Common use of TERMINACIÓN DE LA PÓLIZA Clause in Contracts

TERMINACIÓN DE LA PÓLIZA. Esta Póliza se tendrá por terminada cuando se presente alguna de las siguientes condiciones: 1. Se cancele la Tarjeta de Crédito del Asegurado. 2. Finalice la vigencia de la Póliza y no se proceda con la renovación de la misma. 3. A solicitud expresa del Asegurado. 4. Si Vencido el Período xx Xxxxxx el Asegurado no ha pagado la Prima correspondiente. 5. El Asegurado al momento de la renovación, no cumpla con los Requisitos de Asegurabilidad de esta Póliza. 6. La Aseguradora compruebe la declaración falsa o inexacta de acuerdo con lo establecido en esta Póliza. 7. Fallezca el Asegurado o se pague la Cobertura de Fallecimiento. En caso que el Asegurado deje de desempeñar de forma lucrativa, de remuneración o provecho, su profesión, actividad u oficio habitual en virtud de acogerse a una pensión por invalidez o incapacidad de la Caja Costarricense del Seguro Social y/o una entidad similar, el Beneficio por Incapacidad Total y Permanente y la Cobertura por Desempleo Involuntario terminarán de forma automática. La Cobertura Básica de Fallecimiento y la Cobertura de Incapacidad Total Temporal por Accidente continuarán. En el caso que existan Primas no devengadas a la fecha de finalización anticipada de la Póliza, estas serán devueltas al Asegurado en el plazo xx xxxx (10) días naturales, contados a partir de la finalización anticipada de la Póliza.

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Samples: Insurance Policy, Insurance Policy, Insurance Contract

TERMINACIÓN DE LA PÓLIZA. Esta Póliza se tendrá por terminada cuando se presente alguna póliza terminará al ocurrir cualquiera de las los siguientes condicioneseventos: 1. Se cancele la Tarjeta de Crédito del Asegurado. 2. Finalice a) Cuando la vigencia de la Póliza venza y EL ASEGURADO no se proceda efectúe el pago para renovar la misma de conformidad con lo establecido en esta póliza. b) Cuando venza el período xx xxxxxx y una vez cumplida cualquier formalidad establecida por la renovación Ley de Seguros para la terminación de La Póliza por razón xx xxxx en el pago de la mismaprima convenida. 3c) Cuando LA ASEGURADORA reciba solicitud escrita del ASEGURADO pidiendo la terminación del contrato. A solicitud expresa del AseguradoLA ASEGURADORA tendrá derecho a la prima a prorrata hasta la fecha de cancelación. 4. Si Vencido el Período xx Xxxxxx el Asegurado d) La no ha pagado aceptación de un cambio en la Prima correspondienteprima convenida por parte del ASEGURADO. 5e) Cuando LA ASEGURADORA notifique la rescisión del contrato en cualquier fecha. El Esta rescisión tendrá efectividad jurídica si se ha sido formulado por escrito y con un mes de anticipación. LA ASEGURADORA tendrá derecho a la prima a prorrata hasta la fecha de cancelación. f) Si LA ASEGURADORA comprueba que EL ASEGURADO le ha omitido, declarando de manera inexacta y ocultado información relevante, para la apreciación del riesgo. g) En caso de que el Bien Asegurado desaparezca total y definitivamente, los efectos del Seguro quedarán extinguidos de pleno derecho, pero LA ASEGURADORA tendrá derecho a la prima a prorrata hasta la fecha que tenga conocimiento de tal desaparición. h) Si EL ASEGURADO omite el aviso establecido en la cláusula "Otros Seguros", o si contrata Otros Seguros para obtener un provecho ilícito. Cualquier suma de dinero que con posterioridad a la fecha de cancelación, sea recibido por LA ASEGURADORA, únicamente dará derecho al momento reembolso de dicha suma de dinero. DECLARACIÓN INEXACTA U OCULTAMIENTO Según el Artículo 1000 del Código de Comercio de la renovaciónRepública de Panamá, no cumpla con los Requisitos de Asegurabilidad de esta Póliza. 6. La Aseguradora compruebe la toda declaración falsa o inexacta de acuerdo con lo establecido hechos o circunstancias conocidas como tales por EL ASEGURADO, por LA ASEGURADORA o por los representantes de uno o de otro que hubieren podido influir de modo directo en esta Pólizala existencia o condiciones del contrato, traen consigo la nulidad del mismo. 7. Fallezca el Asegurado o se pague la Cobertura de Fallecimiento. En caso que el Asegurado deje de desempeñar de forma lucrativa, de remuneración o provecho, su profesión, actividad u oficio habitual en virtud de acogerse a una pensión por invalidez o incapacidad de la Caja Costarricense del Seguro Social y/o una entidad similar, el Beneficio por Incapacidad Total y Permanente y la Cobertura por Desempleo Involuntario terminarán de forma automática. La Cobertura Básica de Fallecimiento y la Cobertura de Incapacidad Total Temporal por Accidente continuarán. En el caso que existan Primas no devengadas a la fecha de finalización anticipada de la Póliza, estas serán devueltas al Asegurado en el plazo xx xxxx (10) días naturales, contados a partir de la finalización anticipada de la Póliza.

