Common use of Transporte Clause in Contracts

Transporte. El Contratista tomará un Seguro de Transporte, que cubra todos los bienes que deban ser transportados bajo la responsabilidad del Contratista, contra toda pérdida, robo, merma y/o cualquier daño producido por cualquier causa durante dicho transporte que incluirá la carga y descarga de los bienes. El CONTRATISTA será responsable de contratar seguros para aquellos equipos que utilice con motivo de los trabajos (Seguro Técnico). Su cobertura será exigible mientras existan equipos circulando dentro o fuera del emplazamiento y durante todo el tiempo de permanencia de los mismos afectados a tareas del CONTRATO. El seguro deberá contener la cláusula de no repetición a favor de ENARSA. La póliza de seguros deberá cubrir los posibles daños que pueda causar él o sus SUBCONTRATISTAS a terceras personas y/ o cosas de terceros, como asimismo las que pudiera ocasionar a ENARSA y/o a su personal, y/o a sus cosas. En caso que dicho seguro no cubra los daños ocasionados, estos estarán a cargo del CONTRATISTA. En todos los casos el CONTRATISTA deberá acreditar fehacientemente a ENARSA antes de iniciar las operaciones, la vigencia de los respectivos seguros, pudiendo acreditarlo provisoriamente con un Certificado de Xxxxxxxxx original emitido por la aseguradora, hasta la presentación de las correspondientes pólizas, en copia certificadas por escribano público, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de emisión del respectivo certificado de cobertura. Debe incluirse, sin excepción, en el CONTRATO de seguro respectivo una cláusula de renuncia de la aseguradora a la subrogación contra ENARSA. La vigencia de los seguros deberá cubrir el período comprendido entre el momento de iniciación de las actividades aseguradas y el de extinción total de las responsabilidades de cualquier naturaleza que puedan ser consecuencia de dichas actividades En caso que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el contratista. Los gastos que demanden la toma de las pólizas, los deducibles o franquicias de estas pólizas como así también la insuficiencia de los límites serán de cargo y costo del CONTRATISTA. En especial, se deberá tener presente que ENARSA debe resultar indemne frente a toda acción de cualquier índole que pueda realizar toda persona que tenga una relación de trabajo con el CONTRATISTA, sus SUBCONTRATISTAS, o sus asesores, quienes podrán ser citados como terceros en los procesos respectivos. El CONTRATISTA será responsable por todo daño ocasionado por sus dependientes, equipos y/o vehículos, como así también por los causados por los Subcontratistas a su cargo, debiendo indemnizar y mantener indemne a ENARSA de cualquier reclamo por accidentes, multas, y gastos consecuentes, incluyendo honorarios legales y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en el presente constituyan su límite de responsabilidad. Asimismo el CONTRATISTA asume la responsabilidad por los riesgos vinculados directa o indirectamente con o por la operación de los equipos y/o vehículos de que se valga por sí o por terceros para el cumplimiento del CONTRATO, como también por daños y perjuicios que se viera obligado a pagar ENARSA originados en juicios o reclamos del personal del CONTRATISTA o de subcontratistas o de terceros. Sin perjuicio de los requerimientos de seguros a contratarse en la forma que se estipula en el presente, la insolvencia, quiebra o incumplimiento de cualquier compañía aseguradora que haya tomado los seguros del CONTRATISTA, el incumplimiento de cualquier compañía aseguradora en pagar los reclamos que surjan, o la insuficiencia de los límites del seguro, no anularán o afectarán como renuncia de derechos a ninguna de las cláusulas xxx XXXXXX, incluyendo, sin excepción, las obligaciones de indemnización del CONTRATISTA. Será también responsabilidad del CONTRATISTA el pago que pudiera surgir como consecuencia de los deducibles o de la insuficiencia de los límites de cualquiera de las pólizas tomadas por el CONTRATISTA. El CONTRATISTA será responsable y garante de solicitar y controlar que el resto de sus otros contratistas y subcontratistas que intervengan en el trabajo tengan vigentes en todo momento mientras dure el mismo, iguales seguros en cantidad y calidad que los exigidos al CONTRATISTA y que protejan a este último en idénticos términos y condiciones a los que sus seguros y condiciones brindan. Todas las pólizas de seguros deberán nombrar a ENARSA y al CONTRATISTA y a sus Subcontratistas como coasegurados y beneficiarios, trasladándose a ENARSA y/o al CONTRATISTA y/o sus Subcontratistas todos los beneficios indemnizatorios.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales Y Particulares

