De los Pasantes Cláusulas de Ejemplo

De los Pasantes a) La selección de los pasantes será realizada por la UNIDAD EDUCATIVA en función del perfil y de la cantidad de alumnos pasantes que LA ORGANIZACIÓN esté en condiciones de recibir. LA UNIDAD EDUCATIVA entregará conjuntamente con el listado de los mismos: 1) una ficha individual con los datos personales, 2) certificado médico de autoridad oficial que lo habilite para la realización de las actividades previstas en el plan de pasantías, 3) autorización por escrito de los padres o responsables legales, en el caso de alumnos menores de DIECIOCHO (18) años o la notificación firmada de los mismos en caso de ser mayores. b) LA ORGANIZACIÓN manifiesta aceptar los alumnos seleccionados por LA UNIDAD EDUCATIVA en carácter de PASANTES e incorporarlos y rotarlos en diferentes grupos de trabajo afines con los objetivos generales enunciados y los específicos incluidos en el Plan de Pasantía. c) EL PASANTE deberá respetar las normas y disposiciones internas de LA ORGANIZACIÓN. d) Finalizado el término de la pasantía la misma no podrá ser renovada.
De los Pasantes. La selección de los pasantes será realizada por el establecimiento educativo dependiente de "EL MINISTERIO" en función del perfil y de la cantidad de estudiantes pasantes que "El I.P.P.V" esté en condiciones de recibir. a) EL I.P.P.V" manifiesta aceptar a los estudiantes seleccionados por el establecimiento educativo en carácter de pasantes e incorporarlos y rotarlos en diferentes grupos de trabajo afines con los objetivos generales enunciados y los específicos incluidos en el plan de pasantía. b) El/la pasante deberá respetar las normas y disposiciones internas de "EL I.P.P.V" c) Finalizado el término de la pasantía acordada para el/la estudiante, ésta no podrá ser renovada en caso de tratarse del mismo estudiante.
De los Pasantes. Los pasantes deben ser mayores de dieciocho (18) años. LA EMPRESA solicitará al pasante que previo a iniciar su pasantía acredite mediante certificado expedido por LA UNIVERSIDAD su condición de alumno regular. Asimismo, LA EMPRESA podrá solicitar al pasante que acredite su situación y notas académicas en cualquier momento durante la vigencia de la pasantía. Se exigirá a los pasantes el cumplimiento de los reglamentos y disposiciones internas de LA EMPRESA en donde desarrollarán las pasantías, tales como observar las normas de seguridad, higiene y disciplina que rigen en la misma. Considerarán a su vez como información confidencial toda aquella que reciban o llegue a su conocimiento relacionada con actividades, clientes, proveedores, procesos, fórmulas y métodos a las que tengan acceso directa o indirectamente, fuere durante o después de la expiración del plazo del presente convenio. Asimismo, se exigirá que los pasantes no realicen actividades políticas, religiosas o proselitistas de ninguna índole dentro de las instalaciones de LA EMPRESA o en cualquier otro lugar donde desempeñe su pasantía. La infracción a lo anteriormente dispuesto será considerada falta grave y causa suficiente para dejar inmediatamente sin efecto la pasantía respecto a quienes incurrieran en ella sin perjuicio de las acciones a que hubiere lugar. ------------------------------------------------
De los Pasantes. Los pasantes deben ser mayores de dieciocho (18) años. LA EMPRESA solicitará al pasante que previo a iniciar su pasantía acredite mediante certificado expedido por LA UNIVERSIDAD su condición de alumno regular. Asimismo, LA EMPRESA podrá solicitar al pasante que acredite su situación y notas académicas en cualquier momen- to durante la vigencia de la pasantía. Se exigirá a los pasantes el cumpli- miento de los reglamentos y disposiciones internas de LA EMPRESA en donde desarrollarán las pasantías, tales como observar las normas xx xxxx- ridad, higiene y disciplina que rigen en la misma. Considerarán a su vez como información confidencial toda aquella que reciban o llegue a su cono- cimiento relacionada con actividades, clientes, proveedores, procesos, fór- mulas y métodos a las que tengan acceso directa o indirectamente, fuere durante o después de la expiración del plazo del presente convenio. Asi- mismo, se exigirá que los pasantes no realicen actividades políticas, religio- sas o proselitistas de ninguna índole dentro de las instalaciones de LA EM- PRESA o en cualquier otro lugar donde desempeñe su pasantía. La infrac- ción a lo anteriormente dispuesto será considerada falta grave y causa sufi- ciente para dejar inmediatamente sin efecto la pasantía respecto a quienes incurrieran en ella sin perjuicio de las acciones a que hubiere lugar.----------

