TARJETA DE DEBITO Cláusulas de Ejemplo

TARJETA DE DEBITO. Instrumento magnético, electrónico o de otra tecnología que permite al tarjetahabiente realizar consumos o hacer retiros de dinero en efectivo con cargo automático a los haberes de su cuenta bancaria, y que se emite previa solicitud del titular de la cuenta bancaria.
TARJETA DE DEBITO. A. EL CLIENTE podrá solicitar la emisión de una tarjeta de débito, para acceso y utilización de los servicios de transacciones por medio ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de distribución automatizados o sistemas de transmisión electrónica de datos, en los cuales no tienen intervención directa los funcionarios o empleados de LA FINANCIERA, tales como los ATMs o POS emitida por la FINANCIERA, que se regirá de acuerdo a las modalidades operativas que permite el presente contrato y, los contratos suscriptos por LA FINANCIERA con los proveedores del sistema de la red de servicios de tarjeta de débito y de ATM y POS, por lo que EL CLIENTE exonera desde ya de toda responsabilidad a LA FINANCIERA, de todo error, daño o perjuicio que resulte de la utilización de dichos servicios administrados por terceros que no fuese directamente imputable a LA FINANCIERA. B. Será emitida una tarjeta de débito para cada titular de la Cuenta de Ahorro, la que tendrá grabado el nombre del titular, un número exclusivo para dicha tarjeta y una banda magnética para el acceso a los servicios electrónicos de los ATM y POS. La tarjeta es de propiedad de LA FINANCIERA y es personal e intransferible y, sólo podrá ser utilizada por la persona a cuyo nombre fue emitida y figura grabada en ella. El plazo de validez de la tarjeta será hasta la fecha de vencimiento que constará en el cuerpo de la misma. No obstante las tarjetas perderán validez antes de su vencimiento por decisión de LA FINANCIERA o del CLIENTE debidamente notificada por escrito o por telegrama colacionado, debiendo en este caso, EL CLIENTE devolver la tarjeta dentro de las 24 (veinticuatro) horas de serle comunicada la revocación de la autorización para el uso de la tarjeta, siendo responsable por cualquier modificación que se produzca en las cuentas por el uso de la tarjeta, hasta tanto éstas sean devueltas. La FINANCIERA se reserva el derecho de arbitrar los medios para recuperar la tarjeta y podrá dar instrucciones para que sea retenida por cualquier comercio adherido al sistema, para lo cual el CLIENTE presta su conformidad. C. Los costos administrativos que originan los servicios serán pagados por EL CLIENTE. EL CLIENTE acepta que tales costos y cualquier otro gasto o impuesto que origine el sistema, que son publicados de manera mensual por la FINANCIERA, conforme lo dispuesto por la Resolución No 2 Acta No 123 del 15/11/2001 y la Resolución No 2 Acta No 73 del 07/11/2007, del B.C.P., sean debitados automáticamente de su cuenta, para lo cual se ...
TARJETA DE DEBITO. LA COOPERATIVA" entregará a "EL SOCIO" una TARJETA DE DÉBITO vinculada a una cuenta de ahorros de la cual "EL SOCIO" es titular en "LA COOPERATIVA". "EL SOCIO" podrá solicitar a "LA COOPERATIVA" la emisión de una o varias tarjetas adicionales para ser utilizadas por personas autorizadas por él, contra su propia cuenta de ahorros. Estas tarjetas adicionales también están sujetas a los términos y condiciones contempladas en el presente contrato y su uso es de absoluta responsabilidad de "EL SOCIO". "EL SOCIO" acepta que el número de tarjetas adicionales que se podrá emitir por cada socio y las condiciones de emisión, sean definidas por "LA COOPERATIVA". La TARJETA DE DÉBITO tiene una duración de tres años, contados a partir de la fecha de emisión de la misma. Terminado el plazo de duración "LA COOPERATIVA" procederá con la renovación automática de la TARJETA DE DÉBITC y realizará el débito correspondiente del costo de dicha renovación. En caso de que "EL SOCIO" no deseé renovar la TARJETA DE DÉBITO, este asume como suya la obligación de comunicar por escrito el particular a "LA COOPERATIVA", a fin de que ésta cancele la TARJETA DE DÉBITO y dé por terminado el presente contrato. La falta de notificación por parte de "EL SOCIO", se entenderá como una aceptación tácita de la renovación automática y los cargos o costos aplicados por "LA COOPERATIVA".
TARJETA DE DEBITO. La tarjeta de débito es un medio de pago y de disposición de fondos brinda acceso inmediato a los saldos de sus cuentas bancarias en Lempiras de EL CLIENTE relacionadas con la Tarjeta de Débito, para realizar transacciones en cualquiera de los comercios afiliados o hacer retiros de efectivo en los cajeros automáticos afiliados.
TARJETA DE DEBITO. El BANCO entregará -sin cargo- una tarjeta magnética que permita operar con los cajeros automáticos y realizar las operaciones mencionadas en la cláusula anterior, a las siguientes personas humanas:
TARJETA DE DEBITO. EL CLIENTE podrá solicitar la emisión de una tarjeta de débito, para acceso y utilización de los servicios de transacciones por medio ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de distribución automatizados o sistemas de transmisión electrónica de datos, en los cuales no tienen intervención directa los funcionarios o empleados de LA FINANCIERA, tales como los TEDs, ATMs o POS emitida por la FINANCIERA, que se regirá de acuerdo a las modalidades operativas que permite el presente contrato y, los contratos suscriptos por LA FINANCIERA con los proveedores del sistema de la red de servicios de tarjeta de débito y de TEDs, ATM y POS, por lo que EL CLIENTE exonera desde ya de toda responsabilidad a LA FINANCIERA, de todo error, daño o perjuicio que resulte de la utilización de dichos servicios administrados por terceros que no fuese directamente imputable a LA FINANCIERA.