Transporte. ✓ Itinerarios de viaje: Con los convocados confirmados que tengan sede diferente a la del evento, el contratista coordinará a más tardar el día siguiente a la entrega de la información, el itinerario de viaje teniendo en cuenta las distancias, el tiempo de viaje, las rutas y horarios de los medios de transporte, propendiendo por la llegada oportuna de los asistentes al evento y procurando que regresen a sus lugares de origen a más tardar al día siguiente de la culminación o en el vuelo más cercano a la finalización del evento. Teniendo en cuenta que el contratista se comunicará con los conferencistas, talleristas y expositores, tomará nota de la información y de los materiales que requieran para sus intervenciones. ✓ Suministro de tiquetes aéreos: El Contratista tomará un Seguro contratista con la información de Transporteasistentes confirmados (incluyendo conferencistas, talleristas y expositores), y con base en los itinerarios de viaje acordados, coordinará y efectuará las reservas de manera inmediata, remisión y pago de tiquetes aéreos, para cada persona beneficiaria, en la ruta de ida y regreso, de la sede del beneficiario a la sede del evento. Los tiquetes aéreos deben ser emitidos en clase económica, salvo expresa autorización del supervisor o quien este delegue. En caso de que el asistente haya efectuado el pago de su tiquete, previa solicitud y validación del supervisor o quien este delegue, deberá reembolsar dicho gasto contra la factura del tiquete, que cubra todos los bienes que deban ser transportados bajo la responsabilidad presente el beneficiario, acompañada de soportes de utilización del Contratistatiquete, contra toda pérdida, robo, merma durante el desarrollo del evento. El contratista debe establecer alianzas estratégicas con aerolíneas y/o cualquier daño producido por cualquier causa durante dicho transporte agencias de viajes, para garantizar que incluirá se trasladen las millas de Avianca a la carga y descarga cuenta del ICBF No. CC 2700. El contratista debe entregar mensualmente una relación de los bienes. El CONTRATISTA será responsable tiquetes que no hayan sido utilizados y estén pendientes de contratar seguros revisar y/o solicitar el reembolso, al igual que realizar la gestión pertinente para aquellos equipos que utilice con motivo de los trabajos (Seguro Técnico). Su cobertura será exigible mientras existan equipos circulando dentro o fuera del emplazamiento y durante todo el tiempo de permanencia hacer uso de los mismos afectados a tareas del CONTRATOen otro evento que se requiera. El seguro deberá contener la cláusula Adicionalmente un resumen con las tarifas preferenciales que dieron dentro de este periodo y los cambios que se generaron y que no repetición a favor de ENARSAcausaron penalidad. La póliza de seguros deberá cubrir los posibles daños que pueda causar él ✓ Transporte terrestre o sus SUBCONTRATISTAS a terceras personas y/ o cosas de terceros, como asimismo las que pudiera ocasionar a ENARSA y/o a su personal, y/o a sus cosas. En caso que dicho seguro no cubra los daños ocasionados, estos estarán a cargo del CONTRATISTA. En todos fluvial: Para los casos en los que los asistentes al evento se desplacen vía terrestre o fluvial, el CONTRATISTA deberá acreditar fehacientemente a ENARSA antes de iniciar las operacionescontratista debe garantizar el reembolso del valor correspondiente al pasaje, la vigencia de los respectivos seguros, pudiendo acreditarlo provisoriamente con un Certificado de Xxxxxxxxx original emitido por la aseguradora, hasta la previa presentación de las correspondientes pólizasla factura del tiquete del trayecto según tablas de precios establecidas por el Ministerio de Transporte y para el caso del transporte fluvial los tiquetes o soportes de pago. Para los casos que el asistente deba regresar utilizando la misma modalidad, en copia certificadas por escribano públicose reintegrará el valor total correspondiente al pasaje de ida y regreso, dentro del desarrollo del evento. ✓ Transporte local: El contratista dispondrá de acuerdo con el evento los quince servicios de transporte local para trasladar al personal asistente (15) días siguientes a la fecha de emisión del respectivo certificado de cobertura. Debe incluirseincluyendo conferencistas, sin excepcióntalleristas y expositores), en el CONTRATO de seguro respectivo una cláusula de renuncia trayecto aeropuerto – Hotel – aeropuerto o dentro de la aseguradora a la subrogación contra ENARSAciudad, previa autorización del supervisor o quien este delegue. La vigencia El contratista también debe disponer del transporte de los seguros deberá cubrir asistentes, conferencistas e invitados, cuando se defina en la solicitud de servicio en vehículos de modelos recientes máximo con cinco (5) años de antigüedad, cómodos y con capacidad acorde con la cantidad de personas a transportar y con el período comprendido entre el momento de iniciación cumplimiento de las actividades aseguradas condiciones técnico- mecánicas que establece la Ley. Los transportes locales contratados deben ser colectivos y el de extinción total de las responsabilidades de cualquier naturaleza que puedan ser consecuencia de dichas actividades En caso