Tasa de Interés. Las Obligaciones Negociables podrán devengar intereses. Los intereses podrán devengarse a una tasa fija o a tasa variable, o a una tasa ajustable en función de la evolución de activos financieros, acciones, opciones de cualquier tipo y naturaleza u otros activos, inversiones e índices, sujeto a lo que las normas aplicables permitan, de acuerdo con lo que indique el Suplemento de Prospecto respectivo, y el método de cálculo de los intereses podrá variar entre la fecha de emisión y la fecha de vencimiento de las clases respectivas.
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