Common use of Trato nacional y no discriminación Clause in Contracts

Trato nacional y no discriminación. 1. En lo que respecta a todas las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a compras gubernamentales cubiertas por este capítulo, cada Parte concederá de forma inmediata e incondicional a los productos, servicios y proveedores de la otra Parte, un trato no menos favorable que el otorgado a sus productos, servicios y proveedores nacionales. 2. En lo que respecta a todas las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a compras gubernamentales cubiertas por este capítulo, cada Parte asegurará que: (a) sus entidades no den a un proveedor establecido localmente un trato menos favorable que el otorgado a otro proveedor establecido localmente, en razón del grado de afiliación extranjera o propiedad de una persona de la otra Parte; y (b) sus entidades no discriminen en contra de proveedores establecidos localmente en razón del país de producción del producto o servicio a suministrarse, siempre que el país de producción sea la otra Parte. 3. Las disposiciones de los párrafos 1 y 2 no aplicarán a los aranceles aduaneros u otros cargos de cualquier tipo, impuestos o en conexión con la importación, al método de percepción de tales derechos y cargos, a los demás reglamentos y formalidades de importación, ni a las medidas que afectan al comercio de servicios, aparte de las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a las compras gubernamentales cubiertas por este capítulo.

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Samples: Public Procurement Regulations

Trato nacional y no discriminación. 1. En lo que respecta referente a todas toda ley, reglamento, procedimiento y práctica referente a las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a compras gubernamentales contrataciones públicas cubiertas por este capítuloCapítulo, cada Parte concederá de forma inmediata e incondicional a los productoslas mercancías, servicios y proveedores de la otra Parte, Parte un trato no menos favorable que el otorgado a sus productoslas mercancías, servicios y proveedores nacionales. 2. En lo que respecta referente a todas toda ley, reglamento, procedimiento y práctica referente a las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a compras gubernamentales contrataciones públicas cubiertas por este capítuloCapítulo, cada Parte se asegurará que: (a) sus entidades no den a un proveedor establecido localmente un trato menos favorable que el otorgado a otro proveedor establecido localmente, en razón del grado de afiliación extranjera o propiedad extranjera de una persona de la otra Parte; y (b) sus entidades no discriminen den un trato discriminatorio a un proveedor establecido localmente sobre la base de que las mercancías o servicios ofrecidos por dicho proveedor para una contratación pública en contra particular son mercancías o servicios de proveedores establecidos localmente en razón del país de producción del producto o servicio a suministrarse, siempre que el país de producción sea la otra Parte. 3. Las disposiciones de los párrafos 1 y 2 Este artículo no aplicarán se aplicará a los las medidas relativas a aranceles aduaneros u otros cargos de cualquier tipo, impuestos tipo que se apliquen o en conexión tengan relación con la importación, al el método de percepción recaudación de tales derechos y cargos, a los demás reglamentos y formalidades otras reglamentaciones de importación, incluidas restricciones y formalidades ni a las medidas que afectan afecten al comercio de servicios, aparte de salvo las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a las compras gubernamentales cubiertas medidas que regulen específicamente la contratación pública cubierta por este capítuloCapítulo.

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Samples: Free Trade Agreement

Trato nacional y no discriminación. 1. Cada Parte se asegurará que las contrataciones públicas de sus entidades, amparadas por este Capítulo se realicen de forma transparente, razonable y no discriminatoria, otorgando el mismo trato a los proveedores de cualquiera de las Partes y asegurando el principio de competencia abierta y efectiva. 2. En lo que respecta referente a todas las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas relativos a compras gubernamentales cubiertas las contrataciones públicas amparadas por este capítuloCapítulo, cada Parte concederá de forma inmediata e incondicional a los productosbienes, servicios y proveedores de la otra Parte, Parte un trato no menos favorable que el otorgado que conceda a sus productoslos bienes, servicios y proveedores nacionales. 23. En lo que respecta Con respecto a todas las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas relativos a compras gubernamentales cubiertas las contrataciones públicas amparadas por este capítuloCapítulo, cada Parte se asegurará de que: (a) sus entidades no den a un proveedor establecido localmente un trato menos favorable que el otorgado a otro proveedor establecido localmente, localmente en razón del grado de afiliación extranjera o propiedad extranjera de una persona de la otra Parte; y (b) sus entidades no discriminen en contra den un trato discriminatorio a un proveedor establecido localmente sobre la base de proveedores establecidos localmente en razón del país que los bienes o servicios ofrecidos por dicho proveedor para una contratación pública particular son bienes o servicios de producción del producto o servicio a suministrarse, siempre que el país de producción sea la otra Parte. 3. Las disposiciones de los párrafos 1 y 2 Este Artículo no aplicarán se aplicará a los las medidas relativas a aranceles aduaneros u otros cargos de cualquier tipo, impuestos tipo sobre la importación o en conexión con la importaciónmisma, al método de percepción recaudación de tales esos derechos y cargos, a los demás reglamentos y formalidades de importación, ni a otras medidas relacionadas con el comercio de servicios distintas de las medidas que afectan al comercio regulan específicamente la contratación pública en virtud de servicios, aparte de las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a las compras gubernamentales cubiertas por este capítuloCapítulo.