que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocadosexpresos, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente salvo necesidad del servicio debidamente validado por el contratista. Los gastos que demanden la toma de las pólizas, los deducibles supervisor del contrato o franquicias de estas pólizas como así también la insuficiencia de los límites serán de cargo y costo del CONTRATISTA. En especial, se deberá tener presente que ENARSA debe resultar indemne frente a toda acción de cualquier índole que pueda realizar toda persona que tenga una relación de trabajo con el CONTRATISTA, sus SUBCONTRATISTAS, o sus asesores, quienes podrán ser citados como terceros en los procesos respectivos. El CONTRATISTA será responsable por todo daño ocasionado por sus dependientes, equipos y/o vehículos, como así también por los causados por los Subcontratistas a su cargo, debiendo indemnizar y mantener indemne a ENARSA de cualquier reclamo por accidentes, multas, y gastos consecuentes, incluyendo honorarios legales y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en el presente constituyan su límite de responsabilidad. Asimismo el CONTRATISTA asume la responsabilidad por los riesgos vinculados directa o indirectamente con o por la operación de los equipos y/o vehículos de que se valga por sí o por terceros para el cumplimiento del CONTRATO, como también por daños y perjuicios que se viera obligado a pagar ENARSA originados en juicios o reclamos del personal del CONTRATISTA o de subcontratistas o de terceros. Sin perjuicio de los requerimientos de seguros a contratarse en la forma que se estipula en el presente, la insolvencia, quiebra o incumplimiento de cualquier compañía aseguradora que haya tomado los seguros del CONTRATISTA, el incumplimiento de cualquier compañía aseguradora en pagar los reclamos que surjan, o la insuficiencia de los límites del seguro, no anularán o afectarán como renuncia de derechos a ninguna de las cláusulas xxx XXXXXX, incluyendo, sin excepción, las obligaciones de indemnización del CONTRATISTA. Será también responsabilidad del CONTRATISTA el pago que pudiera surgir como consecuencia de los deducibles o de la insuficiencia de los límites de cualquiera de las pólizas tomadas por el CONTRATISTA. El CONTRATISTA será responsable y garante de solicitar y controlar que el resto de sus otros contratistas y subcontratistas que intervengan en el trabajo tengan vigentes en todo momento mientras dure el mismo, iguales seguros en cantidad y calidad que los exigidos al CONTRATISTA y que protejan a quien este último en idénticos términos y condiciones a los que sus seguros y condiciones brindan. Todas las pólizas de seguros deberán nombrar a ENARSA y al CONTRATISTA y a sus Subcontratistas como coasegurados y beneficiarios, trasladándose a ENARSA y/o al CONTRATISTA y/o sus Subcontratistas todos los beneficios indemnizatoriosdelegue.

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Samples: www.icbf.gov.co

Transporte. El Contratista tomará Cuando ocasionalmente algunos ASOCIADOS terminen de trabajar entre las 23:00 horas y 06:30 horas, su jefe directo solicitará un Seguro medio de Transportetransporte para ellos. En la medida de lo posible, el medio de transporte deberá ser compartido por los ASOCIADOS que cubra todos trabajen hasta tarde. Cuando ocasionalmente se cite a algún ASOCIADO a trabajar en Canal 13 S.A. entre las 00:00 horas y las 06.30 horas, se le proporcionará un medio de transporte. En el caso de viajes que impliquen dos o más noches de alojamiento fuera de su lugar de trabajo, el jefe del ASOCIADO solicitará un medio de transporte para su subordinado tanto a la ida como al regreso, cualquiera sea la hora en que el ASOCIADO parta o regrese. En todo caso, tratándose de día domingo y festivo el beneficio de movilización nocturna indicado en los bienes que deban ser transportados bajo la responsabilidad del Contratista, contra toda pérdida, robo, merma y/o cualquier daño producido por cualquier causa durante dicho transporte que incluirá la carga párrafos precedentes regirá entre las 22:30 horas y descarga de los bienes. El CONTRATISTA será responsable de contratar seguros para aquellos equipos que utilice con motivo de los trabajos (Seguro Técnico). Su cobertura será exigible mientras existan equipos circulando dentro o fuera del emplazamiento y durante todo el tiempo de permanencia de los mismos afectados a tareas del CONTRATO. El seguro deberá contener la cláusula de no repetición a favor de ENARSA. La póliza de seguros deberá cubrir los posibles daños que pueda causar él o sus SUBCONTRATISTAS a terceras personas y/ o cosas de terceros, como asimismo las que pudiera ocasionar a ENARSA y/o a su personal, y/o a sus cosas06:30 horas. En caso que dicho seguro no cubra los daños ocasionadosel medio de transporte fuese un radiotaxi, estos estarán a cargo del CONTRATISTA. En todos los casos el CONTRATISTA deberá acreditar fehacientemente a ENARSA antes de iniciar las operaciones, la vigencia de los respectivos seguros, pudiendo acreditarlo