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TERMINACIÓN DE LA PÓLIZA. Esta Póliza se tendrá por terminada cuando se presente alguna póliza terminará al ocurrir cualquiera de las los siguientes condicioneseventos: 1. Se cancele la Tarjeta de Crédito del Asegurado. 2. Finalice a) Cuando la vigencia de la Póliza venza y EL ASEGURADO no se proceda efectúe el pago para renovar la misma de conformidad con lo establecido en esta póliza. b) Cuando venza el período xx xxxxxx y una vez cumplida cualquier formalidad establecida por la renovación Ley de Seguros para la terminación de La Póliza por razón xx xxxx en el pago de la mismaprima convenida. 3c) Cuando LA ASEGURADORA reciba solicitud escrita del ASEGURADO pidiendo la terminación del contrato. A solicitud expresa del AseguradoLA ASEGURADORA tendrá derecho a la prima a prorrata hasta la fecha de cancelación. 4. Si Vencido el Período xx Xxxxxx el Asegurado d) La no ha pagado aceptación de un cambio en la Prima correspondienteprima convenida por parte del ASEGURADO. 5e) Cuando LA ASEGURADORA notifique la rescisión del contrato en cualquier fecha. El Asegurado Esta rescisión tendrá efectividad jurídica si se ha sido formulado por escrito y con un mes de anticipación. LA ASEGURADORA tendrá derecho a la prima a prorrata hasta la fecha de cancelación. f) Si LA ASEGURADORA comprueba que EL ASEGURADO le ha omitido, declarando de manera inexacta y ocultado información relevante, para la apreciación del riesgo. g) En caso de que el objeto o riesgo asegurado desaparezca total y definitivamente, los efectos del Seguro quedarán extinguidos de pleno derecho, pero LA ASEGURADORA tendrá derecho a la prima a prorrata hasta la fecha que tenga conocimiento de tal desaparición. h) Si EL ASEGURADO omite el aviso establecido en la cláusula “Otros Seguros”, o si contrata Otros Seguros para obtener un provecho ilícito. Cualquier suma de dinero que con posterioridad a la fecha de cancelación, sea recibida por LA ASEGURADORA, únicamente dará derecho al momento reembolso de dicha suma de dinero. DECLARACIÓN INEXACTA U OCULTAMIENTO Según el Artículo 1000 del Código de Comercio de la renovaciónRepública de Panamá, no cumpla con los Requisitos de Asegurabilidad de esta Póliza. 6. La Aseguradora compruebe la toda declaración falsa o inexacta de acuerdo con lo establecido hechos o circunstancias conocidas como tales por EL ASEGURADO, por LA ASEGURADORA o por los representantes de uno o de otro que hubieren podido influir de modo directo en esta Pólizala existencia o condiciones del contrato, traen consigo la nulidad del mismo. 7. Fallezca el Asegurado o se pague la Cobertura de Fallecimiento. En caso que el Asegurado deje de desempeñar de forma lucrativa, de remuneración o provecho, su profesión, actividad u oficio habitual en virtud de acogerse a una pensión por invalidez o incapacidad de la Caja Costarricense del Seguro Social y/o una entidad similar, el Beneficio por Incapacidad Total y Permanente y la Cobertura por Desempleo Involuntario terminarán de forma automática. La Cobertura Básica de Fallecimiento y la Cobertura de Incapacidad Total Temporal por Accidente continuarán. En el caso que existan Primas no devengadas a la fecha de finalización anticipada de la Póliza, estas serán devueltas al Asegurado en el plazo xx xxxx (10) días naturales, contados a partir de la finalización anticipada de la Póliza.

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