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CONVOCATORIA NACIONAL N° 11 - PARA FINANCIAR INICIATIVAS EMPRESARIALES EN SECTORES BASADOS EN LA INNOVACION, EN LAS AREAS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACION, AREA DE LA SALUD, APOYO AL SECTOR DEL TRANSPORTE Y DESARROLLO INDUSTRIAL. QUE PROVENGAN Y XXXX XXXXXXXXXXXXX POR APRENDICES, EGRESADOS, PRACTICANTES UNIVERSITARIOS, PROFESIONALES CON PREGRADO O QUE SE ENCUENTREN CURSANDO ESPECIALIZACIÓN Y/O MAESTRÍA, ASÍ COMO EGRESADOS DE ESTOS PROGRAMAS, QUE HAYAN CULMINADO Y OBTENIDO LA CERTIFICACIÓN DENTRO DE LOS ÚLTIMOS 12 MESES Y CUYA FORMACIÓN SE ESTE DESARROLLANDO O SE HAYA DESARROLLADO EN INSTITUCIONES RECONOCIDAS POR EL ESTADO, DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES 30 DE 1.992 Y 115 DE 1994.
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SERVICIO NACIONAL DE FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE
APRENDIZAJE - SENA DESARROLLO – FONADE
Dirección de Empleo y Trabajo
CONVENIO No. 193048 SENA - FONADE
CONVOCATORIA NACIONAL No. 11
PARA FINANCIAR INICIATIVAS EMPRESARIALES EN SECTORES BASADOS EN LA INNOVACION, EN LAS AREAS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACION, AREA DE LA SALUD, APOYO AL SECTOR DEL TRANSPORTE Y DESARROLLO INDUSTRIAL. QUE PROVENGAN Y XXXX XXXXXXXXXXXXX POR APRENDICES, EGRESADOS, PRACTICANTES UNIVERSITARIOS, PROFESIONALES CON PREGRADO O QUE SE ENCUENTREN CURSANDO ESPECIALIZACIÓN Y/O MAESTRÍA, ASÍ COMO EGRESADOS DE ESTOS PROGRAMAS, QUE HAYAN CULMINADO Y OBTENIDO LA CERTIFICACIÓN DENTRO DE LOS ÚLTIMOS 12 MESES Y CUYA FORMACIÓN SE ESTE DESARROLLANDO O SE HAYA DESARROLLADO EN INSTITUCIONES RECONOCIDAS POR EL ESTADO, DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES 30 DE 1.992 Y 115 DE 1994.
VECTOR: GESTION TECNOLOGICA, INNOVACION Y EMPRENDIMIENTO PARA LA COMPETITIVIDAD.
MAYO DE 2011
ÍNDICE
CONTENIDO PÁGINA
ANTECEDENTES 4
CAPITULO I
INFORMACIÓN GENERAL 6
1.1 OBJETO DE LA CONVOCATORIA 6
1.2 REGIMEN JURÍDICO APLICABLE 6
1.3 CALIDAD DE LOS RECURSOS 7
1.4 TOPES Y MONTOS DE LOS RECURSOS 7
1.5 QUIENES PUEDEN PARTICIPAR 7
1.6 QUE PLANES DE NEGOCIO SE PUEDEN PRESENTAR 9
1.7 RUBROS FINANCIABLES 9
1.8 RUBROS NO FINANCIABLES 10
CAPITULO II
ETAPAS PARA LA FORMALUCIÓN, REGISTRO Y EVALUACIÓN DE
LOS PLANES DE NEGOCIO 10
2.1 FECHAS DE APERTURA Y CIERRE DE LA CONVOCATORIA 10
2.2 FORMULACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIO 12
2.3 CONFORMACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIO 13
2.4 REGISTRO Y PRESENTACIÓN DE PLANES DE NEGOCIO 13
CRITERIOS A UTILIZAR PARA EVALUAR LOS PLANES
DE NEGOCIO 14
2.6 CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN Y JERARQUIZACIÓN PARA LA
ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS 16
CAPITULO III
ASIGNACIÓN DE RECURSOS 17
3.1 PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA 17
3.2 ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS 17
3.3 DESEMBOLSO DE RECURSOS 17
3.4 SEGUIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO A BENEFICIARIOS 18
3.5 SUPERVISIÓN Y CONTROL EN EL PROCESO DE CONVOCATORIA 19
3.6 INTERVENTORIA 19
3.7 PUBLICIDAD 19
MECANISMOS DE INFORMACIÓN, CONSULTA Y SOLUCIÓN DE
INQUIETUDES 19
ANTECEDENTES
La ley 789 de 2002 dispone en su artículo 40 la creación del Fondo Emprender como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA y reglamentado por el decreto 934 de 2003. Su objeto exclusivo es la financiación de iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales, cuya formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en las Instituciones reconocidas por el Estado.