provisoriamente con un Certificado de Xxxxxxxxx original emitido por la aseguradora, hasta la presentación de las correspondientes pólizas, en copia certificadas por escribano público, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de emisión del respectivo certificado de cobertura. Debe incluirse, sin excepción, en el CONTRATO de seguro respectivo una cláusula de renuncia de la aseguradora a la subrogación contra ENARSA. La vigencia de los seguros deberá cubrir el período comprendido entre el momento de iniciación de las actividades aseguradas y el de extinción total de las responsabilidades de cualquier naturaleza que puedan ser consecuencia de dichas actividades En caso que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el contratista. Los gastos que demanden la toma de las pólizas, los deducibles o franquicias de estas pólizas como así también la insuficiencia de los límites serán de cargo y costo del CONTRATISTA. En especial, se deberá Asociado debe tener presente que ENARSA el vale es un instrumento valorado que tiene un alto costo para Canal 13 S.A. Como equivale a dinero, el ASOCIADO que hace uso de él debe resultar indemne frente a toda acción rendir cuenta detallada de cualquier índole que pueda realizar toda persona que tenga una relación de trabajo con el CONTRATISTA, sus SUBCONTRATISTAS, o sus asesores, quienes podrán ser citados como terceros en los procesos respectivos. El CONTRATISTA será responsable por todo daño ocasionado por sus dependientes, equipos y/o vehículossu buen uso, como así también si se tratara xx xxxxx a rendir. Por eso es necesario que el ASOCIADO que obtiene el beneficio de hacer uso de un vale de radiotaxi se preocupe de llenar todos los datos que en él se consignan, para una mejor fiscalización del servicio. Asimismo, el ASOCIADO o quien retira los vales desde el Departamento Movilización debe hacerse responsable de la adecuada entrega de éstos. Si los ASOCIADOS no se atienen a la reglamentación establecida, se procederá a descontar el valor de los vales que no corresponde entregar. Los ASOCIADOS, cuyos jefes, por cualquier circunstancia, no hayan retirado los causados por vales que necesitaban y, ante la emergencia, lo solicitan a los Subcontratistas departamentos de Prensa o Transmisión, deberán preocuparse de anotar el número del vale y de comunicarlo al Departamento de Movilización para proceder a su cargo, debiendo indemnizar y mantener indemne la devolución de estos vales a ENARSA de cualquier reclamo por accidentes, multas, y gastos consecuentes, incluyendo honorarios legales y costas, y sin los departamentos que los montos proporcionaron y a cargar los vales usados a otros centros de costos. También, en casos excepcionales, los seguros ASOCIADOS podrán solicitar un radiotaxi a la empresa con que se indican Canal 13 S.A. mantenga convenio, cancelar la carrera directamente y solicitar al día siguiente la devolución del dinero -previa presentación del vale respectivo- en el presente constituyan su límite Departamento de responsabilidad. Asimismo el CONTRATISTA asume la responsabilidad por los riesgos vinculados directa o indirectamente con o por la operación de los equipos y/o vehículos de que se valga por sí o por terceros para el cumplimiento del CONTRATO, como también por daños y perjuicios que se viera obligado a pagar ENARSA originados en juicios o reclamos del personal del CONTRATISTA o de subcontratistas o de terceros. Sin perjuicio de los requerimientos de seguros a contratarse en la forma que se estipula en el presente, la insolvencia, quiebra o incumplimiento de cualquier compañía aseguradora que haya tomado los seguros del CONTRATISTA, el incumplimiento de cualquier compañía aseguradora en pagar los reclamos que surjan, o la insuficiencia de los límites del seguro, no anularán o afectarán como renuncia de derechos a ninguna de las cláusulas xxx XXXXXX, incluyendo, sin excepción, las obligaciones de indemnización del CONTRATISTA. Será también responsabilidad del CONTRATISTA el pago que pudiera surgir como consecuencia de los deducibles o de la insuficiencia de los límites de cualquiera de las pólizas tomadas por el CONTRATISTA. El CONTRATISTA será responsable y garante de solicitar y controlar que el resto de sus otros contratistas y subcontratistas que intervengan en el trabajo tengan vigentes en todo momento mientras dure el mismo, iguales seguros en cantidad y calidad que los exigidos al CONTRATISTA y que protejan a este último en idénticos términos y condiciones a los que sus seguros y condiciones brindan. Todas las pólizas de seguros deberán nombrar a ENARSA y al CONTRATISTA y a sus Subcontratistas como coasegurados y beneficiarios, trasladándose a ENARSA y/o al CONTRATISTA y/o sus Subcontratistas todos los beneficios indemnizatoriosMovilización.