CONTRATO PARA LA EMISION Y USO DE TARJETA DE DÉBITO
CONTRATO PARA LA EMISION Y USO DE TARJETA DE DÉBITO
En la ciudad de XXXX, a los XX días del mes de XXXX del XXXX, se celebra el presente contrato de emisión y uso de TARJETA DE DÉBITO, al tenor de las convenciones y declaraciones, que se determinan en las siguientes cláusulas:
PRIMERA. COMPARECIENTES.
Comparecen a la celebración del presente contrato: por una parte, Cooperativa de Ahorro y Crédito Vicentina "Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx" Ltda.; a quien en adelante se denominará "LA COOPERATIVA", representada por el trabajador autorizado que suscribe este documento; y, por otra parte, XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX a quien en adelante se denominará "EL SOCIO". Los comparecientes declaran ser capaces para contratar y obligarse cual en derecho se requiere para celebrar este tipo de actos y contratos.
SEGUNDA. ANTECEDENTES.
"LA COOPERATIVA" ha puesto a disposición de sus socios, la TARJETA DE DÉBITO que les permite realizar transacciones y consultas de saldos de la cuenta de ahorros que mantiene en "LA COOPERATIVA"; a través de cajeros automáticos de "LA COOPERATIVA"; así como, de cajeros automáticos, puntos de venta (P.O.S.), medios de pago electrónicos o botones de pago de la(s) Red(es) Transaccional(es) con la(s) que "LA COOPERATIVA" mantenga convenio(s).
"LA COOPERATIVA" es una Institución Financiera regulada por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, y sometida exclusivamente a las leyes ecuatorianas, por lo tanto, el "EL SOCIO" se somete y acepta dichas regulaciones; y aquellas que "LA COOPERATIVA" como parte de su normativa interna llegue a emanar.
TERCERA. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO OPERATIVO Y APROBACIÓN DE LA TARJETA DE DÉBITO.
Todo socio de "LA COOPERATIVA" puede solicitar la emisión de una TARJETA DE DÉBITO vinculada a una de las cuentas que mantenga en "LA COOPERATIVA"; para lo cual, "LA COOPERATIVA" únicamente solicitará que "EL SOCIO", que cumpla con los siguientes requisitos:
1. Que la cuenta de ahorros a la que se vinculará la TARJETA DE DÉBITO se encuentre activa;
2. Que los fondos de la cuenta de ahorros de "EL SOCIO", a la cual vaya a vincularse la TARJETA DE DÉBITO no se encuentren retenidos o bloqueados;
3. Presentación el documento de identificación y certificado de votación de "EL SOCIO"; y,
4. Que suscriba el contrato para la emisión y uso de la TARJETA DE DÉBITO y sus respectivos anexos.
“LA COOPERATIVA" una vez que "EL SOCIO" cumpla con los requisitos detallados en el párrafo anterior, procederá a la emisión de la TARJETA DE DÉBITO dentro de las 72 horas laborables, posteriores a la firma del contrato.
CUARTA. OBJETO.
"LA COOPERATIVA" conviene con "EL SOCIO" en suscribir el presente contrato con el fin de que “LA COOPERATIVA" emita una TARJETA DE DÉBITO que estará vinculada a la cuenta de ahorros No XXXXXXXXXXX que "EL SOCIO" mantiene en "LA COOPERATIVA". La TARJETA DE DÉBITO permitirá a "EL SOCIO" realizar las transacciones detalladas en la cláusula denominada SERVICIOS Y PRESTACIONES QUE SE OFRECE A TRAVÉS DE LA TARJETA DE DÉBITO de este instrumento, las que se pueden mantener, incrementar o retirar.
QUINTA. MEDIOS DE NOTIFICACIÓN.
"EL SOCIO" registrará al momento de suscribir el presente contrato para uso de la TARJETA DE DÉBITO una dirección activa de correo electrónico y un número de teléfono celular de uso personal, a los cuales "LA COOPERATIVA" remitirá mensajes, notificaciones y demás información relacionada al uso de la TARJETA DE DÉBITO, utilizando para ello uno de los medios antes señalados, o los que se lleguen a implementar en el futuro.
"EL SOCIO" podrá modificar la dirección de correo electrónico y lo cambiar el número de teléfono celular registrado en "LA COOPERATIVA", obligándose en todo caso a comunicar el particular a "LA COOPERATIVA" en una de sus oficinas en el menor tiempo posible, utilizando el formulario que "LA COOPERATIVA" le entregará para el efecto.
"LA COOPERATIVA" quedará exonerada de toda responsabilidad, cuando:
1. "EL SOCIO" hubiere proporcionado a "LA COOPERATIVA" una dirección de correo electrónico y lo número de teléfono celular de uso personal inválidos o incorrectos; y,
2. "EL SOCIO" no notifique por escrito a "LA COOPERATIVA" de cualquier cambio en su dirección de correo electrónico y/o número de teléfono celular de uso personal.
