Contract
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/16/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE L’XXXXX XXX XX X XX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXXXX XX XxXXXXX XXX Xx (XXX. 110) PARA LA ATENCIÓN Y AYUDA DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL. Constituye el objeto del convenio regular la colaboración entre la Asociación VOLUNTARIADO SOCIAL DE L´ALFÀS DEL PI y el Ayuntamiento de I’Alfàs del Pi, en la ayuda a personas con riesgo de exclusión social del municipio. |
PARTES FIRMANTES: | ASOCIACIÓN VOLUNTARIADO SOCIAL DE L´ALFÀS DEL PI / AYUNTAMIENTO DE L'ALFÀS DEL PI |
DURACIÓN: | Fecha firma 01-03-2019. El convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
COLABORACIÓN ECONÓMICA DEL AYUNTAMIENTO DE L'ALFÀS DEL PI: El Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, colaborará económicamente con la Asociación VOLUNTARIADO SOCIAL DE L'ALFÀS DEL PI con quince mil euros (15.000 €), con imputación a la partida 231 48018 “Asociación voluntariado” del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gastos que genere la realización de las actuaciones descritas en la clausula cuarta. La cantidad a subvencionar por este concepto se fraccionará en dos partes iguales: la primera, como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del convenio, y la segunda al final del año 2018, previa justificación del modo que se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones. OBLIGACIONES: a) La Asociación VOLUNTARIADO SOCIAL DE L'ALFÀS DEL PI se compromete a ayudar a las personas en situación de exclusión social a propuesta del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi de la siguiente forma: Colaborar con el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en aquello que se le requiera, dentro de la legalidad vigente. Reparto de alimentos, ropa, juguetes y cualquier otro tipo de utensilios o enseres que recojan. Acompañamiento de personas a recursos públicos o privados, asumiendo el coste del acompañamiento. Apoyo a los usuarios en tareas concretas. b) Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la Concejalía de Bienestar Social, al objeto de conocer cualquier aspecto de la actividad subvencionada. c) Someter el control financiero de la subvención concedida a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. d) Hacer constar en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cualquier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. La Asociación VOLUNTARIADO SOCIAL DE L'ALFÀS DEL PI se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede, con el compromiso fehaciente de colaborar en cuantas actividades organice el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi para promover la participación de sus socios en la vida del municipio. MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Se designará funcionario del Área de Bienestar Social o Sanidad, que realizará |
seguimiento y control de las actividades al amparo del presente convenio, y podrá resolver los problemas de interpretación respecto del mismo. Para ello la Asociación presentará memorias semestrales de las actividades que realice así como facturas justificativas del gasto. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/42/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GRUP D'ESPLAI ESPORTIU DE PETANCA DEL HOGAR DEL PENSIONISTA L'ALFÀS (NÚM. 84), Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA AÑO 2019 Constituye el objeto del convenio regular la colaboración entre el Grup d'Esplai Esportiu de Petanca del Hogar del Pensionista l'Alfàs, y el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, para el fomento de la actividad deportiva de Petanca en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | GRUP D'ESPLAI ESPORTIU DE PETANCA DEL HOGAR DEL PENSIONISTA L'ALFÀS / AYUNTAMIENTO DE L´ALFÀS DEL PI. |
DURACIÓN: | Fecha de firma: 11-03-2019 El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA : 1.500 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2019 mediante la concesión de una ayuda económica, ascenderá a 1.500 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48016 "Club Petanca". La cantidad a subvencionar por este concepto, se fraccionará en dos partes: la primera, como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a poner a disposición de la escuela deportiva de petanca, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela. Así mismo, se compromete a acoger a los deportistas que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. Las entidades deportivas deberán patrocinar en las actividades que realicen el municipio de l'Alfàs del Pi, (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Se designa a Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Such como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. También resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/27/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACION SAKURA ALFAZ DEL PI (NUM. 89), Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA DEL AIKIDO, AÑO 2019. Constituye el objeto del convenio regular la colaboración entre la Asociación SAKURA ALFAZ DEL PI y el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, para el fomento de la actividad deportiva del Aikido en el municipio. |
