Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, EL "CONTRATO" QUE CELEBRAN POR UNA PARTE IMPULSORA DE DESARROLLO TECNOLOGICO, S.A. DE C.V., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU REPRESENTANTE LEGAL, ING. XXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "IDT"; Y POR LA OTRA PARTE , REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU REPRESENTANTE LEGAL , Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL CLIENTE" AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S:
I. Declara "IDT" que:
a. Es una sociedad mercantil legalmente constituida conforme a las Leyes de la República Mexicana, según lo acredita la Escritura Pública número. 13,445 de fecha 12 DE JULIO DE 2005 , otorgada ante la fe del Lic. XXXXX X. XXXXXXXX XXXXXXX, Notario Público número 8 en el Estado de TAMAULIPAS.
b. Su representante, interviene en este acto con la personalidad que le confiere el mandato recibido mediante la escritura pública descrita en el parágrafo que antecede, mismo que no ha sido revocado ni ha sido modificado en forma alguna.
c. Tiene su domicilio en:
i. Chiapas #605 Col. México, Tampico, Tam. C.P. 89348.
ii. Con Registro Federal de Contribuyentes: IDT070512QF7.
II. Declara "El Cliente" que:
a. Sus datos generales son los que han quedado asentados en la "Orden de Compra" anexa a este contrato que se integra y forma parte del presente acto jurídico.
b. Su representante o apoderado legal está debidamente facultado para la celebración del presente "Contrato" y para obligar a "El Cliente" en sus términos. Es responsabilidad de "El Cliente" informar cualquier cambio en las facultades otorgadas a su Representante Legal, durante la vigencia del presente "Contrato".
c. Desea contratar los servicios de "IDT" para la Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet "CFDI" a través de medios electrónicos.
III. Declaran ambas "Partes" que:
a. Se reconocen recíprocamente la capacidad para la celebración del presente "Contrato", así como las facultades de sus representantes o apoderados legales, manifestando los mismos que sus poderes y facultades no les han sido revocadas ni limitadas en forma alguna a la fecha de la firma del presente "Contrato".
b. Que previamente han sido asesoradas por sus respectivos abogados por lo que en la celebración del presente "Contrato" no ha mediado dolo, mala fe, error, lesión, ni ningún otro vicio del consentimiento que pudiera invalidarlo.
Xxxxxx las declaraciones que anteceden, ambas partes las ratifican y convienen en obligarse al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S :
PRIMERA. - OBJETO DEL CONTRATO.
El presente "Contrato" tiene por objeto que "IDT", a través de medios electrónicos proporcione a "El
Cliente" "La Aplicación" relacionado en la "Orden de Compra" la cual se anexa a este acto para formar parte integrante del mismo, las cuales se relacionan con la Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet "CFDI", utilizando para ello el Sistema denominado "IDT-CFDI" ofrecido y puesto a su disposición por medio de su dirección electrónica en Internet (URL) xxxxx://xxx.xxx.xx/, la cual es una aplicación que se instalará en el equipo de cómputo de "El Cliente" denominada Sistema de Generación de CFDI "IDT-CFDI" en sus modalidades Windows; y que al efecto se denominará "La Aplicación".
SEGUNDA. - RECONOCIMIENTO DE LAS PARTES.
El presente "Contrato" constituye el acuerdo total celebrado entre las "Partes" contratantes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación, obligación o comunicación dada entre ambas "Partes" con anterioridad a está fecha, sea verbal, escrita o electrónica.
Para efectos de este "Contrato", "El Cliente" reconoce y acepta que la firma del presente "Contrato" podrá llevarse a acabo mediante la utilización de firmas autógrafas o a través de Firmas Electrónicas Avanzadas (FIEL) amparadas por una Clave o Llave Publica (*.cer) del Certificado Digital de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente, emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y una Clave o Llave Privada (*.key) de Firma Electrónica Avanzada (FIEL), mediante los mecanismos y medios electrónicos que se ponen a disposición de "El Cliente" cómo parte de "La Aplicación" y conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables en la República Mexicana.
"El Cliente" reconoce y acepta que la firma del presente "Contrato", puede ser llevada a cabo mediante la utilización de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) a que se refiere el párrafo inmediato anterior, ó mediante la firma autógrafa de las "Partes", que garantizará la integridad y validez de dicho "Contrato" y que producirá los mismos efectos y reconocimiento que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, teniendo el mismo valor probatorio.
Por lo que, "El Cliente" reconoce y acepta que para la obtención de la Clave o Llave Pública del Certificado (*cer) de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ésta autoridad únicamente revisó la documentación que "El Cliente" le presentó para acreditar su identidad y cuya información se incorpora a la propia Clave o Llave Pública del Certificado (*.cer) de Firma Electrónica Avanzada (FIEL), constatando que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a simple vista cotejó que los documentos correspondían a los rasgos fisonómicos y caligráficos de "El Cliente", por lo que este último asume la responsabilidad exclusiva respecto de la autenticidad de los datos y documentación por él proporcionada a el Servicio de Administración Tributaria (SAT), relevando a IDT de cualquier responsabilidad generada o que se llegue a generar por la información proporcionada por "EL CLIENTE" a cualquier Autoridad especialmente a las Autoridades Hacendarias.
Asimismo, "El Cliente" manifiesta conocer el contenido y alcance de las disposiciones legales y de reglamento relativas a la celebración de actos jurídicos mediante el uso de medios electrónicos, digitales o de cualquier otra tecnología informática, por lo que asume exclusiva y plena responsabilidad respecto de la información y contenido de todo documento electrónico o digital elaborado y enviado mediante la Clave o Llave Pública (*cer) del Certificado de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) y la o las Clave(s) o Llave(s) Pública(s) del Certificado(s) de Sello Digital que utilice por medio de "La Aplicación", toda vez que por ese sólo hecho se considerará que el documento electrónico o digital le es atribuible.