"EL SOCIO" acepta que todas las notificaciones remitidas por "LA COOPERATIVA" por cualquiera de estos dos medios de comunicación no son consideradas SPAM (correo basura y/o mensaje basura).
"LA COOPERATIVA" además podrá utilizar como medios de notificación su página web y redes sociales.
Por otra parte "EL SOCIO" podrá notificar a "LA COOPERATIVA", por escrito en cualquiera de sus oficinas, o través de cualquiera de los canales que "LA COOPERATIVA" ponga a su disposición; y, siempre y cuando este tipo de notificaciones no sean de carácter judicial, en que el único domicilio para notificaciones será el domicilio principal de "LA COOPERATIVA".
SEXTA. TARJETA DE DEBITO.
"LA COOPERATIVA" entregará a "EL SOCIO" una TARJETA DE DÉBITO vinculada a una cuenta de ahorros de la cual "EL SOCIO" es titular en "LA COOPERATIVA". "EL SOCIO" podrá solicitar a "LA COOPERATIVA" la emisión de una o varias tarjetas adicionales para ser utilizadas por personas autorizadas por él, contra su propia cuenta de ahorros. Estas tarjetas adicionales también están sujetas a los términos y condiciones contempladas en el presente contrato y su uso es de absoluta responsabilidad de "EL SOCIO".
"EL SOCIO" acepta que el número de tarjetas adicionales que se podrá emitir por cada socio y las condiciones de emisión, sean definidas por "LA COOPERATIVA".
La TARJETA DE DÉBITO tiene una duración de tres años, contados a partir de la fecha de emisión de la misma. Terminado el plazo de duración "LA COOPERATIVA" procederá con la renovación automática de la TARJETA DE DÉBITC y realizará el débito correspondiente del costo de dicha renovación. En caso de que "EL SOCIO" no deseé renovar la TARJETA DE DÉBITO, este asume como suya la obligación de comunicar por escrito el particular a "LA COOPERATIVA", a fin de que ésta cancele la TARJETA DE DÉBITO y dé por terminado el presente contrato. La falta de notificación por parte de "EL SOCIO", se entenderá como una aceptación tácita de la renovación automática y los cargos o costos aplicados por "LA COOPERATIVA".
SÉPTIMA. PERSONALIZACIÓN DE LA TARJETA DE DÉBITO.
La TARJETA DE DÉBITO contendrá en el anverso de la tarjeta el nombre y apellido impreso del titular de la misma y en las tarjetas adicionales el nombre y apellido de la persona que el "EL SOCIO" determine, por lo que "EL SOCIO" se hace responsable de la información suministrada para la personalización de la TARJETA DE DÉBITO; es decir, por el nombre que se imprimirá en cada TARJETA DE DÉBITO que solicite.
En base a lo previsto en este contrato "EL SOCIO" acepta que, en la TARJETA DE DÉBITO a emitirse a su nombre, sus datos personales aparezcan de la siguiente manera:
"XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX"
OCTAVA. CLAVE DE LA TARJETA DE DÉBITO.
"LA COOPERATIVA" en el momento de la entrega de la TARJETA DE DÉBITO procederá a realizar la activación de ésta y solicitará a "EL SOCIO" ingrese una clave numérica de 4 dígitos. Posteriormente, "EL SOCIO" asume como su responsabilidad el cambio frecuente de la clave, o cuando menos la efectuará en los plazos que "LA COOPERATIVA" establezca.
Para la generación de una clave para la TARJETA DE DÉBITO por olvido, "EL SOCIO" debe acercarse a una de las oficinas de "LA COOPERATIVA" y solicitar el registro de una nueva clave.
NOVENA. MECANISMOS DE AUTENTICACIÓN.
"EL SOCIO" autoriza a "LA COOPERATIVA", para que por razones de seguridad y a fin de proteger sus intereses, información y fondos; suspenda, modifique o incorpore mecanismos de autenticación que considere necesarios para el uso de la TARJETA DE DÉBITO. "EL SOCIO" se obliga a cumplir con todos y cada uno de los requisitos que "LA COOPERATIVA" fije como mecanismos de autenticación para el uso de la TARJETA DE DÉBITO.
DÉCIMA. BLOQUEO DE LA TARJETA DE DÉBITO.
La TARJETA DE DÉBITO cuenta con un mecanismo de bloqueo automático, el que se activará cuando "EL SOCIO" ingrese erróneamente su clave por tres ocasiones consecutivas.
En caso de bloqueo, "EL SOCIO" podrá solicitar personalmente en una de las oficinas de "LA COOPERATIVA" el desbloqueo de la TARJETA DE DÉBITO.
DÉCIMA PRIMERA. RED TRANSACCIONAL.