PARTES FIRMANTES: | ASOCIACION SAKURA ALFAZ DEL PI / AYUNTAMIENTO DE L´ALFÀS DEL PI. |
DURACIÓN: | Fecha de firma: 11-03-2019 El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA : 1.500 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2019 mediante la concesión de una ayuda económica, ascenderá a 1.500 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48013 Club Aikido Sakura La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes: la primera, como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del convenio, (el 50 por 100 del total), y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a poner a disposición de la escuela deportiva de Aikido, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela. Así mismo, se compromete a acoger a los deportistas que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas Las entidades deportivas deberán patrocinar en las actividades que realicen el municipio de l'Alfàs del Pi, (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Se designa a Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Such como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. También resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/35/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE L´ALFÀS DEL PI Y LA ASOCIACIÓN “ANÉMONA”, GRUPO DE AUTOAYUDA PARA MUJERES CON CÁNCER DE MAMA DE LA MARINA BAIXA (NÚM. 50). Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre la Asociación ANÉMONA y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, en la realización de actividades y programas dirigidos a dicho colectivo. |
PARTES FIRMANTES: | ASOCIACIÓN ANÉMONA, (GRUPO DE AUTOAYUDA PARA MUJERES CON CÁNCER DE MAMA DE LA MARINA BAIXA) / AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI |
DURACIÓN: | Fecha de firma 11-03-2019. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 01/01/2019 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
COLABORACIÓN ECONÓMICA DEL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI: 3.000€. El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi colaborará económicamente con la Asociación “ANÉMONA” con tres mil euros (3.000 €), cantidad previamente consignada en la partida 311 48000 “Convenio ANÉMONA” del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gastos que genere la realización del programa de actuación. La cantidad a subvencionar por este concepto, se fraccionará en dos partes iguales: la primera, después de la firma del presente convenio, y la segunda al final del año 2019, previa justificación del modo que se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones. OBLIGACIONES: La Asociación ANÉMONA, se compromete a: a) Desarrollar el siguiente programa de actuaciones: 1. Realización de actividades/taller/curso de nutrición, de control del estrés y prevención de la ansiedad, o cualquier otro relacionado con la actividad que desarrolla la asociación. 2. Atención desarrollada a través de un psicólogo b) Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la Concejalía de Sanidad, al objeto de conocer cualquier aspecto de la actividad subvencionada. c) El sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en relación con la subvención concedida. d) Hacer constar en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cualquier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. La Asociación ANÉMONA se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede, con el compromiso fehaciente de colaborar en cuantas actividades organice el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi para promover la participación de sus socios en la vida del municipio. MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Se designará funcionario del Área de Bienestar Social o Sanidad, que realizará seguimiento y control de las actividades al amparo del convenio, y podrá resolver los problemas de interpretación respecto del mismo. Para ello la Asociación presentará memorias semestrales de las actividades que realice así como facturas justificativas del gasto. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/29/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CLUB DE CAÇADORS “LA PALOMA” (NUM. 10), Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI, PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA DE LA CAZA, AÑO 2019. Constituye el objeto del convenio regular la colaboración entre el Club de Caçadors “La Paloma” y el Ayuntamienode l’Alfàs del Pi, para el fomento de la actividad deportiva de la caza en el municipio. |
PARTES FIRMANTES: | CLUB DE CAÇADORS LA PALOMA / AYUNTAMIENTO DE L'ALFÀS DEL PI. |
