Common use of Tasa de Interés Clause in Contracts

Tasa de Interés. Toda transacción a cargo de la Línea de Crédito a través del uso de la Tarjeta de Crédito generará intereses según corresponda dentro de los límites establecidos en la ley vigente; si el Cliente cancela la totalidad del saldo adeudado a la fecha xx Xxxxx, el Emisor no cargará intereses a la línea de crédito. En caso no pagare la totalidad de lo adeudado, el Emisor cobrará los intereses generados por el financiamiento no pagado; por lo que el tarjetahabiente autoriza al Emisor a cobrarlo de acuerdo al Estado de Cuenta, como retribución para el Emisor por el uso del capital. La forma de cálculo será el saldo financiado diario por la tasa de interés anual dividido trescientos sesenta y cinco días por cada día financiado. El tarjetahabiente declara que El Emisor le ha brindado toda la información solicitada, incluyendo la correspondiente a tasas de interés; queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor; la tasa efectiva anual equivalente resultará del desarrollo de la siguiente fórmula: TAE = LC(i)+C+Oc/LC, para cuyo desarrollo deberá tomarse en cuenta las siguientes definciones: LC = Monto de la Línea de Crédito autorizada; i = Tasa nominal de interés anual; C = Monto de cargos mensuales anualizados; Oc = Monto de otros cargos que se apliquen por única vez, el resultado del desarrollo de tal fórmula puede verse en la página web del emisor. g) TASA DE INTERÉS POR XXXX: El Emisor queda autorizado a cobrar al TARJETAHABIENTE, además del interés por financiamiento, intereses por xxxx dentro de los límites establecidos en la ley, los cuales se aplicarán sobre la cuota o capital en xxxx por los días que el tarjetahabiente mantiene el saldo de capital en xxxx. Queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor. h) INFORMACIÓN RELATIVA AL ESTADO DE CUENTA: El emisor formulará y emitirá mensualmente estados de cuenta que informará al Tarjetahabiente y contendrán como mínimo: 1) Los consumos por compras y/o retiros en efectivo efectuadas y si fue a plazos realizadas por el tarjetahabiente o los tenedores de tarjetas suplementarias y su valor; 2) Los montos recibidos del tarjetahabiente como provisión de fondos o reintegro de pagos por consumos así como por cualquier otro concepto; 3) Saldo deudor o saldo acreedor;

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Tasa de Interés. Toda transacción a cargo EL BANCO establecerá libremente el monto de la Línea de Crédito a través del uso de la Tarjeta de Crédito generará intereses según corresponda dentro de los límites establecidos en la ley vigente; si el Cliente cancela la totalidad del saldo adeudado a la fecha xx Xxxxx, el Emisor no cargará intereses a la línea de crédito. En caso no pagare la totalidad de lo adeudado, el Emisor cobrará los intereses generados por el financiamiento no pagado; por lo que el tarjetahabiente autoriza al Emisor a cobrarlo de acuerdo al Estado de Cuenta, como retribución para el Emisor por el uso del capital. La forma de cálculo será el saldo financiado diario por la tasa de interés anual dividido trescientos sesenta y cinco que deberá pagar regularmente EL TARJETAHABIENTE, la cual será garantizada por el primer año de vigencia del presente contrato. No obstante una vez transcurrido el primer año, EL BANCO podrá aumentar o disminuir la tasa de interés aplicable, para lo cual EL BANCO notificará la nueva tasa a EL TARJETAHABIENTE por lo menos con treinta (30) días por cada día financiadocalendario de anticipación. El tarjetahabiente declara que El Emisor le ha brindado toda Esta notificación aparecerá en el estado de cuenta del ciclo anterior a la información solicitada, incluyendo la correspondiente a tasas de interés; queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones entrada en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones vigencia de la tarjeta nueva tasa. Cuando se produzcan pagos por exceso por EL TARJETAHABIENTE que generen saldos a favor, EL BANCO no está obligado al pago de créditointereses sobre dicha suma. EL BANCO podrá otorgar a EL TARJETAHABIENTE una tasa de interés preferencial temporal mensual, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente la cual se le comunicará a través de sus estados de cuenta, medios electrónicos o vía telefónica. Sin embargo, para obtener dicha tasa preferencial, EL TARJETAHABIENTE deberá mantener su cuenta al día sin ningún retraso en sus pagos. En los casos en que se presenten atrasos en la página web del Emisor; cuenta favorecida con este interés preferencial, EL BANCO aplicara nuevamente la tasa efectiva anual equivalente resultará del desarrollo de la siguiente fórmula: TAE = LC(i)+C+Oc/LC, para cuyo desarrollo deberá tomarse en cuenta las siguientes definciones: LC = Monto de la Línea de Crédito autorizada; i = Tasa nominal de interés anual; C = Monto corriente pactada inicialmente. Igualmente podrán existir tasas diferentes en un mismo ciclo de cargos mensuales anualizados; Oc = Monto facturación las cuales podrán corresponder a promociones o planes especiales temporales definidos por EL BANCO. EL TARJETAHABIENTE acepta que pasado el período de otros cargos que se apliquen por única vezpromoción, el resultado del desarrollo EL BANCO podrá establecer la tasa originalmente pactada. Adicionalmente EL BANCO establecerá la tasa de tal fórmula puede verse en la página web del emisor. g) TASA DE INTERÉS POR XXXX: El Emisor queda autorizado a cobrar al TARJETAHABIENTE, además del interés por financiamiento, intereses por xxxx dentro de para los límites establecidos en la ley, los cuales se aplicarán sobre la cuota o capital en xxxx por los días que el tarjetahabiente mantiene el saldo de capital en xxxx. Queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor. h) INFORMACIÓN RELATIVA AL ESTADO DE CUENTA: El emisor formulará y emitirá mensualmente estados de cuenta que informará al Tarjetahabiente y contendrán como mínimo: 1) Los consumos por compras y/o retiros adelantos en efectivo efectuadas y si fue compras, las cuales podrán ser diferentes. EL BANCO establece que en todo Programa Especial mediante el cual se ofrezca una tasa de interés preferencial, EL TARJETAHABIENTE quedará obligado a plazos realizadas por cumplir el tarjetahabiente o los tenedores reglamento del respectivo Programa para conservar el beneficio de tarjetas suplementarias y su valor; 2) Los montos recibidos del tarjetahabiente como provisión dicha tasa preferencial, de fondos o reintegro lo contrario, deberá acogerse a la tasa de pagos por consumos así como por cualquier otro concepto; 3) Saldo deudor o saldo acreedor;interés corriente establecida en anexo de este contrato.