Para efectos de este contrato se entenderá por RED TRANSACCIONAL al conjunto de cajeros automáticos de "LA COOPERATIVA", y de terceros con los que "LA COOPERATIVA" mantiene o mantenga convenios; en los cuales "EL SOCIO" puede realizar sus TRANSACCIONES.
La RED TRANSACCIONAL comprende:
1. Red de Cajeros Automáticos propios de "LA COOPERATIVA";
2. Red de Cajeros Automáticos y Puntos de venta (P.O.S) de la Red BANRED;
3. Red de Cajeros Automáticos, Corresponsales Solidarios, Puntos de Venta (P.O.S) que "LA COOPERATIVA" incorpore en el futuro; y,
4. Medios de pago electrónicos y/o Botones de pago que "LA COOPERATIVA" incorpore en el futuro.
"LA COOPERATIVA" con el propósito de ampliar o disminuir la RED TRANSACCIONAL, podrá suscribir nuevos convenios o terminar los mismos con las empresas que administran redes de cajeros automáticos, Puntos de venta (P.O.S.), Corresponsales Solidarios, Medios de pago electrónicos y Botones de pago, en la medida que lo considere conveniente, situación que "LA COOPERATIVA" la hará conocer a "EL SOCIO", por medio de su página web, redes sociales, medios de notificación u otros que estime conveniente o incorpore en el futuro.
DÉCIMA SEGUNDA. SERVICIOS QUE SE OFRECE Y PRESTA A TRAVÉS DE LA TARJETA DE DÉBITO.
"EL SOCIO" mediante el uso de la TARJETA DE DÉBITO puede realizar retiros de efectivo de la cuenta de ahorros que mantiene en "LA COOPERATIVA" a la cual se hubiere vinculado a la misma; así como, consultas de saldos; para lo cual la cuenta de ahorros debe mantenerse activa.
Las transacciones que "EL SOCIO" puede realizar con la TARJETA DE DÉBITO comprenden:
1. RETIRO DE FONDOS: Con la TARJETA DE DÉBITO, "EL SOCIO" está facultado para retirar los fondos que mantenga disponibles en la cuenta de ahorros asociada a la tarjeta. Las transacciones de retiro de fondos serán debitadas de la cuenta de ahorros de "EL SOCIO" sin más requisito que la evidencia que aquellas se efectuaron a través de la RED TRANSACCIONAL.
2. CONSULTA DE SALDOS DE SUS CUENTAS DE AHORROS.
3. TRANSFERENCIAS DE FONDOS: Con la TARJETA DE DÉBITO, "EL SOCIO" está facultado para realizar transferencias de fondos que mantenga disponibles en la cuenta de ahorros asociada a la tarjeta a otras cuentas. Las transacciones de retiro de fondos serán debitadas de la cuenta de ahorros de "EL SOCIO" sin más requisito que la evidencia que aquellas se efectuaron a través de la RED TRANSACCIONAL.
4. PAGOS DE SERVICIOS: Con la TARJETA DE DÉBITO, "EL SOCIO" está facultado para realizar pagos de servicios. Las transacciones de pago de servicios serán debitadas de la cuenta de ahorros de "EL SOCIO" sin más requisito que la evidencia que aquellas se efectuaron a través de la RED TRANSACCIONAL.
"LA COOPERATIVA" como propietaria de la TARJETA DE DÉBITO, puede modificar, suspender o retirar temporal o definitivamente, cualquiera de las transacciones descritas en este contrato; así como, incrementar nuevas transacciones que no se contemplen en el mismo, situación que "LA COOPERATIVA" la hará conocer con por lo menos 15 días de anticipación por medio de su página web, redes sociales, medios de notificación, u otros que estime conveniente o incorpore en el futuro. En caso de que "EL SOCIO" no esté de acuerdo libremente podrá dar por terminado este contrato y solicitar la anulación de la TARJETA DE DÉBITO.
DÉCIMA TERCERA. SUSPENSIÓN.
"LA COOPERATIVA", previa notificación al público en general, podrá suspender los servicios de sus cajeros ATMS por las razones que debidamente se expresarán para su conocimiento, salvo los en caso de fuerza mayor o caso fortuito.
DÉCIMA CUARTA. MONTOS MÁXIMO POR TRANSACCIONES.
"LA COOPERATIVA" definirá montos máximos para las transacciones que se podrán realizar mediante el uso de la TARJETA DE DÉBITO, los cuales serán diarios, semanales y mensuales. "EL SOCIO" podrá personalizar los montos máximos dentro de los rangos establecidos por "LA COOPERATIVA", en una de las oficinas o en uno de los canales electrónicos que la Cooperativa defina, de acuerdo con los procedimientos establecidos por "LA COOPERATIVA".
DÉCIMA QUINTA.COBERTURA.
Los servicios y prestaciones que ofrece "LA COOPERATIVA" a través de la TARJETA DE DÉBITO, tienen cobertura a nivel nacional mediante la RED TRANSACCIONAL; no descartándose que en un futuro la cobertura
pueda realizarse a nivel internacional, mediante convenios que para el efecto podrá suscribir "LA COOPERATIVA" por lo que "EL SOCIO" autoriza la ampliación de dicha cobertura.
