CONVENIO MARCO DE PASANTÍAS
XXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXX
Entre la FUNDACIÓN IBEROAMERICANA DE ESTUDIOS SUPERIORES, en su carácter de titular de la personería jurídica de la UNIVERSIDAD ABIERTA INTERAMERICANA, con domicilio en la xxxxx Xxxxxxxxx 00, 0xx xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, representada por su PRESIDENTE, XX. XXXXXXX XXXXXXX XX XXXxXXXXX, DNI Nº 00.000.000, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte y por la otra XXXXXXXXX, representada por XXXXXXXXX, DNI Nº XXXXXXXXX en su carácter de XXXXXXXXX, con domicilio en la calle XXXXXXXXX, Ciudad de XXXXXXXXX, número de teléfono XXXXXXXXX, correo electrónico XXXXXXXXX en adelante LA EMPRESA, convienen en celebrar el presente convenio marco de pasantías educativas, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA - Antecedentes: La UNIVERSIDAD es una institución educativa de reconocida trayectoria, excelencia y prestigio, que desarrolla sus actividades dentro de la educación superior privada y que tiene en funcionamiento la enseñanza de diversas disciplinas dentro de la órbita de interés de LA EMPRESA. Esta es una firma privada dedicada a XXXXXXXXX. ------------------
SEGUNDA - Objeto: Visto la promulgación de la ley 26.427, de pasantías educativas en vigencia a partir del 1° de enero de 2009, y la Resolución Reglamentaria de forma Conjunta Nº 825/09 y 338/09 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Educación, que crean y regulan el Sistema de Pasantías Educativas en el marco educativo nacional para los estudiantes de la Educación Superior, mayores de dieciocho años, permitiéndoles la realización de actividades formativas en empresas u organismos públicos o empresas privadas con personería jurídica, sustantivamente relacionadas con la propuesta curricular de los estudios adquiridos y desarrollados en la universidad, ambas partes entienden como altamente conveniente para el desarrollo de la educación, la implementación de un acuerdo entre ellas. Los objetivos del sistema de pasantías educativas son lograr que los pasantes: (a) profundicen la valoración del trabajo como elemento indispensable y dignificante para la vida, desde una concepción cultural y no meramente utilitaria; (b) realicen prácticas complementarias a su formación académica, que enriquezcan la propuesta curricular de los estudios que cursen; (c) incorporen saberes, habilidades y actitudes vinculados a situaciones reales del mundo del trabajo; (d) adquieran conocimientos que contribuyan a mejorar sus posibilidades de inserción en el ámbito laboral; (e) aumenten el conocimiento y manejo de tecnologías vigentes; (f) cuenten con herramientas que contribuyan a una correcta elección u orientación profesional futura; (g) se beneficien con el mejoramiento de la propuesta formativa, a partir del vínculo entre las instituciones educativas y las empresas; (h) progresen en el proceso de orientación respecto de los posibles campos específicos de desempeño laboral. Los objetivos del sistema de pasantías apuntarán además, a generar mecanismos fluidos de conexión entre la producción y la educación, a los efectos de interactuar recíprocamente entre los objetivos de los contenidos educativos y los procesos tecnológicos y productivos.-------------
TERCERA - Proyecto Pedagógico Integral: LA UNIVERSIDAD se compromete a hacer entrega a LA EMPRESA del proyecto pedagógico integral establecido en el artículo 5° de la ley 26.427 una vez que haya sido diseñado por las autoridades educativas reconocidas, como marco para celebrar el presente acuerdo. Se deja constancia que LA UNIVERSIDAD notificará a la autoridad de contralor en el curso de los cinco días hábiles posteriores a la firma del presente convenio o de los protocolos particulares que se dicten en su consecuencia, la subscripción de los mismos conforme el procedimiento que determine la reglamentación a dictar. ------------------------------------------
CUARTA - Plazo: El presente convenio tendrá una duración de un (1) año y podrá ser renovado automáticamente, salvo resolución anticipada por alguna de las partes por razones de fuerza mayor, por cesación de las posibilidades que lo justificaron o por alguna de las demás causales previstas por la Ley 26.427.----------------------------------------------------------------------------