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Tasa de Interés. Toda transacción Los Bonos de cada Serie devengarán intereses a cargo partir de su Fecha de Emisión Respectiva y hasta su Fecha de Vencimiento. La tasa de interés será fijada por el Emisor antes de la Línea Fecha de Crédito a través del uso Oferta Respectiva y la misma podrá ser fija o variable. En caso de ser una tasa fija, los Bonos devengarán una tasa fija de interés anual que será determinada por el Emisor según sus necesidades y la demanda xxx xxxxxxx mediante un suplemento al Prospecto Informativo con no menos de tres (3) Días Hábiles antes de la Tarjeta Fecha de Crédito generará intereses Oferta Respectiva. La tasa variable también será determinada por el Emisor según corresponda dentro sus necesidades y la demanda xxx xxxxxxx mediante un suplemento al Prospecto Informativo con no menos de los límites establecidos tres (3) Días Hábiles antes de la Fecha de Oferta Respectiva y, será revisada y fijada al menos diez (10) días calendario antes del inicio de cada período de interés por empezar, y será la que resulte de sumar un margen, a ser establecido exclusivamente por el Emisor, a aquella tasa Libor (London Interbank Rate) o su tasa equivalente en la ley vigente; si ese momento, que bancos de primera línea requieran entre sí para Depósitos en Dólares, en tres (3) o seis (6) meses de plazo, en el Cliente cancela la totalidad del saldo adeudado a la fecha mercado interbancario de Londres, (London Interbank Market) o su equivalente, según las condiciones xx Xxxxxxxxxxxx en ese momento. Adicionalmente, el Emisor no cargará notificará a Latinclear y al Agente de Pago, Registro y Transferencia las tasas de intereses aplicables. Los intereses pagaderos con respecto a la línea cada uno de crédito. En caso no pagare la totalidad de lo adeudado, el Emisor cobrará los intereses generados por el financiamiento no pagado; por lo que el tarjetahabiente autoriza al Emisor a cobrarlo de acuerdo al Estado de Cuenta, como retribución para el Emisor por el uso del capital. La forma de cálculo será el saldo financiado diario por Bonos serán calculados aplicando la tasa de interés anual respectiva al Saldo Insoluto xxx Xxxx correspondiente, multiplicando la suma resultante por el número de días calendario del Período de Interés, incluyendo el primer día de dicho Período de Interés, pero excluyendo la Fecha de Pago en que termina dicho Período de Interés, dividido entre trescientos sesenta (360) días y cinco días por cada día financiadoredondeando la cantidad resultante al centavo más cercano. El tarjetahabiente declara que El Emisor le ha brindado toda la información solicitada, incluyendo la correspondiente a tasas de interés; queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor; Cuando la tasa efectiva anual equivalente resultará del desarrollo Libor aplicable dejase de la siguiente fórmula: TAE = LC(i)+C+Oc/LCser actualizada por Bloomberg, para cuyo desarrollo deberá tomarse en cuenta las siguientes definciones: LC = Monto o dejase de la Línea existir, se aplicará el procedimiento de Crédito autorizada; i = Tasa nominal tasa de interés anual; C = Monto de cargos mensuales anualizados; Oc = Monto de otros cargos que se apliquen por única vez, el resultado del desarrollo de tal fórmula puede verse sucesión establecido en la página web del emisor. g) TASA DE INTERÉS POR XXXX: El Emisor queda autorizado a cobrar al TARJETAHABIENTESección III, además del interés por financiamientoliteral A, intereses por xxxx dentro numeral 4 de los límites establecidos en la ley, los cuales se aplicarán sobre la cuota o capital en xxxx por los días que el tarjetahabiente mantiene el saldo de capital en xxxx. Queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor. h) INFORMACIÓN RELATIVA AL ESTADO DE CUENTA: El emisor formulará y emitirá mensualmente estados de cuenta que informará al Tarjetahabiente y contendrán como mínimo: 1) Los consumos por compras y/o retiros en efectivo efectuadas y si fue a plazos realizadas por el tarjetahabiente o los tenedores de tarjetas suplementarias y su valor; 2) Los montos recibidos del tarjetahabiente como provisión de fondos o reintegro de pagos por consumos así como por cualquier otro concepto; 3) Saldo deudor o saldo acreedor;este Prospecto Informativo.