DÉCIMA SEXTA. RESPONSABILIDAD.
"EL SOCIO" es el único responsable de las transacciones o consultas que se efectúen con su TARJETA DE DÉBITO Y con las adicionales que éste hubiere solicitado; también es responsable de las consecuencias que puedan derivarse del uso de la (s) misma (s) por cualquier persona autorizada o no por él.
El único requisito para la validez de las transacciones efectuadas con la TARJETA DE DÉBITO será haber sido realizadas utilizando la tarjeta que se entregó en "LA COOPERATIVA" Y la clave secreta personalizada por "EL SOCIO". Para todos los efectos legales "LA COOPERATIVA" considerará que dichas transacciones fueron realizadas con el consentimiento y autorización de "EL SOCIO".
"EL SOCIO", a partir de la entrega de la TARJETA DE DÉBITO se compromete a custodiar la TARJETA DE DÉBITO que ha recibido de "LA COOPERATIVA" y a no dar a conocer la clave secreta de la tarjeta a terceras personas, siendo por lo tanto responsable ante un caso de uso indebido de dicha tarjeta,
"LA COOPERATIVA" no asume responsabilidad alguna cuando "EL SOCIO" no pueda efectuar sus transacciones o consultas; por desperfectos ocasionales en la plataforma tecnológica de Cajeros Automáticos, por daños en la red, fallas en la transmisión de datos; o, por situaciones atribuibles a caso fortuito o fuerza mayor, en los términos establecidos en la legislación ecuatoriana,
"LA COOPERATIVA" no se responsabiliza por las pérdidas, robos, extravíos o sustracciones de la TARJETA DE DÉBITO o de fondos de la que puede ser objeto "EL SOCIO", durante la utilización de la misma en la red transaccional, ni luego de la terminación de la transacción,
"EL SOCIO" acepta que será el único responsable por los daños o perjuicios que ocasione a "LA COOPERATIVA" por la utilización inapropiada de la TARJETA DE DÉBITO.
"EL SOCIO" acepta que la TARJETA DE DÉBITO, solicitada a "LA COOPERATIVA" debe ser retirada dentro de los 180 días posteriores desde la fecha que fue requerida, caso contrario será destruida sin lugar a reclamo alguno contra "LA COOPERATIVA", ni reintegro del valor cobrado por emisión de ésta.
"EL SOCIO" acepta que, si no utiliza la TARJETA DE DÉBITO durante un año desde la fecha de emisión de ésta, la
TARJETA DE DÉBITO será anulada sin lugar a reclamo alguno contra "LA COOPERATIVA".
DÉCIMA SÉPTIMA. INTRANSFERIBILlDAD DE LA TARJETA.
Una vez "LA COOPERATIVA" entregue la TARJETA DE DÉBITO a "EL SOCIO", éste asume como su responsabilidad custodiar la TARJETA DE DÉBITO que ha recibido de "LA COOPERATIVA"; así como la clave secreta que permite realiza transacciones mediante la misma; por lo que se compromete a no transferir ni la tarjeta, ni la clave de la misma, a--~- terceras personas; asumiendo íntegramente la responsabilidad de las transacciones y uso que se realice de estas, en caso de dar a conocer a otras personas dicha información. Para todos los efectos legales "LA COOPERATIVA" considerará que dichas transacciones fueron realizadas con el consentimiento y autorización de "EL SOCIO" ,
DÉCIMA OCTAVA. PÉRDIDA, SUSTRACCIÓN, PRESUNCIÓN DE CLONACIÓN O DETERIORO DE LA TARJETA.
En caso de pérdida, sustracción, presunción de clonación o deterioro de la TARJETA DE DÉBITO, "EL SOCIO" es el único responsable de notificar a "LA COOPERATIVA", inmediatamente después de detectado el mismo, para que ésta proceda a su bloqueo o anulación de acuerdo con la solicitud de "EL SOCIO", la notificación podrá efectuarse por escrito mediante comunicación que deberá ser entregada en la matriz o cualquiera de las agencias de "LA COOPERATIVA", vía telefónica, MegOline o por cualquier otro medio que "LA COOPERATIVA" ponga a disposición de sus socios. Cualquiera que fuese el medio utilizado por "EL SOCIO" para la notificación a "LA COOPERATIVA", será conservada a fin de presentarla y usarla como prueba en los casos que requiriese, con observancia a la Ley.
"EL SOCIO" acepta y asume que es el único responsable de notificar por escrito, telefónicamente o a través de los canales que "LA COOPERATIVA" ponga a su disposición, la pérdida, extravío, presunción de clonación o robo de la TARJETA DE DÉBITO, para este hecho no requerirá más que identificarse ante "LA COOPERATIVA" con sus nombres y apellidos completos, y número de identificación registrados en ésta. "EL SOCIO" no será responsable por lar transacciones y/o consumos que se hagan con cargo a la tarjeta reportada como perdida, sustraída, presuntarnente, clonada o deteriorada, a partir de la fecha en que "LA COOPERATIVA" sea notificada.