QUINTA - Contraprestación: El presente convenio no conllevará contraprestaciones de ningún tipo entre las partes, razón por la cual no podrá considerarse la existencia de modo alguno de relación asociativa entre los contratantes, como así tampoco de subordinación técnica o económica, ni de responsabilidad derivada en el ámbito civil o laboral. --------------------------
SEXTA - Derechos de la Empresa: LA EMPRESA tendrá en los convenios individuales a firmarse los siguientes derechos: (a) Ejercer el control disciplinario y de guía que le corresponde conforme al sistema al sistema de pasantías educativas dentro de las relaciones de trabajo; (b) dar por terminada la pasantía conforme los procedimientos previstos para la rescisión.--------
SÉPTIMA - Obligaciones de la Empresa: LA EMPRESA tendrá en los convenios individuales a firmarse las siguientes obligaciones: (a) proporcionar al pasante tareas que se vinculen con los estudios realizados, efectuando prácticas complementarias a su formación académica, de manera tal que enriquezcan la propuesta curricular de los estudios que cursen o hayan cursado; (b) poner empeño en que los pasantes incorporen saberes, habilidades y actitudes vinculados a situaciones reales del mundo del trabajo; (c) facilitar a los pasantes la adquisición de conocimientos que contribuyan a mejorar sus posibilidades de inserción en el ámbito laboral futuro; (d) transmitir al pasante el conocimiento y manejo de tecnologías vigentes; (e) abonar al pasante la asignación estímulo en tiempo y forma; (f) mantener un régimen de asistencia y licencias por examen, enfermedad y accidentes profesionales adecuado para estudiantes universitarios; (g) ofrecer un régimen de cobertura médica de emergencias a cargo de LA EMPRESA; (h) aclarar en todo momento cual será la entidad que atenderá los compromisos derivados de la Ley 24.557, de Riesgos del Trabajo; (i) ofrecer los planes de capacitación tutorial que resulten necesarios; (j) extender al pasante conjuntamente con LA UNIVERSIDAD un certificado de pasantía educativa en el que conste la duración de la pasantía y las actividades desarrolladas; (k) nombrar un tutor en cada contrato individual de pasantía destinado a orientar y guiar al pasante; (l) reemplazar al tutor en caso de vacancia por cualquier causa: (m) extender conjuntamente con LA UNIVERSIDAD y a pedido, certificaciones de las funciones cumplidas por los docentes guías y por los tutores, indicando el tiempo de dedicación. Esta certificación podrá comprender a varios pasantes simultáneamente; (n) comunicar a los organismos de seguridad social y tributarios de los convenios individuales que suscriban; (ñ) asegurarse que se trata de alumnos que tienen en LA UNIVERSIDAD condiciones de ‘regularidad’ solicitándoles antes de la suscripción del convenio individual la respectiva constancia de ello. ------------------------------------------------------
OCTAVA - Lugar de Desempeño: La realización de las pasantías tendrá lugar en las instalaciones de LA EMPRESA, o bien en el lugar que se indique en el convenio individual que ésta celebre con cada pasante. En todos los casos, estos lugares deberán reunir las condiciones de higiene y seguridad de acuerdo con la Ley 19.587.-------------------------------------------------------
NOVENA - Derechos de la Universidad: Se dejará constancia en los acuerdos individuales a firmarse que LA UNIVERSIDAD tendrá los siguientes derechos: (a) dar por terminada la pasantía conforme los procedimientos previstos para la rescisión; (b) proceder al nombramiento de docente guía en cada contrato individual de pasantía destinado a orientar, guiar y servir de interlocutor al pasante. ----------------------------------------------------------