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Samples: mercantilsi.com.pa

Tasa de Interés. Toda transacción a cargo de la Línea de Crédito a través del uso de la Tarjeta de Crédito generará intereses según corresponda dentro de los límites establecidos en la ley vigente; si el Cliente cancela la totalidad del saldo adeudado a la fecha xx Xxxxx, el Emisor no cargará Las Obligaciones Negociables Serie VI devengarán intereses a la línea de crédito. En caso no pagare la totalidad de lo adeudado, el Emisor cobrará los intereses generados por el financiamiento no pagado; por lo que el tarjetahabiente autoriza al Emisor a cobrarlo de acuerdo al Estado de Cuenta, como retribución para el Emisor por el uso del capital. La forma de cálculo será el saldo financiado diario por la tasa de interés fija nominal anual dividido trescientos sesenta y cinco días por cada día financiado. El tarjetahabiente declara truncada a dos decimales que El Emisor le ha brindado toda la información solicitada, incluyendo la correspondiente a tasas surja del proceso de interés; queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones determinación de la tarjeta misma detallado en el Capítulo “Plan de créditoDistribución” del presente, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través y será informada mediante el Aviso de Resultados. Incremento de la página Tasa de Interés A partir de la fecha en que se cumplan 15 (quince) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (la “Fecha de Incremento de Tasa”), la Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables se incrementará en 1% anual, o sea 100 puntos básicos (el “Incremento de la Tasa de Interés”) y el pago de dicho interés adicional contingente será efectuado en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Serie VI (el “Interés Contingente”), a menos que la Emisora realice una notificación, en forma de declaración jurada suscripta por un director de la Emisora, dentro de un plazo de 120 días corridos a partir de la Fecha de Cumplimiento del Objetivo de Desempeño en Sustentabilidad (la “Fecha Límite de Notificación de Cumplimiento”), a ser publicada en la Página web de la Emisora, el Boletín Diario de la BCBA (actuando ésta entidad en virtud del ejercicio de facultades delegadas por BYMA), en la AIF y en el Micrositio MPMAE de la web del Emisor; MAE y en el Boletín Electrónico del MAE, en la tasa efectiva anual equivalente resultará que certifique que, a la Fecha de Cumplimiento del desarrollo Objetivo de Desempeño en Sustentabilidad, el Objetivo de Desempeño en Sustentabilidad se encuentra cumplido. Dicha notificación deberá estar obligatoriamente acompañada por un informe expedido por el Auditor Independiente que confirme el cumplimiento del Objetivo de Desempeño en Sustentabilidad (la “Notificación de Cumplimiento”). Si, una vez transcurrida la Fecha Límite de Notificación de Cumplimiento, la Emisora (i) no ha realizado la Notificación de Cumplimiento, o (ii) la Notificación de Cumplimiento no cumple con cualquiera de los requisitos dispuestos en el presente Suplemento de Precio, o (iii) la Emisora no ha cumplido el Objetivo de Desempeño en Sustentabilidad, o (iv) la Notificación de Cumplimiento no está acompañada por un informe expedido por el Auditor Independiente que confirme el cumplimiento del Objetivo de Desempeño en Sustentabilidad, entonces se pagará en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie VI el Interés Contingente que resulta de aplicar el Incremento de la siguiente fórmula: TAE = LC(i)+C+Oc/LC, Tasa de Interés para cuyo desarrollo deberá tomarse en cuenta las siguientes definciones: LC = Monto Obligaciones Negociables Serie VI durante el Período de la Línea Devengamiento de Crédito autorizada; i = Tasa nominal de interés anual; C = Monto de cargos mensuales anualizados; Oc = Monto de otros cargos Intereses que se apliquen por única vez, el resultado del desarrollo extiende desde la Fecha de tal fórmula puede verse en Incremento de Tasa hasta la página web del emisor. g) TASA DE INTERÉS POR XXXX: El Emisor queda autorizado a cobrar al TARJETAHABIENTE, además del interés por financiamiento, intereses por xxxx dentro Fecha de los límites establecidos en la ley, los cuales se aplicarán sobre la cuota o capital en xxxx por los días que el tarjetahabiente mantiene el saldo Vencimiento de capital en xxxx. Queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor. h) INFORMACIÓN RELATIVA AL ESTADO DE CUENTA: El emisor formulará y emitirá mensualmente estados de cuenta que informará al Tarjetahabiente y contendrán como mínimo: 1) Los consumos por compras y/o retiros en efectivo efectuadas y si fue a plazos realizadas por el tarjetahabiente o los tenedores de tarjetas suplementarias y su valor; 2) Los montos recibidos del tarjetahabiente como provisión de fondos o reintegro de pagos por consumos así como por cualquier otro concepto; 3) Saldo deudor o saldo acreedor;Obligaciones Negociables Serie VI.

