TIEMPO DE EJECUCIÓN. 6.1 El presente contrato tendrá una duración de un (01) año de servicio y/o hasta agotar la partida presupuestaria aprobada, el cual deberá concluirse a entera satisfacción de EDESUR. 6.2 En el supuesto que EL PROVEEDOR incumpla las obligaciones de prestar los servicios en los plazos previstos en el presente Contrato, EL PROVEEDOR, sin desmedro del derecho de terminación unilateral establecido en el presente Contrato en beneficio de EDESUR, tendrá la obligación de pagar a EDESUR, a título de penalidad, una compensación por cada día calendario de retraso injustificado en el cumplimiento de esta obligación, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual aplicando la siguiente fórmula: Penalidad diaria = (0.01 x Monto del Contrato) 6.3 En caso de que la demora se deba a causas justificadas, EL PROVEEDOR deberá fundamentar este hecho ante EDESUR quien decidirá su procedencia. La aprobación de prórrogas de plazo no otorgará derechos EL PROVEEDOR de reclamar el cobro de gastos improductivos. 6.4 EL PROVEEDOR quedará constituido en xxxx por el solo hecho de transcurso de los plazos estipulados para ejecución de los servicios, quedando obligado al pago de las multas correspondientes, las cuales podrán ser descontadas mediante la ejecución de Fiel Cumplimiento del Contrato en cada caso.
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TIEMPO DE EJECUCIÓN. 6.1 El presente contrato Contrato tendrá una duración de un (01( ) año , contados a partir de servicio la suscripción del mismo y/o hasta agotar completar la partida presupuestaria aprobadacantidad solicitada, siempre que no excede el cual deberá concluirse a entera satisfacción tiempo de EDESURvigencia estipulado.
6.2 En el supuesto que EL PROVEEDOR incumpla las obligaciones de prestar los servicios en los plazos previstos en el presente Contrato, EL PROVEEDOR, sin desmedro del derecho de terminación unilateral establecido en el presente Contrato en beneficio de EDESUR, tendrá la obligación de pagar a EDESUR, a título de penalidad, una compensación por cada día calendario de retraso injustificado en el cumplimiento de esta obligación, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual aplicando la siguiente fórmula: Penalidad diaria = (0.01 x Monto del Contrato):
6.3 En caso de que la demora se deba a causas justificadas, EL PROVEEDOR deberá fundamentar este hecho ante EDESUR quien decidirá su procedencia. La aprobación de prórrogas de plazo no otorgará derechos EL PROVEEDOR de reclamar el cobro de gastos improductivos.
6.4 EL PROVEEDOR quedará constituido en xxxx por el solo hecho de transcurso de los plazos estipulados para ejecución de los servicios, quedando obligado al pago de las multas correspondientes, las cuales podrán ser descontadas de las cubicaciones pendientes pago o mediante la ejecución de Fiel Cumplimiento del Contrato en cada caso.
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Samples: Contract, Contratación De Servicios De Catering, Decoración, Sonido Y Montaje De Diferentes Actividades
TIEMPO DE EJECUCIÓN. 6.1 El presente contrato tendrá una duración de un XXXX, contado a partir del XXXX de Dos Mil Dieciocho (01) año de servicio y/o 2018), hasta agotar la partida presupuestaria aprobadael xxxxx Dos Mil Dieciocho (2018), el cual deberá concluirse a entera satisfacción de EDESUR.
6.2 En el supuesto que EL PROVEEDOR incumpla las obligaciones de prestar los servicios en los plazos previstos en el presente Contrato, EL PROVEEDOR, sin desmedro del derecho de terminación unilateral establecido en el presente Contrato en beneficio de EDESUR, tendrá la obligación de pagar a EDESUR, a título de penalidad, una compensación por cada día calendario de retraso injustificado en el cumplimiento de esta obligación, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual aplicando la siguiente fórmula: Penalidad diaria = (0.01 x Monto del Contrato):
6.3 En caso de que la demora se deba a causas justificadas, EL PROVEEDOR deberá fundamentar este hecho ante EDESUR quien decidirá su procedencia. La aprobación de prórrogas de plazo no otorgará derechos EL PROVEEDOR de reclamar el cobro de gastos improductivos.
6.4 EL PROVEEDOR quedará constituido en xxxx por el solo hecho de transcurso de los plazos estipulados para ejecución de los servicios, quedando obligado al pago de las multas correspondientes, las cuales podrán ser descontadas de las cubicaciones pendientes pago o mediante la ejecución de Fiel Cumplimiento del Contrato en cada caso.
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Samples: Catering Services Agreement, Contract
TIEMPO DE EJECUCIÓN. 6.1 El presente contrato tendrá una duración de un (01) año de servicio y/o hasta agotar la partida presupuestaria aprobada, el cual deberá concluirse a entera satisfacción de EDESUR.
