Medios de notificación Cláusulas de Ejemplo

Medios de notificación. Con la firma de la solicitud de los incentivos a los que se refiere el presente Xxxxx, el solicitante acepta expresamente que ASERCA le notifique cualquier determinación, requerimiento de información o documentación, mediante mensajería, medio de comunicación electrónica o cualquier otro, conforme a lo dispuesto por el Artículo 35, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Medios de notificación. Las resoluciones, actos administrativos y/o cualquier tipo de comunicación entre las partes, se notificaran por los medios previstos en este articulo y lo dispuesto en el Artículo 12º y en la forma que para cada caso en particular establezca el P.B.C.P. Cualquier otro tipo de notificación será de ningún valor y no producirá ningún tipo de efectos. Son medios válidos de notificación los siguientes:
Medios de notificación. En aquellos casos en que el Boletín Electrónico no se encuentre disponible o no resulte ser el medio más eficaz y expedito para realizar las notificaciones o intercambio de información entre el Almacenista y el Usuario, las Partes convendrán en utilizar cualquiera de las alternativas que constituyen los Medios de Comunicación, incluyendo el domicilio que para tal efecto establezcan las Partes. En su caso, deberá constar acuse de recibo de las notificaciones a las que se refieren los presentes. Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán designar representantes legales, comerciales, operativos y financieros para que lleven a cabo las comunicaciones previas necesarias para la celebración del Contrato, con el fin de que este se formalice. En cuanto a los plazos no previstos en estos TCPS, las Partes se deberán de estar a lo dispuesto por los artículos 28 y 29 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo o a los plazos que acuerden las Partes. Para efectos de las notificaciones que no se realicen a través del Boletín Electrónico u otros Medios de Comunicación, así como para comunicaciones previas a la formalización de un Contrato, el Almacenista pone a deposición los siguientes datos de contacto: Contacto: Xxxxxxx Xxxxxxxx Correo electrónico: xxxxxxx.xxxxxxxx@xxxx.xx Teléfono
Medios de notificación. El USUARIO y la EMPRESA acuerdan que en caso de que la EMPRESA debiera cursar una notificación al USUARIO, podrá hacerlo a través de alguno de los medios que se enumeran a continuación:
Medios de notificación. Todas las notificaciones entre el Usuario y el Almacenista relativas a la prestación del Servicio de Almacenamiento conforme a los presentes Términos y Condiciones se realizarán a través del Boletín Electrónico, por el medio electrónico acordado entre las partes, o bien en el domicilio de las partes. La notificación se enviará de tal manera que la otra parte la recibirá a la brevedad. Las notificaciones se considerarán recibidas por el destinatario al momento de su entrega con acuse de recibo. Las partes podrán designar representantes legales, comerciales, operativos y financieros, antes de la prestación del Servicio de Almacenamiento. Asimismo, las partes podrán sustituir a sus representantes legales, notificando previamente por escrito a la otra parte. A través de estos representantes, fluirá la información del Almacenista hacia el Usuario y viceversa. Salvo que se indique lo contrario, en los plazos establecidos por períodos se computarán todos los días; cuando se fijen por Mes o por Año se entenderá que el plazo concluye el mismo número de Día del Mes o Año subsecuente que corresponda; cuando no exista el mismo número de Día en el Mes correspondiente, el término será el primer Día Hábil del siguiente Mes. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado hasta el Día Hábil siguiente. Salvo por aquellas comunicaciones que deban realizarse a través del Boletín Electrónico, los domicilios para oír y recibir notificaciones, serán los declarados por las partes en el Contrato de Servicio respectivo.
Medios de notificación. 1.- Serán objeto de publicación en los tablones de anuncio de las dependencias centrales del SCE en Las Palmas de Gran Canaria y en Santa Xxxx de Tenerife y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica del SCE: - Los requerimientos de subsanación y aportación de documentación al interesado. - La declaración de desistimiento de solicitudes. - La aceptación de renuncias. - La desestimación de solicitudes. - La propuesta de resolución provisional. - La resolución de concesión.
Medios de notificación. EL SOCIO" registrará al momento de suscribir el presente contrato para uso de la TARJETA DE DÉBITO una dirección activa de correo electrónico y un número de teléfono celular de uso personal, a los cuales "LA COOPERATIVA" remitirá mensajes, notificaciones y demás información relacionada al uso de la TARJETA DE DÉBITO, utilizando para ello uno de los medios antes señalados, o los que se lleguen a implementar en el futuro. "EL SOCIO" podrá modificar la dirección de correo electrónico y lo cambiar el número de teléfono celular registrado en "LA COOPERATIVA", obligándose en todo caso a comunicar el particular a "LA COOPERATIVA" en una de sus oficinas en el menor tiempo posible, utilizando el formulario que "LA COOPERATIVA" le entregará para el efecto. "LA COOPERATIVA" quedará exonerada de toda responsabilidad, cuando:
Medios de notificación. 1. La autoridad requerida velará por que la notificación en el Estado requerido se efectúe con arreglo a las disposi­ ciones legales y reglamentarias y a las prácticas administrativas nacionales en vigor.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.