, Acuerdo Marco De Servicios, Acuerdo Marco De Obras
Suspensión del acuerdo marco. La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del acuerdo marco. A efectos de la suspensión del acuerdo xxxxx se estará a lo dispuesto en el artículo 208 de la LCSP. De conformidad con el artículo 208 LCSP, si la Administración acordase la suspensión del contrato, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste con sujeción a las reglas establecidas en el apartado G) 22 del Anexo I al pliego.
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Samples: Acuerdo Marco De Servicios