El objetivo general del Fondo Emprender es incentivar y facilitar la generación y creación de empresas contribuyendo al desarrollo humano e inserción en el sector productivo, coadyuvando al desarrollo social y económico del país a través de una formación pertinente y de capital semilla.
La administración y dirección del Fondo Emprender está a cargo del Consejo Directivo xxx XXXX, quien ejerce las funciones del consejo de administración del mismo. La dirección ejecutiva está a cargo del Director General xxx XXXX o su delegado.
El Fondo Emprender cuenta como principal fuente de financiación, con los recursos asignados por la monetización total o parcial de la cuota de aprendizaje, establecida en el artículo 34 de la ley 789 de 2002, los cuales en un 80% se destinan por ley 789 de 2002, para financiar las iniciativas empresariales que a este programa se presentan.
El presente documento ofrece los términos de referencia para la Decima Primera Convocatoria Nacional del Fondo Emprender, cuyo objetivo es financiar iniciativas empresariales en sectores basados en la innovación, en las aéreas de tecnologías de la información y la comunicación, área de la salud, apoyo al sector del transporte y desarrollo industrial. Que provengan y sean desarrolladas por aprendices, egresados, practicantes universitarios, profesionales con pregrado o que se encuentren cursando especialización y/o maestría, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 12 meses y cuya formación se este desarrollando o se haya desarrollado en instituciones reconocidas por el estado, de conformidad con las leyes 30 de 1.992 y 115 de 1994.
CAPITULO I
INFORMACIÓN GENERAL
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Para financiar iniciativas empresariales en sectores basados en la innovación, en las áreas de tecnologías de la información y la comunicación, área de la salud, apoyo al sector del transporte y desarrollo industrial. Que provengan y sean desarrolladas por aprendices, egresados, practicantes universitarios, profesionales con pregrado o que se encuentren cursando especialización y/o maestría, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 12 meses y cuya formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones reconocidas por el estado, de conformidad con las leyes 30 de 1.992 y 115 de 1994.
REGIMEN JURÍDICO APLICABLE
La Ley 789 de 2002 “Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo del Trabajo”.
El artículo 40 de la Ley 789 de 2002 creó el Fondo Emprender – FE como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, el cual será administrado por esa entidad y cuyo objeto exclusivo será financiar iniciativas empresariales, en los términos allí dispuestos.
El Decreto 934 de 2003 del Ministerio de la Protección Social, por el cual se reglamento el Fondo Emprender.
El Decreto 249 por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.
El Decreto 3930 de 2006, por el cual se modifica el Artículo tercero del Decreto 934 de 2003.
El Acuerdo 0004 de 2009 del Consejo Directivo Nacional xxx XXXX, por el cual se establece el reglamento interno del Fondo Emprender, así como los manuales de operaciones y de financiación del Fondo Emprender, que hacen parte integral del acuerdo.
CALIDAD DE LOS RECURSOS
De conformidad con lo señalado en el artículo 40 de la Ley 789 de 2002, los recursos entregados por el Fondo Emprender tendrán la calidad de capital semilla, no reembolsable, siempre y cuando la destinación que se les dé, corresponda a lo establecido en el plan de negocios aprobado por el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en su calidad de Consejo de Administración del Fondo Emprender y que cumpla con los indicadores de gestión formulados en el mismo.
TOPES Y MONTOS DE LOS RECURSOS
El Fondo Emprender otorgará recursos hasta el ciento por ciento (100%) del valor del plan de negocio, así:
Si el plan de negocio genera hasta 3 empleos, el monto de los recursos solicitados no superará los ochenta (80) salarios mínimos mensuales legales vigentes, SMLMV.
Si el plan de negocio genera hasta 5 empleos, el monto de los recursos solicitados no superará los ciento cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes, SMLMV.
Si el plan de negocio genera 6 o más empleos, el monto de los recursos solicitados no superará los ciento ochenta (180) salarios mínimos mensuales legales vigentes, SMLMV.
