TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR TRANSFERENCIA DEL INTERÉS ASEGURADO. De acuerdo con el artículo 1107 del Código de Comercio la enajenación del vehículo asegurado producirá automáticamente la extinción del contrato de seguro, salvo que subsista algún interés asegurable para el asegurado, caso en el cual el contrato continuará vigente en la medida necesaria para proteger tal interés, siempre y cuando se informe de esta circunstancia a SBS COLOMBIA dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la enajenación. La extinción creará a cargo de SBS COLOMBIA la obligación de devolver la prima no devengada. La transmisión por causa de muerte del interés asegurado dejará subsistente el contrato a nombre del adquiriente, a cuyo cargo quedará el cumplimiento de las obligaciones pendientes en el momento de la muerte del asegurado. Pero el adjudicatario tendrá un plazo de quince días contados a partir de la fecha de la sentencia aprobatoria de la partición para comunicar a SBS COLOMBIA la adquisición respectiva. A falta de esta comunicación se produce la extinción del contrato.
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TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR TRANSFERENCIA DEL INTERÉS ASEGURADO. De acuerdo con el artículo 1107 del Código de Comercio la enajenación del vehículo asegurado producirá automáticamente la extinción del contrato de seguro, salvo que subsista algún interés asegurable para el asegurado, caso en el cual el contrato continuará vigente en la medida necesaria para proteger tal interés, siempre y cuando se informe de esta circunstancia a SBS COLOMBIA dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la enajenación. La extinción creará a cargo de SBS COLOMBIA la obligación de devolver la prima no devengada. La transmisión por causa de muerte del interés asegurado asegurado, dejará subsistente el contrato a nombre del adquiriente, a cuyo cargo quedará el cumplimiento de las obligaciones pendientes en el momento de la muerte del asegurado. Pero el adjudicatario tendrá un plazo de quince días contados a partir de la fecha de la sentencia aprobatoria de la partición para comunicar a SBS COLOMBIA la adquisición respectiva. A falta de esta comunicación se produce la extinción del contrato.
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