"LA COOPERATIVA" no se responsabiliza por la falta de notificación oportuna por parte de "EL SOCIO" respecto a la perdida, sustracción, presunta clonación o deterioro de la TARJETA DE DÉBITO, por lo que las transacciones realizadas con ésta serán válidas y afectarán los saldos existentes en la cuenta de ahorros a la que ésta se encuentra asociada mientras "LA COOPERATIVA" no sea notificada, aún si "EL SOCIO" hubiese presentado denuncia ante la fiscalía, policía u otro organismo competente; y por este concepto no podrá requerirse a "LA COOPERATIVA" ni restitución de valores ni
indemnización alguna.
DÉCIMA NOVENA. RECLAMACIONES POR INCONFORMIDAD CON LOS MOVIMIENTOS REFLEJADOS POR LA TARJETA O POR FACTURACIÓN.
En caso de que "EL SOCIO" no se encuentre conforme con los movimientos registrados en su cuenta de ahorros mediante el uso de la TARJETA DE DÉBITO, o con la facturación efectuada por el uso de ésta; podrá presentar un reclamo por escrito a "LA COOPERATIVA", dentro de los 15 días subsiguientes a aquel en que se realizó la transacción o facturación en cuestión. "LA COOPERATIVA" no asumirá ninguna responsabilidad en caso de que la transacción haya sido realizada utilizando la TARJETA DE DÉBITO Y clave secreta personalizada por "EL SOCIO".
El proceso que debe seguir "EL SOCIO" para presentar el reclamo consiste en:
1. Presentar el reclamo en balcón de servicios en la oficina Matriz o una de las agencias de la Cooperativa;
2. Presentar el documento de identificación; y,
3. Llenar el formulario de reclamos.
VIGÉSIMA. MEDIOS DE PRUEBA.
"EL SOCIO" reconoce y acepta como medio de prueba de las transacciones de retiro realizadas con la TARJETA DE DÉBITO, el comprobante que emitirá la red de cajeros tanto a nivel local como internacional; así también, los comprobantes provenientes de aquellas transacciones que se realicen a través de los puntos de ventas que poseen los establecimientos afiliados en los que se pueda usar TARJETA DE DÉBITO como medio de pago; además, acepta y reconoce como medio de prueba las copias de los registros que de tales transacciones se conservan por medio de los sistemas informáticos de "LA COOPERATIVA". Esta prueba se extenderá y será aplicable a las tarjetas adicionales que haya solicitado el titular principal.
VIGÉSIMA PRIMERA. MODIFICACIONES ORIGINADAS POR CAMBIOS NORMATIVOS.
Todas las modificaciones que se originen de un cambio normativo, y que como consecuencia de ellas modifiquen o incorporen nuevas condiciones, derechos y/u obligaciones ya sea para "LA COOPERATIVA" o "EL SOCIO", se entenderán incorporadas a este contrato en pleno derecho, desde la fecha de aplicación de dicha normativa; y para tal efecto bastará darlas a conocer a "EL SOCIO" por cualquier medio, sin que sea necesaria la firma de un nuevo contrato o documento alguno.
VIGÉSIMA SEGUNDA. DECLARACIONES, COMPROMISOS Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES CONTRACTUALES.