El monto a financiar para cada plan de negocio se establece conforme a los salarios mínimos legales mensuales vigentes que rigen a la fecha de la apertura de la convocatoria. El número de empleos a generar se debe establecer de conformidad con el Manual de Operación del Fondo Emprender.
QUIENES PUEDEN PARTICIPAR
Podrán acceder a los recursos del FONDO EMPRENDER, los ciudadanos colombianos, mayores de edad, que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial en cualquier región del país y que acrediten, al momento del aval del plan de negocios, alguna de las siguientes condiciones:
Alumno SENA que haya finalizado la etapa lectiva de un programa de formación.
Alumnos o egresados de cursos SENA, en el programa jóvenes rurales y línea de formación líderes del desarrollo. El factor determinante para la participación de ésta población en cada una de las convocatorias, será la calidad del plan de negocio a formular, según los criterios señalados en el art. 13 del acuerdo 00004 de 2009. Para el caso de los egresados la certificación se deberá haber obtenido dentro de los últimos 24 meses.
Alumnos SENA que hayan obtenido certificación en una salida parcial, cuya duración sea mínima de 440 horas y la certificación se haya obtenido dentro de los últimos 24 meses.
Estudiante que se encuentre cursando los dos (2) últimos semestres en un programa de educación superior reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.
Personas que hayan concluido materias, dentro de los últimos doce (12) meses, de un programa de educación superior reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.
Profesional universitario cuyo primer título haya sido obtenido durante los últimos 24 meses, de un programa de educación Superior reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.
Estudiantes que se encuentren cursando especialización y/o maestría, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 12 meses.
La presentación de un plan de negocio podrá realizarse de manera individual o asociativa. En el caso de las asociaciones estas tendrán que estar integradas por lo menos por el 51% de aprendices; el resto de la asociación podrá integrarse con los demás beneficiarios de presente numeral.
QUE PLANES DE NEGOCIO SE PUEDEN PRESENTAR
Podrán ser presentados planes de negocio a través del Sistema de Información del Fondo Emprender, planes de negocios que se desarrollen en:
Tecnologías de la información y las comunicaciones, con planes de negocio sobre temas como: desarrollo de software, contenidos animados desarrollo asociado a la industria grafica, BPO, aplicaciones de dispositivos móviles y servicios tercerizados a distancia con alto valor agregado entre otros.
Servicios o productos en el área de la salud, con planes de negocio orientados para mercados de estética o uso domestico como: desarrollo de materias primas y/o productos terminados para cosméticos y artículos de aseo, productos y servicios de la industria farmacéutica o su engranaje en el clouster.
Apoyo en el sector transporte, con planes de negocio que desarrollen o apoyen su infraestructura en temáticas como: Industria manufacturera para el diseño y/o producción de autopartes, soporte a la industria de mantenimiento automotriz, servicios o productos de logística.
Desarrollo y apoyo en el sector Industrial, con planes de negocio que desarrollen o apoyen su infraestructura en temáticas como: mantenimiento industrial, procesos o servicios que involucren automatización.
Estos podrán tener cobertura Nacional, Regional, Departamental, Distrital y/o Municipal.
En caso de existir simultaneidad en la apertura de varias convocatorias del Fondo Emprender de carácter Nacional o Regional, el plan de negocios solo podrá presentarse en una de ellas, por lo anterior es importante verificar claramente a que convocatoria se está inscribiendo el plan de negocios.
RUBROS FINANCIABLES
Los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para:
la financiación del capital de trabajo del plan de negocio, entendiéndose por capital de trabajo, los recursos necesarios para el funcionamiento y operación de la empresa, consistente en dinero destinado al pago de salarios, insumos para el ciclo productivo (materia prima, bienes en proceso) que contribuyen directamente o que forman parte del proceso de producción.
Infraestructura y Montaje: Adquisición de maquinaria y equipo, costos que se generen por concepto de constitución legal y licencias requeridas por ley para el normal funcionamiento del proyecto; así mismo podrá financiarse con estos recursos las adecuaciones o remodelaciones de los bienes que conforman el proceso de dotación técnica y que sean indispensables para el desarrollo del plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el 20% del total solicitado ante el Fondo Emprender.
Así mismo, el Fondo Emprender financiará la adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en el artículo 13 del acuerdo 00004 de 2009, este modelo de negocio represente una alternativa de impacto para la región, genere valor agregado, garantice sostenibilidad en el mercado, no haya saturación en la zona y tenga impacto en la generación de empleo.