La contratación de "La Aplicación" puede ser a través de dirección electrónica en Internet (URL)
xxxxx://xxx.xxx.xx/, donde "El Cliente" podrá descargar la "Orden de Compra", en la cual deberá integrar los datos requeridos, imprimir y firmar autógrafamente o en su caso, podrá firmarla electrónicamente utilizando la Firma Electrónica Avanzada (FIEL), donde especificará el tipo de servicio que desea contratar y su forma de pago.
El monto y forma de pago que "El Cliente" deberá cubrir por concepto de "La Aplicación" especificado en la "Orden de Compra" del presente "Contrato" así como sus términos y condiciones, se detallan en la propuesta anexa al presente y en tanto no se de cumplimiento a lo estipulado en dicha propuesta, "El Cliente" no podrá empezar a utilizar "La Aplicación". Una vez cumplidos los términos y condiciones contenidos en la propuesta, "El Cliente" integrará la información que le sea requerida para elaboración del "Contrato" correspondiente.
"IDT" deberá confirmar que la documentación de "El Cliente" está completa y procederá a verificar su autenticidad hasta donde le sea legalmente posible. Si no existiere ningún inconveniente y una vez que "El Cliente" haya cubierto el costo de "La Aplicación" contratado, procederá a liberarle su llave de activación para la aplicación IDT-CFDI.
En caso de que "El Cliente" requiera de apoyo para tramitar y/u obtener la Firma Electrónica Avanzada y Certificado de Sello Digital a ser utilizados o el Aviso de Inicio de Operaciones, podrá solicitarlo a "IDT" durante el proceso de contratación, el cual será previamente cotizado a "El Cliente" para ser autorizado por el mismo.
"El Cliente" es el único responsable de su información (archivos CSD, PDF, XML, BAK) que se generen con la aplicación IDT-CFDI, los cuales quedan grabados en el disco duro de su equipo de cómputo, por lo que "El Cliente" tendrá la obligación de almacenarlos por el tiempo que dispongan las leyes fiscales aplicables en la materia, así como enviarlo al destinatario final. Por ley el usuario final deberá resguardar por 05 años, Los documentos se resguardan por ATEB, se le enviará al cliente final un usuario y contraseña para que los consulte y descargue, disponibles 3 meses. Es obligatorio para ATEB y es muy importante que IDT no quede a cargo del usuario de consulta porque se pondría en riesgo el tema de la confidencialidad.
"El Cliente" es el único responsable de realizar sus propios respaldos de la información generada por la aplicación IDT-CFDI. Esto a través de la opción disponible de la aplicación. (Archivos .BAK)
Desde luego que el simple uso de "La Aplicación" utilizado por "EL CLIENTE" obliga a este último a cumplir con las disposiciones contenidas en este "Contrato" las cuales conoce y acepta mediante la simple utilización de "La Aplicación".
TERCERA. - DURACIÓN DEL CONTRATO.
La duración del presente "Contrato" será anual, en el periodo comprendido de los meses de enero a Diciembre del año en curso, en base a la fecha de aceptación de la "Orden de Compra" de "La Aplicación". .
Cuando "IDT" ya no desee continuar con las disposiciones del presente "Contrato", deberá notificar a la otra parte por escrito, su voluntad de no continuar el acuerdo con al menos de 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha de su intención de cancelación, sin responsabilidad alguna para las partes a excepción de las obligaciones de pago que tenga "EL CLIENTE" frente a "IDT".
El presente "Contrato" se prorrogará al vencimiento, en forma automática por un período de tiempo
de 15 días, permitiéndole el pago respectivo de la cuota anual de "La Aplicación" correspondiente. En caso de tener folios disponibles, no podrá disponer el servicio del timbrado, ya que el mecanismo de activación o desactivación es automático por internet.
"El Cliente" reconoce y acepta que para dar cumplimiento legal, "IDT" a través de ATEB (Proveedor Autorizado de Certificación (PAC)). enviará una copia de todos y cada uno de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet "CFDI" certificados, al Servicio de Administración Tributaria (SAT) como requisito por ser Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).
CUARTA. - ACCESO A LA APLICACION
"IDT" proporcionará a "El Cliente" acceso a "La Aplicación" por medios electrónicos en las direcciones electrónicas en Internet (URL) xxxxx://xxx.xxx.xx/, las cuales se relacionan con la Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet "CFDI", utilizando para ello el Sistema denominado "IDT-CFDI" ofrecido y puesto a su disposición por medio de su dirección electrónica en Internet (URL) xxxxx://xxx.xxx.xx/, la cual es una aplicación que se instalará en el equipo de cómputo de "El Cliente" denominada Sistema de Generación de CFDI "IDT-CFDI" en sus modalidades Windows; y que al efecto se denominará "La Aplicación".
"IDT" proporcionará a "El Cliente" acceso al timbrado, utilizando una aplicación que se instalará en el equipo de cómputo de "El Cliente" denominada Sistema de Generación de CFDI "IDT-CFDI" en sus modalidades Windows; con los elementos de seguridad que le permitirán realizar la Certificación de Comprobantes fiscales digitales por internet "CFDI", siempre y cuando "EL CLIENTE" tenga cumplidas en tiempo y forma sus obligaciones de pago frente a "IDT"
A fin de que "El Cliente" esté en la posibilidad de realizar las operaciones de conformidad con "La Aplicación", "El Cliente" deberá contar con todos los elementos necesarios para la creación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet "CFDI", así como el equipo de cómputo necesario y/o conveniente.
Para la utilización de "La Aplicación", deberá seguir mínimo los siguientes pasos, además de los que se mencionan en el documento: "Manual IDT-CFDI"
1. Ingresar a la dirección electrónica en Internet (URL) xxxxx://xxx.xxx.xx/, con el nombre de usuario y contraseña proporcionados por "IDT" y enviados por medios electrónicos a "El Cliente" o Representante Legal del mismo.
