SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA LICITACIÓN. 20.1. Se podrá suspender la Licitación en forma temporal, cuando se presuma que existen irregularidades graves, en cuyo caso se dará aviso por escrito a todos los involucrados. 20.2. Si desaparecen las causas que hubiesen motivado la suspensión temporal de la Licitación, se reanudará la misma previo aviso por escrito a todos los involucrados y solamente podrán participar los Licitantes que no hubiesen sido descalificados.
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