En caso de que el plan de negocio requiera un monto mayor de financiación, el emprendedor debe manifestar en el plan de negocio la fuente de financiación de esos recursos.
RUBROS NO FINANCIABLES
El Fondo Emprender no financiará los siguientes rubros:
Compra de bienes muebles que no estén relacionados con el objeto del plan de negocio.
Compra de bienes inmuebles.
Adecuaciones o remodelaciones de cualquier tipo de bienes inmuebles, que no conformen el proceso de dotación técnica y que no sean indispensables para el desarrollo del plan de negocios.
Estudios de factibilidad de proyectos (consultorías, asesoría jurídica, financiera, etc.).
Adquisición de vehículos automotores.
Pagos de pasivos, deudas o de dividendos.
Recuperaciones de capital.
Compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios.
Pago de regalías, impuestos causados, aportes parafiscales.
Formación académica.
Pago de derechos o inscripciones para participar en eventos comerciales nacionales o internacionales.
Gastos de viaje y desplazamiento.
Compra xx xxxxxx o locales comerciales.
CAPITULO II
ETAPAS PARA LA FORMULACIÓN, REGISTRO Y EVALUACIÓN DE LOS PLANES DE NEGOCIO
FECHAS DE APERTURA Y CIERRE DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene carácter continuo y será abierta a partir de las 8:00 a.m. del día 23 xx xxxx de 2011 y tendrá dos cierres parciales según el siguiente cronograma:
CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA |
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ACTIVIDAD |
FECHA |
Presentación y aprobación por parte del Consejo Directivo Nacional xxx XXXX |
09 de diciembre de 2010 |
Apertura de la convocatoria |
23 xx xxxx de 2011 a las 8 a.m. |
Inscripciones de planes de negocio |
A partir del 00 xx xxxx xx 0000 |
Xxxxxxx xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx |
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Recepción de documentos de acreditación como beneficiarios |
Los documentos deben ser recibidos en FONADE en un plazo máximo de cinco (5) días siguientes a la fechas de haber sido avalado el plan de negocios por el jefe de la unidad de emprendimiento. |
Evaluación de planes de negocio |
Después de efectuado cada uno de los cierres FONADE tendrá 30 días calendario para efectuar las evaluaciones correspondientes.
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Publicación de planes de negocios viables y no Viables con las observaciones |
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Observaciones a resultados |
El Emprendedor tendrá en cada cierre parcial Cinco (05) días hábiles a partir de la publicación de los planes de negocios viables y no viables para dar respuesta a las observaciones. |
Respuesta a observaciones por FONADE |
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Publicación de planes de negocio viables y no viables que pasan a la etapa de priorización y jerarquización. |
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Jerarquización y priorización por parte de la Comisión Técnica Nacional de los planes viables. |
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Aprobación y asignación de recursos por parte del Consejo Directivo xxx XXXX a Planes de Negocio en sesión de: |
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Publicación de resultados en la página Web |
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Entrega de minuta de contrato a beneficiarios |
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Firma contrato y constitución de garantías por parte de los emprendedores |
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Desembolso de recursos por parte de FONADE |
Una vez sea firmada el acta de inicio por parte de la interventoría |
Nota: La viabilidad del plan de negocio, no puede considerase como la aprobación de financiación del mismo, pues una vez viable tendrá que surtir la etapa de jerarquización y priorización contemplada en el artículo 14 del acuerdo 00004 de 2009.
FORMULACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIO
Solo podrán formularse planes de negocio que contemplen un componente de innovación y base tecnológica, bajo los parámetros establecidos en el art. 14, numeral 1º del acuerdo 00004 de 2009. La formulación del plan de negocio se deberá realizar con el acompañamiento y asesoría de una unidad de emprendimiento.
Los Centros de Formación xxx XXXX, las Instituciones de Educación Superior aprobadas por el Estado, las Incubadoras de Empresas y demás entidades públicas o privadas que asuman el compromiso de asesorar planes de negocios en forma gratuita, bajo los parámetros y la metodología del Fondo Emprender, conformarán Unidades de Emprendimiento con el fin de garantizar su viabilidad y su consecuente registro en el Sistema de Información de las iniciativas empresariales presentadas y aprobadas.