DÉCIMA - Obligaciones de la Universidad: Asimismo, la UNIVERSIDAD tendrá las siguientes obligaciones en los convenios individuales a firmarse: (a) mantener actualizado el legajo personal del pasante; (b) proceder al seguimiento del pasante mediante la evaluación de los informes periódicos que le remitan los docentes guías con los tutores; (c) atento su condición de entidad madre, recibir las inquietudes del pasante respecto del desenvolvimiento de su pasantía y procurar su canalización dentro del marco del régimen de pasantías educativas; (d) nombrar un docente guía en cada contrato individual de pasantía destinado a orientar, guiar y servir de interlocutor al pasante; (e) reemplazar al docente guía en caso de vacancia por cualquier causa; (f) extender al pasante conjuntamente con LA EMPRESA un certificado de pasantía educativa en el que conste la duración de la pasantía y las actividades desarrolladas; (g) extender conjuntamente con LA EMPRESA y a pedido, certificaciones de las funciones cumplidas por los docentes guías y por los tutores, indicando el tiempo de dedicación. Esta certificación podrá comprender a varios pasantes simultáneamente; (h) comunicar a la autoridad de contralor la suscripción del presente y de los convenios individuales que se suscriban. ----------------------------------------------------------------
UNDÉCIMA - Eximición de responsabilidad de la Universidad: En ningún caso se le podrá imputar a LA UNIVERSIDAD responsabilidad alguna referente a los daños causados con las cosas y respecto de las relaciones de LA EMPRESA con el pasante. ---------------------------------------------------
DUODÉCIMA - Plazo acuerdos individuales: Las pasantías se extenderán durante un mínimo de dos (2) meses y un máximo de doce (12) meses, y se desarrollarán con una carga horaria semanal no mayor de veinte (20) horas. Cumplido el plazo máximo establecido, una vacante de pasantía educativa puede renovarse a favor del mismo pasante, por hasta seis (6) meses adicionales, siempre y cuando el alumno continúe siendo alumno regular de LA UNIVERSIDAD y de la carrera informada, debiéndose firmar un nuevo acuerdo individual entre todas las partes. Asimismo, la pasantía concluirá si el alumno pasare a desempeñarse en relación de dependencia en LA EMPRESA, circunstancia ésta que se deberá comunicar a LA UNIVERSIDAD dentro de los treinta (30) días del inicio de la relación laboral. ----------------
DÉCIMO TERCERA - Asignación estímulo: LA EMPRESA abonará mensualmente al pasante una suma de dinero de carácter no remunerativo en calidad de asignación estímulo, que se calculará sobre el salario básico del convenio colectivo aplicable a LA EMPRESA, y que será proporcional a la carga horaria de la pasantía. En caso de haber más de un convenio aplicable, se tomará en cuenta el más favorable para el pasante. Para el caso de actividades que no cuenten con convenio colectivo, se aplicará para el cálculo de la asignación estímulo, el salario mínimo, vital y móvil, en forma proporcional a la carga horario de la pasantía. -----------------------------------------------
DÉCIMO CUARTA - Designación de Docente Guía y Tutor - Plan De Trabajo: Para favorecer el cumplimiento de los objetivos educativos inherentes a la pasantía, LAS PARTES coordinarán la ejecución del programa de pasantías. LA UNIVERSIDAD asignará un docente guía que supervisará el cumplimiento de los aspectos formativos de las tareas de los pasantes. LA EMPRESA nombrará a un tutor que tendrá a su cargo la inserción, apoyo y seguimiento de los pasantes. El docente guía y el tutor elaborarán de manera conjunta un plan de trabajo que determine el proceso educativo de los pasantes para alcanzar los objetivos pedagógicos. Será responsabilidad de ambos la implementación, su control y evaluación, debiendo elaborar un informe de evaluación de las actividades realizadas y de los resultados alcanzados en función de los objetivos previstos al concluir el plazo asignado a la pasantía. Estos informes tendrán carácter reservado y se confeccionarán en dos ejemplares, uno para LA UNIVERSIDAD que lo incluirá en el legajo del alumno pasante y otro para el área de Recursos Humanos de LA EMPRESA. La Empresa se obliga a entregar al pasante, al término de su pasantía, un certificado que avale la formación profesional lograda y el lapso de duración de la misma. ----------------------------------------------------------------------------