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Samples: www.bancoprovincia.com.ar

Tasa de Interés. Toda transacción a cargo de la Línea de Crédito a través del uso de la Tarjeta de Crédito generará intereses según corresponda dentro de los límites establecidos en la ley vigente; si el Cliente cancela la totalidad del saldo adeudado a la fecha xx Xxxxx, el Emisor no cargará Las Obligaciones Negociables Clase 13 devengarán intereses a la línea de crédito. En caso no pagare la totalidad de lo adeudado, el Emisor cobrará los intereses generados por el financiamiento no pagado; por lo que el tarjetahabiente autoriza al Emisor a cobrarlo de acuerdo al Estado de Cuenta, como retribución para el Emisor por el uso del capital. La forma de cálculo será el saldo financiado diario por la una tasa de interés fija nominal anual dividido trescientos sesenta equivalente a la Tasa Aplicable (según se define más adelante) desde la Fecha de Emisión y cinco días por cada día financiadoLiquidación (inclusive) hasta la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Clase 13 (exclusive) que será informada oportunamente mediante el Aviso de Resultados (la “Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables Clase 13”) Por “Tasa Aplicable” se entiende a la tasa fija nominal anual, truncada a dos decimales, que surgirá del proceso licitatorio descripto que se determinará una vez finalizado el Período de Subasta, conforme al procedimiento que se establece en la sección “Plan de Distribución” del presente Suplemento y que será informada a los inversores mediante el Aviso de Resultados. El tarjetahabiente Renuncia La Compañía reconoce y declara que El Emisor le ha brindado toda los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Clase 13 denominadas en Dólares Estadounidenses y pagaderas en Pesos reflejan su intención y voluntad de endeudarse en Dólares Estadounidenses y asumir el riesgo de su endeudamiento en dicha moneda, previéndose la información solicitadaintegración y el pago de los servicios en Pesos como una modalidad de mecánica en el funcionamiento de las disposiciones contractuales de las Obligaciones Negociables Clase 13 y de sus obligaciones de pago en Dólares Estadounidenses que no deben ser tomadas como un mecanismo de ajuste, incluyendo indexación o repotenciación de deudas, prohibido bajo el Artículo 7 de la correspondiente Ley N° 23.928 y normas modificatorias. Consecuentemente, y a tasas todo evento, la Compañía renuncia expresamente a excusar el cumplimiento de interés; queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones sus obligaciones de pago en los términos previstos en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios Obligaciones Negociables Clase 13 con causa en sus estructuras una violación a dicho precepto legal. Véase “Factores de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables Riesgo Adicionales― Riesgos Relacionados a las transacciones Obligaciones Negociables― La falta de integración en Dólares del capital de las Obligaciones Negociables Clase 13 podría verse cuestionada bajo el Artículo 7º de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web Ley N°23.928 y normas modificatorias” del Emisor; la tasa efectiva anual equivalente resultará del desarrollo de la siguiente fórmula: TAE = LC(i)+C+Oc/LC, para cuyo desarrollo deberá tomarse en cuenta las siguientes definciones: LC = Monto de la Línea de Crédito autorizada; i = Tasa nominal de interés anual; C = Monto de cargos mensuales anualizados; Oc = Monto de otros cargos que se apliquen por única vez, el resultado del desarrollo de tal fórmula puede verse en la página web del emisor. g) TASA DE INTERÉS POR XXXX: El Emisor queda autorizado a cobrar al TARJETAHABIENTE, además del interés por financiamiento, intereses por xxxx dentro de los límites establecidos en la ley, los cuales se aplicarán sobre la cuota o capital en xxxx por los días que el tarjetahabiente mantiene el saldo de capital en xxxx. Queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor. h) INFORMACIÓN RELATIVA AL ESTADO DE CUENTA: El emisor formulará y emitirá mensualmente estados de cuenta que informará al Tarjetahabiente y contendrán como mínimo: 1) Los consumos por compras y/o retiros en efectivo efectuadas y si fue a plazos realizadas por el tarjetahabiente o los tenedores de tarjetas suplementarias y su valor; 2) Los montos recibidos del tarjetahabiente como provisión de fondos o reintegro de pagos por consumos así como por cualquier otro concepto; 3) Saldo deudor o saldo acreedor;presente.