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Transporte. El Contratista tomará un Seguro Los individuos se transportarán hacia el lugar de Transportereubicación teniendo en cuenta los aspectos naturales de su hábitat necesarios para proporcionarles bienestar de acuerdo a las características particulares de cada uno. a) Herpetofauna: Los anfibios y reptiles se transportarán en bolsas Ziplock o bolsas de tela con hojarasca húmeda para evitar la deshidratación del organismo durante el traslado. b) Avifauna: Es importante resaltar que la captura y reubicación de este grupo se evitará al máximo, agotando las diferentes opciones de ahuyentamiento, con el fin de que cubra todos los bienes estas se desplacen libremente del lugar. En el caso de que deban perseveren especies se rescatarán, para lo cual se deben trasportar en jaulas, dispuestas de bebederos y comederos. Si el trayecto es muy largo, la jaula se debe cubrir con una manta oscura para evitar mayor estrés del animal. c) Mastofauna: Los mamíferos deberán ser transportados bajo la responsabilidad del Contratistaen jaulas con pestillo o cerrojo, contra toda pérdidalos cuales deben estar cerrados durante el periodo de transporte. La jaula debe ser cubierta con una manta de color oscuro para evitar mayor estrés. d) Reubicación y liberación e) Las especies se reubicarán y liberarán en tramos aledaños al río que tengan condiciones similares al lugar de donde fueron capturados. f) Consideraciones especiales g) Xxxxxxxxxxx y crías: Cuando se identifique una madriguera, robose debe escarbar e identificar si está siendo utilizada solamente como refugio o si en ella se encuentran crías o huevos, merma y/o cualquier daño producido por cualquier causa durante dicho transporte que incluirá la carga y descarga de los bienes. El CONTRATISTA será responsable de contratar seguros para aquellos equipos que utilice cuales se deberá hacer el rescate, junto con motivo de los trabajos (Seguro Técnico). Su cobertura será exigible mientras existan equipos circulando dentro o fuera del emplazamiento y durante todo la madre en el tiempo de permanencia de los mismos afectados a tareas del CONTRATO. El seguro deberá contener la cláusula de no repetición a favor de ENARSA. La póliza de seguros deberá cubrir los posibles daños que pueda causar él o sus SUBCONTRATISTAS a terceras personas y/ o cosas de terceros, como asimismo las que pudiera ocasionar a ENARSA y/o a su personal, y/o a sus cosas. En caso que dicho seguro no cubra los daños ocasionados, estos estarán a cargo del CONTRATISTA. En todos los casos el CONTRATISTA deberá acreditar fehacientemente a ENARSA antes de iniciar las operaciones, la vigencia de los respectivos seguros, pudiendo acreditarlo provisoriamente con un Certificado de Xxxxxxxxx original emitido por la aseguradora, hasta la presentación de las correspondientes pólizasespecies que tienen cuidado parental. Los huevos deberán ser trasladados conservando el orden y polaridad de cada uno y tanto huevos como crías, podrán ser reubicados en copia certificadas por escribano público, dentro de los quince (15) días siguientes una madriguera lo más parecida posible a la fecha de emisión del respectivo certificado de cobertura. Debe incluirse, sin excepción, original que se encuentre en el área destinada para la liberación. CONSORCIO HIDRAULICOS SUTA 2020 EJECUCIÓN DE OBRAS DE ADECUACIÓN HIDRÁULICA DE LA FUENTE HÍDRICA DENOMINADA RIO SUTA EN LA JURISDICCIÓN CAR CONTRATO de seguro respectivo una cláusula de renuncia de la aseguradora a la subrogación contra ENARSANo. La vigencia de los seguros deberá cubrir el período comprendido entre el momento de iniciación de las actividades aseguradas y el de extinción total de las responsabilidades de cualquier naturaleza que puedan ser consecuencia de dichas actividades En caso que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el contratista. Los gastos que demanden la toma de las pólizas, los deducibles o franquicias de estas pólizas como así también la insuficiencia de los límites serán de cargo y costo del CONTRATISTA. En especial, se deberá tener presente que ENARSA debe resultar indemne frente a toda acción de cualquier índole que pueda realizar toda persona que tenga una relación de trabajo con el CONTRATISTA, sus SUBCONTRATISTAS, o sus asesores, quienes podrán ser citados como terceros en los procesos respectivos. El CONTRATISTA será responsable por todo daño ocasionado por sus dependientes, equipos y/o vehículos, como así también por los causados por los Subcontratistas a su cargo, debiendo indemnizar y mantener indemne a ENARSA de cualquier reclamo por accidentes, multas, y gastos consecuentes, incluyendo honorarios legales y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en el presente constituyan su límite de responsabilidad. Asimismo el CONTRATISTA asume la responsabilidad por los riesgos vinculados directa o indirectamente con o por la operación de los equipos y/o vehículos de que se valga por sí o por terceros para el cumplimiento del CONTRATO, como también por daños y perjuicios que se viera obligado a pagar ENARSA originados en juicios o reclamos del personal del CONTRATISTA o de subcontratistas o de terceros. Sin