Será responsabilidad exclusiva de las Unidades de Emprendimiento verificar el cumplimiento de la condición de beneficiarios, de conformidad con las normas vigentes; dicha verificación será requisito indispensable para iniciar la asesoría respectiva.
Las Instituciones de Educación Superior aprobadas por el Estado, las Incubadoras de Empresas, y demás entidades públicas o privadas, diferentes a los Centros de Formación xxx XXXX, deberán presentar un certificado de compromiso al SENA en el que conste su disposición y disponibilidad para realizar de forma gratuita la asesoría y acompañamiento, tanto en la etapa de formulación del plan de negocio, como durante la ejecución del mismo.
Una vez se presente el certificado al Coordinador del Grupo de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender de la Dirección General xxx XXXX para su análisis y aprobación, éste oficiará al Gerente Administrador de recursos del Fondo Emprender, como administrador del Sistema de Información, para que ordene a quien corresponda activar a la institución en el sistema y se le asigne la clave de acceso, con la cual podrá participar en la asesoría y acompañamiento permanente de los planes de negocios.
En el evento en que se establezca que se ha incumplido con los compromisos adquiridos con el SENA, no se podrán presentar nuevos proyectos al Fondo Emprender. Los beneficiarios podrán presentar sus proyectos a través de otras Unidades de Emprendimiento activas en el Sistema.
CONFORMACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIOS
La Plataforma del Sistema de Información del Fondo Emprender esta compuesta en cada Plan de Negocios por los siguientes módulos:
Modulo xx Xxxxxxx: Contiene la información correspondiente a los objetivos del proyecto, su justificación, sus antecedentes, la investigación xx xxxxxxx, las estrategias xx xxxxxxx y las proyecciones de ventas.
Modulo de Operación: Incluye la forma de operación del negocio, el plan de compras, los costos de producción y la infraestructura requerida del proyecto.
Modulo de Organización: El Modulo de organización presenta la estrategia organizacional del proyecto, la estructura organizacional, los aspectos legales a cumplir y los costos administrativos.
Modulo de Finanzas: Analiza los ingresos, los egresos y el capital de trabajo del proyecto soportado con sus estados financieros.
Modulo Plan Operativo: Presenta la forma como el emprendedor utilizará los recursos aprobados del Fondo Emprender y los propios descritos en forma mensual. Este documento contendrá en forma detallada la periodicidad con que la empresa requiera que se realice por parte del administrador de los recursos el desembolso correspondiente.
Modulo de Impacto: Describe los impactos del proyecto a nivel económico, social y ambiental.
Modulo de Resumen Ejecutivo: Contiene los principales aspectos del proyecto y el equipo de trabajo que desarrollará el proyecto.
Modulo de Anexos: Permite adjuntar archivos que complementen cualquier información adicional de los módulos expuestos.
REGISTRO Y PRESENTACIÓN DE PLANES DE NEGOCIO
Los planes de negocios deberán ser presentados por los Emprendedores a través de las diferentes Unidades de Emprendimiento xxx XXXX y de las que hayan suscrito certificado de compromiso con el Fondo, a través del Sistema de Información del Fondo Emprender disponible en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx, los emprendedores deberán diligenciar la totalidad del plan de negocio y los Jefes de Unidad de Emprendimiento formalizaran mediante aval los planes de negocio que hayan sido asesorados y revisados por los asesores respectivos y que hayan surtido su etapa de presentación ante los comités regionales de Emprendimiento.
Los participantes de la presente convocatoria deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Haber cumplido la mayoría de edad.
No haber sido beneficiario(s) del Fondo Emprender o haber recibido recursos de éste.
No haber recibido recursos del Programa Nacional de Base Tecnológica (Ley 344 de 1996).
Que la formación certificada con base en los parámetros del artículo 2 del Acuerdo 0004 de 2009, tenga relación con el plan de negocio.
Haber recibido la aprobación técnica para su plan de negocio, por parte de la unidad de emprendimiento de las instituciones de que trata el Artículo 10 del Acuerdo 00004 de 2009.
No estar incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad consagradas en la ley para contratar con el Estado.
Señalar la dedicación de los beneficiarios al proyecto, la cual se debe expresar claramente en la formulación del plan de negocio, indicando si es dedicación de tiempo completo o de tiempo parcial. Para el caso de tiempo parcial se debe indicar el número de horas mensuales dedicadas al proyecto.”
CRITERIOS A UTILIZAR PARA EVALUAR LOS PLANES DE NEGOCIO.
