Common use of Verificación Aritmética Clause in Contracts

Verificación Aritmética. La UG-FFIE efectuará la revisión aritmética de la información contenida en el FORMATO NO. 10 – PROPUESTA ECONÓMICA, a los siete (7) primeros Proponentes habilitados en el orden de elegibilidad de cada grupo, razón por la cual se reserva el derecho de verificar y corregir los errores aritméticos verificando el cumplimiento de los siguientes aspectos: - Los precios unitarios propuestos no podrán superar el 100% del precio establecido en los Anexos 3 y 3A, para cada grupo. - El valor total de los costos indirectos (A.I.U.) propuestos no podrá superar el 30%. No se aceptará que los proponentes modifiquen cualquiera de las descripciones y unidades de medida enunciadas en el Anexo No. 3 y 3A. No se aceptará que los proponentes adicionen uno o más ítems a los enunciados en el Anexo No. 3 y 3A. No se aceptará que los proponentes supriman cualquiera de los ítems enunciados en el Anexo No. 3 y 3A. En el caso que no se cumpla con las estipulaciones anteriormente mencionadas la Propuesta será RECHAZADA. Si el Proponente no diligencia algunos de los ítems enunciados en el Formatos 10 y 10A se considerará que éste acepta el precio indicado en los Anexo No. 3 y 3A. Si la oferta del proponente, presenta algún error aritmético que no se encuentre dentro de las causales de rechazo económico señaladas anteriormente, el comité evaluador procederá a realizar la corrección aritmética de los errores encontrados y efectuará nuevamente la evaluación económica con los valores corregidos.

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Verificación Aritmética. La UG-FFIE efectuará la revisión aritmética de la información contenida en el FORMATO NONo. 10 – PROPUESTA ECONÓMICA, a los siete (7) primeros Proponentes habilitados en el orden de elegibilidad de cada grupo, razón por la cual se reserva el derecho de verificar y corregir los errores aritméticos verificando el cumplimiento de los siguientes aspectos: - Los precios unitarios propuestos no podrán superar el 100% del precio establecido en los Anexos 3 y 3A, para cada grupo. - El valor total de los costos indirectos (A.I.U.) propuestos no podrá superar el 30%. No se aceptará que los proponentes modifiquen cualquiera de las descripciones y unidades de medida enunciadas en el Anexo No. 3 y 3A. No se aceptará que los proponentes adicionen uno o más ítems a los enunciados en el Anexo No. 3 y 3A. No se aceptará que los proponentes supriman cualquiera de los ítems enunciados en el Anexo No. 3 y 3A. En el caso que no se cumpla con las estipulaciones anteriormente mencionadas la Propuesta será RECHAZADA. Si el Proponente no diligencia algunos de los ítems enunciados en el Formatos No. 10 y 10A se considerará que éste acepta el precio indicado en los Anexo No. 3 y 3A. Si la oferta del proponente, proponente presenta algún error aritmético que no se encuentre dentro de las causales de rechazo económico señaladas anteriormente, el comité evaluador procederá a realizar la corrección aritmética de los errores encontrados y efectuará nuevamente la evaluación económica con los valores corregidos.

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Verificación Aritmética. La UG-FFIE efectuará la revisión aritmética de la información contenida en el FORMATO NO. 10 – PROPUESTA ECONÓMICA, a los siete (7) primeros Proponentes habilitados en el orden de elegibilidad de cada grupo, razón por la cual se reserva el derecho de verificar y corregir los errores aritméticos verificando el cumplimiento de los siguientes aspectos: - Los precios unitarios tope propuestos no podrán superar el 100% del precio establecido en los Anexos 3 y 3A, para cada grupo. - El valor total de los costos indirectos (A.I.U.) propuestos no podrá superar el 30%. No se aceptará que los proponentes modifiquen cualquiera de las descripciones y unidades de medida enunciadas en el Anexo No3. 3 y 3A. No se aceptará que los proponentes adicionen uno o más ítems a los enunciados en el Anexo No. 3 y 3A. 3. No se aceptará que los proponentes supriman cualquiera de los ítems enunciados en el Anexo No. 3 y 3A. 3. En el caso que no se cumpla con las estipulaciones anteriormente mencionadas la Propuesta será RECHAZADA. Si el Proponente no diligencia algunos alguno de los ítems enunciados en el Formatos Formato 10 y 10A - PROPUESTA ECONÓMICA se considerará que en éste acepta el precio indicado en los el Anexo No. 3 y 3A. 3. Si la oferta del proponente, presenta algún error aritmético que no se encuentre dentro de las causales de rechazo económico señaladas anteriormente, el comité evaluador procederá a realizar la corrección aritmética de los errores encontrados y efectuará nuevamente la evaluación económica con los valores corregidos.

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