1. El uso de la TARJETA DE DÉBITO está sujeto a la normatividad expedida o que expida "LA COOPERATIVA", o el Organismo de Control para el Sistema Financiero Popular y Solidario y demás normativa ecuatoriana aplicable;
2. "EL SOCIO" conoce y acepta las responsabilidades de orden administrativo, civil y penal, que como consecuencia de las declaraciones efectuadas en el presente contrato pueden generarse;
3. "EL SOCIO" declara que conoce las disposiciones legales instauradas en la república de Ecuador para la prevención xxx xxxxxx de activos, por lo que autoriza expresamente a "LA COOPERATIVA" a realizar los análisis y verificaciones que considere necesarios e informar de manera inmediata a las autoridades competentes sobre la existencia de operaciones y/o transacciones inusuales e injustificadas realizadas por medio de la TARJETA DE DÉBITO. En virtud de lo autorizado, "EL SOCIO" renuncia a instaurar por este motivo cualquier tipo de acción civil, penal y/o administrativa en contra de "LA COOPERATIVA";
4. "EL SOCIO" declara haber sido instruido e informado sobre las normas que rigen la expedición, custodia y manejo seguro de la TARJETA DE DÉBITO, por lo que tiene pleno conocimiento de su funcionamiento y acepta todas las normas definidas por "LA COOPERATIVA" para su uso, mismas que se encuentran publicadas en los medios establecidos por el Organismo de Control para el Sistema Financiero Popular y Solidario. Así mismo, declara que ha recibido el documento en el cual se detalla la forma de uso de la TARJETA DE DÉBITO y demás normas de seguridad establecidas. "EL SOCIO" se obliga a revisar periódicamente las normas de seguridad vigentes y aplicarlas obligatoriamente al usar la TARJETA DE DÉBITO;
5. "LA COOPERATIVA" se compromete a procesar todas las transacciones que "EL SOCIO" efectúe con su TARJETA DE DÉBITO, sin que tenga responsabilidad alguna sobre aquellas que no pudieran efectuarse por causas atribuibles a "EL SOCIO" tales como falta de fondos o bloqueo o retención de cuenta dispuesta por autoridad competente;
6. "LA COOPERATIVA" no enviará correos electrónicos o enlaces de acceso solicitando datos relacionados con el número de la TARJETA DE DÉBITO, clave secreta o información sobre las cuentas de los socios de "LA COOPERATIVA", por lo que "EL SOCIO" será responsable del acceso a correos electrónicos y a sitios web potencialmente peligrosos;
7. "EL SOCIO" acepta que las instrucciones impartidas por él, utilizando la TARJETA DE DÉBITO, expresan o portan implícitamente. su voluntad y autorización para su ejecución; y en consecuencia son válidas, íntegras, correctas, e irrevocables, de tal forma, que "EL SOCIO" autoriza a "LA COOPERATIVA" que proceda según dichas instrucciones, sin que sea necesario por parte de "LA COOPERATIVA", confirmación de las mismas o requisito adicional alguno; y,
8. “EL SOCIO" acepta, que en el evento de que "LA COOPERATIVA" establezca alguna diferencia entre los montos de las transacciones realizadas con la TARJETA DE DEBITO y los débitos y/o créditos afectados en la(s) cuenta(s) de "EL SOCIO", "LA COOPERATIVA" debite y/o acredite de/en la cuenta de ahorros vinculada a la tarjeta de débito.
VIGÉSIMA TERCERA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
Son derechos de "EL SOCIO" los siguientes:
1. Solicitar la emisión, bloqueo, anulación y cancelación de la TARJETA DE DÉBITO en cualquier tiempo;
2. Recibir información clara y precisa sobre los alcances de este contrato, así como de los servicios a los que podrá acceder por medio de la TARJETA DE DÉBITO;
3. Realizar reclamos en caso de encontrarse inconforme con los movimientos registrados en su cuenta de ahorros mediante el uso de la TARJETA DE DÉBITO, dentro del plazo de 15 días contados a partir de la fecha en que se hubieran efectuado la transacciones en cuestión;
4. Conocer los cargos asociados a las transacciones realizadas en la cuenta de ahorros, mediante el uso de la TARJETA DE DÉBITO; y,
5. Recibir una copia del presente contrato, y que se le informe de la variación de cualquiera de sus términos, mediante los canales establecidos o que llegará a establecer "LA COOPERATIVA" con por lo menos 15 días de anticipación a su aplicación, en caso de que "EL SOCIO" no acepte dichos cambios podrá solicitar a "LA COOPERATIVA" se dé por terminado el presente contrato y por ende se anule la TARJETA DE DÉBITO.
Son obligaciones de "EL SOCIO" las siguientes:
1. Notificar a "LA COOPERATIVA" el cambio de correo que ha registrado a efecto de recibir notificaciones por parte de ésta;
2. Custodiar la TARJETA DE DÉBITO y su clave; y no compartirlas con terceros;
3. Reportar inmediatamente a "LA COOPERATIVA" la pérdida, sustracción. presunción de clonación o deterioro de la TARJETA DE DÉBITO; y,
4. Las demás establecidas en este contrato.
Son derechos de "LA COOPERATIVA" los siguientes:
1. Reservarse el derecho de emitir la TARJETA DE DÉBITO cuando "EL SOCIO" no cumpla con los requisitos solicitados;
2. Dar por terminado el contrato por las razones establecidas en el artículo TERMINACIÓN DEL CONTRATO;
3. Establecer nuevas transacciones que puedan prestarse a través de la TARJETA DE DÉBITO, las que podrán ser usadas o no por "EL SOCIO" a su discreción;
4. Fijar los cargos o costos para las transacciones que se puedan realizar a través de la TARJETA DE DÉBITO, las cuales se ajustarán a las establecidas por el(los) organismo(s) de control; y,
5. Ampliar o disminuir la RED TRANSACCIONAL.
Son obligaciones de "LA COOPERATIVA" las siguientes:
1. Informar a "EL SOCIO" de forma clara los alcances de este contrato, así como de los servicios a los que podrá acceder por medio de la TARJETA DE DÉBITO;
2. Entregar a "EL SOCIO" una copia del contrato de emisión y uso de TARJETA DE DÉBITO;
3. Mantener a disposición de "EL SOCIO" un número telefónico de servicio las 24 horas;
4. Notificar a "EL SOCIO". en los medios de notificación registrados por éste en "LA COOPERATIVA"; página web y redes sociales u otros medios que se incorporen en el futuro, sobre las transacciones que puedan realizarse utilizando la TARJETA DE DÉBITO; los cupos mínimos y máximos por transacciones; así como, los cargos o costos de la misma; y,
5. Las demás establecidas en el presente contrato.
VIGÉSIMA CUARTA. PROPIEDAD.
