Common use of Tramitación de un siniestro Clause in Contracts

Tramitación de un siniestro. Sin detrimento de lo estipulado en el Artículo 42 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros, el asegurado debe declarar el siniestro en un plazo máximo de siete (7) días hábiles siguientes a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer. Asimismo, dentro de un plazo de quince (15) días hábiles después de la notificación el Asegurado debe proceder conforme al Artículo 22 siguiente de estas Condiciones Generales. El incumplimiento de los plazos señalados no provocará la pérdida del derecho a la indemnización, salvo en el supuesto de dolo o culpa grave imputable al asegurado. El Asegurado o el Tomador de la póliza, según corresponda, deberán demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro. Asimismo, deberán colaborar con OCEANICA en la inspección y demás diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio. El incumplimiento demostrado de estas obligaciones que afecte, de forma significativa, la posibilidad de OCEANICA de constatar circunstancias relacionadas con el evento y estimar la pérdida liberará a este de su obligación de indemnizar.

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Samples: Acuerdo De Aseguramiento, www.oceanica-cr.com, www.oceanica-cr.com

Tramitación de un siniestro. Sin detrimento de lo estipulado en el Artículo 42 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros, el asegurado debe declarar el siniestro en un plazo máximo de siete (7) días hábiles siguientes a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer. Asimismo, dentro de un plazo de quince (15) días hábiles después de la notificación el Asegurado debe proceder conforme al Artículo 22 28 siguiente de estas Condiciones Generales. El incumplimiento de los plazos señalados no provocará la pérdida del derecho a la indemnización, salvo en el supuesto de dolo o culpa grave imputable al asegurado. El Asegurado o el Tomador de la póliza, según corresponda, deberán demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro. Asimismo, deberán colaborar con OCEANICA OCEÁNICA en la inspección y demás diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio. El incumplimiento demostrado de estas obligaciones que afecte, de forma significativa, la posibilidad de OCEANICA OCEÁNICA de constatar circunstancias relacionadas con el evento y estimar la pérdida liberará a este de su obligación de indemnizar.

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Tramitación de un siniestro. Sin detrimento de lo estipulado en el Artículo 42 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros, el asegurado debe declarar el siniestro en un plazo máximo de siete (7) días hábiles siguientes a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer. Asimismo, dentro de un plazo de quince (15) días hábiles después de la notificación el Asegurado debe proceder conforme al Artículo 22 47 siguiente de estas Condiciones Generales. El incumplimiento de los plazos señalados no provocará la pérdida del derecho a la indemnización, salvo en el supuesto de dolo o culpa grave imputable al asegurado. El Asegurado o el Tomador de la póliza, según corresponda, deberán demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro. Asimismo, deberán colaborar con OCEANICA OCEÁNICA en la inspección y demás diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio. El incumplimiento demostrado de estas obligaciones que afecte, de forma significativa, la posibilidad de OCEANICA OCEÁNICA de constatar circunstancias relacionadas con el evento y estimar la pérdida liberará a este de su obligación de indemnizar.

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Tramitación de un siniestro. Sin detrimento de lo estipulado en el Artículo 42 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros, el asegurado debe declarar el siniestro en un plazo máximo de siete (7) días hábiles siguientes a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer. Asimismo, dentro de un plazo de quince (15) días hábiles después de la notificación el Asegurado debe proceder conforme al Artículo 22 27 siguiente de estas Condiciones Generales. El incumplimiento de los plazos señalados no provocará la pérdida del derecho a la indemnización, salvo en el supuesto de dolo o culpa grave imputable al asegurado. El Asegurado o el Tomador de la póliza, según corresponda, deberán demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro. Asimismo, deberán colaborar con OCEANICA OCEÁNICA en la inspección y demás diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio. El incumplimiento demostrado de estas obligaciones que afecte, de forma significativa, la posibilidad de OCEANICA OCEÁNICA de constatar circunstancias relacionadas con el evento y estimar la pérdida liberará a este de su obligación de indemnizar.

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Samples: Acuerdo De Aseguramiento

Tramitación de un siniestro. Sin detrimento de lo estipulado en el Artículo 42 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros, el asegurado debe declarar el siniestro en un plazo máximo de siete (7) días hábiles siguientes a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer. Asimismo, dentro de un plazo de quince (15) días hábiles después de la notificación el Asegurado debe proceder conforme al Artículo 22 47 siguiente de estas Condiciones Generales. El incumplimiento de los plazos señalados no provocará la pérdida del derecho a la indemnización, salvo en el supuesto de dolo o culpa grave imputable al asegurado. El Asegurado o el Tomador de la póliza, según corresponda, deberán demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro. Asimismo, deberán colaborar con OCEANICA OCEÁNICA en la inspección y demás diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio. El incumplimiento demostrado de estas obligaciones que afecte, de forma significativa, la posibilidad de OCEANICA OCEÁNICA de constatar circunstancias relacionadas con el evento y estimar la pérdida liberará a este esta de su obligación de indemnizar.

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