perjuicio de los requerimientos de seguros a contratarse en la forma que se estipula en el presente, la insolvencia, quiebra o incumplimiento de cualquier compañía aseguradora que haya tomado los seguros del CONTRATISTA, el incumplimiento de cualquier compañía aseguradora en pagar los reclamos que surjan, o la insuficiencia de los límites del seguro, no anularán o afectarán como renuncia de derechos a ninguna de las cláusulas xxx XXXXXX, incluyendo, sin excepción, las obligaciones de indemnización del CONTRATISTA. Será también responsabilidad del CONTRATISTA el pago que pudiera surgir como consecuencia de los deducibles o de la insuficiencia de los límites de cualquiera de las pólizas tomadas por el CONTRATISTA. El CONTRATISTA será responsable y garante de solicitar y controlar que el resto de sus otros contratistas y subcontratistas que intervengan en el trabajo tengan vigentes en todo momento mientras dure el mismo, iguales seguros en cantidad y calidad que los exigidos al CONTRATISTA y que protejan a este último en idénticos términos y condiciones a los que sus seguros y condiciones brindan. Todas las pólizas de seguros deberán nombrar a ENARSA y al CONTRATISTA y a sus Subcontratistas como coasegurados y beneficiarios, trasladándose a ENARSA y/o al CONTRATISTA y/o sus Subcontratistas todos los beneficios indemnizatorios.2116-2019 Versión: 0 FECHA: AGOSTO/ 2020

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Samples: Contrato De Obra

Transporte. El Contratista tomará un Seguro contratista deberá suministrar el transporte de Transporteacuerdo con las necesidades establecidas en el requerimiento operativo, teniendo en cuenta los procedimientos establecidos por la Unidad. • Suministro de tiquetes aéreos (únicamente personal externo a la Unidad): Entiéndase como los tiquetes aéreos nacional en clase económica por persona en trayectos de ida y regreso, en conformidad a las fechas determinadas en los requerimientos operativos. El profesional designado por la Unidad para la actividad, mediante el requerimiento operativo y con formato acordado previamente, entregará la base de datos en Excel de los participantes con de conformidad con los datos mínimos que cubra todos los bienes que deban ser transportados bajo la responsabilidad del Contratistase solicitan en el punto D. PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES de este ANEXO TECNICO, contra toda pérdidacon el fin de establecer el itinerario de viaje más adecuado para el suministro de tiquetes aéreos, robo, merma terrestres y/o cualquier daño producido por cualquier causa durante dicho transporte fluviales. En este aspecto es importante tener en cuenta que incluirá la carga y descarga muchos de los bienesparticipantes no se encuentran en ciudades dotadas de aeropuerto y se deberá gestionar el itinerario de viaje completo con el fin de llegar a los lugares en los cuales se realizará la actividad respectiva, para lo cual el CONTRATISTA deberá comunicarse con cada uno de los posibles participantes de la actividad con el fin de ultimar detalles en cada caso específico (novedades como exceso de equipaje, traslado de material, situaciones de discapacidad, entre otros). Una vez aprobados, el CONTRATISTA gestionará el transporte aéreo, con base en los itinerarios de viaje previstos, efectuará las reservas, remisión y pago de tiquetes aéreos, en la ruta ida y regreso, de la sede de origen al lugar de la actividad más cercano que cuente con aeropuerto de conformidad a los itinerarios de viaje aprobados por la Unidad. El operador deberá informar a la Unidad o a quien ella designe, y a los beneficiarios de forma directa, el itinerario y reserva del tiquete, los datos de su vuelo utilizando los medios idóneos para que el viajero pueda tener la información clara y precisa. El operador deberá estar pendiente del arribo, logística y salida del viajero, y será el responsable de informar a la Unidad o a quien ella designe, sobre cualquier novedad que se presente durante la permanencia en la ciudad. El contratista deberá entregar mensualmente una relación de los tiquetes que no hayan sido utilizados y estén pendientes de revisar, al igual que realizar la gestión pertinente para hacer uso de estos en otra actividad que se requiera. Adicionalmente entregar un resumen con las tarifas preferenciales que dieron dentro de este periodo y los cambios que se generaron y que no causaron penalidad. • Transporte Terrestre y fluvial: Entiéndase como apoyo de transporte el desplazamiento de las víctimas de las Comunidades Étnicas y sus acompañantes si eso da a lugar a las actividades realizadas por la Unidad, con el fin de implementar las medidas de reparación integral. El CONTRATISTA será responsable apoyado en los listados de contratar seguros asistentes confirmados y autorizados por la Unidad, suministrará los tiquetes para aquellos equipos que utilice con motivo de los trabajos (Seguro Técnico). Su cobertura será exigible mientras existan equipos circulando dentro o fuera