2. Modificar la contraseña provisional enviada por "IDT" a través de medios electrónicos a "El Cliente" o Representante Legal de conformidad con los datos proporcionados en el presente contrato y generar una nueva contraseña confidencial, quedando bajo el control exclusivo de "El Cliente" para ser utilizada en conjunto con su cuenta de usuario como parte de la "Seguridad del Servicio de Timbrado".
3. Una vez que la contraseña sea cambiada por "El Cliente" éste podrá descargar e Instalar su Aplicación el sistema de generación de "CFDI" según sus requerimientos de operación,
4. Configurar la aplicación con sus datos fiscales agregando los tipos de documentos a generar, carga de certificados de sello digital, series de folios, usuarios y sus permisos de acceso, catálogos y productos.
5. "IDT" validará a través de ATEB (Proveedor Autorizado de Certificación (PAC)) los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet "CFDI", generados por "El Cliente" a través de la Aplicación.
6. "IDT" pone a disposición de "El Cliente" los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet una vez que fueron certificados generados utilizando la aplicación que se instalará en el equipo de cómputo de "El Cliente" denominada Sistema de Generación de CFDI "IDT-CFDI" en sus modalidades Windows, mismos que "El Cliente" deberá respaldar para su resguardo y/o envío.
7. "El Cliente" definirá los tipos de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet "CFDI" que generará y enviará para su certificación y que emitirá por las operaciones comerciales que realice, a través de "La Aplicación".
8. Capturar los datos fiscales a ser utilizados única y exclusivamente en "La Aplicación", información que bajo protesta de decir verdad manifiesta que es real, exacta y corresponde fielmente a la autorizada y registrada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
9. Capturar Certificado(s) de Sello Digital (CSD), Contraseña de Clave o Llave Privada del o los Certificado(s) de Sello Digital a ser utilizados en la "La Aplicación", el cual fue expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuando sea requerido.
10. "El Cliente" tendrá la posibilidad de hacer uso del "La Aplicación" hasta en tanto no se cumpla el plan plazo contratado o no se agote el número de operaciones a que tenga derecho de conformidad con lo especificado en la "Orden de Compra" o bien, cuando concluya el presente "Contrato" o bien cuando no cumpla con sus obligaciones de pago frente a IDT.
11. "El Cliente" deberá de establecer y tomar las medidas de previsión que considere razonables para evitar la utilización no autorizada de "La Aplicación" contratado con "IDT".
QUINTA. - DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO DE TIMBRADO.
"El Cliente", siempre y cuando tenga el carácter de Activo podrá hacer uso del Timbrado a través de "La Aplicación", excepto en aquellos días y horas en que por así requerirlo "IDT" deba realizar tareas de mantenimiento y/o actualización de "La Aplicación", en cuyo caso lo hará saber a "El Cliente" anticipadamente a través de la dirección electrónica en Internet (URL) xxxxx://xxx.xxx.xx
"IDT" hará su mejor esfuerzo para asegurar la operatividad y la disponibilidad de "La Aplicación" sin embargo, "IDT" no será responsable por causa de cualquier tipo xx xxxxx imputable a "El Cliente".
"IDT" tampoco será responsable de la interrupción temporal de "La Aplicación" ocasionada por acciones de cualquier orden de gobierno que corte o restrinja la libertad en las comunicaciones civiles o que impidan su transmisión privada o incluso, por cualquier otro motivo de naturaleza semejante, o bien por fuerza mayor o caso fortuito.
SEXTA. - USO DEL SERVICIO.
"El Cliente" se obliga a realizar un adecuado uso de "La Aplicación" y a satisfacer las obligaciones asumidas mediante la utilización del mismo, ya que "El Cliente" será el exclusivo responsable de los hechos o actos de sus empresas controladas, empleados, socios, accionistas, administradores, funcionarios, agentes y terceros a los que "El Cliente" permita y otorgue la(s) contraseña(s) de
cuentas o usuarios para hacer uso de "La Aplicación" contratado con "IDT", relevando a la última nombrada de cualquier uso indebido de "La Aplicación".
"El Cliente" deberá utilizar "La Aplicación" exclusivamente para beneficio propio, por lo cual se obliga a no permitir que terceros hagan mal uso de "La Aplicación", entendiéndose que todos los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet "CFDI" que se envíen para su respectiva certificación con su usuario y contraseña, se certificarán y se cobrarán.
Queda bajo exclusiva responsabilidad de "El Cliente" el limitar, restringir, evitar, prohibir e impedir que su personal o terceros hagan mal uso, abuso o uso no autorizado de "La Aplicación", obligándose a cubrir cualquier cargo, e inclusive a cubrir los daños y perjuicios que se causen a "IDT" y a terceros por este concepto. En caso contrario, "IDT" tendrá la facultad de determinar la magnitud del incumplimiento y "El Cliente" estará obligado al pago de una penalización por la cantidad de
$10,000 (Diez mil pesos 00/100 MN) y desde luego "IDT" podrá suspender definitivamente el funcionamiento del timbrado de "La Aplicación" sin responsabilidad alguna.
Para el restablecimiento de □La Aplicación" a criterio de □IDT", habrán de haber acabado las irregularidades indicadas.
□El Cliente" se compromete a no usar, transmitir, difundir o poner a disposición de terceros a través de □La Aplicación", contenidos o información que de cualquier forma promuevan actitudes delictivas, denigratorias, difamatorias, de riesgo para las personas o discriminatorias o que contengan mensajes y/o servicios delictivos, violentos, pornográficos, políticos, contenidos o información que de cualquier forma induzcan al error, violen derechos de propiedad intelectual o industrial pertenecientes a □IDT" o de terceros, contenidos o información que de cualquier forma incorporen virus u otros elementos informáticos o electrónicos que puedan dañar o deteriorar la información, la infraestructura, equipos y/o cualquier otro bien tangible o intangible propiedad de
□IDT" o de terceros y contenidos o información que de cualquier forma sean contrarias a la ley, a la moral y a las buenas costumbres generalmente aceptadas o que alteren o contravengan al orden público, en caso contrario □IDT" podrá suspender definitivamente el servicio sin necesidad alguna de su parte.