Se deja expresa constancia de que la TARJETA DE DÉBITO es de exclusiva propiedad de "LA COOPERATIVA" por lo tanto "EL SOCIO" utilizará la TARJETA DE DÉBITO, única y exclusivamente con el propósito de realizar lo descrito en este contrato.
VIGÉSIMA QUINTA. CARGOS O COSTOS.
El uso de la TARJETA DE DÉBITO principal y adicionales que "EL SOCIO" solicite estará (n) sujetas a los siguientes costos:
⮚ COSTO POR EMISIÓN DE LA TARJETA DE DÉBITO. Será cobrado por "LA COOPERATIVA" por una sola vez, y el valor a cobrar por este concepto será previamente informado por "LA COOPERATIVA" Y aceptado por "EL SOCIO"; Y luego de ello será debitado de la cuenta de éste en la fecha de suscripción del presente contrato. Una vez que "LA COOPERATIVA" hubiere emitido la tarjeta y efectuado el débito en la cuenta de "EL SOCIO", dicho valor no será reembolsado, aún en el caso de que "EL SOCIO" no la retire, o que la misma se encuentre bloqueada, o que esté inactiva.
⮚ COSTO POR LA RENOVACIÓN DE LA TARJETA DE DÉBITO. "EL SOCIO" autoriza expresamente a "LA COOPERATIVA" para que ésta efectúe el cobro del costo por renovación de la TARJETA DE DÉBITO, la que como se ha informado es automática a falta de notificación por parte de "EL SOCIO", indicando que no desea Ia misma;
⮚ COSTO POR LA REPÓSICIÓN DE LA TARJETA DE DÉBITO. "EL SOCIO" autoriza expresamente a "LA COOPERATIVA" a efectuar el débito correspondiente al costo por reposición de la tarjeta en caso de extravío o pérdida; y
⮚ COSTO POR TRANSACCIONES. En cuanto al costo por las transacciones que se efectúen con la TARJETA DE DÉBITO, "EL SOCIO" reconocerá por su uso un costo que es previamente conocido y aceptado por éste", y que en caso de variar será puesto en su conocimiento.
"EL SOCIO" declara que conoce y acepta los cargos o costos establecidos por "LA COOPERATIVA" para las transacciones que se realicen con la TARJETA DE DÉBITO, Y que se detallan en el Anexo número 1 "Costos TARJETA DE DÉBITO"; así mismo manifiesta que ha sido informado que estos pueden variar como consecuencia de la emisión de nuevas regulaciones que emitan los Organismos de Control. La información sobre cargos o costos a aplicarse, será informada por "LA COOPERATIVA" al público en general mediante la página web y redes sociales de "LA COOPERATIVA", y a sus socios adicionalmente por los medios de notificación establecidos en el presente contrato u otros que "LA COOPERATIVA" estime conveniente o incorpore en el futuro.
"LA COOPERATIVA" se reserva el derecho de implementar nuevas transacciones, fijando para ellas los costos que se enmarcarán dentro de los rangos establecidos en la normativa legal que rija para el efecto. "LA COOPERATIVA" se reserva el derecho de procesar dichas transacciones sin costo, de acuerdo con su estrategia de negocio.
En caso de que "EL SOCIO" no esté de acuerdo con los cargos o costos fijados para el uso de la TARJETA DE DÉBITO, este asume como suya la obligación de comunicar por escrito el particular a "LA COOPERATIVA", a fin de que ésta le cancele la TARJETA DE DÉBITO Y dé por terminado el presente contrato. La falta de notificación por parte de "EL SOCIO" se entenderá como una aceptación tácita de los cargos o costos aplicados.
VIGÉSIMA SEXTA. CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO.
Son causas de suspensión del servicio las siguientes:
1. Los desperfectos ocasionales en la plataforma tecnológica de Cajeros Automáticos, por daños en la red, fallas en la transmisión de datos; o, por situaciones atribuibles a caso fortuito o fuerza mayor, en los términos establecidos en la legislación ecuatoriana; y,
2. Que los fondos existentes en la cuenta vinculada a la TARJETA DE DÉBITO hayan sido retenidos o bloqueados por orden de autoridad competente.
Una vez superadas las causas que originan la suspensión del servicio, el mismo se restablecerá de la forma en que ha sido pactado mediante el presente contrato.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. REQUISITOS PARA LA CANCELACIÓN DE LA TARJETA.