DURACIÓN: | Fecha de firma: 11-03-2019 El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1 .- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA: 6.000 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2019 mediante la concesión de una ayuda económica que ascenderá a 6,000 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48017 "Club Cazadores". La cantidad a subvencionar por este concepto, se fraccionará en dos partes: la primera, como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del convenio, (el 50 por 100 del total), y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que se especifica. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a poner a disposición de la Asociación Deportiva de Cazadores, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela. Así mismo, se compromete a acoger a los deportistas que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. Las entidades deportivas deberán patrocinar en las actividades que realicen el municipio de l'Alfàs del Pi, (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Se designa a Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Such como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. También resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/28/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CLUB DE AJEDREZ DE L’ALFÀS DEL PI (NUM. 9), Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI, PARA EL FOMENTO DE ESTA ACTIVIDAD PARA EL AÑO 2019. Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre el Club de Ajedrez de l‘Alfàs del Pi para el fomento de la actividad deportiva del Ajedrez en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | CLUB DE AJEDREZ DE L’ALFÀS DEL PI / AYUNTAMIENTO DE L'ALFÀS DEL PI. |
DURACIÓN: | Fecha de firma: 11-03-2019 El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1 .- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA: 5.000 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2019 mediante la concesión de una ayuda económica, ascenderá a 5.000 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48007 "Club de Ajedrez". La cantidad a subvencionar por este concepto, se fraccionará en dos partes: la primera, como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total), y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que se especifica. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a poner a disposición de la escuela deportiva de Ajedrez aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela. Así mismo, se compromete a acoger a los deportistas que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. Las entidades deportivas deberán patrocinar en las actividades que realicen el municipio de l’Alfàs del Pi, (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Se designa a Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Such como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. También resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/31/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CLUB DE COLOMBICULTURA L’ALFASINENSE (NUM. 5), Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI, PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA AÑO 2019. Constituye el objeto del convenio regular la colaboración entre el Club de Colombicultura Alfasinense, para el fomento de la actividad deportiva de Colombicultura en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | CLUB “SOCIEDAD COLOMBICULTURA ALFASINENSE” / AYUNTAMIENTO DE L'ALFÀS DEL PI. |
DURACIÓN: | Fecha de firma: 11-03-2019 El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA: 1.500 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2019 mediante la concesión de una ayuda económica, ascenderá a 1.500 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48020 "Club Colombicultura". La cantidad a subvencionar por este concepto, se fraccionará en dos partes: la primera, como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total), y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que se especifica. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a poner a disposición de la escuela deportiva de Colombicultura, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela. Así mismo, se compromete a acoger a los deportistas que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. Las entidades deportivas deberán patrocinar en las actividades que realicen el municipio de l'Alfàs del Pi, (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Se designa a Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Such como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. También resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/2/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CLUB DE FRONTENIS DE L’ALFÀS (NÚM. 25) Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI, PARA EL DESARROLLO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE FRONTENIS Y EL FOMENTO DE ESTA ACTIVIDAD PARA EL AÑO 2019. Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre el Club de Frontenis de l’Alfàs del Pi y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, para el desarrollo de la Escuela Municipal de Frontenis y el fomento de dicha actividad deportiva en el municipio. |
PARTES FIRMANTES: | CLUB FRONTENIS L’XXXXX XXX XX / XXXXXXXXXXXX XX X’XXXXX XXX XX. |