Para el restablecimiento de □La Aplicación" a criterio de □IDT", habrán de haber acabado las irregularidades indicadas.
"El Cliente" acepta y reconoce que □IDT" no será responsable por los daños o perjuicios de cualquier naturaleza incluyendo, pero sin limitar, pérdida de utilidades, interrupción de operaciones, pérdida de información comercial, multas y sanciones administrativas o cualquier otro daño pecuniario, incluyendo los derivados del ejercicio de la facultad de verificación por parte de las autoridades competentes de los registros y contabilidad en general de □El Cliente"; si éstos se derivan de la mala o indebida utilización de □La Aplicación" o de la(s) contraseña(s) de cuentas o usuarios por parte de
□El Cliente", o de la mala o incorrecta interpretación, análisis, síntesis o conclusión a que □El Cliente" llegue en el uso de □La Aplicación" y/o por la propia información que □El Cliente" realice en relación con cualquiera de sus obligaciones y responsabilidades fiscales.
□El Cliente" reconoce y acepta que □IDT" no será responsable por daños o perjuicios que pudiera sucederle al equipo de cómputo propiedad de o utilizado bajo cualquier título legal por parte de □El Cliente" ya sea por virus informático o cualquiera agente nocivo que pueda transmitirse por medios informáticos o electrónicos, o en general, por cualquier otro tipo de daño, menoscabo, perjuicio, pérdida, destrucción o deterioro que le resulte a □El Cliente" con motivo de la generación, envío, verificación, recepción, publicación o almacenamiento de documentos electrónicos y/o
Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.
En caso de incumplimiento a lo establecido en la presente cláusula por parte de □El Cliente", □IDT" se reserva el derecho de suspender el Servicio de Timbrado de □La Aplicación" e inclusive rescindir el presente □Contrato" a □El Cliente" sin necesidad de resolución judicial alguna.
SÉPTIMA. - RESPONSABILIDAD FISCAL DE □EL CLIENTE".
Dada la naturaleza de □La Aplicación" y sus implicaciones de carácter fiscal, □El Cliente" reconoce y acepta que es de su exclusiva responsabilidad el preciso y completo cumplimiento de las disposiciones legales aplicables en materia de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet □CFDI", de Firma Electrónica Avanzada (FIEL), de registro y asiento contable, de conservación y almacenamiento de la información para efectos fiscales.
Por lo que, □El Cliente" reconoce y acepta que para la contratación de □La Aplicación", □El Cliente" ha cumplido previamente con los requerimientos legales y técnicos que en esta materia le impone el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y cualesquiera otra autoridad competente, mismos que de manera enunciativa más no limitativa se refieren a tener a su disposición una Firma Electrónica Avanzada (FIEL), uno o varios Certificados de Sello Digital (CSD), llevar su Contabilidad en Medios Electrónicos.
Las □Partes" reconocen que □IDT" no incurre en ninguna responsabilidad si la información proporcionada por □El Cliente" en □La Aplicación" no es veraz y exacta, o si □El Cliente" no mantiene respaldos de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet □CFDI" emitidos y recibidos en sus propias instalaciones por los plazos establecidos por la legislación aplicable.
□El Cliente" se obliga expresamente a sacar en paz y a salvo a □IDT", así como a indemnizarla, lo mismo que a sus empleados, socios, accionistas, administradores, funcionarios, agentes, representantes y distribuidores de cualquier daño, perjuicio, reclamación, demanda o acción, auditoria o investigación legal que se presente en contra de o se practique a □IDT" en relación con las obligaciones de □El Cliente" a las que se refieren las cláusulas sexta y séptima del presente
□Contrato" y, en general, de cualquier daño, perjuicio, reclamación, demanda, auditoria, investigación o acción legal derivada del uso de □La Aplicación" o hechos relacionados con el uso de
□La Aplicación" atribuibles a □El Cliente".
OCTAVA. - CONFIDENCIALIDAD DE INFORMACIÓN.
Las □Partes" acuerdan mantener estricta confidencialidad en el manejo de la información, identificada y proporcionada por la otra parte como información confidencial.
Tanto □IDT" como □El Cliente" están obligados a mantener absoluta probidad y confidencialidad sobre los términos del presente □Contrato" y sobre □La Aplicación" que en él se describe, debiendo mantener la adecuada guarda y resguardo de la información que por dicho □Contrato" derive por lo que, no podrán divulgar, ni usar o permitir usar en beneficio propio o de terceras personas, la información confidencial que cualquiera de las □Partes" tenga de la otra parte en razón de la relación comercial que guardan.
□IDT" podrá mencionar a □El Cliente" como usuario de □La Aplicación" en las gestiones que realice ante clientes potenciales, cuando □El Cliente" así lo autorice.
□El Cliente" tendrá la obligación de no permitir a terceras personas el acceso a □La Aplicación" para la realización de operaciones ajenas a □El Cliente", asumiendo la responsabilidad legal que pueda surgir por el incumplimiento de está cláusula o por la violación a las disposiciones fiscales aplicables.
NOVENA. EQUIPO DE CÓMPUTO UTILIZADO POR EL CLIENTE.
□El Cliente" administrará por su cuenta, cargo y exclusiva responsabilidad los equipos de cómputo y programas computacionales necesarios, adecuados y suficientes para el uso de □La Aplicación", así como darle el mantenimiento preventivo y correctivo necesario.
□El Cliente" por su cuenta y cargo pagará los servicios de telecomunicaciones y medios electrónicos necesarios para el adecuado uso y acceso a □La Aplicación".
□El Cliente" no podrá copiar, modificar, desarmar, instalar o almacenar en otros sistemas informáticos los sistemas que conformen □La Aplicación" o de alguna otra forma transmitir o utilizarlos a favor de terceros o en beneficio propio, sin la autorización por escrito señalada en el presente □Contrato".
□El Cliente" deberá respaldar periódicamente su información ya que por disposición fiscal es su obligación mantenerla en su domicilio fiscal una vez que ha pasado a formar parte de su contabilidad.