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Samples: Contrato De Colocación

Tasa de Interés. Toda transacción a cargo de la Línea de Crédito a través del uso de la Tarjeta las Tarjetas de Crédito generará intereses según corresponda dentro de los límites establecidos en la ley vigente; si el Cliente cancela la totalidad del saldo adeudado a la fecha xx Xxxxx, el Emisor no cargará intereses a la línea de crédito. En caso no pagare la totalidad de lo adeudado, el Emisor cobrará los intereses generados por el financiamiento no pagado; por lo que el tarjetahabiente autoriza al Emisor a cobrarlo de acuerdo al Estado de Cuenta, como retribución para el Emisor por el uso del capital. La forma de cálculo será el saldo financiado diario por la tasa de interés anual dividido trescientos sesenta y cinco días por cada día financiado. El tarjetahabiente declara que El Emisor le ha brindado toda la información solicitada, incluyendo la correspondiente a tasas de interés; queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor; , la tasa efectiva anual equivalente resultará del desarrollo de la siguiente fórmula: TAE = LC(i)+C+Oc/LC, para cuyo desarrollo deberá tomarse en cuenta las siguientes definciones: LC = Monto de la Línea de Crédito autorizada; i = Tasa nominal de interés anual; C = Monto de cargos mensuales anualizados; Oc = Monto de otros cargos que se apliquen por única vez, el resultado del desarrollo de tal fórmula puede verse en la página web del emisor. g) TASA DE INTERÉS POR XXXX: El Emisor queda autorizado a cobrar al TARJETAHABIENTE, además del interés por financiamiento, intereses por xxxx dentro de los límites establecidos en la ley, los cuales se aplicarán sobre la cuota o capital en xxxx por los días que el tarjetahabiente mantiene el saldo de capital en xxxx. Queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor. h) INFORMACIÓN RELATIVA AL ESTADO DE CUENTA: El emisor formulará y emitirá mensualmente estados de cuenta que informará al Tarjetahabiente y contendrán como mínimo: 1) Los consumos por compras y/o retiros en efectivo efectuadas y si fue a plazos realizadas por el tarjetahabiente o los tenedores de tarjetas suplementarias Usuarios y su valor; 2) Los montos recibidos del tarjetahabiente como provisión de fondos o reintegro de pagos por consumos así como por cualquier otro concepto; 3) Saldo deudor o saldo acreedor;; 4) Interés por Saldo Financiado; 5) Los mismos datos en caso de extrafinanciamiento; El estado de cuenta reflejará las operaciones efectuadas en la fecha xx xxxxx y serán enviados después de la fecha xx xxxxx vía electrónica o impresos, los cuales se presumen recibidos por el tarjetahabiente diez días después de la fecha xx xxxxx. El tarjetahabiente deberá presentar cualquier inconformidad u observación sobre sus estados de cuenta dentro de los quince días contados desde la fecha xx xxxxx, caso contrario se presumirá totalmente aceptado por parte del tarjetahabiente. La no recepción del estado de cuenta no implica la exoneración de las obligaciones de pago a cargo del tarjetahabiente, quien declara conocer que puede acceder a informarse sobre dichas obligaciones en cualquier Agencia de la Emisora, o a través de los medios virtuales u otros que le pongan a su disposición. El TARJETAHABIENTE se compromete a cancelar los importes que figuran en los estados de cuenta correspondientes a los consumos, retiros y otras transacciones, efectuados con la Tarjeta de Crédito del Titular o cualquier tarjeta de crédito adicional en las fechas que corresponda. i) FECHA XX XXXXX. La fecha xx xxxxx será definida por el emisor, la que informará al cliente en el respectivo estado de cuenta, lo cual acepta expresamente. j) FECHA LIMITE DE PAGO MENSUAL: Esta fecha será fijada por el Emisor para que el tarjetahabiente efectúe los pagos, lo cual informará en los respectivos estados de cuenta, lo cual acepta expresamente el cliente. Al realizar el pago mínimo indicado en el estado de cuenta al corte, la línea de crédito por medio de tarjeta de crédito podrá continuar en uso hasta agotar el límite otorgado por el Emisor.