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  • DE LOS SEGUROS Durante la vigencia del presente contrato, EL CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente los seguros detallados a continuación, que le solicitará EL BANCO, a efectos de cubrir el riesgo de pago del saldo deudor del crédito, siendo beneficiario de la póliza EL BANCO o quien resulte titular del Crédito. Para dicho efecto EL CLIENTE podrá contratarlo a través de EL BANCO o en forma directa con la Compañía de Seguros de su elección. Asimismo, EL BANCO pondrá a disposición folletos informativos, cuyas condiciones de contratación de la póliza de seguro se consignarán en la Página Web de EL BANCO. En caso EL CLIENTE contrate de forma directa el seguro deberá: (i) Endosar el seguro a favor de EL BANCO; (ii) El seguro deberá estar vigente durante todo el plazo xxx xxxxxxxx, siendo responsabilidad de EL CLIENTE su renovación y/o prórroga; (iii) En caso el seguro sea modificado, variado o suprimido, EL CLIENTE debe comunicar esté hecho a EL BANCO. Si la Compañía de Seguros le solicita a EL CLIENTE cumplir nuevos requerimientos deberá cumplirlos, en caso de no hacerlo, será de su exclusiva responsabilidad no contar con el seguro correspondiente. 10.1. Seguro de Daño a la Propiedad (i) Durante la vigencia xxx xxxxxxxx, se contratará y mantendrá vigente un seguro contra los riesgos que cubra el Inmueble, el mismo que deberá cubrir cuando menos daños ocasionados por: incendio, terremoto, inundaciones, rayo, explosión, huelgas, conmociones civiles, vandalismo y terrorismo, otorgado por una Compañía de Seguros de calificación no inferior a "B" y deberá cubrir en todo momento el valor de la edificación. (ii) La póliza será emitida a favor de EL BANCO y podrá ser endosada a favor de quien resulte titular del Crédito. (iii) El seguro será cancelatorio del Saldo Deudor. En caso de destrucciones parciales del inmueble podrá aceptarse que la indemnización sea destinada a la reconstrucción del inmueble.

  • CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES Para ser adjudicatario del presente contrato no es preciso estar en posesión de clasificación empresarial alguna, sin perjuicio de acreditar la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica, por los medios establecidos en la cláusula 4.2 del presente pliego.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • Origen de los Bienes Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador. Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea. El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos

  • RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS El CONTRATISTA en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y artículos 164 a 167 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la terminación de los trabajos EL CONTRATISTA comunicará a la API la terminación de los mismos, o la de alguna parte de ellos, cuando así sea procedente; las partes convienen que en un plazo xx xxxx días naturales contados a partir de recepción de la notificación, API verificará que tales trabajos estén concluidos, total o parcialmente, según sea el caso, conforme a las especificaciones convenidas y a satisfacción de la API. Si los trabajos objeto de la entrega no satisficieren los requisitos señalados en esta cláusula, con fundamento en el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la API ordenará su reparación a efecto de que éstos se corrijan conforme a las condiciones requeridas en el contrato; mismas que el CONTRATISTA realizará por su cuenta y sin derecho a retribución, en el entendido de que, si no lo hiciere desde luego, devolverá a la API las cantidades pagadas por dichos conceptos, más los intereses correspondientes que se calcularán conforme al procedimiento previsto en el segundo párrafo en relación con el primero del artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. La recepción de los trabajos ejecutados se efectuará dentro de un plazo de quince días naturales contados a partir de la fecha de la notificación de la aceptación de la terminación de los trabajos, con observancia de lo señalado en el artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como el artículo 166 y en su caso 167 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. De toda entrega y recepción de trabajos se levantará un acta conforme al artículo 166 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas que será firmada por quienes intervengan en ella. Si transcurriere el plazo aquí señalado sin que la API, por causas imputables a sí misma, reciba los trabajos, éstos se tendrán por entregados.

  • PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 1 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública 2 Titulo sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 del 30 xx xxxxx de 2015 La prestación real y efectiva de los servicios públicos objeto del presente contrato, se iniciará una vez el suscriptor haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos técnicos y legales exigidos por la empresa, y se haya efectuado el pago de los aportes de conexión autorizados por el artículo 90 de la Ley 142 de 1994 y definidos en el artículo 1.2.1.1 de la Resolución CRA 151 de 2001 - modificado por el artículo 1º de la Resolución CRA 271 de 2003. Con el propósito de incentivar la masificación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, la empresa otorgará plazos para amortizar los aportes de conexión, incluyendo la acometida y el medidor, los cuales serán obligatorios para los estratos 1, 2 y 3. En todo caso los costos de conexión domiciliaria, acometida y medidor de los estratos 1, 2 y 3 podrán ser cubiertos por el municipio, el departamento o la nación a través de aportes presupuéstales para financiar los subsidios otorgados a los residentes de estos estratos que se beneficien con el servicio y, de existir un saldo a favor de la empresa, se aplicarán los plazos establecidos en el inciso anterior, los cuales, para los estratos 1, 2 y 3, por ningún motivo serán inferiores a tres (3) años, salvo por renuncia expresa del usuario Los costos directos de conexión, los cuales hacen parte de los aportes de conexión, son los costos en que incurre la empresa por concepto de medidor, materiales, accesorios, mano de obra y demás gastos necesarios para conectar un inmueble a los sistemas o redes de distribución de acueducto y alcantarillado existentes. También se consideran costos directos de conexión los de diseño, interventoría, restauración de vías y del espacio público deteriorado por las obras de conexión, así como los estudios particularmente complejos, en caso de presentarse3. La iniciación en la prestación de los servicios solicitados no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde la fecha en que se verifica y aprueba el cumplimiento de los requisitos y el pago de los aportes de conexión, conforme a lo previsto en la presente cláusula.

  • Dirección de los trabajos La dirección de los trabajos corresponde al responsable del contrato o, en su defecto, a los servicios dependientes del órgano de contratación. Son funciones del responsable del contrato: a) Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales.

  • Moneda de cotización y pago Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

  • VISITA A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES NO APLICA

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.