DÉCIMA. - SEGURIDAD.
□IDT" proveerá a □El Cliente" la contraseña de seguridad, que será definida por ATEB (Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), antes de iniciar con la configuración de □La Aplicación", también reconoce y acepta que la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) conformada por la Clave o Llave Pública del Certificado de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) archivo □.cer", Clave o Llave Privada del Certificado de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) archivo □.key" y Contraseña de la Clave o Llave Privada de Firma Electrónica Avanzada (FIEL) así como el Certificado de Sello Digital (CSD) conformado por la Clave o Llave Pública del Certificado de Sello Digital (CSD) archivo □.cer", Clave o Llave Privada del Certificado de Sello Digital (CSD) archivo □.key" y Contraseña de la Clave o Llave Privada del Certificado de Sello Digital (CSD) forman parte de la □Seguridad", que le corresponde exclusivamente a □El Cliente" y que estarán bajo el control y responsabilidad exclusiva de □El Cliente".
Adicionalmente, □El Cliente" acepta y reconoce que deberá actuar con diligencia y cuidado en el uso y □Seguridad" de □La Aplicación", asimismo que deberá establecer todas las medidas a su alcance para evitar el mal uso o el uso no autorizado que ponga en riesgo la Seguridad de □La Aplicación" por parte de terceros, ya que □El Cliente" será el exclusivo responsable de las consecuencias jurídicas y obligaciones que se deriven para él mismo por no cumplir oportunamente con las obligaciones señaladas en el presente □Contrato" y en la legislación aplicable.
□El Cliente", previamente a la firma del presente □Contrato", reconoce y acepta haber sido informado y advertido de los alcances y consecuencias legales del adecuado o inadecuado uso de la
□Seguridad" de □La Aplicación", manifestando su conformidad en hacer uso de ellos en los términos que se describen en este instrumento y asumiendo en consecuencia la responsabilidad que de dicho uso se derive, en razón de cumplir con los niveles de seguridad y certidumbre que sus necesidades
requieren, eximiendo y sacando en paz y a salvo en todo caso a □IDT" por cualquier obligación, carga, reclamación, culpa o responsabilidad que resulte por el incumplimiento, negligencia, extravío, falta de cuidado, uso no autorizado o falta de control en el uso que se le de a la □Seguridad" de □La Aplicación" en general.
Las □Partes" reconocen que el uso de la □Seguridad", ya sea de manera independiente o para el acceso de timbrado con □La Aplicación", o bien de manera conjunta con el Certificado de Sello Digital (CSD) para la realización de operaciones, corresponde a la definición que las disposiciones legales vigentes hacen con respecto al valor probatorio de la firma autógrafa, por lo que producirán los mismos efectos legales que las leyes le otorgan a la manifestación de la voluntad por medios tradicionales o escritos.
DÉCIMO PRIMERA. - ALMACENAMIENTO Y RESGUARDO DE LA INFORMACIÓN.
□ATEB" manifiesta que ha adoptado los niveles de seguridad y medidas de protección de la información que le son legalmente requeridos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y que ha procurado instalar y actualizar aquellos otros medios y medidas técnicas adicionales a su alcance para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de la información de
□El Cliente".
□ATEB" manifiesta 1) que conoce el alcance de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, 2) que la recolección y almacenamiento de datos personales de □El Cliente" será para uso exclusivamente personal, y sin fines de divulgación o utilización comercial Artículo 2 Fracción II de la citada Ley, y 3) que como responsable en el tratamiento de datos personales de □El Cliente" observa los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad previstos en la citada Ley.
□El Cliente" reconoce y acepta que con la firma del presente □Contrato": 1) otorga su consentimiento para el tratamiento lícito de sus datos personales y para uso exclusivamente personal de □ATEB", y 2) que reconoce la identidad y domicilio de □ATEB" de sus datos personales y con el fin de cumplir con el objeto del presente □Contrato".
□ATEB" establecerá y mantendrá medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas que permitan proteger los datos personales de □El Cliente" contra daño, pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o tratamiento no autorizado. □ATEB" no adoptará medidas de seguridad menores a aquellas que mantenga para el manejo de su información. Asimismo se tomará en cuenta el riesgo existente, las posibles consecuencias para □El Cliente", la sensibilidad de los datos y el desarrollo tecnológico.
Las vulneraciones de seguridad ocurridas en cualquier fase del tratamiento de los datos personales que afecten de forma significativa los derechos patrimoniales x xxxxxxx de □El Cliente", serán informadas de forma inmediata por □ATEB" al titular, a fin de que este último pueda tomar las medidas correspondientes a la defensa de sus derechos.
De acuerdo la fracción I de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, □ATEB" no está obligado a cancelar los datos personales de □El Cliente".
□ATEB" utiliza sistemas de seguridad a través de sistemas de certificados digitales y cifrado, que permiten comprobar la autenticidad de los datos, así como su integridad y confidencialidad durante su transmisión o intercambio; sin embargo, □El Cliente" debe ser consciente de que las medidas de
seguridad en internet no son impugnables y por lo mismo, deberá adoptar por su propia cuenta las medidas de seguridad y precauciones que estimen pertinentes en el acceso y en el uso de □El Servicio" en general.
Para fines de almacenamiento, conservación y resguardo de la información de □El Cliente" y como parte integrante del □La Aplicación", □ATEB" mantendrá en sus sistemas y equipos, un respaldo de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet □CFDI" emitidos por □El Cliente" y certificados por
□ATEB" de conformidad con lo requerido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con independencia total de si subsiste o no la relación contractual entre □ATEB" y □El Cliente", aunque dicha información sólo estará disponible durante un plazo de 90 (noventa días) contados a partir de la respectiva Certificación, para consulta en línea o tiempo real para □El Cliente". Al finalizar este plazo □El Cliente" deberá cubrir los costos que correspondan en caso de solicitar copia o respaldo de la misma en medios electrónicos o dispositivos magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología.