DURACIÓN: | Fecha firma: 11-03-2019 Entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019, y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
Obligaciones del Ayuntamiento: 10.500 € A) Para el desarrollo de la Escuela: 7.200 € El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, concede al Club de Frontenis de l’Alfàs del Pi, en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 341 48003, para el desarrollo de la Escuela, la cantidad de 7.200 € anuales, para el año 2019, a razón de 900 €/mes por mes vencido, siendo los meses en que se desarrollará la escuela desde enero de 2019 x xxxx de 2019 y de octubre de 2019 a diciembre de 2019. B) Para el fomento de la actividad: 3.300 € 1.- La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2019 ascenderá a tres mil trescientos euros (3.300 €) anuales. La cantidad a subvencionar por este concepto se fraccionará en dos partes: la primera, como anticipo a la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total), y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a se especifica. * El Ayuntamiento pondrá a disposición de la Escuela Municipal los desplazamientos a las competiciones en autobús. Obligaciones del Club: El Club se compromete a poner a disposición de la Escuela Municipal de Frontenis aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela. Así mismo, se compromete a acoger a los deportistas, que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. El Club se compromete a cobrar las tasas municipales y cuota de seguro a los interesados por la inscripción en los cursos de las escuelas deportivas y a su ingreso en la cuenta bancaria del ayuntamiento (IBAN XX00 0000 0000 0000 0000 0000), detallando en el concepto, el nombre del club y número de alumnos por el que se realiza el ingreso. Todo ello sin perjuicio de las facultades de control y seguimiento de esta cuestión en concreto que compete al Ayuntamiento, para lo cual, si es necesario, solicitará cualquier aclaración o documentación al Club. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. Las entidades deportivas deberán patrocinar en las actividades que realicen el municipio de l'Alfàs del Pi, por ejemplo, en las camisetas, logos, etc. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. |
MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Se designa a Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Such como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. También resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/38/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LALFÀS DEL PI Y LA ASOCIACIÓN PADRES DE NIÑOS CON CÁNCER DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, ASPANION. Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre la Asociación “ASPANION” y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, en la puesta en funcionamiento de este proyecto para contribuir al aumento de las garantías de supervivencia de los niños enfermos de cáncer, así como conseguir niveles dignos de calidad de vida para ellos y sus familias. |
PARTES FIRMANTES: | ASOCIACIÓN PADRES DE NIÑOS CON CÁNCER DE LA COMUNIDAD VALENCIANA ( ASPANION) / / AYUNTAMIENTO DE L'ALFÀS DEL PI. |
DURACIÓN: | Fecha de firma: 12-03-2019. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 01 de enero de 2019 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
COLABORACIÓN ECONÓMICA DEL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI: 3.000€. El Ayuntamiento de I’Alfàs del Pi colaborará económicamente con la Asociación “ASPANION” con tres mil euros (3.000 €), cantidad previamente consignada en la partida 311 48007 “Convenio ASPANION” del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gastos que genere la realización de las actuaciones que lleva a cabo la asociación. La cantidad a subvencionar por este concepto, se fraccionará en dos partes iguales: la primera, después de la firma del presente convenio, y la segunda al final del año 2019, previa justificación del modo que a continuación se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones. OBLIGACIONES. La Asociación “ASPANION”, se compromete a: a) Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la Concejalía de Bienestar Social, al objeto de conocer cualquier aspecto de la actividad subvencionada. b) El sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de I’Alfàs del Pi, en relación óon la subvención concedida. c) Hacer constar la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cualquier documentación gráfica o escrita. La Asociación "ASPANION" se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede, con el compromiso fehaciente de colaborar en cuantas actividades organice el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi para promover la participación de sus socios en la vida del municipio. MECANISMO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO Se designará funcionario del Área de Bienestar Social o Sanidad, que realizará seguimiento y control de las actividades al amparo del convenio, y podrá resolver los problemas de interpretación respecto del mismo. Para ello la Asociación presentará memorias semestrales de las actividades que realice así como facturas justificativas del gasto. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/15/2019 |
OBJETO: | CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE PERSONAS CON TGD DE LA MARINA BAIXA (INTEGRA) Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI Constituye el objeto del convenio y de acuerdo con el marco legal que lo regula, reflejado en el capítulo anterior, colaborar con el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, en las diferentes actuaciones que lleva a cabo la asociación INTEGRA, la cual, como objetivo prioritario, se compromete a la contratación de profesionales cualificados y voluntarios para atender a los niños con necesidades especiales. |
PARTES FIRMANTES: | ASOCIACIÓN DE PADRES DE PERSONAS CON XXX XX XX XXXXXX XXXXX (XXXXXXX)/ / XXXXXXXXXXXX XX XxXXXXX XXX XX |
DURACIÓN: | Fecha firma 12-03-2019. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
El Ayuntamiento de l’Alfás del Pi, colaborará económicamente con la Asociación de padres de personas con TGD de la Marina Baixa en Altea con tres mil euros (3.000 €), cantidad previamente consignada en la partida 231 48017 ”Asociación Integra” del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gastos que genere la realización del programa de actuación descrito en la clausula cuarta. La cantidad a subvencionar por este concepto, se fraccionará en dos partes iguales: la primera, como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes a la firma del presente convenio, y la segunda al final del año 2019, previa justificación del modo que a continuación se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones. OBLIGACIONES: La Asociación INTEGRA se compromete, de acuerdo con los fines de la Institución, a desarrollar las siguientes acciones: Servicio de orientación a familias afectadas: - Protocolo de diagnóstico médico. - Reunión personalizada con familias para informar de los trámites de solicitud de ayudas, reconocimiento de minusvalía, trámite de subvenciones por tratamientos, información de las terapias, etc.. - Seguimiento periódico de la evolución de los niños mediante el traslado de la información por parte del profesional de cada terapia impartida. Esta información se refuerza con la participación de los padres en los tratamientos (una vez al mes), y con una entrevista del terapeuta con los padres cuya periodicidad quedará establecida en función de la evolución de los niños. - Entrevista de los profesionales con los padres, evaluación del niño y elaboración de un informe que permitirá abordar un tratamiento especifico, además de servir como referencia para el seguimiento de la evolución del niño. - Sesiones semanales de terapia especializada que estarían a la disposición de los niños con necesidades especiales, independientemente de su “evaluación”. Es decir se atenderán a niños afectados por el autismo con independencia de si están diagnosticados “Asperger”, “TGD”, “Afectación leve o moderada”, etc..., y no solamente se atenderán a niños autistas, sino que el servicio se ampliará, en la medida de lo posible, a los diagnósticos que se presenten (hiperactividad, déficit de atención, etc...). Se trata en definitiva, de ser coherentes con unos principios que abogan por la igualdad y la integración compartidos por el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi y por la avocación INTEGRA, y que, sin menoscabo de la especialización es ésta en TGD, contribuya a ayudar a las familias necesitadas. Escuela xx xxxxxx |
Se realizará en los meses de julio y agosto; por parte de los profesionales se llevará a cabo una actuación individualizada para atender adecuadamente a los niños y niñas que asistan. El horario será de 9:00 a 13:00 h, dónde se realizan actividades como: todo tipo de deportes adaptándolos a las necesidades de cada uno (baloncesto, tenis, fútbol, circuito psicomotricidad, actividades en la piscina, taller de arte, musicoterapia. ) Piscina rehabilitadora en el medio acuático Se realiza 4 días a la semana por la tarde, después de las actividades escolares y 1 día a la semana que coincide con el sábado. Con el terapeuta-monitor se realizan actividades que mejoran la movilidad de los niños y niñas y su autonomía; a través de objetivos como: eliminación de la rigidez muscular, logro de una mecánica respiratoria correcta, vencer el temor al agua, mantener y maximizar la función motora. La Asociación INTEGRA, se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede, con el compromiso fehaciente de colaborar en cuantas actividades organice el Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi para promover la participación de sus socios en la vida del municipio. MECANISMO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO. Se designará funcionario del Área de Bienestar Social o Sanidad, que realizará seguimiento y control de las actividades al amparo del presente convenio, y podrá resolver los problemas de interpretación respecto del mismo. Para ello, la Asociación presentará memorias semestrales de las actividades que realice así como facturas justificativas del gasto. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/30/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CLUB DE CICLISMO DE L’ALFÀS DEL PI (NÚM. 28) Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI, PARA EL DESARROLLO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE CICLISMO Y EL FOMENTO DE ESTA ACTIVIDAD PARA EL AÑO 2019. Constituye el objeto del convenio regular la colaboración entre el Club de Ciclismo de l’Alfàs del Pi y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, para el desarrollo de la Escuela Municipal de Ciclismo y el fomento de dicha actividad deportiva en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | CLUB DE CICLISMO DE L’ XXXXX XXX XX X XXXXXXXXXXXX XX X’ XXXXX XXX XX |
DURACIÓN: | Fecha de firma : 26-03-2019. El convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
OBLIGACIONES Y COMPROMISOS ECONÓMICOS. Obligaciones del Ayuntamiento: 13.000 € A) Para el desarrollo de la escuela: 6.000 € El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi concede al Club de Ciclismo de l’Alfàs del Pi, en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 341 48004, para el desarrollo de la escuela, la cantidad de 6.000 € anuales, para el año 2019, a razón de 600,00 €/mes por mes vencido, siendo los meses en que se desarrollará la escuela desde enero a octubre de 2019. B) Para el fomento de la actividad: 7.000 € 1.- La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2019 mediante la concesión de una ayuda económica, ascenderá a 5.000 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48004 “Convenio Club Ciclista Alfas”. Asimismo, la colaboración en el fomento de la modalidad denominada montaña ascenderá a 2.000 euros anuales con aplicación a la partida presupuestaria 341 48029 “Convenio Club Ciclista BTT". La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes: la primera, como anticipo a la firma del convenio, (el 50 por 100 del total), y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. El Ayuntamiento pondrá a disposición de la Escuela Municipal los desplazamientos a las competiciones en autobús. Obligaciones del Club: El Club se compromete a poner a disposición de la Escuela Municipal de Ciclismo aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela, así mismo se compromete a acoger a los deportistas, que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. El Club se compromete a cobrar las tasas municipales a los interesados por la inscripción en los cursos de las escuelas deportivas así como a ingresar dicho importe en la cuenta bancaria del Ayuntamiento (IBAN XX00 0000 0000 0000 0000 0000), detallando en el concepto el nombre del club y número de alumnos por el que se realiza el ingreso. Todo ello sin perjuicio de las facultades de control y seguimiento de esta cuestión en concreto que compete al Ayuntamiento, para lo cual, si es necesario, solicitará cualquier aclaración o documentación al Club. MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Se designa a Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Such como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. También resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/49/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CLUB “INTERNACIONAL GOLF ALFAZ DEL PI-ALBIR” (NUM. 37), Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI, PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEL GOLF DURANTE EL AÑO 2019 Constituye el objeto del convenio regular la colaboración entre el Club “Internacional Golf Alfaz del Pi-Albir” para el fomento de la actividad deportiva del Golf en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | CLUB “INTERNACIONAL GOLF ALFAZ DEL PI-ALBIR” / AYUNTAMIENTO DE L'ALFÀS DEL PI. |
DURACIÓN: | Fecha de firma: 26-03-2019 El convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019, y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1 .- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA: 1.500€ La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2019 mediante la concesión de una ayuda económica, ascenderá a 1.500 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48011 "Club de Golf". La cantidad a subvencionar por este concepto,¡ se fraccionará en dos partes: la primera, como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del convenio, (el 50 por 100 del total), y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a poner a disposición de la escuela deportiva de Golf, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela. Así mismo, se compromete a acoger a los deportistas que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. Las entidades deportivas deberán patrocinar en las actividades que realicen el municipio de l'Alfàs del Pi, (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Se designa a Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Such como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. También resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/43/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CLUB POWER L’ALFÀS (NUM. 91) Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI PARA EL DESARROLLO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE FUERZA Y RESISTENCIA PARA EL AÑO 2019 Constituye el objeto del convenio regular la colaboración entre el Club “Power l’Alfàs” para el fomento de la actividad deportiva de press banca en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | CLUB “POWER L’ALFAS” / AYUNTAMIENTO DE L'ALFÀS DEL PI. |
DURACIÓN: | Fecha de firma: 26-03-2019. El convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019, y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA: 4.000 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2019 mediante la concesión de una ayuda económica ascenderá a 4.000 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48018 "Club Fuerza y Resistencia Power l'Alfàs". La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes: la primera, como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del convenio, (el 50 por 100 del total), y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que se especifica. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a poner a disposición de la Asociación Deportiva de Power l’Alfàs, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen. Así mismo, se compromete a acoger a los deportistas que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. Las entidades deportivas deberán patrocinar en las actividades que realicen el municipio de l'Alfàs del Pi, por ejemplo, en las camisetas, logos, etc. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Se designa a Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Such como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. También resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/7/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ASOCIACIÓN DEPORTIVA VETERANOS DE ALFAZ DEL PI (NUM. 73) Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI, PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA DEL FÚTBOL Y EL FOMENTO DE ESTA ACTIVIDAD PARA EL AÑO 2019 Constituye el objeto del convenio regular la colaboración entre la Asociación Deportiva Veteranos de Alfaz del Pi, para el fomento de la actividad deportiva del fútbol en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | ASOCIACIÓN DEPORTIVA XXXXXXXXX XX XXXXX XXX XX X XX XXXXXXXXXXXX XX X'XXXXX XXX XX |
DURACIÓN: | Fecha firma 26-03-2019. El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
OBLIGACIONES DE LAS PARTES 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi: Para el fomento de la actividad deportiva: 2.500 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2019 mediante la concesión de una ayuda económica, ascenderá a 2.500 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48014 “Veteranos l’Alfàs”. La cantidad a subvencionar por este concepto, se fraccionará en dos partes: la primera, como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del convenio, (el 50 por 100 del total), y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que se especifica. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a poner a disposición de la asociación deportiva de fútbol veteranos, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen. Así mismo, se compromete a acoger a los deportistas que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. Las entidades deportivas deberán patrocinar en las actividades que realicen el municipio de l'Alfàs del Pi, por ejemplo, en las camisetas, logos, etc. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL Se designa a la funcionaria adscrita al Área de deportes, Dña. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Such como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. También resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/41/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CLUB DE PILOTA VALENCIANA L’XXXXX (XXX. 0), X XX XXXXXXXXXXXX XX X’XXXXX XXX XX PARA EL DESARROLLO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE PILOTA VALENCIANA Y EL FOMENTO DE ESTA ACTIVIDAD DEPORTIVA, AÑO 2019 Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre el Club de Pilota Valenciana de l’Alfàs y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, para el fomento de la actividad deportiva de pilota valenciana en el municipio. |
PARTES FIRMANTES: | CLUB DE PILOTA VALENCIANA L’XXXXX XXX XX / XXXXXXXXXXXX XX X'XXXXX XXX XX. |
DURACIÓN: | Fecha de firma: 27-03-2019 El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019, y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
Obligaciones de las partes. 1 .- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. (4.000) Para el desarrollo de la escuela: 2.400€ El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, concede al Club de Pilota Valenciana l’Alfàs subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 341 48010 "Convenio Club Pilota Valenciana", para el desarrollo de la Escuela Municipal de Pilota Valenciana, en el año 2019, por la cantidad de 2.400 €, a razón de 266,66 € por mes vencido, siendo los meses bajo cumplimiento de este convenio desde enero de 2019 a junio 2019, y de octubre 2019 a diciembre 2019 (9 meses). Para el fomento de la actividad deportiva: 1.600 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2019 mediante la concesión de una ayuda económica, ascenderá a 1.600 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48010 “Club de Pilota Valenciana”. La cantidad a subvencionar por este concepto, se fraccionará en dos partes: la primera, como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total), y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a se especifica. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a poner a disposición de la Escuela Municipal de Pilota Valenciana aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela. Así mismo, se compromete a acoger a los deportistas que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas Las entidades deportivas deberán patrocinar en las actividades que realicen el municipio de l’Alfàs del Pi, (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). El ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. Mecanismo de segumiento, vigilancia y control: Se designa a Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Such como responsable del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. También resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios. |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/36/2019 |
OBJETO: | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA “ASSOCIACIÓ SEGON CENTENARI DE L’XXXXXX XX XXXX XXXXXX XXX XXXXXXXXXX”, XXX. 00, Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI, PARA EL DESARROLLO Y FOMENTO DE LA ACTIVIDAD QUE LA PRIMERA DESARROLLA DE ACUERDO CON LOS FINES DE LA MISMA EN PRO DE LA RESTAURACIÓN Y RECUPERACIÓN DE L’XXXXXX XX XXXX XXXXXX X XX XXXXXXX XXX XXXXXXXXXX COMO PUNTO DE ENCUENTRO DE LOS HABITANTES DE LA COMARCA DE LA MARINA BAIXA, ESPECIALMENTE LOS DE LA NUCÍA, ALTEA Y L’ALFÀS DEL PI. Constituye el objeto del convenio la colaboración del Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi y la “Associació Segon Centenari de l’Ermita de Sant Xxxxxx del Captivador”, para el desarrollo y el fomento de las actividades culturales que ésta desarrolla, tal y como se contempla en el artículo 3 de sus Estatutos, para el año 2019. La publicidad correspondiente a las actividades o actuaciones correrá a cargo de la asociación. |
PARTES FIRMANTES: | ASSOCIACIÓ SEGON CENTENARI DE L’XXXXXX XX XXXX XXXXXX XXX XXXXXXXXXX / XXXXXXXXXXXX XX XxXXXXX XXX XX |
DURACIÓN: | Firmado el 28-03-2019. El convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2019, y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2019. |
Obligaciones de las partes: 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, concede a la "Associació Segon Centenari de l'Ermita de Sant Xxxxxx del Captivador", en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 334 48015. “Convenio con l’Associació Segon Centenari de l’Ermita”, la cantidad de 1.000 € anuales para el año 2019. Su concesión, justificación y pago estarán sujetas al Régimen Jurídico determinado en el Convenio de Colaboración. 2.- Obligaciones de la "Associació Segon Centenari de l’Ermita de Sant Xxxxxx del Captivador": La "Associació Segon Centenari de l’Ermita de Sant Xxxxxx del Captivador" se compromete a programar, desarrollar y fomentar las actividades contempladas y asociadas con los fines descritos en los Estatutos de la "Associació Segon Centenari de l’Ermita de Sant Xxxxxx del Captivador" a lo largo del ejercicio 2019, y en especial las relacionadas con los actos de les Festes de Sant Xxxxxx del Captivador. A título de ejemplo se reseñan los siguientes: • Arreglo/adorno floral de l’Ermita. • Revisión y mantenimiento de las campanas de l’Ermita para afianzar la seguridad de todas las personas que la utilizan y, sobre todo, la de los niños. • Impresiones de láminas de l'Ermita personalizadas. • Visitas guiadas a l’Ermita y a su entorno • Recuperación de las partidas de Pilota Valenciana. • Actuaciones musicales, entre las que cabe resaltar las de Dolçaina y Tabalets. • Potenciación de los grupos de danzas de l’Alfàs del Pi, Altea y La Nucía. ·Carreras Pedestres • Romería con la imagen de Sant Xxxxxx. |
Asimismo satisfará cuantos derechos y tasas proceda a la Sociedad General de Autores, en el caso de que por Ley estuviera estipulado o regulado. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos: La supervisión, seguimiento y control de la ejecución efectiva del presente convenio la realizará el funcionario adscrito al área de Cultura D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx. También propondrá la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse durante la vigencia del convenio, y que será resuelto por el Órgano municipal competente [Junta de Gobierno Local]. |