del emplazamiento y durante todo el tiempo de permanencia de los mismos afectados a tareas del CONTRATO. El seguro deberá contener la cláusula de no repetición a favor de ENARSA. La póliza de seguros deberá cubrir los posibles daños que pueda causar él o sus SUBCONTRATISTAS a terceras personas y/ o cosas de terceros, como asimismo las que pudiera ocasionar a ENARSA transporte terrestre y/o fluvial y atendiendo los itinerarios de viaje acordados, efectuará las reservas, remisión y pago de tiquetes en las rutas de ida y regreso de ser necesario, de la sede de origen a su personalla sede del evento. Según tabla de precios de transporte terrestre autorizadas para tal fin. • Transporte Local: El CONTRATISTA dispondrá según lineamientos establecidos en el requerimiento operativo aprobado por la Unidad, y/los servicios de transporte local para trasladar al personal asistente autorizado por la Unidad o a sus cosasquien ella designe, del aeropuerto al sitio de alojamiento en ida y regreso, u otros desplazamientos autorizados por la Unidad o SUPERVISOR a quien ella designe, en vehículos cómodos y con capacidad acorde con la cantidad de personas a transportar. En caso de que dicho seguro no cubra los daños ocasionadosel servicio de transporte se cancele sin previo aviso, estos estarán a cargo del CONTRATISTA. En el CONTRATISTA asumirá todos los casos el CONTRATISTA deberá acreditar fehacientemente a ENARSA antes de iniciar las operaciones, la vigencia costos que se generen por traslado de los respectivos seguros, pudiendo acreditarlo provisoriamente con un Certificado de Xxxxxxxxx original emitido por la aseguradora, hasta la presentación de las correspondientes pólizas, en copia certificadas por escribano público, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de emisión del respectivo certificado de cobertura. Debe incluirse, sin excepción, en el CONTRATO de seguro respectivo una cláusula de renuncia de la aseguradora a la subrogación contra ENARSA. La vigencia de los seguros deberá cubrir el período comprendido entre el momento de iniciación de las actividades aseguradas y el de extinción total de las responsabilidades de cualquier naturaleza que puedan ser consecuencia de dichas actividades En caso que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el contratista. Los gastos que demanden la toma de las pólizas, los deducibles asistentes al punto o franquicias de estas pólizas como así también la insuficiencia de los límites serán de cargo y costo del CONTRATISTA. En especial, se deberá tener presente que ENARSA debe resultar indemne frente a toda acción de cualquier índole que pueda realizar toda persona que tenga una relación de trabajo con el CONTRATISTA, sus SUBCONTRATISTAS, o sus asesores, quienes podrán ser citados como terceros en los procesos respectivos. El CONTRATISTA será responsable por todo daño ocasionado por sus dependientes, equipos y/o vehículos, como así también por los causados por los Subcontratistas a su cargo, debiendo indemnizar y mantener indemne a ENARSA de cualquier reclamo por accidentes, multas, y gastos consecuentes, incluyendo honorarios legales y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en el presente constituyan su límite de responsabilidad. Asimismo el CONTRATISTA asume la responsabilidad por los riesgos vinculados directa o indirectamente con o por la operación de los equipos y/o vehículos de que se valga por sí o por terceros para el cumplimiento del CONTRATO, como también por daños y perjuicios que se viera obligado a pagar ENARSA originados en juicios o reclamos del personal del CONTRATISTA o de subcontratistas o de terceros. Sin perjuicio de los requerimientos de seguros a contratarse en la forma que se estipula en el presente, la insolvencia, quiebra o incumplimiento de cualquier compañía aseguradora que haya tomado los seguros del CONTRATISTA, el incumplimiento de cualquier compañía aseguradora en pagar los reclamos que surjan, o la insuficiencia de los límites del seguro, no anularán o afectarán como renuncia de derechos a ninguna de las cláusulas xxx XXXXXX, incluyendo, sin excepción, las obligaciones de indemnización del CONTRATISTA. Será también responsabilidad del CONTRATISTA el pago que pudiera surgir como consecuencia de los deducibles o de la insuficiencia de los límites de cualquiera de las pólizas tomadas por el CONTRATISTA. El CONTRATISTA será responsable y garante de solicitar y controlar que el resto de sus otros contratistas y subcontratistas que intervengan en el trabajo tengan vigentes en todo momento mientras dure el mismo, iguales seguros en cantidad y calidad que los exigidos al CONTRATISTA y que protejan a este último en idénticos términos y condiciones a los que sus seguros y condiciones brindan. Todas las pólizas de seguros deberán nombrar a ENARSA y al CONTRATISTA y a sus Subcontratistas como coasegurados y beneficiarios, trasladándose a ENARSA y/o al CONTRATISTA y/o sus Subcontratistas todos los beneficios indemnizatoriospuntos previstos.