Es responsabilidad única de □El Cliente" descargar y almacenar en su domicilio fiscal los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet □CFDI" emitidos por él y certificados por □ATEB", utilizando una aplicación que se instalará en el equipo de cómputo de "El Cliente" denominada Sistema de Generación de □CFDI" en sus modalidades Windows y web para su almacenamiento y resguardo.
Bajo ninguna circunstancia deberá entenderse que dicha información representa la contabilidad de
□El Cliente", por lo que es obligación única de □El Cliente" mantener un respaldo de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet □CFDI" certificados, así como mantener toda la información y documentación que las autoridades fiscales puedan requerirle que sea considerada como parte integrante de su contabilidad en sus propias instalaciones y por el plazo que señalan las disposiciones legales aplicables.
DÉCIMO SEGUNDA. - PAGO DE LA APLICACIÓN Y PAQUETE DE FOLIOS.
□El Cliente" pagará a □IDT", en la forma y términos aquí establecidos, los conceptos descritos en la
□Orden de Compra" y en la propuesta que como anexo se integran y forman parte del presente
□Contrato", reconociendo que las cantidades que se mencionan no incluyen el IVA (Impuesto al Valor Agregado) correspondiente.
El pago de □La Aplicación" contratado deberá ser liquidado a □IDT" íntegramente por parte de □El Cliente", de la manera convenida en la propuesta comercial, para poder hacer uso de éste, manifestado en la □Orden de Compra", independientemente de cualquier interrupción temporal de
□La Aplicación".
□El Cliente" acepta que deberá de pagar la cuota anual de □La Aplicación" de acuerdo al precio vigente, ya que esto ampara actualizaciones y mejoras de la misma.
□El Cliente" acepta que la compra de los paquetes de folios, podrán sufrir incremento en precios de acuerdo a los parámetros económicos del país.
De igual forma □El Cliente" acepta que aquellos conceptos que □IDT" contrate a terceros para la prestación de □La Aplicación" se incrementarán en la misma proporción en que dichos terceros aumenten sus precios de manera periódica a □IDT". A falta de estipulación expresa en contrario, se entenderá que el monto de la contraprestación pactada aplicará para cada plan contratado.
En caso de prórroga del presente □Contrato", □El Cliente" acepta que aplicarán los precios vigentes que tenga □IDT" en esa fecha.
□El Cliente" recibirá por medios electrónicos, antes de su vencimiento, la notificación de la fecha en la cual vencerá □La Aplicación", así como la invitación a descargar un nuevo formato de □Orden de Compra" para su renovación.
En caso de que □El Cliente", no envíe una nueva □Orden de Compra" para la actualización de la cuota anual de □La Aplicación" permanecerán los mismos parámetros de contratación, dando oportunidad por 15 (quince) días posteriores, para informar cualquier cambio que □El Cliente", desee realizar a □La Aplicación".
Para reactivar □La Aplicación", en cualquier caso de suspensión por causas imputables a □El Cliente", éste deberá pagar las cantidades adeudadas a □IDT",
El pago de □La Aplicación" materia de este □Contrato" deberá efectuarse por □El Cliente" en la cuenta bancaria que □IDT" le indique para tal efecto o por los medios que al efecto □IDT" y □El Cliente" hayan elegido como método de pago. Ambas partes entienden y aceptan que □La Aplicación" sólo será proporcionado mediante pago acordado en la propuesta comercial según el plan que hayan elegido en la □Orden de Compra".
□IDT" jamás estará obligada a prestar el servicio de timbrado de □La Aplicación" para el caso de que
□El Cliente" incumpla con sus obligaciones de pago.
DÉCIMO TERCERA. - CAMBIOS Y/O CANCELACIÓN DEL SERVICIO DE TIMBRADO DE LA APLICACION.
□El Cliente" tendrá derecho a cambiar el esquema de contratación del servicio de timbrado de □La Aplicación" (de un paquete a otro) en base al tabulador de precios vigente.
En ningún caso y bajo ninguna circunstancia □IDT" realizará bonificaciones en efectivo o en especie, por cambio de paquetes o esquemas de contratación.
En caso de cancelación de □La Aplicación", □IDT" no estará obligada a hacer devolución de importe alguno por remanentes de uso; sin embargo, □El Cliente" siempre podrá seguir haciendo uso de □La Aplicación" hasta el último día de su vigencia y/o hasta agotar el plan de su □Contrato", fecha en que será dado de baja en definitiva del Sistema.
Cuando haya quedado cancelado el servicio por cualquier motivo, □IDT" podrá conservar los datos personales de □El Cliente" exclusivamente para efectos de las responsabilidades nacidas del tratamiento de los mismos.
DÉCIMO CUARTA.- SOPORTE TÉCNICO AL SERVICIO.
Se pone a disposición del usuario de □La Aplicación", los siguientes medios de contacto Teléfono: 00 000 0000000 Correo electrónico: xxxxxxxxxx@xxx.xx (centro de atención a clientes) Directamente a nuestras oficinas por correspondencia: Xxxxx Xxxxxxx 000, Xxx. México. Tampico
Tamaulipas. México, C.P. 89348
Horario de atención: Días hábiles de Lunes a Viernes de 09:00 a 14:00 hrs y de 16:00 a 19:00 horas. El soporte técnico estará regido exclusivamente al tipo de □La Aplicación" previamente comprado a
□IDT".
DÉCIMO QUINTA.- RECISIÓN DEL CONTRATO.
El incumplimiento por cualquiera de las □Partes" a las obligaciones establecidas en este □Contrato" faculta a la otra parte a darlo por terminado anticipadamente.
De igual forma, será causa de terminación, la declaración de quiebra, suspensión de pagos o concurso mercantil que recaiga sobre alguna de las □Partes". En caso de terminación por causas imputables a □El Cliente", éste no tendrá derecho a reclamar el reembolso de las cantidades pagadas a □IDT". Adicionalmente, en este supuesto, □El Cliente" se obliga expresamente a realizar el pago a □IDT" de cualquier cantidad pendiente de cubrir por □La Aplicación" comprada.