El proceso de evaluación de las propuestas presentadas al FONDO EMPRENDER, estará a cargo de los evaluadores seleccionados por FONADE en virtud del convenio No. 193048 de 2003, suscrito entre SENA y FONADE y tiene por objeto, establecer si de acuerdo con su naturaleza el plan de negocio presentado cumple con los siguientes criterios:
Viabilidad técnica, operativa y medición del riesgo del plan de negocio.
Viabilidad financiera dada por los indicadores, tales como: valor presente neto, tasa interna de retorno, relación costo beneficio, costo anual equivalente.
Viabilidad jurídica del plan de negocio.
Generación y sostenibilidad de empleo productivo de manera directa.
Los planes de negocio deben especificar las contrapartidas en especie, que harán los beneficiarios de los planes de negocio, que garanticen un aporte al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA en el cumplimiento de su misión.
Estructura y coherencia de la propuesta en términos de los antecedentes, estudio xx xxxxxxx, justificación, resultados esperados y esquema de ejecución del presupuesto.
Integración con mini cadenas, cadenas productivas o clusters de la región donde se desarrollará la actividad empresarial.
Compatibilidad con el desarrollo sostenible del país, generando alternativas que favorezcan la preservación del medio ambiente.
Contrapartidas en especie, de conformidad con lo establecido en el Manual de Operación del Fondo Emprender, que hace parte del Acuerdo 00007 de 2005 del Consejo Directivo Nacional xxx XXXX.
En los casos en que haya lugar, los evaluadores solicitarán dentro del período de evaluación información aclaratoria y/o complementaria a los emprendedores, quienes tendrán un plazo de cinco (5) días contados a partir de la fecha de la solicitud, para aportar la información. De no recibirse la información y documentación solicitada en el término establecido, se entenderá que se ha desistido de la solicitud y el informe de evaluación hará referencia a esta situación. Este procedimiento se hará a través del Sistema de Información.
Los planes de negocio que no reúnan los requisitos establecidos, o cuya información sea inexacta o no verídica, o que sean presentados por emprendedores que no cumplan con las condiciones para ser beneficiarios del Fondo Emprender, serán descalificados; en consecuencia, estos planes de negocio no serán evaluados.
Los planes de negocio que tienen concepto de viabilidad pero que no fueron objeto de priorización y jerarquización para la asignación de recursos, en caso de presentarse a nuevas convocatorias del Fondo Emprender deberán surtir todas y cada una de las etapas de la misma compitiendo nuevamente en igualdad de oportunidades a los demás participantes.
CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN Y JERARQUIZACIÓN PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS
Una vez superada la etapa de evaluación, los planes de negocio clasificados como viables, serán priorizados y jerarquizados por la Comisión Nacional Técnica del Fondo Emprender, de acuerdo con los siguientes criterios:
Componente de innovación y base tecnológica del plan de negocio, conforme a los criterios establecidos por las Unidades Técnicas xxx XXXX, el documento CONPES 3527 – DNP – Política Nacional de Competitividad y Productividad, Plan Nacional de desarrollo 2010 – 2014 y el plan nacional de innovación, ciencia y tecnología.
Número de empleos directos a generar y mantener, respecto al monto de recursos otorgados por el Fondo Emprender
Número de empleos directos a generar para población vulnerable, frente al total de empleos directos.
Número de empleos directos a generar entre población que esté dentro del rango de edad de 18 a 24 años.
Proyectos que desarrollen su actividad en zonas de la región donde el Índice de Desarrollo Humano, o aquel que cumpla con la misma función, sea el más bajo.
Proyectos que desarrollen su actividad dentro de los sectores priorizados en el Plan Nacional de Desarrollo y/o planes regionales.
CAPITULO III
ASIGNACIÓN DE RECURSOS
PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA
Esta convocatoria cuenta con un presupuesto asignado de DOCE MIL MILLONES DE PESOS ($12.000.000.000). Estos recursos se encuentran en FONADE, entidad que ejerce la función de Gerente Administrador de los recursos del Fondo Emprender.
ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS
La decisión de financiación de los planes de negocio será tomada por el Consejo Directivo Nacional xxx XXXX, con base en los resultados de jerarquización, priorización y recomendación de la Comisión Nacional Técnica del Fondo Emprender y en la disponibilidad de recursos. Así mismo, Comisión Nacional Técnica del Fondo Emprender, podrá recomendar al Consejo Directivo Nacional la adición de recursos a la presente convocatoria con el fin de financiar la totalidad de los planes de negocios considerados viables siempre y cuando el Gerente Administrador de los recursos certifique la disponibilidad de los mismos y no existan otros compromisos que comprometan el monto adicional.
Los resultados serán publicados por FONADE en la página Web del Fondo Emprender xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx
DESEMBOLSO DE RECURSOS
Una vez asignados los recursos y aceptadas las condiciones para el desembolso por parte de los beneficiarios, el Gerente Administrador de Recursos del Fondo Emprender procederá dentro de los tres (3) días siguientes a elaborar el contrato por el término de duración del plan de negocio, el cual será remitido a los beneficiarios a través de las respectivas unidades de emprendimiento. Este contrato deberá ser devuelto al Gerente administrador de los recursos del proyecto dentro de
Treinta (30) días calendario siguientes a su recibo, debidamente firmado y adjuntando los siguientes documentos:
Certificado de constitución legal emitido por la autoridad competente, en donde conste que la vigencia de la empresa es igual o mayor a la duración del contrato a suscribir, más tres (3) años más, el cual debe ser tramitado una vez se suscriba el contrato.
Pagaré en blanco, firmado por todos los beneficiarios en calidad de deudores solidarios, a favor xxx XXXX.
NOTA 1: Una vez aprobada la financiación para el plan de negocio, el Emprendedor o grupo de Emprendedores, tendrá un plazo máximo para la legalización del contrato y constitución de la empresa de 30 días calendario, los cuales serán contados a partir del momento en que se remiten los contratos a las respectivas unidades de emprendimiento.
NOTA 2: Cuando se presente fuerza mayor o caso fortuito el emprendedor o grupo de emprendedores deberá enviar una comunicación al Gerente Administrador de los recursos solicitando un único plazo adicional, indicando la fecha de cumplimiento para la devolución y legalización del contrato.
Si pasado este término no se ha legalizado el contrato o no se han cumplido los requisitos para el desembolso, se entenderá que el emprendedor o grupo de emprendedores desiste de la financiación del plan de negocio.
SEGUIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO A BENEFICIARIOS
Los Centros de Formación Profesional xxx XXXX, las instituciones de educación aprobadas por el Estado y las incubadoras de empresas, así como las demás entidades a las cuales hace referencia el artículo 10 del Acuerdo 0004 de2009, deberán realizar a través de las unidades de emprendimiento el acompañamiento durante la etapa de ejecución del plan de negocio. En el evento en el que al plan de negocio se le asignen recursos por parte del Fondo, deberá además efectuar el acompañamiento técnico-operativo durante el primer año de ejecución y las posibles prorrogas de los planes de negocio avalados por ellos, apoyándose en el sistema de información diseñado para tal fin o en cualquier medio que consideren necesario, para garantizar el cumplimiento de los indicadores de gestión establecidos en el plan de negocio aprobado por el Consejo Directivo Nacional xxx XXXX.
Las Unidades de Emprendimiento deberán rendir un informe cada tres meses sobre la situación de cada uno de los planes de negocio aprobados en cada convocatoria a la Dirección de Formación Profesional – Grupo Integrado de Emprendimiento Empresarismo y Fondo Emprender, indicando las actividades realizadas de acompañamiento a la cuenta xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx.
SUPERVISIÓN Y CONTROL EN EL PROCESO DE CONVOCATORIA
El proceso será ejecutado por FONADE bajo la supervisión y control xxx XXXX.
INTERVENTORIA
El Gerente administrador del Fondo Emprender FONADE, deberá realizar la interventoría permanente de los planes de negocio financiados y presentar informes bimensuales de avance de ejecución de los mismos, al Supervisor y Coordinador por parte xxx XXXX.
PUBLICIDAD
Esta convocatoria debe publicarse en los diarios de amplia circulación nacional, página Web xxx XXXX xxx.xxxx.xxx.xx, página Web de FONADE xxx.xxxxxx.xxx.xx y del FONDO EMPRENDER pagina Web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx .
MECANISMOS DE INFORMACIÓN, CONSULTA Y SOLUCIÓN DE INQUIETUDES
Para estos efectos podrá consultar el Contact Center xxx XXXX, a través de las líneas 5925555 (Bogotá) y 018000 910270 (resto del país), y la pagina Web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.
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