ÓRGANO DE ASISTENCIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Cláusulas de Ejemplo

ÓRGANO DE ASISTENCIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. (art. 326 LCSP): NO se establece.
ÓRGANO DE ASISTENCIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación contará con el asesoramiento de una Mesa de Contratación con la siguiente composición: a).- Presidente: Gerente de la Fundación CIEN. b).- El Abogado del Estado asignado a la Fundación CIEN, en calidad de vocal. c).- Dos Secretarios, adjuntos a gerencia de la Fundación CIEN, para las relaciones que surjan con los licitadores y para la tramitación del concreto expediente de contratación.
ÓRGANO DE ASISTENCIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de asistencia calificará la documentación presentada en el sobre A, si observase algún defecto requerirá a los ofertantes para que en el plazo de tres días los subsanen. El resultado de los admitidos y de los que deban subsanar se hará público en el Perfil de Contratante.
ÓRGANO DE ASISTENCIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de asistencia calificará la documentación presentada en el sobre A, si observase algún defecto requerirá a los ofertantes para que en el plazo de tres días los subsanen. El resultado de los admitidos y de los que deban subsanar se hará público en el Perfil de Contratante. El órgano de Asistencia a la contratación, estará compuesto por: - El Presidente del Consejo de Administración y/o el Director Gerente de Divertia Gijón S.A. - El Secretario del Consejo de Administración de Divertia Gijón S.A. - Interventor x Xxxxxxxxxxxxxxxx del Ayuntamiento xx Xxxxx. - Jefe de Oficina Administrativa del Jardín Botánico - Responsable de Didáctica y Divulgación del Jardín Botánico.
ÓRGANO DE ASISTENCIA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. (art. 326 LCSP): NO. 30213100-6 Ordenadores portátiles 30213300-8 Ordenadores xx xxxx 30231310-3 Monitores de pantalla plana 30216110-0 Escáneres para uso informático 30232110-8 Impresoras láser 38652100-1 Proyectores

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  • ORGANO DE CONTRATACIÓN 1.- De conformidad con lo señalado en la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP el órgano de contratación es el Alcalde. 2.- El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.

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  • OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN “EL COMITENTE” requiere de “EL

  • EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 26.1.k) TRLCSP y 67.2.d RG)

  • Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros Alcalde - Presidente, que actuará como Presidente de la Mesa o Concejal en quien delegue. -, Vocal (Secretario de la Corporación) o funcionario que le sustituya. -, Vocal (Interventora de la Corporación) o funcionario que le sustituya -, Vocal (Responsable de La Oficina Técnica Municipal) o funcionario que le sustituya. - Vocal (Concejal del Area), o Concejal que le sustituya - funcionario que actuará como Secretaria de la Mesa La mesa de Contratación, se constituirá en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones (excepto sábados), para la calificación de la documentación administrativa contenida en los sobres “A”. Este acto no será público. En el caso de que se reciba justificante de envío de alguna oferta por correo, la Mesa de contratación se reunirá el primer día hábil siguiente, una vez transcurrido el plazo xx xxxx días naturales contados a partir del día siguiente al de la terminación del plazo de recepción de ofertas. La no presentación de alguno de los documentos exigidos o su presentación defectuosa, dará lugar a la no admisión provisional de la oferta por la Mesa de Contratación, in perjuicio de conceder al interesado un plazo de tres días hábiles para la subsanación de los errores cometidos o para la presentación de algún documento no sustancial. Para poder efectuar la subsanación, el cumplimiento de los requisitos se referirá al último día de presentación de ofertas. Si la documentación contuviese deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. Terminado el acto de apertura de documentación administrativa contenida en el sobre “A”, y en el caso de que no existieren defectos materiales en la documentación presentada en las distintas ofertas, se procederá, a continuación y en acto público, a la apertura del sobre “C” del Proyecto de dinamización y explotación, pudiendo la Mesa de Contratación, en ese momento, solicitar los informes técnicos que se consideren precisos. Una vez valorado el del Proyecto de dinamización y explotación, se procederá en acto público a la apertura del sobre “B” de la proposición económica En todo caso, la Mesa de Contratación rechazará las proposiciones que contengan contradicciones u omisiones, errores o tachaduras que puedan inducir a error e impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta, las que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida, las que comporten error manifiesto en el importe del precio, así como las que difieran sustancialmente del modelo de proposición establecido en este Pliego. Recibidos en su caso los informes, la Mesa de Contratación realizará la propuesta de adjudicación en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato. La Mesa de Contratación, elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, para proceder a la adjudicación definitiva que será notificada a los licitadores. De conformidad con lo establecido en el artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público el órgano de contratación clasificara, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, y de haber constituido la garantía definitiva por importe de 3.000€. Además, y de conformidad con el artículo 44.Dos. de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en el cual se añaden dos nuevos apartados 4 y 5 al artículo 146 del TRLCSP deberá aportar los siguientes documentos:

  • DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. 8.2.- En el supuesto de contrato de resultado, el plazo máximo de ejecución empieza a contar desde el día que se estipule en el contrato. 8.3.- En el supuesto de contratos de actividad por precio a tanto alzado o por unidades de ejecución o de tiempo, el plazo máximo de vigencia es el indicado en la letra C, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado.

  • SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.