En caso de que alguna de las partes se encuentre en alguno de los supuestos mencionados en el párrafo anterior, deberá notificar por escrito su situación, contando con 5 (cinco) días hábiles para subsanar su problema y en caso contrario, se dará por rescindido el presente □Contrato".
En ningún caso la responsabilidad contractual y/o los daños y perjuicios que pueda corresponder a
□IDT" podrá exceder de los montos aplicables por □La Aplicación" efectivamente comprado y pagado.
DÉCIMO SEXTA. DE LA CESIÓN DE DERECHOS.
□El Cliente" no podrá ceder parcial o totalmente sus derechos y obligaciones derivadas del presente
□Contrato".
□IDT" por su parte estará autorizada para ceder el presente □Contrato", en cuyo caso bastará que le notifique por escrito a □El Cliente" sobre dicha cesión en los términos del presente □Contrato".
Las □Partes" expresamente reconocen para todos los efectos legales conducentes que su relación bajo el presente □Contrato" es exclusivamente de naturaleza comercial y que no existe entre □IDT" y
□EL Cliente" ninguna relación de índole laboral, de agencia, asociación o representación. Por lo que cada una de las □Partes" será responsable y se obliga a sacar a la otra en paz y a salvo y a indemnizarla de las reclamaciones, demandas, investigaciones, procedimientos, indemnizaciones, responsabilidades o por cualquier otro concepto generado, directa o indirectamente, de sus empleados, agentes o personal, o bien que se derive del incumplimiento de cualesquier obligación impuesta por la legislación laboral y de seguridad social vigente o de cualquier otra naturaleza.
DÉCIMO SEPTIMA. DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
□El Cliente" reconoce expresamente que todos y cada uno de los componentes tecnológicos y de información que integran □La Aplicación", son propiedad exclusiva de □IDT" y que ésta le permitirá hacer uso del mismo de conformidad con lo estipulado en el presente □Contrato", por lo que bajo ninguna circunstancia podrá considerarse que se otorga derecho alguno de exclusividad o licencia
exclusiva a su favor; de la misma forma □El Cliente" acepta y reconoce que no se otorga derecho alguno fuera de lo expresamente señalado sobre la □Propiedad Intelectual" de □IDT".
Para efectos del presente □Contrato", el término □Propiedad Intelectual" incluye todas las marcas registradas y/o usadas en México o en el extranjero por □IDT", así como todo derecho sobre invenciones (patentadas o no), diseños industriales, modelos de utilidad, información confidencial, nombres comerciales, avisos comerciales, reservas de derechos, nombres de dominio, software, así como todo tipo de derechos patrimoniales sobre obras y creaciones protegidas por derechos de autor y demás formas de propiedad industrial o intelectual reconocida o que lleguen a reconocer las leyes correspondientes.
□El Cliente" se obliga a no usar, comercializar, revelar a terceros, distribuir, regalar, o de cualquier otro modo disponer por cualquier título legal de cualquier desarrollo de □IDT", ni de cualquier material, software o documento que sea resultado de la □Propiedad Intelectual" de □IDT".
DÉCIMO OCTAVA. MODIFICACIONES.
Cualquier modificación, cambio o reemplazo de los datos del contacto administrativo, correos electrónicos o demás información relacionada con □El Cliente", incluso la modificación o cancelación de contraseñas o la generación de una nueva contraseña deberá ser solicitada por escrito a □IDT" por parte del representante legal de □El Cliente".
DÉCIMO NOVENA.- TÍTULOS DE LAS CLÁUSULAS.
Las □Partes" convienen que los títulos de las cláusulas que aparecen en el presente □Contrato" se han incorporado con el único propósito de facilitar su lectura y entendimiento; sin embargo, dichos títulos o encabezados no definen, ni limitan el contenido de las mismas.
Para efectos de la interpretación de cada una de las cláusulas del presente □Contrato" deberá atenderse exclusivamente a su contenido y de ninguna manera al título o encabezado de estás últimas, atendiendo a la intención de las □Partes" contratantes que se contienen en todo el clausulado del presente □Contrato".
VIGÉSIMA.- NOTIFICACIONES.
Todas las comunicaciones y notificaciones a □El Cliente" se efectuarán en el domicilio indicado en la
□Orden de Compra" de □La Aplicación" que como anexo se integra y forma parte del presente
□Contrato". Todas las comunicaciones y notificaciones a □IDT" deberán dirigirse al siguiente domicilio:
Xxxxx Xxxxxxx 000, Xxx. México, Tampico, Tamaulipas, México, C.P. 89348
Horario de atención: Días hábiles de Lunes a Viernes, de 09:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 19:00 hrs.
Las comunicaciones y notificaciones deberán efectuarse necesariamente por escrito y se considerarán efectivamente realizadas cuando sean recibidas por el destinatario ya sea de manera personal con acuse de recibo, por correo registrado con constancia de entrega, o por correo electrónico.
Cualquier cambio de domicilio deberá notificarse a la contraparte con por lo menos 10 (diez) días hábiles de anticipación, de lo contrario las notificaciones que se realicen en los domicilios señalados previamente se tendrán como válidas para todos los efectos legales conducentes.
VÍGESIMO PRIMERA.- SUSPENSIÓN DEL SERVICIO DE TIMBRADO DE LA APLICACIÓN.
