USO DE LOS DERECHOS POR EL TOMADOR O ASEGURADO. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador tiene el derecho de exigir que el tomador acredite previamente el consentimiento del asegurado, a menos que el tomador demuestre, que contrató por mandato de aquel, o en razón de una obligación legal (Art. 1567 Código Civil).
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Samples: Seguro Colectivo De Vida Para Cancelación De Deudas, Seguro Colectivo De Vida Para Cancelación De Deudas, Seguro De Vida Colectivo
USO DE LOS DERECHOS POR EL TOMADOR O ASEGURADO. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador tiene el derecho de exigir que el tomador acredite previamente el consentimiento del asegurado, a menos que el tomador demuestre, que contrató por mandato de aquel, o en razón de una obligación legal (Art. 1567 Código Civil). Todos los plazos de días, indicados en la presente póliza, se computaran corridos, salvo disposición expresa en contrario.
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Samples: Condiciones Generales Comunes Para El Seguro De Accidentes Personales, Póliza De Seguros De Accidentes Personales
USO DE LOS DERECHOS POR EL TOMADOR O ASEGURADO. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el tomador puede disponer dispo- ner a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador tiene el derecho dere- cho de exigir que el tomador acredite previamente el consentimiento del asegurado, a menos que el tomador demuestre, que contrató por mandato de aquel, o en razón de una obligación legal (Art. 1567 Código Códi- go Civil).
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Samples: Condiciones Generales Comunes Para El Seguro De Vida Colectivo
USO DE LOS DERECHOS POR EL TOMADOR O ASEGURADO. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador tiene el derecho de exigir que el tomador acredite previamente el consentimiento del asegurado, a menos que el tomador demuestre, que contrató por mandato de aquelxxxxx, o en razón de una obligación legal (Art. 1567 Código Civil).
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Samples: Seguro Colectivo De Vida Para Cancelación De Deudas
USO DE LOS DERECHOS POR EL TOMADOR O ASEGURADO. Cuando se encuentre en posesión de la póliza, el tomador Tomador puede disponer a nombre propio de los derechos que resultan del contrato. Puede igualmente cobrar la indemnización, pero el asegurador tiene el derecho de exigir que el tomador acredite previamente el consentimiento del asegurado, a menos que el tomador demuestre, que contrató por mandato de aquel, o en razón de una obligación legal (Art. 1567 Código Civil).
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Samples: Insurance Clause