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Samples: Contrato Para Emision Y Uso De Tarjeta De Crédito

Tasa de Interés. Toda transacción a cargo de la Línea de Crédito a través del uso de la Tarjeta de Crédito generará intereses según corresponda dentro de los límites establecidos en la ley vigente; si el Cliente cancela la totalidad del saldo adeudado a la fecha xx Xxxxx, el Emisor no cargará intereses a la línea de crédito. En caso no pagare la totalidad de lo adeudado, el Emisor cobrará los intereses generados por el financiamiento no pagado; por lo que el tarjetahabiente autoriza al Emisor a cobrarlo de acuerdo al Estado de Cuenta, como retribución para el Emisor por el uso del capital. La forma de cálculo será el saldo financiado diario por la tasa de interés anual dividido trescientos sesenta y cinco días por cada día financiado. El tarjetahabiente declara que El Emisor le ha brindado toda la información solicitada, incluyendo la correspondiente a tasas de interés; queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor; la tasa efectiva anual equivalente resultará del desarrollo de la siguiente fórmula: TAE = LC(i)+C+Oc/LC, para cuyo desarrollo deberá tomarse en cuenta las siguientes definciones: LC = Monto de la Línea de Crédito autorizada; i = Tasa nominal de interés anual; C = Monto de cargos mensuales anualizados; Oc = Monto de otros cargos que se apliquen por única vez, el resultado del desarrollo de tal fórmula puede verse en la página web del emisor. g) TASA DE INTERÉS POR XXXX: El Emisor queda autorizado a cobrar al TARJETAHABIENTE, además del interés por financiamiento, intereses por xxxx dentro de los límites establecidos en la ley, los cuales se aplicarán sobre la cuota o capital en xxxx por los días que el tarjetahabiente mantiene el saldo de capital en xxxx. Queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor. h) INFORMACIÓN RELATIVA AL ESTADO DE CUENTA: El emisor formulará y emitirá mensualmente estados de cuenta que informará al Tarjetahabiente y contendrán como mínimo: 1) Los consumos por compras y/o retiros en efectivo efectuadas y si fue a plazos realizadas por el tarjetahabiente o los tenedores de tarjetas suplementarias y su valor; 2) Los montos recibidos del tarjetahabiente como provisión de fondos o reintegro de pagos por consumos así como por cualquier otro concepto; 3) Saldo deudor o saldo acreedor;; 4) Interés por Saldo Financiado; 5) Los mismos datos en caso de extrafinanciamiento; El estado de cuenta reflejará las operaciones efectuadas en la fecha xx xxxxx y serán enviados después de la fecha xx xxxxx vía electrónica o impresos, los cuales se presumen recibidos por el tarjetahabiente diez días después de la fecha xx xxxxx. El tarjetahabiente deberá presentar cualquier inconformidad u observación sobre sus estados de cuenta dentro de los quince días contados desde la fecha xx xxxxx, caso contrario se presumirá totalmente aceptado por parte del tarjetahabiente. La no recepción del estado de cuenta no implica la exoneración de las obligaciones de pago a cargo del tarjetahabiente, quien declara conocer que puede acceder a informarse sobre dichas obligaciones en cualquier Agencia de la Emisora, o a través de los medios virtuales u otros que le pongan a su disposición. El TARJETAHABIENTE se compromete a cancelar los importes que figuran en los estados de cuenta correspondientes a los consumos, retiros y otras transacciones, efectuados con la Tarjeta de Crédito del Titular o cualquier tarjeta de crédito adicional en las fechas que corresponda. i) FECHA XX XXXXX. La fecha xx xxxxx será definida por el emisor, la que informará al cliente en el respectivo estado de cuenta, lo cual acepta expresamente. j) FECHA LIMITE DE PAGO MENSUAL: Esta fecha será fijada por el Emisor para que el tarjetahabiente efectúe los pagos, lo cual informará en los respectivos estados de cuenta, lo cual acepta expresamente el cliente. Al realizar el pago mínimo indicado en el estado de cuenta al corte, la línea de crédito por medio de tarjeta de crédito podrá continuar en uso hasta agotar el límite otorgado por el Emisor.

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Samples: Contrato De Apertura De Credito en Cuenta Corriente Tarjeta De Crédito

Tasa de Interés. Toda transacción a cargo EL BANCO establecerá libremente el monto de la Línea de Crédito a través del uso de la Tarjeta de Crédito generará intereses según corresponda dentro de los límites establecidos en la ley vigente; si el Cliente cancela la totalidad del saldo adeudado a la fecha xx Xxxxx, el Emisor no cargará intereses a la línea de crédito. En caso no pagare la totalidad de lo adeudado, el Emisor cobrará los intereses generados por el financiamiento no pagado; por lo que el tarjetahabiente autoriza al Emisor a cobrarlo de acuerdo al Estado de Cuenta, como retribución para el Emisor por el uso del capital. La forma de cálculo será el saldo financiado diario por la tasa de interés anual dividido trescientos sesenta y cinco que deberá pagar regularmente EL TARJETAHABIENTE, la cual será garantizada por el primer año de vigencia del presente contrato. No obstante, una vez transcurrido el primer año, EL BANCO podrá aumentar o disminuir la tasa de interés aplicable, para lo cual EL BANCO notificará la nueva tasa a EL TARJETAHABIENTE por lo menos con treinta (30) días por cada día financiadocalendario de anticipación. El tarjetahabiente declara que El Emisor le ha brindado toda Esta notificación aparecerá en el estado de cuenta del ciclo anterior a la información solicitada, incluyendo la correspondiente a tasas de interés; queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones entrada en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones vigencia de la tarjeta nueva tasa. Cuando se produzcan pagos por exceso por EL TARJETAHABIENTE que generen saldos a favor, EL BANCO no está obligado al pago de créditointereses sobre dicha suma. EL BANCO podrá otorgar a EL TARJETAHABIENTE una tasa de interés preferencial temporal mensual, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente la cual se le comunicará a través de sus estados de cuenta, medios electrónicos o vía telefónica. Sin embargo, para obtener dicha tasa preferencial, EL TARJETAHABIENTE deberá mantener su cuenta al día sin ningún retraso en sus pagos. En los casos en que se presenten atrasos en la página web del Emisor; cuenta favorecida con este interés preferencial, EL BANCO aplicara nuevamente la tasa efectiva anual equivalente resultará del desarrollo de la siguiente fórmula: TAE = LC(i)+C+Oc/LC, para cuyo desarrollo deberá tomarse en cuenta las siguientes definciones: LC = Monto de la Línea de Crédito autorizada; i = Tasa nominal de interés anual; C = Monto regular pactada inicialmente. Igualmente podrán existir tasas diferentes en un mismo ciclo de cargos mensuales anualizados; Oc = Monto facturación las cuales podrán corresponder a promociones o planes especiales temporales definidos por EL BANCO. EL TARJETAHABIENTE acepta que, pasado el período de otros cargos que se apliquen por única vezpromoción, el resultado del desarrollo EL BANCO podrá establecer la tasa originalmente pactada. Adicionalmente EL BANCO establecerá la tasa de tal fórmula puede verse en la página web del emisor. g) TASA DE INTERÉS POR XXXX: El Emisor queda autorizado a cobrar al TARJETAHABIENTE, además del interés por financiamiento, intereses por xxxx dentro de para los límites establecidos en la ley, los cuales se aplicarán sobre la cuota o capital en xxxx por los días que el tarjetahabiente mantiene el saldo de capital en xxxx. Queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor. h) INFORMACIÓN RELATIVA AL ESTADO DE CUENTA: El emisor formulará y emitirá mensualmente estados de cuenta que informará al Tarjetahabiente y contendrán como mínimo: 1) Los consumos por compras y/o retiros adelantos en efectivo efectuadas y si fue compras, las cuales podrán ser diferentes. EL BANCO establece que en todo Programa Especial mediante el cual se ofrezca una tasa de interés preferencial, EL TARJETAHABIENTE quedará obligado a plazos realizadas por cumplir el tarjetahabiente o los tenedores reglamento del respectivo Programa para conservar el beneficio de tarjetas suplementarias y su valor; 2) Los montos recibidos del tarjetahabiente como provisión dicha tasa preferencial, de fondos o reintegro lo contrario, deberá acogerse a la tasa de pagos por consumos así como por cualquier otro concepto; 3) Saldo deudor o saldo acreedor;interés regular establecida en anexo de este contrato.

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Samples: Contrato De Apertura De Línea De Crédito

Tasa de Interés. Toda transacción a cargo de la Línea de Crédito a través del uso de la Tarjeta de Crédito generará intereses según corresponda dentro de los límites establecidos en la ley vigente; si el Cliente cancela la totalidad del saldo adeudado a la fecha xx Xxxxx, el Emisor no cargará intereses a la línea de crédito. En caso no pagare la totalidad de lo adeudado, el Emisor cobrará los intereses generados por el financiamiento no pagado; por lo que el tarjetahabiente autoriza al Emisor a cobrarlo de acuerdo al Estado de Cuenta, como retribución para el Emisor por el uso del capital. La forma de cálculo será el saldo financiado diario por la tasa de interés anual dividido trescientos sesenta y cinco días por cada día financiado. El tarjetahabiente declara que El Emisor le ha brindado toda la información solicitada, incluyendo la correspondiente a tasas de interés; queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxx, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor; la tasa efectiva anual equivalente resultará del desarrollo de la siguiente fórmula: TAE = LC(i)+C+Oc/LC, para cuyo desarrollo deberá tomarse en cuenta las siguientes definciones: LC = Monto de la Línea de Crédito autorizada; i = Tasa nominal de interés anual; C = Monto de cargos mensuales anualizados; Oc = Monto de otros cargos que se apliquen por única vez, el resultado del desarrollo de tal fórmula puede verse en la página web del emisor. g) TASA DE INTERÉS POR XXXX: El Emisor queda autorizado a cobrar al TARJETAHABIENTE, además del interés por financiamiento, intereses por xxxx dentro de los límites establecidos en la ley, los cuales se aplicarán sobre la cuota o capital en xxxx por los días que el tarjetahabiente mantiene el saldo de capital en xxxx. Queda acordado por las partes que El Emisor por variaciones en las condiciones xxx xxxxxxxdel merca do, cambios en sus estructuras de costos, decisiones comerciales internas, podrán modificar las tasas de interés, aplicables a las transacciones de la tarjeta de crédito, debiendo informar sobre tales modificaciones al cliente a través de la página web del Emisor. h) INFORMACIÓN RELATIVA AL ESTADO DE CUENTA: El emisor formulará y emitirá mensualmente estados de cuenta que informará al Tarjetahabiente y contendrán como mínimo: 1) Los consumos por compras y/o retiros en efectivo efectuadas y si fue a plazos realizadas por el tarjetahabiente o los tenedores de tarjetas suplementarias y su valor; 2) Los montos recibidos del tarjetahabiente como provisión de fondos o reintegro de pagos por consumos así como por cualquier otro conceptootroconcepto; 3) Saldo deudor o saldo acreedor;; 4) Interés por Saldo Financiado; 5) Los mismos datos en caso de extrafinanciamiento; El estado de cuenta reflejará las operaciones efectuadas en la fecha xx xxxxx y serán enviados después de la fecha xx xxxxx vía electrónica o impresos, los cuales se presumen recibidos por el tarjetahabiente diez días después de la fecha xx xxxxx. El tarjetahabiente deberá presentar cualquier inconformidad u observación sobre sus estados de cuenta dentro de los quince días contados desde la fecha xx xxxxx, caso contrario se presumirá totalmente aceptado por parte del tarjetahabiente. La no recepción del estado de cuenta no implica la exoneración de las obligaciones de pago a cargo del tarjetahabiente, quien declara conocer que puede acceder a informarse sobre dichas obligaciones en cualquier Agencia de la Emisora, o a través de los medios virtuales u otros que le pongan a su disposición. El TARJETAHABIENTE se compromete a cancelar los importes que figuran en los estados de cuenta correspondientes a los consumos, retiros y otras transacciones, efectuados con la Tarjeta de Crédito del Titular o cualquier tarjeta de crédito adicional en las fechas que corresponda. i) FECHA XX XXXXX. La fecha xx xxxxx será definida por el emisor, la que informará al cliente en el respectivo estado de cuenta, lo cual acepta expresamente. j) FECHA LÍMITE DE PAGO MENSUAL: Esta fecha será fijada por el Emisor para que el tarjetahabiente efectúe los pagos, lo cual informará en los respectivos estados de cuenta, lo cual acepta expresamente el cliente. Al realizar el pago mínimo indicado en el estado de cuenta al corte, la línea de crédito por medio de tarjeta de crédito podrá continuar en uso hasta agotar el lmí ite otorgado por el Emisor.

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