Además de los supuestos descritos en este contrato, □El Cliente" acepta que □IDT" podrá suspender la prestación del servicio de timbrado de □La Aplicación", sin ninguna responsabilidad posterior para
□IDT" y sin necesidad de declaración judicial alguna, cuando □El Cliente" no pague a tiempo y en la forma convenida el importe de cualquier pago que conforme a este □Contrato" le corresponda cubrir. La citada suspensión se efectuará y permanecerá hasta en tanto □El Cliente" no proceda al pago de los importes de adeudos pendientes, en el entendido de que □IDT" restablecerá el servicio de timbrado de □La Aplicación" dentro de las 48 (cuarenta y ocho hrs- en días hábiles) siguientes a aquella en que □El Cliente" acredite a □IDT" haber efectuado los pagos correspondientes. Si después de 10 (diez) días hábiles de haber realizado la suspensión de □La Aplicación", □IDT" no recibe el pago correspondiente por parte de □El Cliente", □IDT" podrá rescindir el presente □Contrato" sin ninguna responsabilidad posterior y sin necesidad de declaración judicial alguna, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que le correspondan. En este último caso, □IDT" estará autorizada expresamente por □El Cliente" para proceder a dar de baja de □La Aplicación" a □El Cliente" y en consecuencia a cualquier vía de acceso a la información con él relacionada.
VIGESIMO SEGUNDA.- JURISDICCIÓN.
Para cualquier controversia o disputa que pueda suscitarse entre las □Partes" contratantes con referencia al contenido, interpretación, validez, eficacia, cumplimiento o resolución del presente
□Contrato", las □Partes" expresamente se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales localizados en la Ciudad de Tampico, Tam., por lo que renuncian desde ahora al fuero que en razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa pudiese corresponderles.
Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente □Contrato", manifiestan estar de acuerdo en los términos y condiciones contenidos en el clausulado del mismo y lo firman por duplicado, en el lugar y fecha que aparece en la □Orden de Compra" de □La Aplicación" que como anexo se integra y forma parte del presente □Contrato".
VIGESIMO TERCERA.- DEFINICIONES.
En lo sucesivo y en adición a los términos específicamente definidos en el cuerpo del presente
□Contrato" y para los efectos de su utilización se entenderá que los siguientes términos se refieren o significan:
Firma Electrónica Avanzada (FIEL): Es un mecanismo de identificación electrónica que permite la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) □Facturación Electrónica". Clave o Llave Pública del Certificado de Firma Electrónica Avanzada (FIEL): Archivo electrónico de carácter publico, entregado y publicado en internet por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con extensión □.cer" utilizado para la verificación de identidad del Contribuyente en actos realizados por Medios Electrónicos. Clave o Llave Privada del Certificado de Firma Electrónica Avanzada (FIEL): Archivo electrónico de identificación electrónica de carácter confidencial con extensión □.key" utilizado para la generación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
Contraseña de la Clave o Llave Privada de Firma Electrónica Avanzada (FIEL): Establecida por el emisor de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de manera privada al momento de generar la solicitud de la Clave o Llave Pública de Firma Electrónica Avanzada (FIEL), requerida para el acceso a servicios por medios electrónicos publicados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) u otra entidad pública o privada que los reconozca.
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI): Es un mecanismo alternativo de comprobación de ingresos, egresos y propiedad de mercancías en traslado por medios electrónicos que permite la generación, proceso, transmisión y almacenamiento de manera 100% digital, del cual se solicita su respectiva certificación por internet.
Certificado de Sello Digital (CSD): Es un mecanismo que permite vincular electrónicamente el contenido legalmente requerido en un Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI)
□Facturación Electrónica" con la identidad del emisor mediante Criptografía.
Clave o Llave Privada del Certificado de Sello Digital (CSD): Archivo electrónico de identificación electrónica de carácter confidencial con extensión □.key" utilizado para la generación de Comprobantes Fiscales Digitales de Internet (CFDI).
Contraseña de la Clave o Llave Privada del Certificado de Sello Digital (CSD): Establecida por el emisor de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de manera privada al momento de generar la solicitud de la Clave o Llave Publica del Certificado de Sello Digital, requerida para la generación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
Clave o Llave Publica del Certificado de Sello Digital (CSD): Archivo electrónico de carácter publico, entregado y publicado en internet por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con extensión
□.cer" utilizado para la verificación de identidad del los emisores de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
Emisión: La generación manual o automática de un mensaje de datos o documento electrónico con los atributos □XML" de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) realizado por medios electrónicos.
Medios Electrónicos: Cualquier tecnología que permita la transmisión, generación, almacenamiento, envío, resguardo, transformación, modificación, comunicación pública o privada sin limitar tecnologías actuales o futuras.
Recepción: La admisión manual o automática de un mensaje electrónico con las características particulares □XML" de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) realizada por medios electrónicos.
Validación: La verificación de la autenticidad y de la correcta generación de un mensaje electrónico con las características particulares □XML" de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) realizada por medios electrónicos de acuerdo al Anexo 20 vigente.
Certificación: La generación de un complemento de timbrado digital de un mensaje electrónico con las características particulares □XML" de un Comprobante Fiscal Digital por Internet realizada por un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).
Resguardo: El almacenamiento y custodia o respaldo, de documentos electrónicos generados, enviados o recibidos por medios electrónicos en un dispositivo óptico, magnético o de cualquier otra
tecnología.
Sistema o Herramienta Informática: El software y/o aplicación en línea para generar, enviar, recibir, archivar o procesar datos y documentos electrónicos.
Proveedor Autorizado de Certificación (PAC): Figura de un tercero autorizado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que presta el servicio de generación y/o validación y/o timbrado de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet a partir de los datos proporcionados por el contribuyente emisor.
Criptografía: Se define como el arte o ciencia de escribir en código, de tal forma que sólo lo descifre el creador del mismo o quien designe mediante una clave o contraseña.
Documento electrónico: Mensaje de datos u otro registró asociado a un formato o estándar especificado por la autoridad pública o privada como una asociación, cámara o sector específico que así lo designe.
Integridad: Característica intrínseca de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL), que garantiza que la información contenida en el mensaje queda protegida y no puede ser manipulada o modificada durante el proceso; es decir, confirma la no alteración de los datos desde su origen.
TAMPICO, TAM. A VIERNES 04 DE OCTUBRE DEL 2024
El PROVEEDOR El Cliente
Impulsora de Desarrollo Tecnológico, S.A. de C.V. ING. XXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX