Validez temporal. En las Pólizas Temporales la duración será la especificada en las Condiciones Particulares. Si el Asegurado tuviera su residencia habitual fuera de España y viajara a país distinto de España la duración del viaje asegurado no podrá exceder en ningún caso de 120 días consecutivos. Si el Asegurado tuviera su residencia habitual fuera de España y viajara a España la duración del viaje asegurado no podrá exceder en ningún caso de 365 días consecutivos.
Appears in 2 contracts
Samples: Seguro De Asistencia en Viaje, Seguro De Asistencia en Viaje
Validez temporal. En las Pólizas Temporales la duración será la especificada en las Condiciones Particulares. Si el Asegurado tuviera su residencia habitual fuera de España y viajara viajará a país distinto de España la duración del viaje asegurado no podrá exceder en ningún caso de 120 días consecutivos. Si el Asegurado tuviera su residencia habitual fuera de España y viajara viajará a España la duración del viaje asegurado no podrá exceder en ningún caso de 365 días consecutivos.
Appears in 2 contracts
Samples: Seguro De Asistencia en Viaje, Seguro De Asistencia en Viaje
Validez temporal. En las Pólizas Temporales pólizas temporales la duración será la especificada en las Condiciones Particulares. Si En todo caso, cuando el Asegurado tenga su residencia habitual en España, la duración del viaje no podrá exceder de 365 días consecutivos. Si por el contrario tuviera su residencia habitual fuera de España y viajara a país distinto España, el tiempo de España la duración del viaje asegurado permanencia fuera de su residencia no podrá exceder en ningún caso de 120 días consecutivos. Si el Asegurado tuviera su residencia habitual fuera de España y viajara a España la duración del viaje asegurado no podrá exceder en ningún caso de 365 días consecutivosdías.
Appears in 1 contract
Samples: Insurance Policy
Validez temporal. En las Pólizas Temporales pólizas temporales la duración será la especificada en las Condiciones Particulares. Si En todo caso, cuando el Asegurado tenga su residencia habitual en España, la duración del viaje no podrá exceder de 34 días consecutivos. Si por el contrario tuviera su residencia habitual fuera de España y viajara a país distinto España, el tiempo de España la duración del viaje asegurado permanencia fuera de su residencia no podrá exceder en ningún caso de 120 días consecutivos. Si el Asegurado tuviera su residencia habitual fuera de España y viajara a España la duración del viaje asegurado no podrá exceder en ningún caso de 365 días consecutivosdías.
Appears in 1 contract
Samples: Seguro De Asistencia