"EL SOCIO" podrá solicitar en cualquier momento la cancelación de la TARJETA DE DÉBITO, para lo cual deberá presentar los siguientes requisitos:
1. Solicitud de cancelación de la TARJETA DE DÉBITO debidamente suscrita por su titular o quien lo represente; y,
2. Documento de identificación y certificado de votación del titular de la TARJETA DE DÉBITO, o quien lo represente.
La solicitud será entregada por "EL SOCIO" en una de las oficinas de "LA COOPERATIVA", siendo responsabilidad de "EL SOCIO" obtener el acuse de recibo de tal solicitud, que servirá como constancia de la notificación realizada a "LA COOPERATIVA".
VIGÉSIMA OCTAVA. PLAZO.
El presente contrato para la emisión y uso de la TARJETA DE DÉBITO tendrá una duración indefinida y cualquiera de las partes puede darlo por terminado en cualquier momento de acuerdo con las normas legales y reglamentarias pertinentes.
VIGÉSIMA NOVENA. TERMINACIÓN DEL CONTRATO.
Sin perjuicio de lo señalado en la cláusula denominada "PLAZO" de este contrato, "LA COOPERATIVA" podrá dar por terminado el presente contrato anticipadamente en los siguientes casos:
1. Cuando "LA COOPERATIVA" llegue a detectar falsedad en los datos proporcionados por "EL SOCIO";
2. Cuando "LA COOPERATIVA" llegue a detectar mal uso de la TARJETA DE DÉBITO por parte de "EL SOCIO";
3. Cuando "EL SOCIO" cierre la cuenta de ahorro que está asociada a la TARJETA DE DÉBITO;
4. Cuando "EL SOCIO" solicite en cualquier momento la terminación del presente contrato, bastando para ello la presentación de una solicitud por escrito en una de las oficinas de "LA COOPERATIVA" en días y horas hábiles; y,
5. Cuando "EL SOCIO" notifique por escrito a "LA COOPERATIVA" la no aceptación de los cargos o costos de las transacciones que se presten mediante el uso de la TARJETA DE DÉBITO.
TRIGÉSIMA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Todas las controversias que surjan en relación con este contrato serán sometidas a los Jueces competentes del Cantón Xxxx, mediante la vía que elija "LA COOPERATIVA"; para el efecto "EL SOCIO" renuncia fuero y domicilio que le pudiera favorecer.
TRIGÉSIMA PRIMERA. DECLARACIÓN.
"EL SOCIO" declara expresamente que ha leído y entendido en su totalidad el contenido del presente contrato.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. ACEPTACIÓN.
Las partes contratantes aceptan de mutuo acuerdo las estipulaciones de este contrato, por considerarlas convenientes a sus intereses, y declaran que se entienden incorporadas al mismo, todas las disposiciones legales que le sean aplicables en razón de su naturaleza.
Los comparecientes enterados del contenido de este contrato lo aceptan en su integridad, par señal de conformidad y aceptación lo suscriben en dos ejemplares de igual tenor, en la ciudad XXXX, a los XX días del mes de XXXXX de XXXX.
XXXX XXXX XXXX XXXX | POR LA COOPERATIVA |
El SOCIO | |
Recibo de LA COOPERATIVA, una copia íntegra de igual tenor y contenido del documento que antecede LUGAR Y FECHA: xxxx, dd del mm de aa. | |
Firma: | |
XXXX XXXX XXXX XXXX El SOCIO |
ANEXO 1. COSTOS TARJETA DE DÉBITO
SERVICIO FINANCIEROS SUJETOS A TARIFA MÁXIMA | Servicio de consultas* | Impresión consulta por cajero automático | 0.31 USD |
Servicio de retiros** | Retiro cajero automático clientes de la propia entidad de un cajero de otra entidad | 0.45 USD | |
Servicio de emisión*** | Emisión tarjetas de débito con banda lectora o chip | 0.00 USD | |
Servicio de renovación**** | Renovación anual de tarjeta de débito con banda lectora o chip | 1.65 USD | |
Servicios de reposición ***** | Reposición de tarjeta de débito por pérdida, robo o deterioro físico con excepción de los casos xx xxxxxx en la banda lectora o chip | 4.37 USD |
Las tarifas no incluyen el impuesto al valor agregado
* El costo por el servicio de la consulta se aplica cuando el SOCIO acepta el costo de la transacción.
** El costo por el servicio de retiro se aplica cuando el SOCIO realiza la transacción en Cajero de otra Institución Financiera.
*** El costo por Servicio de Emisión se aplica cuando se emite por primera vez la tarjeta al SOCIO.
**** El costo por Servicio de renovación se aplica una vez al año mientras la tarjeta se encuentre activada.
***** El costo por Servicio de reposición se aplica cada vez que el socio solicite una nueva tarjeta ya sea por pérdida o por deterioro físico.