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Samples: Contratación Pública

Trato nacional y no discriminación. 1. En lo que respecta Respecto a todas las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a compras gubernamentales cubiertas por medidas comprendidas en este capítulo, cada Parte concederá de forma inmediata e incondicional otorgará a los productosbienes de la otra Parte, servicios y a los proveedores de la dichos bienes y a los proveedores de servicios de otra Parte, un trato no menos favorable que el más favorable otorgado a a: a) sus productos, servicios propios bienes y proveedores; y b) los bienes y proveedores nacionalesde otra Parte. 2. En lo que respecta Respecto a todas las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a compras gubernamentales cubiertas por medidas comprendidas en este capítulo, cada ninguna Parte asegurará quepodrá: (a) sus entidades no den dar a un proveedor establecido localmente en su territorio un trato menos favorable que el otorgado a otro proveedor establecido localmenteen dicho territorio, en razón del grado de afiliación extranjera o de propiedad de una persona de la otra Parteextranjeras; yni (b) sus entidades no discriminen discriminar a un proveedor establecido en contra de proveedores establecidos localmente su territorio en razón del país de producción del producto que los bienes o servicio a suministrarseservicios ofrecidos por ese proveedor para una compra particular, siempre que el país sean bienes o servicios de producción sea la otra Parte. 3. Las disposiciones de los párrafos El párrafo 1 y 2 no aplicarán se aplicará a los las medidas relativas a aranceles aduaneros u otros cargos de cualquier tipo, tipo impuestos sobre o en conexión con la importación, al el método de percepción cobro de tales derechos y cargos, ni a los demás reglamentos y formalidades otras reglamentaciones de importación, ni a las medidas incluidas restricciones y formalidades. 4. Las Partes no establecerán requisitos de representación o presencia local que afectan al comercio tengan por objeto o efecto discriminar en favor de servicios, aparte de las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a las compras gubernamentales cubiertas por este capítulolos proveedores nacionales.

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Samples: Tratado De Libre Comercio

Trato nacional y no discriminación. 1. En lo Cada Parte se asegurará de que respecta las contrataciones públicas de sus entidades cubiertas por el presente Título se realicen de forma transparente, razonable y no discriminatoria, otorgando el mismo trato a los proveedores de cualquiera de las Partes y asegurando el principio de una competencia abierta y efectiva. 2. Con respecto a todas las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas relativos a compras gubernamentales las contrataciones públicas cubiertas por este capítuloel presente Título, cada Parte concederá de forma inmediata e incondicional a los productosbienes, servicios y proveedores de la otra Parte, Parte un trato no menos favorable que el otorgado a sus productoslos bienes, servicios y proveedores nacionales. 23. En lo que respecta cuanto a todas las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas relativos a compras gubernamentales las contrataciones públicas cubiertas por este capítuloel presente Título, cada Parte se asegurará de que: (a) sus entidades no den a un proveedor establecido localmente un trato menos favorable que el otorgado a otro proveedor establecido localmente, en razón del grado de afiliación extranjera o propiedad extranjera de una persona de la otra Parte; y (b) sus entidades no discriminen en contra den un trato discriminatorio a un proveedor establecido localmente sobre la base de proveedores establecidos localmente en razón del país que los bienes o servicios ofrecidos por dicho proveedor para una contratación pública particular son bienes o servicios de producción del producto o servicio a suministrarse, siempre que el país de producción sea la otra Parte. 34. Las disposiciones El presente artículo no se aplicará a las medidas relativas a derechos de los párrafos 1 y 2 no aplicarán a los aranceles aduaneros aduanas u otros cargos otras cargas de cualquier tipo, impuestos tipo aplicados o en conexión con relativos a la importación, al el método de percepción recaudación de tales derechos y cargoscargas, a los demás reglamentos y formalidades otras reglamentaciones de importación, incluidas restricciones y formalidades, ni a medidas que afecten al comercio de servicios distintas de las medidas que afectan al comercio de servicios, aparte de regulan específicamente las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a las compras gubernamentales contrataciones públicas cubiertas por este capítuloel presente Título.

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Samples: Public Procurement Agreement

Trato nacional y no discriminación. 1. En lo que respecta Cada Parte otorgará a todas las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a compras gubernamentales cubiertas por este capítulo, cada Parte concederá de forma inmediata e incondicional a los productosmercancías, servicios y proveedores de la otra Parte, un trato no menos favorable que el otorgado trato más favorable que la Parte otorgue a sus productospropias mercancías, servicios servicios, y proveedores nacionalesproveedores. 2. En lo que respecta a todas las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a compras gubernamentales cubiertas por este capítulo, cada Ninguna Parte asegurará quepodrá: (a) sus entidades no den tratar a un proveedor establecido localmente un trato de manera menos favorable que el otorgado a otro proveedor establecido localmente, en razón del de su grado de afiliación extranjera o propiedad de una persona de la otra Parteextranjera; yo (b) sus entidades no discriminen discriminar en contra de proveedores establecidos un proveedor establecido localmente en razón del país sobre la base de producción del producto que las mercancías o servicio a suministrarselos servicios ofrecidos por dicho proveedor para una contratación pública particular, siempre que el país son mercancías o servicios de producción sea la otra Parte. 3. Para mayor certeza, todas las órdenes de compra de contratos adjudicados por medio de procesos de contrataciones públicas cubiertas, como convenios marco o acuerdos de panel estarán sujetos a los párrafos 1 y 2. 4. Las disposiciones de los párrafos 1 y 2 no aplicarán a los las medidas relativas a aranceles aduaneros u otros cargos otras cargas de cualquier tipo, impuestos o en conexión con tipo que se impongan a la importación, o que tengan relación con, la importación al método de percepción recaudación de tales derechos dichos aranceles y cargoscargas, ni a los demás reglamentos y formalidades otras regulaciones de importación, ni a incluidas las restricciones y las formalidades, y las medidas que afectan afecten al comercio de servicios, aparte diferentes de las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relativas a las compras gubernamentales cubiertas por este capítulomedidas que regulan la contratación pública cubierta.

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Samples: Contratación Pública