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Samples: community.secop.gov.co

Transporte. El Contratista el Vendedor tomará un Seguro todas las medidas necesarias para efectuar el correcto transporte de Transporte, que cubra los Productos por todos los bienes medios necesarios y utilizando todos los equipos y accesorios apropiados, con la ayuda de agentes o subcontratistas competentes y solventes, llegado el caso. El Vendedor organizará el transporte de los Productos hasta el lugar de Entrega de modo que deban ser transportados bajo se evite cualquier daño a los Productos y se facilite la responsabilidad descarga de los Productos en el lugar de entrega designado por el Comprador. - los plazos de entrega reseñados en el Pedido tienen la consideración de esenciales. El Comprador podrá (i) anular el Pedido si éste no fuese debidamente ejecutado en el plazo establecido, y reclamar los daños y perjuicios sufridos por tal causa o (ii) aceptar la entrega y retener los correspondientes importes en concepto de indemnización que se establecen a continuación, sin que para ello sea necesario requerimiento previo alguno del ContratistaComprador. El Comprador se reserva el derecho de rechazar entregas parciales o anticipadas, contra y en dichos casos podrá devolver los Productos o, a su elección, almacenarlos, a cuenta y riesgo del Vendedor. El Vendedor deberá notificar inmediatamente por escrito al Comprador sobre un posible retraso y simultáneamente habrá de facilitar toda pérdida, robo, merma la información referente a las causas y/o cualquier daño producido la entidad del retraso, así como los detalles sobre las medidas tomadas por cualquier causa durante dicho transporte que incluirá el Vendedor para evitar el retraso o acelerar la carga y descarga de los bienes. El CONTRATISTA será responsable de contratar seguros para aquellos equipos que utilice con motivo de los trabajos (Seguro Técnico). Su cobertura será exigible mientras existan equipos circulando dentro o fuera del emplazamiento y durante todo el tiempo de permanencia de los mismos afectados a tareas del CONTRATO. El seguro deberá contener la cláusula de no repetición a favor de ENARSA. La póliza de seguros deberá cubrir los posibles daños que pueda causar él o sus SUBCONTRATISTAS a terceras personas y/ o cosas de terceros, como asimismo las que pudiera ocasionar a ENARSA y/o a su personal, y/o a sus cosasentrega. En el caso que dicho seguro no cubra los daños ocasionadosde retraso en la entrega, estos estarán a cargo del CONTRATISTA. En todos los casos el CONTRATISTA deberá acreditar fehacientemente a ENARSA antes de iniciar las operaciones, la vigencia de los respectivos seguros, pudiendo acreditarlo provisoriamente con un Certificado de Xxxxxxxxx original emitido por la aseguradora, hasta la presentación de las correspondientes pólizas, en copia certificadas por escribano público, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de emisión del respectivo certificado de cobertura. Debe incluirseComprador tendrá derecho, sin excepción, en el CONTRATO de seguro respectivo una cláusula de renuncia de la aseguradora a la subrogación contra ENARSA. La vigencia de los seguros deberá cubrir el período comprendido entre el momento de iniciación de las actividades aseguradas y el de extinción total de las responsabilidades perjuicio de cualquier naturaleza que puedan ser consecuencia de dichas actividades En caso que el monto de los seguros contratados no alcanzare otro recurso, a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el contratista. Los gastos que demanden la toma de las pólizas, los deducibles o franquicias de estas pólizas como así también la insuficiencia de los límites serán de cargo y costo del CONTRATISTA. En especial, se deberá tener presente que ENARSA debe resultar indemne frente a toda acción de cualquier índole que pueda realizar toda persona que tenga una relación de trabajo con el CONTRATISTA, sus SUBCONTRATISTAS, o sus asesores, quienes podrán ser citados como terceros en los procesos respectivos. El CONTRATISTA será responsable por todo daño ocasionado por sus dependientes, equipos y/o vehículos, como así también por los causados por los Subcontratistas a su cargo, debiendo indemnizar y mantener indemne a ENARSA de cualquier reclamo por accidentes, multas, y gastos consecuentes, incluyendo honorarios legales y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en el presente constituyan su límite de responsabilidad. Asimismo el CONTRATISTA asume la responsabilidad por los riesgos vinculados directa o indirectamente con o por la operación de los equipos y/o vehículos de que se valga por sí o por terceros para el cumplimiento del CONTRATO, como también indemnización por daños y perjuicios que se viera obligado a pagar ENARSA originados en juicios o reclamos ascenderá al 1 % del personal valor del CONTRATISTA o pedido por cada semana completa de subcontratistas o retraso, con un máximo del 10 % . El Comprador deberá comunicar su decisión de terceros. Sin perjuicio de compensar los requerimientos de seguros a contratarse en la forma que se estipula en el presente, la insolvencia, quiebra o incumplimiento de cualquier compañía aseguradora que haya tomado los seguros del CONTRATISTA, el incumplimiento de cualquier compañía aseguradora en pagar los reclamos que surjan, o la insuficiencia de los límites del seguro, no anularán o afectarán como renuncia de derechos a ninguna de las cláusulas xxx XXXXXX, incluyendo, sin excepción, las obligaciones de indemnización del CONTRATISTA. Será también responsabilidad del CONTRATISTA el pago que pudiera surgir como consecuencia de los deducibles o daños y perjuicios antes de la insuficiencia fecha de los límites pago de cualquiera la primera factura posterior al retraso. Dicha compensación se ejercerá sin perjuicio del derecho del Comprador a reclamar otros posibles daños y perjuicios relacionados con otros aspectos de las pólizas tomadas la ejecución del contrato por el CONTRATISTA. El CONTRATISTA será responsable y garante de solicitar y controlar que el resto de sus otros contratistas y subcontratistas que intervengan en el trabajo tengan vigentes en todo momento mientras dure el mismo, iguales seguros en cantidad y calidad que los exigidos al CONTRATISTA y que protejan a este último en idénticos términos y condiciones a los que sus seguros y condiciones brindan. Todas las pólizas de seguros deberán nombrar a ENARSA y al CONTRATISTA y a sus Subcontratistas como coasegurados y beneficiarios, trasladándose a ENARSA y/o al CONTRATISTA y/o sus Subcontratistas todos los beneficios indemnizatoriosparte del Vendedor.

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