DÉCIMO QUINTA - De los Pasantes: Los pasantes deben ser mayores de dieciocho (18) años. LA EMPRESA solicitará al pasante que previo a iniciar su pasantía acredite mediante certificado expedido por LA UNIVERSIDAD su condición de alumno regular. Asimismo, LA EMPRESA podrá solicitar al pasante que acredite su situación y notas académicas en cualquier momento durante la vigencia de la pasantía. Se exigirá a los pasantes el cumplimiento de los reglamentos y disposiciones internas de LA EMPRESA en donde desarrollarán las pasantías, tales como observar las normas de seguridad, higiene y disciplina que rigen en la misma. Considerarán a su vez como información confidencial toda aquella que reciban o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, clientes, proveedores, procesos, fórmulas y métodos a las que tengan acceso directa o indirectamente, fuere durante o después de la expiración del plazo del presente convenio. Asimismo, se exigirá que los pasantes no realicen actividades políticas, religiosas o proselitistas de ninguna índole dentro de las instalaciones de LA EMPRESA o en cualquier otro lugar donde desempeñe su pasantía. La infracción a lo anteriormente dispuesto será considerada falta grave y causa suficiente para dejar inmediatamente sin efecto la pasantía respecto a quienes incurrieran en ella sin perjuicio de las acciones a que hubiere lugar. ------------------------------------------------
DÉCIMO SEXTA - Derechos de Propiedad Intelectual: Las creaciones e innovaciones del Pasante que fueran el resultado de su actividad desarrollada exclusivamente dentro del ámbito y en ocasión de la pasantía, se regirán por lo previsto en los artículos 82 y 83 de la Ley N° 20.744 de Contratos de Trabajo y sus modificatorias, por aplicación de lo normado por el artículo 3 párrafo tercero de la Resolución Conjunta Nº 825/2009 y Nº 338/2009 de los Ministerios de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Educación, reglamentaria de la Ley N° 26.427 de Pasantías. -----------------------
DÉCIMO SÉPTIMA - Autorizaciones: LA UNIVERSIDAD autoriza al XX. XXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXX, DNI Nº 00.000.000, en carácter de representante a suscribir los acuerdos individuales que fueran necesarios. Por su parte LA EMPRESA autoriza con el mismo fin a XXXXXXXXX, DNI Nº XXXXXXXXX, en su carácter de XXXXXXXXX. De tal manera los acuerdos individuales suscriptos por los autorizados darán plena validez a los mismos tanto delante de los aquí signatarios como de terceros. -----------------------
DÉCIMO OCTAVA - De la Rescisión: Cualquiera de las partes podrá dar por rescindido el presente contrato xxxxx, sin generar por ello derechos indemnizatorios en cabeza del otro contratante. Tal decisión deberá notificarse fehacientemente con una antelación no menor a los tres (3) meses previos al momento en que la rescisión haya de tener lugar. No obstante ello, las partes acuerdan en beneficio de los pasantes que garantizarán la terminación de los proyectos y actividades que se encontrasen en curso de ejecución. La rescisión del presente contrato marco implicará la rescisión de los acuerdos individuales con las restricciones mencionadas precedentemente, pero la rescisión de un acuerdo individual no generará la rescisión del presente.----------
DÉCIMO NOVENA - Delimitación de Responsabilidades: Queda también establecido que LA UNIVERSIDAD no será responsable de la actividad de LA EMPRESA, como así tampoco LA EMPRESA será responsable por las actividades que desarrolle LA UNIVERSIDAD. LA UNIVERSIDAD mantiene un seguro de responsabilidad civil, en una compañía de primera línea, que cubre las actividades ordinarias que desarrollen sus estudiantes. Asimismo LA EMPRESA contratará un seguro de responsabilidad civil que cubra las actividades del pasante al margen del establecido en la CLÁUSULA SÉPTIMA, inciso h.---------------------------------------------------------------------------
VIGÉSIMA - Domicilios, Jurisdicción y Competencia: Las partes constituyen domicilios a los efectos de este contrato en los indicados en el encabezado, donde se tendrán por válidas las comunicaciones que se cursaren. Para cualquier interpretación de lo aquí convenido o para la ejecución de cualesquiera de sus cláusulas, las partes convienen la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dependientes del Poder Judicial de la Nación, con renuncia expresa a todo otro fuero o jurisdicción que por cualquier causa pudiere corresponderles. -------------------------------------
Previa lectura y ratificación de su contenido, en prueba de conformidad las partes firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los XXXXXXXXX días del mes de XXXXXXXXX del año 202X.----------------------------------------------------------------------------
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