Common use of UTILIZACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS Clause in Contracts

UTILIZACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. De acuerdo con las previsiones establecidas por las disposiciones adicionales quincena y decimosexta de la LCSP, el conjunto de trámites, actuaciones y notificaciones que se hagan durante las fases de licitación, selección, adjudicación y formalización y, si se tercia, prórroga del Acuerdo marco y los trámites contractuales de los contratos basados, se notificará y/o comunicará a través de medios electrónicos, así como también las notificaciones referidas al recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 y siguientes de la misma ley. Aun así, cualquier otra comunicación que se tenga que realizar con ocasión o como consecuencia del procedimiento de licitación del presente Acuerdo marco se realizará mediante correo electrónico y en el tablero de avisos del anuncio de licitación del Perfil de contratante del CCDL, que deja constancia fehaciente de su autenticidad, integridad, y fecha y hora de su publicación. La formalización de los contratos del Acuerdo marco con el CCDL y contratos basados con las entidades destinatarias, y cuando corresponda también con el CCDL-ACM, así como la formalización de las adhesiones con las entidades destinatarias, se hará, preferentemente, mediante firma electrónica reconocida de nivel pertinente. Con este objetivo, los representantes legales de las empresas seleccionadas y adjudicatarias tendrán que poseer un certificado de firma electrónica de persona física con dispositivo seguro entregado por cualquier entidad de certificación clasificada por la Agencia Catalana de Certificación, o bien, DNI electrónico. Sin embargo, se podrá utilizar la comunicación oral para avisos diferentes a los elementos esenciales, por ejemplo, los pliegos y las ofertas, dejando el contenido de la comunicación oral documentado debidamente, por ejemplo, mediante los archivos o resúmenes escritos o sonoros de los principales elementos tratados. Las empresas licitadoras procederán a darse de alta como interesadas en el anuncio de licitación de este Acuerdo marco publicado al Perfil de contratante del CCDL, ubicado a la Plataforma de servicios de contratación pública, mediante el formulario de suscripción que se pone a disposición. Esta suscripción permite recibir aviso de manera inmediata a las direcciones electrónicas de las personas identificadas de cualquier novedad, publicación o incidencia que afecte la licitación. Con cuyo objeto, habrá que hacer un “clic” en el enlace “Queréis que os informemos de las novedades?” que figura en la página del referido anuncio. La información publicada en el tablón de anuncios y edictos electrónico del Perfil de contratante deja constancia fehaciente de su autenticidad, integridad, fecha y hora de su publicación. De lo contrario, las comunicaciones, notificaciones y avisos del Órgano de contratación se dirigirán a la dirección de correo electrónico que la empresa licitadora habrá indicado en el anexo núm. 01 de este PCAP. Por otro lado, dando cumplimiento a la Disposición adicional quincena de la LCSP, la presentación de proposiciones se hará electrónicamente mediante la herramienta del Sobre Digital 2.0, en los términos que se regulan a la cláusula decimoquinta de este pliego. Así mismo, las sesiones de la Mesa de contratación podrán realizarse a distancia y de forma virtual, de acuerdo con el artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, indicándose en la correspondiente convocatoria la vía de celebración.

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Samples: Acuerdo Marco De Suministro, Acuerdo Marco De Suministro

UTILIZACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. De acuerdo con las previsiones establecidas por las disposiciones adicionales quincena decimoquinta y decimosexta de la LCSP, el conjunto de trámites, actuaciones y notificaciones que se hagan realicen durante las fases de licitación, selección, adjudicación y formalización y, si se terciaen su caso, prórroga del Acuerdo marco y los trámites contractuales de los contratos basados, se notificará y/o comunicará a través de medios electrónicos, así como también como, también, las notificaciones referidas al recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 y siguientes de la misma leyLCSP. Aun asíLas comunicaciones y las notificaciones que se hagan durante el procedimiento de contratación y durante la vigencia del contrato se efectuarán por medios electrónicos a través del sistema de notificación e-NOTUM, de acuerdo con la LCSP y otra normativa de aplicación. A estos efectos, se enviarán los avisos de la puesta a disposición de las notificaciones y las comunicaciones a las direcciones de correo electrónico que las empresas hayan facilitado al efecto en el Anexo núm. 01, en el apartado "Datos a efectos de notificaciones y datos a mostrar en la web pública", de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 16 de este Pliego. Los plazos a contar desde la notificación se computarán desde la fecha de envío del aviso de notificación, si el acto objeto de notificación se ha publicado el mismo día en el Perfil de contratante del Órgano de contratación. Sin embargo, cualquier otra comunicación que se tenga que realizar deba realizarse con ocasión o como consecuencia del procedimiento de licitación del presente Acuerdo marco se realizará mediante correo electrónico y en el tablero tablón de avisos del anuncio de licitación del Perfil de contratante del CCDL, que deja constancia fehaciente de su autenticidad, integridad, integridad y fecha y hora de su publicación. La formalización de los contratos del Acuerdo marco con el CCDL y contratos basados con las entidades destinatarias, y cuando corresponda también con el CCDL-ACM, así como la formalización de las adhesiones con las entidades destinatarias, se hará, preferentemente, mediante firma electrónica reconocida de nivel pertinente. Con este objetivo, los representantes legales de las empresas seleccionadas y adjudicatarias tendrán que poseer un certificado de firma electrónica de persona física con dispositivo seguro entregado por cualquier entidad de certificación clasificada por la Agencia Catalana de Certificación, o bien, DNI electrónico. Sin embargoNo obstante, se podrá utilizar la comunicación oral para avisos diferentes a los elementos esenciales, por ejemplo, los pliegos Pliegos y las ofertas, dejando el contenido de la comunicación oral documentado debidamente, por ejemplo, mediante los archivos o resúmenes escritos o sonoros de los principales elementos tratados. Las Por otro lado, para recibir toda la información relativa a esta licitación, las empresas que lo quieran y, en todo caso, las empresas licitadoras procederán a darse de alta deben suscribirse como interesadas en el anuncio esta licitación, a través del servicio de suscripción a las novedades del espacio virtual de licitación de este Acuerdo marco publicado al que a tal efecto se pone a disposición en la dirección web del Perfil de contratante del CCDL, ubicado a en la Plataforma de servicios de contratación pública: Las empresas que, mediante el formulario de suscripción que acuerdo con la Cláusula 15 de este Pliego, activen la oferta con la herramienta de Sobre Digital, se pone a disposicióninscribirán en la licitación automáticamente. Esta suscripción permite recibir aviso de manera inmediata a las direcciones electrónicas de las personas identificadas de cualquier novedad, publicación o incidencia que afecte a la licitación. Con cuyo objetoAsimismo, habrá determinadas comunicaciones que hacer un “clic” en el enlace “Queréis que os informemos deban realizarse con ocasión o como consecuencia del procedimiento de las novedades?” que figura en la página licitación y de adjudicación del referido anuncio. La información publicada en presente contrato se realizarán mediante el tablón de anuncios y edictos electrónico del Perfil avisos asociado al espacio virtual de contratante licitación de esta licitación en la Plataforma de Servicios de Contratación Pública. En este tablón de avisos electrónico, que deja constancia fehaciente de su la autenticidad, integridad, la integridad y la fecha y hora de su publicación. De lo contrariopublicación de la información publicada, las comunicaciones, notificaciones y avisos del Órgano de contratación también se dirigirán publicará información relativa tanto a la dirección de correo electrónico que la empresa licitadora habrá indicado en el anexo númlicitación, como al contrato. 01 de este PCAP. Por otro lado, dando Dando cumplimiento a la Disposición adicional quincena Adicional Quincena de la LCSP, la presentación de proposiciones se hará electrónicamente mediante la herramienta del Sobre Digital 2.0, en los términos que se regulan a en la cláusula decimoquinta de este pliegoCláusula 15 xxx Xxxxxx. Así mismoAsimismo, las sesiones de la Mesa de contratación podrán realizarse a distancia y de forma virtual, de acuerdo con el artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico Régimen Jurídico del sector públicoSector Público, indicándose en la correspondiente convocatoria la vía de celebración. La formalización de los contratos del Acuerdo marco con el CCDL y contratos basados con las entidades destinatarias, y cuando proceda, también, con la ACM-CCDL, así como la formalización de las adhesiones con las entidades destinatarias, se hará mediante firma electrónica reconocida de nivel pertinente. Con este objetivo, los representantes legales de las empresas adjudicatarias deberán poseer un certificado de firma electrónica avanzada basada en un certificado calificado de firma electrónica en los términos previstos en el Reglamento (UE) 910/2014/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva. 1999/93/CE. En cuanto a los certificados extranjeros comunitarios, se aceptarán los certificados calificados en cualquier país de la Unión Europea de acuerdo con el artículo 25.3 del Reglamento (UE) 910/2014/UE sobre identificación electrónica y servicios de confianza, mencionado, el cual dispone que "una firma electrónica calificada basada en un certificado cualificado emitido a un Estado miembro será reconocida como firma electrónica calificada en el resto de los Estados miembros”.

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Samples: Acuerdo Marco De Suministro De Energía Eléctrica

UTILIZACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. 8.1 De acuerdo con las previsiones establecidas por las disposiciones adicionales quincena la disposición adicional decimoquinta y decimosexta del TRLCSP; por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; por el Decreto 96/2004, de 20 de enero, por el que se regula la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la contratación de la LCSPAdministración de la Generalitat, y por el Decreto 56/2009, de 7 xx xxxxx, para el impulso de los medios electrónicos a la Administración de la Generalitat de Catalunya, el conjunto de trámites, actuaciones y notificaciones que se hagan durante las fases la fase de licitación, selección, licitación y adjudicación y formalización durante la vigencia de este contrato entre las empresas licitadoras y contratistas y la administración contratante, se realizarán preferentemente con medios electrónicos, 8.2 Las empresas licitadoras también podrán darse de alta en el Perfil del licitador, previa la autenticación requerida. El Perfil del licitador está constituido por un conjunto de servicios dirigidos en las empresas licitadoras con el objetivo de proveer un espacio propio en cada empresa licitadora, con una serie de herramientas que facilitan el acceso y gestión de expedientes de contratación de su interés. Para darse de alta se deberá clicar en el apartado “Perfil de licitador” de la Plataforma de Servicios de Contratación Pública y disponer del certificado digital requerido. 8.3 Las notificaciones que se hagan durante el procedimiento de contratación y durante la vigencia del contrato que se licita se efectuarán por medios electrónicos a través del sistema de notificación e-NOTUM, de acuerdo con el TRLCSP y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. A estos efectos, la empresa tiene que indicar una dirección de correo electrónico –y, si se terciaadicionalmente, prórroga del Acuerdo marco y un número de teléfono móvil– en los trámites contractuales de cuales recibir los contratos basados, se notificará y/o comunicará a través de medios electrónicos, así como también las notificaciones referidas al recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 y siguientes avisos de la misma leypuesta a disposición de la notificación y designar la/s persona/s autorizada/s a acceder a las notificaciones. Aun asíEn cuanto la empresa reciba el correo electrónico indicando que la notificación correspondiente está a disposición en l'e- NOTUM, cualquier otra comunicación deberá/n acceder la/s persona/s designada/s, mediante el enlace que se tenga que realizar con ocasión o como consecuencia del procedimiento de licitación del presente Acuerdo marco se realizará mediante correo electrónico y en el tablero de avisos del anuncio de licitación del Perfil de contratante del CCDLle enviará a este efecto. 8.4 Asimismo, que deja constancia fehaciente de su autenticidad, integridad, y fecha y hora de su publicación. La formalización de los contratos del Acuerdo marco con el CCDL y contratos basados con las entidades destinatarias, y cuando corresponda también con el CCDL-ACM, así como la formalización de las adhesiones con las entidades destinatarias, del contrato en documento privado se hará, preferentemente, efectuará preferentemente mediante firma electrónica reconocida de nivel pertinenteelectrónica. Con este objetivo, los representantes legales de las empresas seleccionadas y adjudicatarias tendrán que poseer un certificado de firma electrónica de persona física con dispositivo seguro entregado librado por cualquier entidad de certificación clasificada por la Agencia Catalana el Consorcio “Administración Abierta de CertificaciónCataluña”, o bien, bien DNI electrónico. Sin embargo, se podrá utilizar la comunicación oral para avisos diferentes a los elementos esenciales, por ejemplo, los pliegos y las ofertas, dejando el contenido de la comunicación oral documentado debidamente, por ejemplo, mediante los archivos o resúmenes escritos o sonoros de los principales elementos tratados. Las empresas licitadoras procederán a darse de alta como interesadas en el anuncio de licitación de este Acuerdo marco publicado al Perfil de contratante del CCDL, ubicado a la Plataforma de servicios de contratación pública, mediante el formulario de suscripción que se pone a disposición. Esta suscripción permite recibir aviso de manera inmediata a las direcciones electrónicas de las personas identificadas de cualquier novedad, publicación o incidencia que afecte la licitación. Con cuyo objeto, habrá que hacer un “clic” en el enlace “Queréis que os informemos de las novedades?” que figura en la página del referido anuncio. La información publicada en el tablón de anuncios y edictos electrónico del Perfil de contratante deja constancia fehaciente de su autenticidad, integridad, fecha y hora de su publicación. De lo contrario, las comunicaciones, notificaciones y avisos del Órgano de contratación se dirigirán a la dirección de correo electrónico que la empresa licitadora habrá indicado en el anexo núm. 01 de este PCAP. Por otro lado, dando cumplimiento a la Disposición adicional quincena de la LCSP, la presentación de proposiciones se hará electrónicamente mediante la herramienta del Sobre Digital 2.0, en los términos que se regulan a la cláusula decimoquinta de este pliego. Así mismo, las sesiones de la Mesa de contratación podrán realizarse a distancia y de forma virtual, de acuerdo con el artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, indicándose en la correspondiente convocatoria la vía de celebración.

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Samples: Contract for Advisory Services