6.2 En el supuesto que EL PROVEEDOR incumpla las obligaciones de prestar los servicios en los plazos previstos en el presente Contrato, EL PROVEEDOR, sin desmedro del derecho de terminación unilateral establecido en el presente Contrato en beneficio de EDESUR, tendrá la obligación de pagar a EDESUR, a título de penalidad, una compensación por cada día calendario de retraso injustificado en el cumplimiento de esta obligación, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual aplicando la siguiente fórmula: Penalidad diaria = (0.01 x Monto del Contrato)
6.3 En caso de que la demora se deba a causas justificadas, EL PROVEEDOR deberá fundamentar este hecho ante EDESUR XXXXXX quien decidirá su procedencia. La aprobación de prórrogas de plazo no otorgará derechos EL PROVEEDOR de reclamar el cobro de gastos improductivos.
6.4 EL PROVEEDOR quedará constituido en xxxx por el solo hecho de transcurso de los plazos estipulados para ejecución de los servicios, quedando obligado al pago de las multas correspondientes, las cuales podrán ser descontadas mediante la ejecución de Fiel Cumplimiento del Contrato en cada caso.
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TIEMPO DE EJECUCIÓN. 6.1 El presente contrato Contrato tendrá una duración de un dos (012) año años, contado a partir de servicio y/o ( ) de de ( ), hasta agotar la partida presupuestaria aprobadael primero de ( ) de de ( ), el cual deberá concluirse a entera satisfacción de EDESUR. En este contrato no opera la regla de la tacita reconducción o renovación inmediata, por lo que a la llegada de su término, el mismo quedará rescindido de pleno derecho.
6.2 En el supuesto que EL PROVEEDOR incumpla las obligaciones de prestar los servicios en los plazos previstos en el presente LA CONTRATISTA se compromete y obliga a entregar a EDESUR a más tardar quince (15) días posteriores al vencimiento del Contrato, EL PROVEEDORla constancia formal que acredite fidedignamente que ha cumplido con el pago de las prestaciones laborales, sin desmedro del derecho los derechos adquiridos y/o beneficios reconocidos de terminación unilateral establecido en el presente Contrato en beneficio de EDESUR, tendrá la obligación de pagar a EDESUR, a título de penalidad, una compensación por cada día calendario de retraso injustificado todos los empleados que ha utilizado en el cumplimiento de esta obligaciónlas obligaciones contractuales asumidas frente a EDESUR, hasta reconociendo de manera expresa, que el mismo será responsable de asumir la defensa y la eventual responsabilidad administrativa y/o judicial de EDESUR ante cualquier reclamación o demanda que pudiese ser interpuesta contra ella por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual aplicando la siguiente fórmula: Penalidad diaria = (0.01 x Monto del Contrato)
6.3 En caso de que la demora se deba a causas justificadas, EL PROVEEDOR deberá fundamentar este hecho ante EDESUR quien decidirá su procedencia. La aprobación de prórrogas de plazo no otorgará derechos EL PROVEEDOR de reclamar el cobro de gastos improductivos.
6.4 EL PROVEEDOR quedará constituido en xxxx por el solo hecho de transcurso cualquiera de los plazos estipulados empleados de LA CONTRATISTA, como consecuencia de un incumplimiento administrativo y/o laboral de este último. Hasta tanto LA CONTRATISTA no haga entrega de esta información y se verifique la fidelidad de la misma para ejecución con lo pactado, EDESUR podrá retener cualquier pago que le adeude al primero como consecuencia de los serviciosservicios prestados bajo el Contrato terminado, quedando obligado al pago sin que por ello comprometa su responsabilidad. Esta obligación también aplicará en los casos de terminación anticipada del Contrato por cualquiera de las multas correspondientes, las cuales podrán ser descontadas mediante la ejecución de Fiel Cumplimiento del Contrato causales permitidas en cada casoel mismo.
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TIEMPO DE EJECUCIÓN. 6.1 El presente contrato tendrá una duración de un dos (012) año años, contado a partir del día de servicio y/o hasta agotar la partida presupuestaria aprobadasuscripción del contrato, el cual deberá concluirse a entera satisfacción de EDESUR.
6.2 En el supuesto que EL PROVEEDOR incumpla las obligaciones de prestar los servicios en los plazos previstos en el presente Contrato, EL PROVEEDOR, sin desmedro del derecho de terminación unilateral establecido en el presente Contrato en beneficio de EDESUR, tendrá la obligación de pagar a EDESUR, a título de penalidad, una compensación por cada día calendario de retraso injustificado en el cumplimiento de esta obligación, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual aplicando la siguiente fórmula: Penalidad diaria = (0.01 x Monto del Contrato):
6.3 En caso de que la demora se deba a causas justificadas, EL PROVEEDOR deberá fundamentar este hecho ante EDESUR quien decidirá su procedencia. La aprobación de prórrogas de plazo no otorgará derechos EL PROVEEDOR de reclamar el cobro de gastos improductivos.
6.4 EL PROVEEDOR quedará constituido en xxxx por el solo hecho de transcurso de los plazos estipulados para ejecución de los servicios, quedando obligado al pago de las multas correspondientes, las cuales podrán ser descontadas mediante la ejecución de Fiel Cumplimiento del Contrato en cada caso.
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Samples: Contrato De Servicio De Agua